¿compradores exprés de furgo? ¿sospechoso?

Iniciado por soyuz, Enero 04, 2016, 22:31:10 pm

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fonsiracing

esa clase de gente van de getas oportunistas.no hacerles caso.yo hace poco vendi un 4x4 barato, ya que había que hacerle varias cosas. me llamo uno un  dia que venia en esa misma tarde ya que iba en el camión y llevaba unos cuantos 4x4 como el que vendia.si pides 3 te ofrecen 1.ademas el tema de papeles no le daba importancia,anda que les den!asi que no malvendais nuestras queridas furgo a esa clase de gente

Feliz Dia

Para evitar complicaciones y es muy fácil, es hacer una notificación de venta en tráfico y tú ya quedas exento de problemas y el comprador está obligado a ponerla a su nombre.
Yo lo hice así con una moto que vendí. De todas maneras, yo tampoco me acuerdo muy bien de todo el proceso pero en tráfico te informan de todo.

saludos

kalvitero

Cita de: alhama7 en Enero 05, 2016, 21:30:06 pm
Respecto a la transferencia no hay problema, teniendo un contrato de compra-venta firmado con fecha y hora y una fotocopia del DNI del comprador, si a los quince días sospechas que no se ha hecho la transferencia vas a Trafico notificas la venta con el contrato y ya se encargan ellos de que se haga la transferencia y además con multa para el comprador por no hacerla antes de quince días. Además el mismo contrato te exime de responsabilidades respecto al vehiculo desde su fecha y hora. En Cuanto a la garantía creo que no hay obligación entre particulares, no así si se trata de un profesional, esta se estendera según la edad del vehiculo, de un año si el vehiculo tiene menos de seis meses, de seis meses si tiene menos de cuatro años, y así progresivamente hasta un mínimo de tres meses si el vehiculo tiene más de diez años.

La compra venta de bienes usados tiene garantia.
Entre particulares hay 3 o 6 meses (no recuerdo la cifra exacta) de garantía contra vicios ocultos, y comprando a un profesional 1 año independientemente de la antigüedad del bien.
La compra entre profesionales está exenta de garantías.

Lokonan

Algo más de información.

¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código Civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.


¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

Osea que tendrías que presentar demanda judicial con el coste que ello suponga,en tiempo y dinero, ya sea a tu favor, en contra, divididos entre los dos.

A mi me ocurrió que el vendedor supuestamente desconocia que el embrague se iba a fastidiar, teniendo posibilidad de llevarle como demandado con el coste que conlleva en tiempo y dinero o decirle que corriese con parte de los gastos. Por la forma en que recibió la noticia de la rotura del embrague se veía claramente que desconocía el problema por lo que decidio correr con parte de los gasto.

soyuz

Cita de: Lokonan en Enero 06, 2016, 19:23:16 pm
Algo más de información.

¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código Civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.


¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

Osea que tendrías que presentar demanda judicial con el coste que ello suponga,en tiempo y dinero, ya sea a tu favor, en contra, divididos entre los dos.

A mi me ocurrió que el vendedor supuestamente desconocia que el embrague se iba a fastidiar, teniendo posibilidad de llevarle como demandado con el coste que conlleva en tiempo y dinero o decirle que corriese con parte de los gastos. Por la forma en que recibió la noticia de la rotura del embrague se veía claramente que desconocía el problema por lo que decidio correr con parte de los gasto.


Bueno, bueno. No acaba uno de aprender. Muy buena toda esta información.

206.GTI

Lo del compraventa que compra y la pone a los 3 días X precio más cara es inevitable, pero por lo menos que hagan la transferencia. Yo tengo claro que sin transferencia no se vá un vehículo mío, si es de otra comunidad y no se puede hacer aquí (en gestoría sí que se puede) si hace falta que se lleve los papeles y la haga y cuando esté hecha que vengan a por ella.

Y si no quieren hacerla pues nada, no se vende.

