La DGT está preparando los radares para que multe furgos, camiones y autobuses.

Iniciado por DVega, Enero 28, 2015, 16:26:26 pm

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URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

yeyorm

y por qué no ser como alemania? Donde se pueda, sin límite de velocidad. y donde no se pueda, pues a respetarlos.

URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

+gvr

Cita de: jonymepeino en Febrero 03, 2015, 01:49:44 am
Ya, pero...si los turismos y los mixtos tienen distinta velocidad maxima aun siendo el mismo modelo, es por el uso o aplicacion que se les supone. Una furgoneta turismo, esta pensada para el transporte de personas y su equipaje, la misma furgoneta como mixto, esta pensada para personas y su equipaje, o para personas y carga. La carga en el ultimo caso, puede, y normalmente suele pesar o ser mas voluminosa (generando inercias) de lo que lo es el equipaje y los ocupantes

De ahi viene la diferencia de velocidad maxima permitida en unos u otros, y esto...no pueden saberlo en la itv, y ni siquiera un radar, solo se sabe si te paran y revisan, o si meten el vehiculo en bascula. De modo, que lo general, seria que todo el mundo, como pasa actualmente, circulase a velocidad de turismo sea cual sea la catalogacion de su vehiculo, y eso es lo que se pretende evitar con estos nuevos radares

Ejemplo, yo tengo una t4 con 8 plazas, con un peso de origen de 1900kg aprox, 8 personas por 75kg de media (600kg), si contamos con unos 10kg de equipaje por persona (80kg), eso hace un total de 2580kg. Peso, distribuido y asegurado, asegurado porque los ocupantes van en sus asientos, con su cinturon, y el equipaje en el maletero bajo la bandeja

Misma t4 mixta, con 3 ocupantes de 75kg (225kg), eso, sumado al peso de la furgo hacen 2125kg, lo que permite llevar en la caja un pale de ladrillos 594kg, y diversos sacos de cemento o material de trabajo. Como aseguras esta carga para que no se mueva en curvas o rotondas?? como aseguras esta carga, para que no lesione a ocupantes o terceros en caso de accidente?? y salvo que desmontes el pale y coloques todo en el suelo de la caja...como distribuyes el peso para que no tenga incercias en circulacion? y si, en lugar de ladrillos es una carga no divisible??

Esa es el motivo de la diferencia de velocidad entre turismos y vehículos de trabajo, aun siendo el mismo vehiculo incialmente, el uso o aplicacion al que esten destinados. Por eso, la compra de unos tiene ventajas fiscales, y la de otros no


El caso para mi no es ese.

Una T4 turismo con una MMA de 2700 kg
Una T4 mixta adaptable (MA) con una MMA de 2700 kg

La turismo con 9 ocupantes y el resto de la capcidad de carga posible en forma de maletas.
La MA con 3 ocupantes y el resto de la capacidad de carga en palet de ladrillos.

A efectos de circulación es exactamente lo mismo si se cumple el Reglamento General de Circulación!!!

Preguntas:

Cuantas furgos turismo ves con separador de carga? y cuantas furgos MA ves con separador de carga?

La respuesta es la misma o casi similar, no?

Hay poca cultura de transporte y la idiosincrasia y la dinámica laboral hace el resto. Se ven muchos transportes hechos a la ligera, pequeños furgones y camiones de caja abierta con todo suelto...imagina los de carrocería cerrada. Equipamientos como los de Sortimo se ven solo en grandes empresas, el resto suele ser a granel.

Las MA se pueden comprar sin el separador de carga y los furgones se vendieron sin mampara hasta enero del 2000. Ese es el problema y la solución que se tomó es que furgones y MA vayan a menos velocidad, por si acaso van cargados...y casi nadie amarra adecuadamente a no ser que tenga que circular por donde se pueda encontrar con la GC.

Es un problema inicial de legislación que se solucionaba con que todos los vehículos llevasen dispositivo de retención:
-Separador parcial desmontable si el asiento es capaz de asumir esa función (el fabricante determina esto).
-Separador total si el asiento no es capaz de asimir esa función).

