VEHICULO MATRICULADO COMO MIXTO

Iniciado por rosalaia, Mayo 28, 2013, 11:19:34 am

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rosalaia

En Junio del 2009 me compre una Rodius, y el vendedor me aconsejo matricularla como mixta, y ahora, a punto de hacer los 4 años, hacienda me reclama el pago de la matriculacion y ademas me pone una sancion, alguien me puede ayudar, como puedo saber si era legal matricularla como mixta, el tio del concesionario me sigue diciendo que no habia problema

+gvr

Te respondo por la noche.

Un saludo.


Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

+gvr

Disculpa, que me lié con otras cosas....

"Los vehículos mixtos adaptables cuya altura total desde la parte estructural del techo de la carrocería hasta el suelo sea superior a 1.800 milímetros, siempre que no sean vehículos todo terreno y siempre que se afecten significativamente al ejercicio de una actividad económica. La afectación a una actividad económica se presumirá significativa cuando, conforme a lo previsto en el artículo 95 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el sujeto pasivo tuviera derecho a deducirse al menos el 50 % de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas o satisfechas con ocasión de la adquisición o importación del vehículo, sin que a estos efectos sea relevante la aplicación de cualquier otra restricción en el derecho a la deducción derivada de las normas contenidas en dicha Ley."

http://www.furgovw.org/index.php?topic=214652.0

Los mixtos adaptables están exentos del impuesto de matriculación, ese impuesto que se inventó España cuando fue "denunciado" el iva de lujo del 28%, creo, y hubo que homogeneizar. Antes de eso, 2008 (puede ser ?) pagabas un iva menor y ahora "ahorrar" el impuesto de matriculación.
El caso que si no tienes derecho, o sea que estas dado de alta como autónomo o eres empresa, no te puedes/pueden deducir esto.
Antes del cambio nada te impedía comprar un mixto adaptable o un furgón,, pero como estamos en un pais de la picaresca muchos comerciales le adjudicaban una clasificación de mixto adaptable al comprador sin este saberlo para sí meter en el bolsillo el diferencial de impuestos. Normalmente el comprador se enteraba a partir del 2006 cuando cambiaron las limiraciones de velocidad en autopista y multaban por ir a más de 120 km/h cuando legalmente no puede pasar de 100.

Como es tu caso?

Un saludo!
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URDULIZ

Mayo 29, 2013, 10:20:16 am #3 Ultima modificación: Octubre 03, 2018, 10:49:32 am por URDULIZ
 A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

+gvr

Paso el caso que un fabricante  diseño y vendía un vehículo. Al tiempo le puso barras fijas en el techo y como daba más de 1800mm de alto lo vendía como mixto. Los que compraron los primeros protestaron y el importador devolvió el diferencial resultante de aplicar el tipo impositivo cual si fuera un mixto.
En diferido o no los impuestos son coste y la mala regulación permitía esta picaresca.
El resto de noche con Pc ;-)
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+gvr

Mixtos y furgones siempre se asocian a empresas y profesionales porque son vehículos 2preparados" para otros menesteres que no son el desplazamiento de pasajeros y equipaje.
Una SL, SA, SLL... son empresas y una empresa compra lo que necesita y puede pagar y como lo compra para trabajar pues es un gasto y deduce el IVA. Y una empresa puede comprar un turismo para dedicarlo a desplazamientos del personal, visitas a clientes...El vehículo se afecta a la actividad dependiendo del epígrafe e dependientemente de la clasificación del vehículo. Un fontanero no puede afectar a la actividad un Ferrari, pero si un furgón al 100% y muchas actividades permiten afectar un turismo, y así muchas veces un empresario de esos pomposos de compra un Ferrari y lo quire justificar como imagen de empresa. Todo depende del epígrafe de la actividad...y por eso lo de muchas rotulaciones en iman sobre turismos con la pretensión de justificar el uso y la utilidad como soporte divulgativo y publicitario del vehículo.

El tema viene cuendo no es empresa y es una persona, la cual puede ser particular o autónomo y solo ella, hacienda, la seguridad social...lo saben. Por la dualidad del uso, particular y profesional, la afectación es al 50%, al 100% es más "delicada" y hay que acreditarla.