Ricardito

Por añadir un poco más, si lo vendes a una compraventa y haces la notificación se da de baja temporal, igual que cuando dejas a un concesionario tu coche viejo, no lo transfieren a nombre del taller, es normal, lo que no es normal que los particulares trapicheen, al vender tener el documento de notificación preparado y que lo firme el comprador, y se le comunica vervalmente que en 15 días si no me has enviado la foto de la documentación a tu nombre, hago la notificación y te lo dan de baja temporalmente. A mí me la lío un tío que por despiste o lo que fuera no lo transfirió hasta que le dije que presentaba la notificación. Si hay que hacerla son menos de 9€ y te quitas de líos, una moto que compre averiada a una persona desconfiada me la dio ya directamente notificada,
Mi Ex-Furgo:  http://www.furgovw.org/index.php?topic=266053.0
No respondo privados, citarme y respondo en publico. Gracias por ayudar a la comunidad.


Feliz Dia

Algo más de información, y por mala suerte por experiencia.

He comprado la furgoneta hace 5 meses a un preparador que vendía una de segunda mano, y aparte de tener varios problemillas no demásiado graves y que me va a solucionar porque estos me los repara en el taller donde prepara las furgos, aunque yo creo que muy majo para vender pero una vez vendida ya quedas a un segundo plano. Me ha dado una avería sería de embrague y no quería hacerse responsable y me he tenido que asesorar jurídicamente y en todo momento le he informado de todo, tanto de la avería como que al no hacerse responsable lo estaba mirando con un abogado, y asta que no le he tenido que mandar un burófax con la leyes etc y porque sino el plazo de garantía cumplía, que ahora os explico porque.....y bueno, la información es:

Hay dos tipos de garantía, dependiendo si al que compras es particular o empresa:

- Particular: seis meses de garantía, y una vez comprada, solo responsable de vicios ocultos.
- Empresa: un año de garantía, y en los seis primeros meses si una pieza de desgaste(que esto en particulares tampoco cubre la garantía) como por ejemplo el embrague, se considera un vicio oculto y por tanto en garantía a no ser que se demuestre que a sido por un mal uso de la furgoneta, en este caso por ejemplo que lo quemaras.

Y también en caso del ejemplo, que es mi caso particular, es muy importante de que si el vendedor no quiera hacerse responsable, y en mi caso en ningún momento quiso ver la furgoneta o mandarla a que me la viera un taller, mandarle el burófax para que quede constancia por escrito de los echos y sobre todo de la fecha, porque una vez transcurrido esos seis meses pierdes la garantía.

Una vez mandado el furobax, tiene el plazo de un mes para comprobar la avería, nunca mandarla arreglar en este plazo a no ser que sea en un taller que acordéis y también siempre por escrito, porque si interviene un tercero quedas fuera de garantía.

Una vez transcurrido el mes, si sigue sin hacer caso, ya se puede arreglar en el taller que tú quieras y reclamarlo judicialmente, que en estos casos se ganaría al 100% porque el vendedor en ningún momento a querido ver la furgoneta para determinar definitivamente, si a habido un mal uso o no.

Siento el tocho y espero os ayude la información, porque yo al principio estaba muy perdido y no sabia ni que ni cómo hacer, y estamos hablando de una avería de 1200/1400 €.

Saludos

soyuz

Cita de: Feliz Dia en Enero 11, 2016, 20:13:42 pm
   aunque yo creo que muy majo para vender pero una vez vendida ya quedas a un segundo plano.


¡Estamos apañaos!

fandelat3

Visto ahora mismo en el Twitter de la Guardia Civil.



Cita de: alhama7 en Enero 05, 2016, 21:30:06 pm
Respecto a la transferencia no hay problema, teniendo un contrato de compra-venta firmado con fecha y hora y una fotocopia del DNI del comprador, si a los quince días sospechas que no se ha hecho la transferencia vas a Trafico notificas la venta con el contrato y ya se encargan ellos de que se haga la transferencia y además con multa para el comprador por no hacerla antes de quince días.