Y para los furgones de antes del 2000 y a los turismos y MA descatalogados (los fabricantes solo tienen la obligación de garantizar recambios hasta 8 años después de dejar de producir un modelo) seguir interesante seguir el modelo australiano donde los fabricantes de rejillas los certifican para una resistencia capaz de soportar la proyección de una masa simple de 60 kg y con sus enganches e instrucciones de montaje específicos para el modelo de vehículo. Adiccionalmente van provisto de martillos rompecristales para el hipotético caso de que te quedes encerrado en el espacio de carga.

https://www.google.es/search?q=partition+grille&espv=2&biw=1280&bih=933&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=M47QVPXtG8nzUI39gsAJ&ved=0CAYQ_AUoAQ#tbm=isch&q=cargo+barrier&imgdii=tGMobvUrNJJctM%3A%3BK9nuq_MkWR5uSM%3BtGMobvUrNJJctM%3A&imgrc=tGMobvUrNJJctM%253A%3BoG9LyAdecXmcgM%3Bhttp%253A%252F%252Fwww.autokit.com.au%252Fresources%252Fproducts%252F334%252F1.jpg%3Bhttp%253A%252F%252Fwww.autokit.com.au%252Fproducts%252Fcargo-barriers-bundaberg%252Fcargo-barrier%3B235%3B172

Por allí es normal que furgonetas, todoterrenos, SUVs, familiares vayan equipados en este sentido.

Esto sería más beneficioso para todos pero sobre todo para los usuarios de furgones, MA y turismo. Estos últimos debería ir equipados fábrica con separadores o por lo menos obligar a los vendedores a ofrecer este "accesorio" y un folleto informativo elaborado por la DGT en este sentido y en la necesidad de distribuir y fijar adecuadamente la carga.

Todo esto sería más positivo que reducir la velocidad máxima de los mixtos adaptables.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Bizkor

Me interesa el hilo. La nuestra está catalogada como autocaravana 32.00. De origen venia como mixto vivienda 31.48 pero el anterior propietario la modificó, supongo que por temas de impuestos. Por lo que he leído la nueva legislación en trámite nos favorece ya que podremos circular a 120 en autopista así que espero que se apruebe pronto.

_Antía_

Cita de: +gvr en Febrero 03, 2015, 10:26:58 am
El caso para mi no es ese.


Para mí sí... (y contesto teniendo en cuenta que el resto de usuari@s saben que tú citas a otro compañero y el texto que citas)

Cita de: +gvr en Febrero 03, 2015, 10:26:58 am
Una T4 turismo con una MMA de 2700 kg
Una T4 mixta adaptable (MA) con una MMA de 2700 kg

La turismo con 9 ocupantes y el resto de la capcidad de carga posible en forma de maletas.
La MA con 3 ocupantes y el resto de la capacidad de carga en palet de ladrillos.

A efectos de circulación es exactamente lo mismo si se cumple el Reglamento General de Circulación!!!

Para nada, no lo veo en absoluto igual, he conducido vehículos "similares" en las condiciones que describes y no existe el mismo comportamiento, ni de lejos... el tacto del volante y la respuesta de la amortiguación, los frenos, la dirección, la (in)estabilidad, etc. son diferentes...

Cita de: +gvr en Febrero 03, 2015, 10:26:58 am
Preguntas:

Cuantas furgos turismo ves con separador de carga? y cuantas furgos MA ves con separador de carga?

La respuesta es la misma o casi similar, no?

Turismos; ninguno... casi, algunos familiares, ranchera o todocaminos de alta gama empiezan a incluirlo. Lo pidas, o no...
VMA; La mayoría de ellos, al menos los posteriores al 2000, porque lo traen o en la documentación de la ITV te pone muy clarito que debes hacer uso de un separador de carga en el caso de transportarla.
Y los furgones son de cabina separada por mampara, al menos los modernos...

Cita de: +gvr en Febrero 03, 2015, 10:26:58 am
Es un problema inicial de legislación que se solucionaba con que todos los vehículos llevasen dispositivo de retención:
-Separador parcial desmontable si el asiento es capaz de asumir esa función (el fabricante determina esto).
-Separador total si el asiento no es capaz de asimir esa función).

Esto sería más beneficioso para todos pero sobre todo para los usuarios de furgones, MA y turismo. [...]

Todo esto sería más positivo que reducir la velocidad máxima de los mixtos adaptables.


Discrepo una vez más, la velocidad de los VMA creo que es la correcta, he viajado muchísimos kilómetros con VMA y en cuánto pasas de 100 un poco, o cuando llegas a 118, el confort ha desaparecido, las inercias balancean la carrocería, las frenadas casi no se controlan, la dirección es imprecisa y, en mojado o con niebla, cualquier cosa que hagas es temeraria cuándo menos...  .nono

No, no es para jugársela a los malabares...  .malabares

+gvr

Cita de: _Antía_ en Febrero 03, 2015, 23:26:16 pm
Para mí sí... (y contesto teniendo en cuenta que el resto de usuari@s saben que tú citas a otro compañero y el texto que citas)
Para nada, no lo veo en absoluto igual, he conducido vehículos "similares" en las condiciones que describes y no existe el mismo comportamiento, ni de lejos... el tacto del volante y la respuesta de la amortiguación, los frenos, la dirección, la (in)estabilidad, etc. son diferentes...


