Impuesto de matriculación al transferir una furgo

Iniciado por jctol, Octubre 09, 2012, 10:07:20 am

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jctol

Hola,

abro este hilo ya que tengo una furgo que compré como Autónomo (con lo que estaba exento del impuesto de matriculación) en Mayo/2010, y estoy pensando vender.

¿Sabéis como afecta esto a un futuro comprador particular?. ¿Se debe pagar la totalidad del impuesto o una parte de él?. Desde la fecha de compra ha transcurrido 2,5 años más o menos.

Gracias anticipadas por vuestra ayuda.

Juan Carlos

Gorbea0

Si el futuro comprador no está exento también tendría que pagar el impuesto para el año actual desde la fecha de transferencia igual que si comprara un coche nuevo. Habría que leer la ordenanza fiscal reguladora sobre vehiculos de traccion mecánica de ese Ayuntamiento aunque me imagino que casi todos los Ayuntamientos son parecidos. El periodo impositivo coincide con el año natural salvo el caso de primera adquisición o baja en cuyo caso se devengará el periodo proporcional hasta el 31 diciembre.
La normativa, al menos en mi ciudad, no contempla ese supuesto pero lo lógico sería equivalente a primera adquisición. Los años pasados no hay que pagarlos evidentemente.

CAMPERVOY

Jctol,
           Al haber transcurrido menos de cuatro años desde que la compraste, hay que liquidar el impuesto de matriculación a la Agencia Tributaria, pero eso lo tienes que hacer tú, que eres quien se lo ahorró en su día, el comprador no tiene que preocuparse de nada... Tengo la duda de si tienes que pagar la totalidad del impuesto (eso creo) o la parte proporcional. Si llamas a la Agencia Tributaria te sacarán de dudas...
Un saludo,
Anton