Antes no se exigía acreditar que eras o no un profesional autónomo y en eso esta la confusión y la jugada que hacia el comprador voluntariamente y a veces el vendedor sin el consentimiento del comprador. Un particular podía comprar algo más que un turismo...Y el diferencial era del 12%!!!

Te venden una mixta adaptable por 10.000 € impuestos incluidos, si eres autónomo deduces lo que puedes o te dejan...pero si eres un particular y el vendedor lo sabe pues le cobraba el importe del tipo impositivo correspondiente o sea 11.200 € pero le colocaba un mixto adaptable con la dedución por profesional sin que el particular lo supiese. A veces venía Hacienda y llamaba al orden al comprador ya que era el responsable legal (no el autor material del "desaguisado") y a apoquinar el 12% mal pretendidamente exento.

Ahora esto no es tan fácil porque Hacienda regulo y puso medios...pero vivimos en el pais de la picaresca.

Ahora la diferencia esta en pagar o no el impuesto de matriculación...y mientras no haya furgones híbridos con una tasa de contaminación baja siempre habrá diferencia.

Un saludo!



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Eooo1234

Mi caso es parecido: compré una furgo mixta en el 2012 y soy particular. El vendedor me dijo que en la ITV del cuarto año podía pasarla a turismo.
¿me podrán reclamar lo que el no pagó?

Karmonlu

Cita de: Eooo1234 en Mayo 30, 2013, 10:06:24 am
Mi caso es parecido: compré una furgo mixta en el 2012 y soy particular. El vendedor me dijo que en la ITV del cuarto año podía pasarla a turismo.
¿me podrán reclamar lo que el no pagó?

Estoy en el mismo caso, hace un mes compré la furgoneta como mixta-adaptable, y el vendedor me comentó que se podria modificar a los 4 años aportando a la ITV el documento de la marca que atestigua que el vehiculo puede ser modificado en ficha tecnica ya que si existe variante turismo. Este papel cuesta en torno a 80-100 euros por mi zona, por eso yo estaba esperando tranquilamente hasta el 4 año, ¿puede alguien confirmar que vendrá hacienda a pedirme pasta cuando realice la modificacion? no me asusteis.... :-\

+gvr

Pero sois autónomos?
Firmásteis algo de Hacienda?

Por lo que decis del vendedor parece que os beneficiasteis del impuesto de matriculación...

Un saludo! 
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Eooo1234

No veo el beneficio, un vehículo de segunda mano vale lo que vale; el impuesto de matriculación es para quien lo matricula. Yo compré la furgo a precio de mercado, las había del mismo precio Turismos pero no se ajustaban a mis necesidades.
un saludo y muchas gracias!

Karmonlu

Cita de: +gvr en Mayo 30, 2013, 11:40:35 am
Pero sois autónomos?
Firmásteis algo de Hacienda?

Por lo que decis del vendedor parece que os beneficiasteis del impuesto de matriculación...

Un saludo!

Ni soy autonomo ni firmé nada con hacienda.
La furgoneta es importada y se matriculó cuando yo la compré, por lo que quizas si me beneficié sin saberlo de la rebaja de dicho impuesto.
¿Mi temor es...vendrá hacienda en el cambio de papeles?


+gvr

Ante la duda precaución.
Si tu inquitud es límite de velocidad, a partir de este verano los mixtos podrán ir a 120.

Un sauldo!
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Karmonlu

Cita de: +gvr en Mayo 30, 2013, 13:45:01 pm
Ante la duda precaución.
Si tu inquitud es límite de velocidad, a partir de este verano los mixtos podrán ir a 120.

Un sauldo!

Era una de las preocupaciones, pero lo solventaba llendo a la velocidad de 100km sin prisa pero sin pausa... ;D
Me alegro de que levanten la prohibicion que siempre me ha parecido un poco absurda siendo los vehiculos completamente iguales siendo la diferencia la carga que pueden llevar. Gracias por el apunte de todas formas.
Lo que me preocupa de verdad es lo de hacienda, que les tengo un miedo...