Creo que no me he explicado bien...

Mi T4 con 2670 kg de MMA,

- Con 8 plazas y el resto de la capacidad de carga en maletas en el maletero, o sea detrás de la tercera fila.
- Con 2 pasajeros, separador de carga, bloques de piedra hasta completar los 2670 kg de MMA, uniformemente repartidos y fijados a los puntos de amarre dispuestos por el fabricante (o sea testados) con elementos de amarre (cinchas de trinquete certificados).

Estos dos casos en mi misma furgoneta hasta prefiero el caso de la carga porque es más controlable que la de los pasajeros  .meparto centro de gravedad más bajo, más control y menos distracción en la conducción.

Cita de: _Antía_ en Febrero 03, 2015, 23:26:16 pm
VMA; La mayoría de ellos, al menos los posteriores al 2000, porque lo traen o en la documentación de la ITV te pone muy clarito que debes hacer uso de un separador de carga en el caso de transportarla.
Y los furgones son de cabina separada por mampara, al menos los modernos...


Aquí discrepo  ;D la mayoría de los VMA no lo traen de serie y los que lo traen solo valen para cuando llevas todas las plazas y no para cuando más lo necesitas que es cuando retiras los asientos traseros y llevas la máxima carga posible.
Los furgones claro que los llevan, algunos de antes del 2000 por que fabricaban fuera o eran modelos extranjeros que ya los incorporaban...

Cita de: _Antía_ en Febrero 03, 2015, 23:26:16 pm
Discrepo una vez más, la velocidad de los VMA creo que es la correcta, he viajado muchísimos kilómetros con VMA y en cuánto pasas de 100 un poco, o cuando llegas a 118, el confort ha desaparecido, las inercias balancean la carrocería, las frenadas casi no se controlan, la dirección es imprecisa y, en mojado o con niebla, cualquier cosa que hagas es temeraria cuándo menos...  .nono

No, no es para jugársela a los malabares...  .malabares


No pretendo que sin sentido se aumente la velocidad. Esta claro que cuanto más rápido más peligro, pero eso vale para todos los vehículos. Lo que pretendo significar que la reducción que se le aplico a los VMA es una solución barata a un problema de regulación, ya que es absurdo que te puedas comprar un vehículo MA, el cual te permite que te permite llevar carga, pero no te obligues/en a adquirir con el mismo el dispositivo de retención para poder hacerlo con seguridad y legalidad. Y para más colmo existen, con toda la legalidad vigente, muchísimos furgones sin puntos de fijación para la carga (argollas de amarre). La reducción es un parche.

Te haces menos daño a 100 que a 120 km/h, claro, evidente. Pero te haces más daño a 120 con separador, la carga bien estibada y correctamente amarrada?

Y por la misma rezón pienso que sería acertado que todos los vehículo dispusiesen de dispositivo de retención si el espacio de carga no esta diferenciado y separado de espacio de los pasajeros. Una maleta de 5 kg hace el mismo daño que un paquete de 5 kg de la misma densidad (por eso de la presión que ejerce repartida en la superficie con la que choca cuando se estrella al proyectarse tras un choque)

También tengo experiencia en VMA y llevo cerca de 800.000 km a la espalda y tampoco me la juego  ;D

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Txuan

Cita de: yeyorm en Febrero 03, 2015, 09:09:02 am
y por qué no ser como alemania? Donde se pueda, sin límite de velocidad. y donde no se pueda, pues a respetarlos.
en españa no hay un solo tramo equiparable a las autobahn alemanas, alli por ley y para ser autobahn no puesentener una inclinacion superior a cierto porcentaje, comparalo con por ejemplo somosierra, las curvas no pueden ser mas cerradas de cierto limite ve alguna vez de bilbo a donosti y flipa con las curvitas, los arcenes tienen que medir tambien un minimo, y los vallados laterales estan diseñados para poder retener a un vehiculo, no como aqui que es poco mas que una valla de gallinero.
Si currar fuese algo bueno los ricos no nos dejarian ni acercarnos al trabajo.

