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Bombillas y faros cuadrados.

Iniciado por Unait3, Julio 26, 2011, 22:19:00 pm

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Unait3

Buenas, quería saber si en los faros cuadrados, al igual que en los redondos, se utiliza la misma bombilla H4 para las cortas y las largas. De ser así ¿Qué hay en el segundo faro? (el que es ligeramente más pequeño) ¿Sólo las de posición? En definitiva, ¿puedo cambiar mis faros redondos por unos cuadrados y ponerlos tal cual? Sin tener que andar con cables arriba y abajo quiero decir.
Otra cuestión: Hoy he puesto bombillas amarillas (siempre me han vuelto loco, jajaja). El caso es que no sé si es legal. ¿Pasará itv? ¿Me pueden multar?
Además me gustaría saber si alguien ha tintado los faros de amarillo para que nos enseñe a dejarlo curioso, y me refiero al faro, la parte de cristal, puesto que la bombilla ya la tengo amarilla. Cuestión de estética.
Gracias por adelantado y un saludo.
Se vende caja de cambios de 4V (Vw T3) 100
Se venden 4 ruedas de 14 pulgadas tipo Patrol (5x112) 100 euros negociables. Y conducto para guiar la calefacción a las plazas traseras (el que va por el medio) 30 euros.
Acepto cambios por parasoles delanteros o algo que me interese

gussi

En los faros cuadrados dobles, los dos pequeños son las luces de largo alcance. Los cuadrados más grandes son las de posición y cruce.
Soy una ciudadana del mundo.
Free camping is not a crime.
Mi furgo  http://www.furgovw.org/index.php?topic=176329.0

senz

Como ya han dicho, los pequeños son las largas, y respecto a los faros amarillos, ni las bombillas ni cubrir los faros con alguna película/film amarillo es legal, excepto en el caso de los antinieblas.

Estéticamente queda bien y es genial conducir con lluvia/niebla y luces amarillas, pero está prohibido.

Para el resto de luces que no son antinieblas no es legal, almenos aquí en España. Eso se ve mucho en coches de Francia, por lo que igual allí sí lo es.

Saludos!

Unait3

Me he informado y sí que es legal llevar luces amarillas en los vehículos matriculados entre el año 71 y 89 o 99 (no estoy seguro si es 1989 o 1999), puesto que el código de circulación vigente en aquel momento establecía que las luces podían ser blancas o amarillas. Además el código de circulación actual permite circular legalmente con las características permitidas en el código de circulación vigente durante la primera matriculación del vehículo, es decir, la fecha de la primera matriculación del vehículo es lo único que hace falta para evitar la multa.
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senz

Correcto... No había caído en que por aquellos años sí era legal... xD