Me mudo a Madrid

Iniciado por Triki Tixa, Febrero 15, 2011, 13:45:16 pm

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Triki Tixa

Furgoneteros,

Pues inicio una nueva etapa en mi vida y ya tengo buscado el piso en Madrid.. Ahora me queda hacer la mudanza, llevar todas mis cosas desde Bilbao y no quiero tener problemas si me paran..

Mi furgo es una caravelle del 92, mxta adaptable... sabeis si tengo que llevar las cajas sujetas o separadas o de alguna forma especial? He oido de gente a la que han multado..

Espero hacerme pronto a las nuevas tierras y encontrar lugares especiales donde pasear con la Triki alegremente  ;D

Gracias y saludos!


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donvito

¿Bilbao por Madrid? Mal cambio, y te lo dice un madrileño...
Sobre las cajas, pues si no tienes separador de carga y llevas la furgo hasta arriba y te paran pueden multarte, pero si no es muy exagerado quizá no tengas problemas.
Suerte en tu nueva etapa  ;)

barbatxano

Hace tiempo miré bien el tema, y saqué este documento que llevo en la guantera ...

Si la carga va bien sujeta, sin problema. Y pienso que si la furgo era de origen mixta adaptable y no traía mampara de separación, no está obligada a llevarla ...

Cita de: yo mismo, barbatxano

Transporte privado particular

Ley 16/1987 de 30 de Julio de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Artículo 100.

Los transportes privados pueden revestir las dos siguientes modalidades:
a.   Transportes privados particulares.
b.   Transportes privados complementarios.

Artículo 101.

1. Se consideran transportes privados particulares, los que cumplen conjuntamente los dos siguientes requisitos:

a.   Estar dedicados a satisfacer las necesidades de desplazamiento de carácter personal o doméstico del titular del vehículo y sus allegados.
En ningún caso, salvo el supuesto de percepción de dietas o gastos de desplazamiento para su titular, el transporte particular puede dar lugar a remuneraciones dinerarias directas o indirectas.

b.   Realizarse en vehículos cuyo número de plazas, o capacidad de carga, no exceda de los límites que reglamentariamente se establezcan.

2. Los transportes privados particulares no están sujetos a autorización administrativa, y la actuación ordenadora de la Administración únicamente les será aplicable en relación con las normas que regulen la utilización de infraestructuras abiertas y las aplicables por razón de la seguridad en su relación. Podrán darse, en su caso, asimismo, sobre dicho tipo de transportes, las actuaciones públicas previstas en el artículo 14.

Real decreto1211/1990 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Artículo 41.

1. Para la realización de transporte de mercancías o de viajeros por carretera, tanto público como privado, así como de las actividades auxiliares y complementarias del transporte, será necesaria la obtención del correspondiente título administrativo habilitante para el mismo.

2. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, no será necesaria la obtención de título habilitante, sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente y de la obligatoriedad del cumplimiento de las normas de ordenación del transporte que sean de aplicación, para la realización de las siguientes clases de transporte:

a.   Transportes privados particulares definidos en el artículo 101 de la LOTT y 156 de este reglamento.

Artículo 156.

1. Los transportes privados particulares, definidos en el artículo 101 de la L.O.T.T., servirán necesidades personales del titular del vehículo y de sus allegados, entendiéndose que éstos son sus familiares u otras personas que convivan o tengan con aquél una relación de dependencia personal o laboral de carácter doméstico, así como aquellos cuyo transporte se realice en base a una relación social de amistad o equivalente.

No tienen esta consideración los transportes que sirven de complemento a empresas aunque éstas sean familiares, autónomas, cooperativas, sociedades civiles particulares, comunidades de bienes u otras similares.


Estaría bien saber qué es lo que han multado en los casos que comentas ...

Triki Tixa



Imprimiré el documento y lo llevaré conmigo, porsiaca..

Gracias chicos,

Saludos
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mercurio

Si te pasas por la Dehesa de la Villa, escribe y estaré encantado de enseñarte cosas de esta ciudad...Ahora estoy de acuerdo con Donvito cambio duro..