[ASTURIAS][BELMONTE DE MIRANDA][29|30|31|MAYO|2026] Las Ayalgas del Silviella

Iniciado por XulDe, Marzo 05, 2026, 13:51:36 pm

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ANCOR

Todo mi apoyo y animo a Xulde y a todos los que estabais allí, espero que el mal trago que os hicieron pasar quede en una anécdota y esa panda de descerebrados acaben dándose cuenta del error tan grande que cometieron, bien saben los comercios, bares, restaurantes... de cualquier pueblo donde vamos lo que aportamos y Belmonte de Miranda se lo pierde, triste que todo un pueblo pague por las malas decisiones de quién les gobierna, que nuestra voz no calle y a todos nuestros amigos, vecinos, conocidos...les diremos donde no tienen que ir, y Belmonte de Miranda quede tachado del mapa hasta que no cambien de actitud sus gobernantes o que cambien de gobernantes!! 💪💪

XulDe

Muchas gracias por los comentarios, después de una semana ya estoy saliendo del estado de shock debido a la incredibilidad y tensión del momento. 

En RRSS y en noticias en La Nueva España os podéis poner al día pero independientemente de todo lo acontecido ese fin de semana. La GC de Trubia que fue la que vino el sábado por la mañana, dejo bien claro que tenían orden de perseguir el cumplimiento del "Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito" dicho por ellos que no deben de tener especial problema con este tipo de turismo y se podría decir que el Valle del Oso siempre fue tolerante con nosotros. Tienen la orden de perseguir el cumplimiento, se refieren a que las directrices políticas y de la Jefatura provincial han priorizado el control estricto de las pernoctas fuera de las zonas habilitadas y las noticias que nos llegan de Cantabria son similares.

Ambas comunidades están calcando la misma estrategia: utilizar normativas autonómicas de turismo muy restrictivas para saltarse la normativa estatal de tráfico que nos protegía.

Y no quiero desviar la atención pero estamos en un punto donde no puedes ni pasar la noche en el aparcamiento de un restaurante con su permiso (por ejemplo).

El Decreto 61/2022 de Asturias define en su articulado que "acampada libre" es cualquier pernocta en autocaravana o furgoneta vivienda que se realice fuera de los campings autorizados o de las áreas de acogida en tránsito oficiales.  La contradicción legal: Para la DGT estás estacionado, pero para el Gobierno de Asturias, por el simple hecho de estar durmiendo dentro del vehículo de noche en un aparcamiento público, consideran que estás haciendo acampada libre y te pueden sancionar bajo la Ley de Turismo. 
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Carmen ·HiruKa·

Cita de: XulDe en Junio 05, 2026, 11:49:19 amMuchas gracias por los comentarios, después de una semana ya estoy saliendo del estado de shock debido a la incredibilidad y tensión del momento.

En RRSS y en noticias en La Nueva España os podéis poner al día pero independientemente de todo lo acontecido ese fin de semana. La GC de Trubia que fue la que vino el sábado por la mañana, dejo bien claro que tenían orden de perseguir el cumplimiento del "Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito" dicho por ellos que no deben de tener especial problema con este tipo de turismo y se podría decir que el Valle del Oso siempre fue tolerante con nosotros. Tienen la orden de perseguir el cumplimiento, se refieren a que las directrices políticas y de la Jefatura provincial han priorizado el control estricto de las pernoctas fuera de las zonas habilitadas y las noticias que nos llegan de Cantabria son similares.

Ambas comunidades están calcando la misma estrategia: utilizar normativas autonómicas de turismo muy restrictivas para saltarse la normativa estatal de tráfico que nos protegía.

Y no quiero desviar la atención pero estamos en un punto donde no puedes ni pasar la noche en el aparcamiento de un restaurante con su permiso (por ejemplo).

El Decreto 61/2022 de Asturias define en su articulado que "acampada libre" es cualquier pernocta en autocaravana o furgoneta vivienda que se realice fuera de los campings autorizados o de las áreas de acogida en tránsito oficiales.  La contradicción legal: Para la DGT estás estacionado, pero para el Gobierno de Asturias, por el simple hecho de estar durmiendo dentro del vehículo de noche en un aparcamiento público, consideran que estás haciendo acampada libre y te pueden sancionar bajo la Ley de Turismo. 

