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Uso "particular" de la furgo

Iniciado por mortizend, Febrero 14, 2007, 09:12:28 am

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mortizend

oye que enrrolaos que sosi todos...me emociono. Pos os ccuento algo mas a fondo:
Hablé con el asesor de mi padre y me dijo que podia desgrabar cualquier cosa que comprase para usarla en el negocio, es decir, desde un ordenador o impresora hasta una mesa de oficina u otra cosa, asi que la furgoneta la podriamos meter, pero mejor al 50% porque no seria usada para trabjar con ella, sino para ir al trabajo, por lo que no tendria que tener ninguna documentacion especial, ni tarjetas de transporte (que por cierto dejan de ser obligatorias para todo vehiculo de menos de 3500kg a partir de abril) ni nada de nada. Lo que dices de venderla luego, no tiene que haber ningun problema, porque el vehiculo estaría a nombre de una persona fisica (autónomo) y no una empresa. Otra cosa, el seguro: Me he leido y releido la poliza de Génesis y lo unico que dice clarito clarito es que no cubriran a nadie si el conductor esuna persona con menos de 25 años o menos de 2 años de carnet. Yo tengo 28 años y 9 de carnet, asi que...¿donde estaría el problema? pero de todas formas y tal vez debería comunicarle a la aseguradora que yo tb la conduciré, para evitar cualquier problema para mi o para los demas. De todas formas, en estos últimos dias estoy pensando en dejarme de pirateos....me voy a ahorrar entre 1800 y 1900 € mas lo del seguro cada año...estoy pensando en no hacerlo y apretarme un poco mas, no quiero lios...pero no se no se....ayudaaaaaaa

mortizend

Ah! la furgo es nueva, y la actividad empresarial de mi padre es transporte de mercancias por carretera, pero que el asesor me ha dicho que mientras no la use apara cargar y trabajar no debe haber problemas...weno que si vienen una inspección te miran hasta los kilometros de la furgo, y si tene demasiados como para que se utilice solo para ir al trabajo pues si quieren te putean, eso esta claro, pero bueno es dificil que se de esa situacion actualmente.

marcel

telegrafico que voy tarde a comer:

- en lo del seguro tal y como lo cuentas te recomiendo que el seguro este a nombre de tu padre si es mucho mas barato y que le comuniques a la compañia que tu seras "conductor ocasional" de la misma, por lo que se te incluira en la poliza en este concepto por un sobreprecio que segun tus condiciones no creo que sea mucho.
yo con mi T2 funciono asi a nombre de la Sofi por el tema de precio y por 20 euros mas creo, me puse como ocasional

- en la parte fiscal habria que hilar muuuuuuuuuuuuuyyyyyyy fino, cada asesor tiene su librillo y no voy yo a contradecir al vuestro, y menos hablando de ciertas cosas en publico...
solo te digo una cosa: EL VEHICULO QUE SE USA PARA IR AL TRABAJO NO ES DEDUCIBLE EN NINGUN CASO....

- supongo que estara en el sistema de Modulos y ahi eso que es una loteria y depende mucho de la Administracion de la Agencia Tributaria que te toque  :roll:

- lo del 50% del IVA es lo que se acepta cuando el vehiculo esta afectado a la actividad pero se "presumen" otros usos... vamos que no se si queda muy claro el concepto pero me es mas dificil escribirlo que contarlo de voz :'(
en todo caso esta la otra parte en la que no te admiten que te deduzcas de los modulos parte IRPF cantidad alguna en concepto de amortizacion (me encontre el caso y flipaba...)

- no te eqiovoques que si la furgoneta esta "afectada" para algo en el negocio, y en este caso cualquier deduccion de iVA la afectaria aunque no se usara para transportes, en un caso de venta debe hacerse con IVA (y liquidarlo) ... para venderla sin involucrar creo que tienen que pasar 2 años si no recuerdo mal entre la desafectacion y la venta....

te repito que OJO con los conceptos tributarios, que una cosa es la boquilla y otra muy diferente la mesa de la inspecion de hacienda y no te digo la de la seccion de Modulos que tienen ordenes de tirar todo para atras que no sea puro y cristalino :-X

a ver si hay mas opiniones que te ayuden a decidir ;D  

Manolín

Me fastidia mucho ;D decir que Marcel lo ha explicado muy bien y recalco que se tiene que demostrar que dicho vehículo se usa para trabajar y que es afecto al negocio y a la actividad de dicho autónomo.

Creo recordar que son necesarios 2 años para poder vender el vehículo sino perderías todo el iva que te hayas deducido y tendrás que devolverlo con su correspondiente sanción. Ya me ha pasado con un barco valorado en unos cuantos millones y el palo ha sido de cuidado.

marcel

Cita de: Manolín en Febrero 16, 2007, 21:28:35 pmMe fastidia mucho ;D decir que Marcel lo ha explicado muy bien y recalco que se tiene que demostrar que dicho vehículo se usa para trabajar y que es afecto al negocio y a la actividad de dicho autónomo.

