ITV rechaza toldo y portabicis

Iniciado por pirigrin, Junio 03, 2009, 17:46:30 pm

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Tetr3s

Junio 04, 2009, 02:05:22 am #15 Ultima modificación: Junio 04, 2009, 02:26:24 am por Tetr3s
yo les haria trabajar un poquito y que te digan porque tienes que quitar eso para pasar la itv si puedes circular con ello y te lo venden asi, a ver donde esta escrito...y revolver, revolver, revolver, revolver...veras al proximo que venga con el portabicis como se lo pasan...tambien puedes llamar al concesionario y que llamen ellos a la itv, ya esta bien de que cobren y luego no se mojen en nada en el tema de legislacion, tenian que estar un tiempo sin vender una puta cali por que no dejan perncotar en ella, dan pol culo en la itv,etc....veras si se movian

menudo imbecil joder....yo la he pasado con el portabicis en bilbao y no me han dicho ni mu.

edito:

Artículo 13. Dimensiones del vehículo y su carga.

1. En ningún caso, la longitud, anchura y altura de los vehículos y su carga excederá de la señalada en las normas reguladoras de los vehículos o para la vía por la que circula.

2. El transporte de cargas que inevitablemente rebasen los límites señalados en el apartado anterior deberá realizarse mediante autorizaciones especiales que determinaran las condiciones en que deba efectuarse, de conformidad con lo dispuesto en las prescripciones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos.

3. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves.

Artículo 14. Disposición de la carga.

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan:

   1.

      Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.
   2.

      Comprometer la estabilidad del vehículo.
   3.

      Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
   4.

      Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

2. El transporte de materias que produzcan polvo o pueden caer se efectuará siempre cubriéndolas, total y eficazmente.

3. El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas específicas que regulan la materia.

Artículo 15. Dimensiones de la carga.

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo al mismo.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

   1.

      En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
         1.

            En vehículos de longitud superior a 5 metros, 2 metros por la parte anterior y 3 metros por la posterior.
         2.

            En vehículos de longitud igual o inferior a 5 metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
   2.

      En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,50 metros.

3. En los vehículos de anchura inferior a 1 metro, la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado del eje longitudinal del mismo. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

4. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

5. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refiere el número 2 de este mismo artículo deberá ser señalizada por medio del panel, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, de 50 por 50 centímetros de dimensión, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco. El panel se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga.

Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la superficie del panel, cuando no sea de material reflectante, deberá tener en cada esquina un dispositivo reflectante de color rojo y la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca y de un dispositivo reflectante de color blanco.

6. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.



-Añadir que viendo como esta elasunto lo mejor sera pedir el certificado de instalacion de los accesorios a la hora de comprar la furgo (gratis claro) y a correr, que sea vw quien solucione los problemas (si es de fiamma estamos jodidos)

-O decirles antes de pagar si te van hacer desmontar eso, si dicen si largarse a otra ITV.

dios como me enciendo con estos temas!! >:(

pirigrin

Muy bueno Tetr3s, muchas gracias por la información. Pero ya sabes, éstos son industria y dicen que si, que vale, pero o los quitas o no hay que rascar. Al final desmontaré, porque me la han puesto grave y así el vehículo no puede circular y además me han puesto el sellito de desfavorable en la documentación, que me pongan el sello bueno y luego ya veré en la vw cómo arreglar este tema. Porque si te pones ahora a legalizar (certificado vw, certificado montador, itv) a ver cuánto tiempo se va. A ver qué certificado me va a dar un montador por montarme el portabicis  .panico

pepu

manda huevos pirigrin, que coñazo kitar y poner portabicis y toldo...

si es mi caso, que la paso cada 6 meses las sujeciones se me pasan de rosca en 2 años  .meparto
grandes riquezas, gran exclavitud...

mikel

Cita de: Tetr3s en Junio 04, 2009, 02:05:22 am


5. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refiere el número 2 de este mismo artículo deberá ser señalizada por medio del panel, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, de 50 por 50 centímetros de dimensión, pintado con franjas diagonales alternas de color rojo y blanco. El panel se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga.



Kaixo:
este ultimo parafo creo que nadie lo cumple por eso de tener que llevar 2 placas de un valor de 30€ cada una, por que hay ciertas bicicletas que se salen de la furgo, y como somos del pais de los pobres en vez de comprar la famosa v20 compramos la de plastico para luego tener que pagar la multa.

otra es que la placa no se que ley se dice que no puede ir sujeta por medio de pulpos o engantxes de goma, tienen que ser estilo cintxas o correas, por el tema de movimiento.


volviendo al tema segun ITV el portabicis es un elemento denunciable si no se a instalado para lo que se ha diseñado, osea que si no llevas bicis es denunciable, el tema del toldo no lo tengo muy claro
agurrakl

pirigrin

PUes nada, fuera portabicis, fuera toldo. ITV ok.
Si quiero legalizar documento de vw, certificado de montaje del taller, certificado del fabricante (fiamma) y nueva inspección. Es lo que hay

Kendo

Hoy he pasado la itv del coche (itv de Amorebieta) y le he preguntado por el tema del portabicis. Me ha contestado que al no ser un elemento fijo no hay ninguna normativa al respecto (entiendo que a la hora de pasar la itv) y que ellos no se meten con eso. Es mas, le he comentado el caso y me ha dicho que le parecia una chorrada el tener que andar poniendo y quitando.