DVega

Cita de: Txuan en Febrero 04, 2015, 01:06:12 am
en españa no hay un solo tramo equiparable a las autobahn alemanas, alli por ley y para ser autobahn no puesentener una inclinacion superior a cierto porcentaje, comparalo con por ejemplo somosierra, las curvas no pueden ser mas cerradas de cierto limite ve alguna vez de bilbo a donosti y flipa con las curvitas, los arcenes tienen que medir tambien un minimo, y los vallados laterales estan diseñados para poder retener a un vehiculo, no como aqui que es poco mas que una valla de gallinero.

Pues estoy totalmente en discrepancia contigo. Aquí tenemos muchos tramos que superan a algunas autobahn. Luego claro está hay zonas que por su orografía tienen que tener curvas y desniveles (eso o hacer túneles y puentes).

Aqui falta civismo y educación, y no solo al volante.

merkava-2009

Referente a lo de amarrar la carga, una vez me paró un guardia de tráfico, y me miró la furgo atrás por dentro, como  llevaba la carga amarrada con cinchas a las argollas ( cajas de herramienta y demas cajas estilo tupper pero mas duro),

me dijo que tenía que llevar red o un pulpo , y que lo podía amarrar a las argollas del suelo de la furgo (tiene 4) encima de las cajas aunque estubieran encinchadas,

por supuesto pregunté si había alguna medida mínima para la red, NO .confuso2
no me dijo nada de ponerla detrás del sillon en vertical , por no tener argollas en el techo en dicha ubicación,
no obstante, me comentó que no puede sobresalir la carga por encima de los sillones, del cuerpo del mismo, no cuentan los reposacabezas.

A la semana ya tenía yo el pulpo, lo sobrepongo a todo lo que cargo, bién amarradito, aunque para que conste en acta, los enganches no me gustan un pijo, son de plastico y me parecen endebles, pondré mosquetones pequeños en un futuro...

Un saludo

abbado

Pues yo suelo llevar en el espacio entre el asiento del conductor  y el mueble lateral diversos objetos como paravientos, bastones de senderismo,

etc.. que sí sobresalen por encima del asiento a pesar de que van correctamente sujetos. Tomaré buena nota, gracias!!

yeyorm

Cita de: DVega en Febrero 04, 2015, 23:51:32 pm
Pues estoy totalmente en discrepancia contigo. Aquí tenemos muchos tramos que superan a algunas autobahn. Luego claro está hay zonas que por su orografía tienen que tener curvas y desniveles (eso o hacer túneles y puentes).

Aqui falta civismo y educación, y no solo al volante.


+1

+gvr

Cita de: merkava-2009 en Febrero 05, 2015, 00:56:43 am
Referente a lo de amarrar la carga, una vez me paró un guardia de tráfico, y me miró la furgo atrás por dentro, como  llevaba la carga amarrada con cinchas a las argollas ( cajas de herramienta y demas cajas estilo tupper pero mas duro),

me dijo que tenía que llevar red o un pulpo , y que lo podía amarrar a las argollas del suelo de la furgo (tiene 4) encima de las cajas aunque estubieran encinchadas,

por supuesto pregunté si había alguna medida mínima para la red, NO .confuso2
no me dijo nada de ponerla detrás del sillon en vertical , por no tener argollas en el techo en dicha ubicación,
no obstante, me comentó que no puede sobresalir la carga por encima de los sillones, del cuerpo del mismo, no cuentan los reposacabezas.

A la semana ya tenía yo el pulpo, lo sobrepongo a todo lo que cargo, bién amarradito, aunque para que conste en acta, los enganches no me gustan un pijo, son de plastico y me parecen endebles, pondré mosquetones pequeños en un futuro...

Un saludo


Esto que te comentó el GC es una interpretación laxa, sucinta e ligera del Reglamento General de Vehículos y que solo es válido para los vehículos mixtos adaptables en los que es asiento asume la función de dispositivo de retención de carga, y esta cuestión la establece el fabricante del vehículo con el proceso de homologación del mismo.

ANEXO VI . DISPOSITIVOS DE RETENCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHÍCULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTÁNEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITÁCULO

Reglamento General de Vehículos

DISPOSITIVOS DE RETENCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHÍCULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTÁNEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITÁCULO

1. Objeto y campo de aplicación

1.1. El presente Anexo tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que han de cumplir los distintos dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga así como los ensayos que han de efectuarse para determinar su idoneidad en el aseguramiento de la carga. Las disposiciones aquí indicadas se aplicarán a los dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga y de aseguramiento de la misma, a instalar en vehículos cuyo plano de carga esté directamente limitado por una fila de asientos.