Creo recordar que son necesarios 2 años para poder vender el vehículo sino perderías todo el iva que te hayas deducido y tendrás que devolverlo con su correspondiente sanción. Ya me ha pasado con un barco valorado en unos cuantos millones y el palo ha sido de cuidado.

te jorobas y haber contestado antes ;D

lo del barco algun dia que nos veamos me interesa que me cuentes como te fue

coincides conmigo que siendo transportsta, sin dedicar la furgoneta al reparto, NI DE CONYA cuela que la furgo le sirva para ir a trabaja???? es que entonces todos los trabajadores, autonomos o no se deberian poder desgravar de algun modo sus desplazamientos al trabajo y va a ser que no

mortizend

Vereis, la furgo se utilizara para ir al trabajo (donde se encuentre el camion), ir de un camion a otro(uno puede estar en Sevilla y el otro en bilbao), y llevar herramientas a los camiones (bombas, tubos, herrajes, etc)...pero no es para transportes de mercancias de servicio publico, por eso podemos desgrabar el 50% del iva. Lo de que tengan que pasar 2 años para poder vender la furgo me da igual....espero pasar con ella muuuuxos mas. El asesor me dijo que eso se hacia actualmente con bastante gente, y que hasta el momento no habia tenido ningun problema.

sunsilk

kómo va la kosa?
a ver... no kojo eso de "uso partikular" en la fixa técnika...
lo del seguro, marcel ya te lo ha dixo, xo eso, pon a tu padre komo konductor (si el vehíkulo está a su nombre) y tú komo habitual, xo vaya, q si tienes más de 5 años de karnet no creo q te merezka la pena la diferencia... depende más bien de las bonifikaciones q tenga tu padre de otros vehíkulos...
si kieres me mandas x privi modelo completo, años de karnet y fexa de nacimiento y te pregunto presupuesto.
kiero FUERZA pa kambiar las kosas q puedo kambiar, VALOR pa aceptar las q no puedo kambiar y SABIDURÍA pa rekonocer la diferencia

marcel

Cita de: mortizend en Febrero 17, 2007, 22:23:32 pmVereis, la furgo se utilizara para ir al trabajo (donde se encuentre el camion), ir de un camion a otro(uno puede estar en Sevilla y el otro en bilbao), y llevar herramientas a los camiones (bombas, tubos, herrajes, etc)...pero no es para transportes de mercancias de servicio publico, por eso podemos desgrabar el 50% del iva. Lo de que tengan que pasar 2 años para poder vender la furgo me da igual....espero pasar con ella muuuuxos mas. El asesor me dijo que eso se hacia actualmente con bastante gente, y que hasta el momento no habia tenido ningun problema.

pues como acabo la cosa?????

mortizend

mmmmm...puede que sea en el permiso de circulacion donde pone eso de uso particular....jejeje...perdon...pero tampoco se quien decide el uso que le vas a dar...y no se como hacer para decir a kien sea que es para uso particular aunque se trate de una furgo.
tengo hasta el 2o de Abril + o - para aclarar el tema, pq es cuando me traen la furgo.
Datos Sunsilk: Mis datos: Naci en 1978  y tengo permiso de conducir desde hace 8 años. Los de mi padre: Nacio en 1949 y lleva 30 de carne...ah!!! y ni 1 solo parte en contra...el tio es un genio conduciendo. los de la furgo: Renault Trafic Generation 2.0 dci 115cv. A ver por cuanto te lo dejan a ti. saludos y graaaacias. Por cierto...soy de Cádiz...de onde zei vuzotro?

sunsilk

Febrero 19, 2007, 23:36:54 pm #24 Ultima modificación: Febrero 19, 2007, 23:39:36 pm por sunsilk
ok.
envíame x privi la matríkula y el año de matrikulación si es importá, y te digo algo...
... lo del uso q le vas a dar creo q lo decides tú... otra kosa es ya kómo y dónde... xq supongo q de ese dato dependerá el impuesto de cirkulación... xo no sé, hablo x lógika sólo...
x ahora dame eso y te averiguo lo del seguro, q yo ya estoy pidiendo presupuestos cn tiempo, y no me kuesta pedir pa 2; lo del uso, konforme pase la ITV y vaya andando voy averiguando ok?

