matriculacion por cambio de residencia

Iniciado por Alvarezrodriguezrc, Mayo 13, 2020, 16:08:02 pm

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Alvarezrodriguezrc

Hola amigs,

estoy actualmente viviendo en Irlanda del norte, y cuando vuelva a españa, me gustaria volverme comprar un vehiculo.

Viendo las ofertas que hay aqui y que por cambio de residencia puedo aprovecharme para ahorrarme papeleo y dinero, alguien tiene experiencia con ello y pueda contarme que tal le fue?
suelo leer que en la itv piden la baja consular aunque yo no me di de alta y no me va a dar tiempo para demostrar los 12 meses de residencia, aunque los llevo, tengo pensado llamar a las itvs de mi coudad cuando abran para preguntar si les vale otro documentos tipo facturas, o contrato de alquiler o...

gracias por vestra ayuda!

luises

Por lo que yo sé, necesitas ser residente durante al menos 6 meses para justificar el cambio de domicilio y ser propietario del vehículo también durante al menos 6 meses. No vale comprarlo para bajar

so23

tienes que haber residido almenos un anyo y demostrarlo por baja consular...de otra forma te sera muy dificil.

El coche tiene que haber sido comprado hace 6 meses minimo...

COC-Homologation

Hola,


es correcto.

La residencia ha de ser de mas de 1 año, y la propiedad del vehiculo de mas de 6 meses. Esos son los requisitos, exactamente:

- Haber residido fuera del territorio de las Comunidad un plazo no inferior a DOCE MESES consecutivos.
- Los bienes que se pretendan importar con franquicia deben ser usados, es decir, que hayan sido utilizados por el interesado en el lugar de su antigua residencia normal durante al menos seis meses y se destinarán a ser utilizados en los mismos usos en el lugar de su nueva residencia.

Por desgracia, para los tramites con hacienda, impuesto de matriculacion, y si haces la importacion el año que viene, como Irlanda del Norte ya no sera EU, tambien aranceles e IVA, necesitas la baja consular con mas de un año. Por lo que me temo que en tema de impuestos estas fastidiado. (la norma te dice que puedes probar la residencia con cualquier medio de prueba admitido en derecho en el conste el tiempo que ha residido en el lugar causante de la baja, ya lo dejo a tu criterio)

En cuanto a la ITV no creo que tengas problema, pero en cualquier caso, si tu vehiculo tienen contraseña de homologacion europea y no ha sufrido modificaciones, en la ITV con una simple ficha reducida o COC tienes bastante. Si necesitaras usar el cambio de residencia, aunque la normativa debe ser igual en toda España, la diversidad de documentacion o requisitos que te va a pedir una u otra ITV son muy variopintas.

Si tienes cualquier duda nos comentas.


Saludos,
J. Luis