2. Definiciones

A efectos del presente Anexo se entiende por:

2.1. Anclajes para dispositivos de amarre o simplemente, puntos de amarre. Son aquellos puntos de fijación en el vehículo (por ejemplo: anillas, ganchos, refuerzos roscados, etc.) que sirven para la fijación de dispositivos de amarre.
2.2. Dispositivo de amarre. Son aquellos dispositivos que permiten asegurar la carga en el vehículo (cintas, cables, etc.) y que su instalación dependerá del tipo de carga que manipule el usuario.
2.3. Preinstalación o anclajes o fijaciones para los dispositivos de retención. Son aquellos puntos de fijación en el vehículo (refuerzos roscados, anillas, ganchos, remaches, etc.) que sirven para la fijación de los dispositivos de retención.
2.4. Dispositivo de retención Es aquel dispositivo (por ejemplo: red, roja, barras) que está situado detrás de los asientos que limitan directamente con el plano de carga y que separa total o parcialmente la zona de pasajeros del espacio de carga para proteger a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga.
El asiento asumirá parcialmente la función de retención cuando el dispositivo de retención asegure únicamente la zona situada por encima del mismo.

...

3.3. Dispositivos de retención.

3.3.1. Dispositivos de retención parcial:

Los vehículos mixtos adaptables opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga en la zona situada por encima del respaldo.

En los dispositivos de retención flexibles la deformación máxima hacia adelante producida por el elemento de prueba no deberá sobrepasar los 300 mm. medidos desde el plano transversal vertical al eje longitudinal del vehículo que pasa por el borde posterior del respaldo en su posición de construcción. En el caso de dispositivos de retención rígidos se permitirán deformaciones justo hasta la aparición de grietas en la superficie.

Las pruebas de los dispositivos de retención parcial destinados a vehículos equipados con apoyacabezas en los asientos posteriores deberán realizarse con los apoyacabezas montados.


Esto es la plasmación a modo de reglamento de la realidad normativa del entorno económica donde se desarrolan los productos a regular. Es decir la CEE.
Los dispositivos de retención parcial precisan de superar pruebas dinámicas de ensayo para poder colocarse y comercializarse. Pero hay fabricantes que no los tienen a la venta porque los asientos non fueron concebidos para asumir la función de dispositivo de retención y por eso el fabricante ensaya y comercializa los dispositivos de retención total. Ese es el caso de T4, T5, Vitos....

Los que estaría mal es colocar una redecilla vertical que complemente el plano trasero de los asientos, llevar 500 kg de carga (maletas o ladrillos) y esperar que los asientos no sean arrancados de cuajo porque uno piense, leyendo la normativa, que hace lo correcto... Es un problema de legislar bien pero sobre todo de información básica que ni te dan en la teórica del carnet, ni en el concesionario, ni los agentes de la GV que tienen la obligación de vigilar que lo correcto se cumple... .panico

La estiba y acondicionamiento de la carga está a expensas de que el agente la considere que están bien y en esto considero que las cintas e elementos de fijación (chinchas, eslingas, trinquetes, grilletes....) estén certificados y bien colocados...y esta última cuestión es subjetiva por que no vas a estrella la furgo para demostrar que está bien o mal  .meparto pero de ahí a decir que es preceptiva una red, pues es muy discutible y con esto no considero que pueda ser útil pero eso depende de las circunstancias y características de la carga...

El GC tiene que considerar si cumples esto o no:

Reglamento General de Circulación:

Artículo 14 Disposición de la carga

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
...


Te pide esto:



Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

DiegodeBueu

Cita de: Cucho en Enero 29, 2015, 14:32:15 pm
¡Cuidado! que esto no es así para nada. Mientras un vehículo esté dado de alta TIENE OBLIGACIÓN de tener un seguro en vigor y la itv pasada:

http://www.autopista.es/trucos-y-consejos/todos-los-trucos-y-consejos/articulo/coche-parado-obligaciones-legales-94274
http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/06/coche-aparcado-en-la-calle-sin-seguro-cuantia-de-la-multa/


Yo no lo tengo tan claro. Parece ser que la ITV es obligatoria para circular, no por tener un coche... En mi caso, tengo un vehiculo al que le paso la itv 6 meses si, y luego al garaje otros 6 meses. desde hace mas de 10 años funciono asi y nunca he tenido problema.

Un saludo

perroflautero

Si no esta de baja tiene que tener seguro, y para tener seguro tiene que tener la itv en vigor.