ENGA Q YA TE KEDA MENOS!!!!
 ;D

ah!, yo zoy der norte de kái, de un pueblo de Zeviya, xo ando mu cerka pixha!  .sombrero
kiero FUERZA pa kambiar las kosas q puedo kambiar, VALOR pa aceptar las q no puedo kambiar y SABIDURÍA pa rekonocer la diferencia

mortizend

La furgo esta aun sin matricular pq es nueva. Acabo de leer en otro foro que con tener el asiento cama y tal vez tambien la nevera ya puedes intentar cambiarla a vehiculo vivienda...¿sabeis que hay de cierto en esto? eso seria un puntazo si a los 2 años (primera revision) te cambian en la itv a vehiculo vivienda...pero entonces me asalta otra duda....¿hacienda no se da cuenta de que te has ahorrado un impuesto al comprarla como furgoneta y que a los dos años la cambias a vehiculo vivienda sin pagar ná? ofu cuanto lio...y aun soy novato...zolo tengo una eztrellita....Gracias y nos vemos pronto!

marcel

segun tu gestor, si cuela para los desplazamientos largos para cambiar de camion y tal, pues ya tirando de la soga tambien puede servir para pernoctar lejos de casa en esos desplazamientos y tal....

el plazo de 2 años es para desafectar la furgo del negocio... una vez pasados puedes hacer con ella lo que te plazca pues se supone que el patrimonio  de los autonomos se confunde con el suyo particular en cuanto el titular es el mismo... lo que me asalta la duda es cuantos años debe constar como afecta al negocio para el tema del IVA (4 y medio como minimo que es lo inspeccionable)...

si te la estas amortizando como gasto sigue sujeta y afectada por el negocio... en todo caso se comenzara a computar el plazo de desafectacion cuando se de de baja la actividad del autonomo de manera automatica...

corrijanme si me equivoco y rellenme los huecos dejados ;)

Manolín

Febrero 22, 2007, 14:26:14 pm #27 Ultima modificación: Febrero 22, 2007, 14:31:07 pm por Manolín
Cita de: mortizend en Febrero 22, 2007, 08:39:24 amLa furgo esta aun sin matricular pq es nueva. Acabo de leer en otro foro que con tener el asiento cama y tal vez tambien la nevera ya puedes intentar cambiarla a vehiculo vivienda...¿sabeis que hay de cierto en esto? eso seria un puntazo si a los 2 años (primera revision) te cambian en la itv a vehiculo vivienda...pero entonces me asalta otra duda....¿hacienda no se da cuenta de que te has ahorrado un impuesto al comprarla como furgoneta y que a los dos años la cambias a vehiculo vivienda sin pagar ná? ofu cuanto lio...y aun soy novato...zolo tengo una eztrellita....Gracias y nos vemos pronto!

Suponiendo que se pueda pasar una Multivan nueva a vehículo vivienda hoy en día (consultar a volkswagen), digo si eso fuera posible, que no lo se, creo, aunque no estoy seguro pues estás hilando muy fino ;), tendrías que esperar 4 años pues sino deberías de pagar el impuesto de matriculación que antes te ahorraste (pregunta a su gestor pero es así para pasar de vehiculo mixto a turismo). Ahora bien, debido al lio monumental que existe actualmente con las distintas clasificaciones que puedes optar al comprarla, dependería de como la vayas a tener clasificada y a la modificación que quieras pasar y como eso no lo sabemos pues no ha ocurrido todavía, yo me voy a abstener de especular ;)

 ;D Es que te quieres librar de todo y eso está complicado ;D

Otra cosa Mortizend: Nos cuentas las cosas a la mitad y entonces la ayuda que podemos darte es complicada. Primero el vehículo era para "ir a trabajar" y ahora es para "hacer desplazamientos dentro de la actividad del autónomo" y claro, nos molestamos (que no es molestia, que estamos aquí todos para ayudarnos) en contestarte algo que después no es.

Manolín

Cita de: angeles en Febrero 22, 2007, 14:39:28 pmPues no sé pero si es furgon mixto pasa a vivienda sin más.

Si es que es eso lo que digo ???, que no sabemos si es furgon mixto o que es. Después, podrá pasar a vehículo vivienda tan solo si es un vehículo vivienda, es decir, un vehículo construido a tal fin como una California o una autocaravana y yo creo que una Multivan no es un vehículo vivienda, aunque algunos ;) lo tenga así.

mortizend

Manolín, sineto no explicarme bien...la furgo va a estar sujeta a cierta actividad empresarial, pero la justa como para ir al camion/es y de vez en cuando llevar algunas cosas de trabajo...pero no para cargar mercancía, sino que herramientas y hutiles de trabajo....aunque esto es ocasionalmente...la verdadera funcion es el desplazamiento por el pais para ir al camion/es. Espero que ahora este mas clarito. He consultado el tema y tienen que pasar 4 años para que la furgo este libre de todo...entonces podré pasarla a turismo pagando creo que son menos de 100€. Pasarala a vehiculo viviendo no lo he consultado...ya lo haré dentro de 4 años... ;D Gracias a todos/as!!!!!