Me da que no es cuestion de normativas, es cuestion del personaje que te toca. El pasar la itv es una pasta, yo no se si las empresas que se encargan de ello tienen un porcentaje, pero igual no es mala idea hacer una LINAT (lista de itvs amigas no tocapelotas)

Un saludo

Kendo

Tetr3s


Kendo

En realidad seria la LIANT, se me ha ido la mano antes...  .loco2

mikel

Kaixo txabales:
y que bais a hacer ir de itv en itv para pasar las ilegalidades, por que hoy por hoy os las permiten pero luego asaver, por ejemplo se decia que itv de berriozar pasaba de todo, asta que llego indistria onose quien y les dio el toke (todo esto gracias a foros de internet en los que se reconozia y recomendaba esta itv) y ahora ye no pasa ni diox asi que o les enseñamos a hacer bien las cosas o nos segiran dando por hay.
agurrak

Raúl del Moral Vico

Pgrin... y tú por que no llamas... .lengua2, te habrías ahorrado ese disgusto...
Si necesitas un certificado de instalación de carrocero llamame y lo vemos.
Como anecdota os digo que cuando pregunte en volkswagen para una t5 confortline con toldo y portabicis originales, le dije al vendedor que queria que el toldo y portabicis fueran en la documentación(como va la bola de remolque por ejemplo)y me dijeron que nanai... eso no puede ser


Kendo

CitarKaixo txabales:
y que bais a hacer ir de itv en itv para pasar las ilegalidades, por que hoy por hoy os las permiten pero luego asaver, por ejemplo se decia que itv de berriozar pasaba de todo, asta que llego indistria onose quien y les dio el toke (todo esto gracias a foros de internet en los que se reconozia y recomendaba esta itv) y ahora ye no pasa ni diox asi que o les enseñamos a hacer bien las cosas o nos segiran dando por hay.
agurrak


Efectivamente, lo ideal seria una lista negra y el motivo, no una "blanca" que siempre se podran meter con ellos.

El tema no es pasar ilegalidades, sino alegalidades. Si entre distintas itvs no se ponen de acuerdo en si un portabicis es carga, parte del vehiculo o yo que se, no creo que pasar la itv con el puesto sea ilegal. Ahora mismo, en la practica, recae en la persona que te pasa la itv, y no creo que nosotros seamos los encargados de enseñarles como hacer su trabajo. Que apliquen la normativa y punto. El problema es que la normativa no es clara.

Yo he pasado siempre la itv con bacas (con coche) y nunca me han dicho nada, y excede la altura marcada en la ficha tecnica. No conozco a nadie (con coche) que tenga bacas y al comprarlas pregunte si estan homologadas... ¿porque tiene que ser diferente en una furgo?.

Un saludo

Kendo

ferrandinski

Junio 06, 2009, 00:45:07 am #26 Ultima modificación: Octubre 22, 2009, 08:07:38 am por ferrandinski
Cita de: pirigrin en Junio 05, 2009, 06:22:50 am
PUes nada, fuera portabicis, fuera toldo. ITV ok.
Si quiero legalizar documento de vw, certificado de montaje del taller, certificado del fabricante (fiamma) y nueva inspección. Es lo que hay



SYNCRO 1.9TD

POMPOCOLLIN

pues en el norte , en la itv de arrigorriaga ningun problema por el portabicis.

kanu

Cita de: Kendo en Junio 05, 2009, 22:03:52 pm
Efectivamente, lo ideal seria una lista negra y el motivo, no una "blanca" que siempre se podran meter con ellos.

El tema no es pasar ilegalidades, sino alegalidades. Si entre distintas itvs no se ponen de acuerdo en si un portabicis es carga, parte del vehiculo o yo que se, no creo que pasar la itv con el puesto sea ilegal. Ahora mismo, en la practica, recae en la persona que te pasa la itv, y no creo que nosotros seamos los encargados de enseñarles como hacer su trabajo. Que apliquen la normativa y punto. El problema es que la normativa no es clara.



Las normativas suelen ser claras...El problema es que cada ITV las aplica como le sale de los c*jones. No solo pasa con las ITV...También pasa con los aparcamientos (es acampada porque me sale de los c*jones)...y con otras muchos temas que tenemos que padecer...

Lo de la lista a nivel nacional de ITVs chungas "chungoagenda" me parece una idea c*jonuda porque así tambien nosotros iremos a pasar la ITV donde nos salga de los c*jones...

Proxima "modificación de importancia" del vehículo...cambiar de ITV...como el sol, a la que más caliente...

La ley del embudo manda en este pais...
http://www.furgovw.org/index.php?topic=171969.0
http://meneame.net/story/trafico-multa-vehiculo-multamovil-vigo-no-pasar-itv
Asi que quienes somos para no subirnos al tren...


nomadasanse

>>> Las normativas suelen ser claras...El problema es que cada ITV las aplica como le sale de los c*jones

Hola, estoy de acuerdo, cada ITV entiende la normativa a su manera, y dentro de cada ITV, depende del 'paisano' que te toque. Hace un mes yo pasé la ITV con el portabicis puesto aunque el tipo lo estuvo mirando un buen rato y me dijo "esto no lo tienes homologado", y yo le dije con toda seguridad "claro, porque es de quita y pon"... pero por si acaso tenia la llave inglesa preparada para desmontarlo...

A quien le interese, fue en la ITV de San Sebastian de los Reyes - Madrid

Chao.