Junio 21, 2025, 11:12:43 am




sobre bases giratorias

Iniciado por zzeus, Enero 07, 2016, 21:29:03 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

zzeus

Chicos¡¡¡

una nueva duda¡¡¡ Quiero mirar el tema de poner las bases giratorias en mi vito (w639) en el asiento del piloto y acompañante. Pero me hago un lio, hay bases homologables y no homologables no? hasta ahi creo que lo entendi (con 60 euros de diferencia por cierto¡¡¡ jejeje). El tema es que hay que homologarlas por narices? yo todo lo que llevo en mi furto es "desmontable" osea un kit de furgomania y poco mas. Tengo que homologar el tema del asiento giratorio por narices o puedo ir con la base Homologable sin hacerlo? vamos es que no me hace demasiada gracia gastarme 500 euros en homologar solamente las bases. A ver si me podeis echar una mano y explicarme como funciona el tema¡¡¡

muchas gracias a todos¡¡

RobertoUgao

 8)SEP
27
REGLAMENTACIÓN DE PLATAFORMAS GIRATORIAS

Reglamentación aplicable a las plataformas giratorias y legalización de su instalación en nuestros vehículos.

Desde Tinkervan queremos comunicar a todos nuestros usuarios de las documentaciones necesarias para la legalización de las plataformas giratorias en vehículos e informar en lo posible al respecto.

En primer lugar aclarar lo siguiente:
Se nos están haciendo innumerables consultas sobre si para legalizar en ITV las plataformas giratorias simplemente se necesita un certificado de taller instalador y el certificado de conformidad que emite el propio fabricante de estas plataformas, cómo el de la imagen (seguramente algún irresponsable está mal informando al respecto). No os dejéis engañar!!!!
El Informe de Conformidad que emite el fabricante de las plataformas giratorias exclusivamente indica que estas están fabricadas conforme a la normativa vigente, y que sin este informe ni tan siquiera podrían ser legalizadas. Ahora bien...


Os comento brevemente para evitar equívocos:

Según sale anotado específicamente en el "Manual de Reformas de Vehículos" publicado por el Ministerio De Industria, Energía y Turismo (fecha 1ª revisión marzo 2012), en el punto 8.10 se indica la documentación necesaria para la legalización de las mismas (hay un apartado en el que pone INFORMACIÓN ADICIONAL y que textualmente dice: "Esta reforma se refiere a la sustitución o modificación de los asientos, asientos móviles que ayudan a la entrada y salida de personas, PLATAFORMAS GIRATORIAS PARA ASIENTOS, entre otras"). Las documentaciones que se exigen o no, son:
Proyecto Técnico NO, Certificación final de obra NO, Informe de Conformidad SI, Certificado de Taller SI, Documentación adicional NO.

AQUÍ ES DONDE ESTÁ LA TRAMPA y la información que algunos transmiten puede llevaros al engaño. El "Informe de Conformidad" al que se refiere en este punto NO es el emitido por el fabricante de la pieza en sí, sino que este certificado ha de ser emitido, bien por el FABRICANTE DEL VEHÍCULO, o bien por un LABORATORIO DE REFORMAS AUTORIZADO EN ESPAÑA. Sin esta documentación en regla no se podrá legalizar la reforma en ITV. Si tenéis alguna duda al respecto podéis hacer la consulta directamente en la estación de ITV que os sea más cercana.

Como responsable de Homologación de TINKERVAN os agradezco el tiempo que habéis prestado en leer este texto que creo que es muy interesante para todos los usuarios de furgos y Campers.


¡Un saludo a tod@s!

PD: Iremos actualizando novedades sobre homologación y normativa en equipamientos de vehículos. Si queréis que os adelantemos información sobre cualquier otra homologación o normativa podéis hacer vuestra solicitud directamente a través de este blog.
Publicado 27th September 2013 por Tinkervan furgonetas camper