Es completamente discriminatorio y a mi juicio, ilegal. Si uno va en coche, camión o autobús, y duerme de noche en un aparcamiento público ¿ya no es acampada libre???  Según esa normativa, no, porque como no lo hace en autocaravana o furgoneta vivienda...  Entonces ¿los camioneros que se tienen que parar a dormir en un área de una gasolinera no están pernoctando? ¿qué hacen entonces, jugar al parchís de noche???

He leído la ordenanza municipal de movilidad y aparcamiento de Belmonte de Miranda, aprobada en abril y publicada en el B.O.Asturias en mayo, y me parece de "acoso y derribo" total a las autocaravanas y todo tipo de furgonetas en las que se pueda pernoctar. Incluso se prohíbe pernoctar en fincas particulares aún teniendo el permiso del propietario. 
Esto es completamente desproporcionado. 

Ánimos, Xulde y demás asistentes.

barbatxano

Leí en redes lo de esta movida en Belmonte. Para nada lo relacioné con el foro ...  :P

Mucho ánimo a Xulde, y a todos los asistentes. No tuvo que ser para nada agradable la situación. Un abrazo a todos ... ;)

carterroto

Se debería de hacer presión para cambiar este tipo de normativas, pero como somos de ir por libre las asociaciones no tienen suficiente respaldo. Ánimo Xulde, que no te quiten las ganas de seguir organizando cosas.

Sumiciu

El problema viene del articulo 61 de ese decreto y cómo esta redactado.

El propio decreto , en su articulo 2 d),  contempla el derecho a estacionar y pernoctar en aparcamientos y sitios PÚBLICOS dedicados a tal efecto. El  problema viene cuando no estas en un sitio público, sino privado... No se considera un aparcamiento,  sino un "campings no autorizado o un área de acogida en tránsito no oficial" y por eso te empapelan.

El propio articulo nomina responsables tanto al propietario del terreno como al usuario... Esta hecho a muy muy mala leche.

un saludo

XulDe

Cita de: Sumiciu en Junio 11, 2026, 11:08:03 amEl problema viene del articulo 61 de ese decreto y cómo esta redactado.

El propio decreto , en su articulo 2 d),  contempla el derecho a estacionar y pernoctar en aparcamientos y sitios PÚBLICOS dedicados a tal efecto. El  problema viene cuando no estas en un sitio público, sino privado... No se considera un aparcamiento,  sino un "campings no autorizado o un área de acogida en tránsito no oficial" y por eso te empapelan.

El propio articulo nomina responsables tanto al propietario del terreno como al usuario... Esta hecho a muy muy mala leche.

un saludo


Entiendo que no se puede ni pernoctar en la calle aunque estés bien aparcado. Solo en sitios habilitados.
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XulDe

Cita de: XulDe en Junio 11, 2026, 11:47:33 amEntiendo que no se puede ni pernoctar en la calle aunque estés bien aparcado. Solo en sitios habilitados.

Artículo 2.--Prohibición de la acampada libre.
1. Según lo recogido en el Decreto por el que se regulan los campamentos de turismo en Asturias (Decreto 61/2022, de 23 de septiembre, de Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito), a los efectos de proteger y salvaguardar los recursos naturales y medioambientales existentes, y siempre respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, queda prohibida cualquier forma de acampada libre o no autorizada. Se entiende por acampada libre toda actividad que suponga permanecer o pernoctar al aire libre, fuera de los campamentos de turismo autorizados y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito, mediante la utilización de tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas u otros medios para guarecerse, sin estar asistido por ninguna facultad, autorización o derecho de uso sobre los terrenos en los que se realiza.
De la contravención de esta prohibición serán responsables el campista y, en su caso, el dueño de la finca o titular de un derecho sobre la misma que autorice la acampada.
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carterroto

Junio 11, 2026, 16:16:34 pm #68 Ultima modificación: Junio 11, 2026, 16:19:27 pm por carterroto
Respecto a pernoctar en la via pública, La ley creo recordar que habla de "instalación" de tiendas de campaña, caravanas y autocaravanas. Una tienda se instala, incluso una caravana si está suelta del vehículo tractor se puede considerar instalada. Pero una autocaravana/camper que no tiene patas estabilizadoras está estacionada, no instalada. Tampoco podemos exceder el perímetro del vehículo. Esto para recurrir una multa es un buen argumento, pero si tenemos que convencer a un Guardia Civil o Policía lo tendremos más complicado. ¿Alguien ha utilizado este argumento para recurrir una multa? Estaría bien saber de casos concretos. Lo que os paso creo que es diferente por qué estabais en un terreno particular.