Es necesario retrovisor principal cuando se ponen cristales traseros en Trafic?

Iniciado por Ceci9, Marzo 12, 2018, 21:47:03 pm

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Ceci9

Hola, estoy camperizando una Renault Tráfico y he conseguido unas puertas de atrás en un desguace, que vienen ya con los cristales de fábrica.
La cosa es que hasta ahora la furgoneta era de carga (caja sin cristales y por lo tanto sin retrovisor principal en la cabina, porque tenia la chapa divisoria).
Ahora al haberle puesto las ventanas traseras, necesito ese retrovisor legalmente? Y la misma pregunta para los limpia parabrisas traseros (el mando de mi tráfico no incluye el limpia trasero porque no lo tenia, necesito uno nuevo y poner los limpias atrasa? o puedo dejarla como está? La intención es que pase la ITV como furgón vivienda a final de mes.
Muchas gracias por adelantado!

Cecilia

Winter1987

Yo llevo cristales atrás pero siempre con aislantes puestos aun teniendo el retrovisor de cabina no veo nada ósea es como si no lo tuviera osea no creo que tengas ningún problema y los limpias traseros mas de lo mismo.

bezanuco

Si no a cambiado el reglamento , obligatorio el interior y el izquierdo ,teniendo el derecho el interior no es obligatorio ,

edupes

Cita de: bezanuco en Marzo 12, 2018, 22:17:54 pm
Si no a cambiado el reglamento , obligatorio el interior y el izquierdo ,teniendo el derecho el interior no es obligatorio ,


exacto, de hecho yo pase la ultima itv con el espejo central en el bolsillo de la puerta derecha (me molesta para la vision hacia delante y no aportaba nada), ten en cuenta que en los que llevamos 3 plazas alante con el reposacbezas no ves por una de las ventanillas y por la otra tampoco es que veas demasiado

mitibia

Si tienes retrovisor exterior derecho, el interior no es necesario. Por los limpias traseros no te preocupes, siempre vas a tener cosas en medio y nunca vas a poder ver por dentro de la furgo, así que los limpias no es algo que se suela utilizar, por lo menos en mi caso.

JmGarciaM

Vehículos M1 y N1 obligatorio interior (*), exterior izquierda obligatorio, derecha opcional.
(*) Cuando el retrovisor no permita la visión de una parte de la carretera plana y horizontal desde el horizonte hasta una distancia de 60 mts. por detrás y en una anchura de 20 mts., éste será opcional y deberá colocarse un segundo retrovisor exterior en el lado derecho.

Si cumples la nota (*) y llevas dos exteriores (a izquierda y derecha) no es obligatorio el interior. En ningún caso se menciona si se portan cristales traseros o no.

Fuente: https://itvcitaprevia.es/retrovisores-obligatorios/
Mi abuelo decía: Los aviones vuelan por que Dios quiere y los helicópteros ni Dios sabe por que vuelan.
También decía: La información es gratis, lo caro es conseguirla. Si puedes controlar la información, puede controlar a la gente. La información es poder.

mikel82

Gracias por la info!! Yo no llevo interior y homologue hace unos meses y no me dijeron nada y hasta ahora tenia la duda de si se les habia pasado por alto o que y ahora entiendo que llevando los dos exteriores no hace falta el interior, asi que seguire con el de ventosa para ver a los enanos.

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