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multa recurrir o pagar

Iniciado por zonvo, Febrero 24, 2011, 21:19:39 pm

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Espartano

Cita de: +gvr en Febrero 26, 2011, 21:34:25 pm
Aporto más datos: el tener o no tarjeta esta en tener o no un vehiculo de carga o mixto de un peso superior a 3500 kg. Tengo una T4 mixta adaptable siempre con tarjeta hasta que modificaron la normativa, ahora estoy exento pero mi actividad sigue precisando de carga y descarga de Materiales Propios (Antes se veía mucho las placas de MP, lo contrario es SP Servicio Público, osea mercancia de otros). Y aun antes si no precisabas, o pensabas que no te iban a pesar, existía un trámite consistente en la rabaja de PMA (peso máximo autorizado) a 2000 kg para no tener que hacer la tarjeta y usarla igual para tranporte pero de muy poco kg (Por ej. un pintor: una escalera, unos botes... precisa poca capacidad de carga)
La tarjeta requiere además de la solicitud, los certificados de Hacienta estatal, autonómica (es una competencia,la de transporte, transferida a las CC. AA.) y Seguridad Social.
El hecho de tener tarjeta esta asociada a tener unvehiculo de más de 3500 kg e implica necesariamente tener una actividad de conlleva el transporte de mercancias propias o ajenas (o una o otra, dependiendo de la actividad declarada).
El no tenerla y tener un vehículo afecto a la actividad (autónomo, Sl, SA  ...) no quiere decir más que como tiene menos de 3500 kg estás exento del tramite, pero eso no quiere decir que no transportes.
Otra cosa es si eres un particular, pues nada de nada, no puedes cargar excepto equipaje y para eso no están las reservas de carga y descarga.

Un saludo!


....así mismo es, .bien
no hace falta divertirse para beber

zonvo

bueno,lo primero gracias a todos por aclararme el tema.la furgoneta la tengo como mixto adaptable,ya la compre asi hace 3 años,esta rebajada de peso a 2000kg y de carga solo puedo llevar 400kg.como bien dice un compañero,el tema es que yo le doy uso particular como la mayoria de gente del foro,creo que acabare pagando aunque hablando con el profesor de la autoescuela del barrio me ha dicho que recurra y otra cosa es que te hagan caso.....la multa son 90e y si paga 45e y creo que con la nueva ley si recurres y pierdes tienes que abonar el doble de los 90e,180 leurazos........eso tengo entendido,al final creo que pagare,gracias por la ayuda.
1salu2.

peñita

Hola ya te aconseje que pagases y despues de saber los descuentos que tienes por pronto pago mejor que pagues porque si recurres pierdes el descuento, el mixto debe ser vehiculo industrial en categoria y no un vehiculo particular aunque su uso sea solo particular, saludos.

+gvr

Cita de: zonvo en Febrero 27, 2011, 16:05:30 pm
bueno,lo primero gracias a todos por aclararme el tema.la furgoneta la tengo como mixto adaptable,ya la compre asi hace 3 años,esta rebajada de peso a 2000kg y de carga solo puedo llevar 400kg.como bien dice un compañero,el tema es que yo le doy uso particular como la mayoria de gente del foro,creo que acabare pagando aunque hablando con el profesor de la autoescuela del barrio me ha dicho que recurra y otra cosa es que te hagan caso.....la multa son 90e y si paga 45e y creo que con la nueva ley si recurres y pierdes tienes que abonar el doble de los 90e,180 leurazos........eso tengo entendido,al final creo que pagare,gracias por la ayuda.
1salu2.


Te acompaño en el sentimiento  ;) La verdad que es una putada y más ahora, que rebajan la velocidad pero no la cuantía de las multas.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

URDULIZ

Febrero 28, 2011, 08:06:59 am #19 Ultima modificación: Septiembre 30, 2018, 19:12:23 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

sevas5

RECURRE RECURRE Y RECURRE. Lo que ya tienes claro es que no quieres pagar la multa. Eso lo tenemos todos claro. En este caso, además, seguramente vas contra la administración local, donde dependiendo de qué persona esté tras la ventanilla de recursos, abogue a favor. Si pagas lo has perdido todo. Está claro que existen muchos flecos en torno a los vehículos mixtos adaptables, por ejemplo. Yo he comprado un Toyota Land Cruiser Mixto adaptable con ITV cada 6 meses, quizás el anterior dueño era autónomo o empresa, el caso es que yo he heredado el coche en esta circunstancia. Ahí tenemos un vacío legal, de los tantos que nos movemos en este mundo de furgos, que si esta está bien así y que si aquella está mal por lo mismo. Agárrate a esos flecos, imagino que sabes por dónde voy, y si no alguien te lo explicará mejor que yo. Si tu vehículo no es, simplemente, un vehículo destinado a la carga y no es ese el uso que le estás dando...RECURRE RECURRE Y RECURRE. Suerte y ojalá en día de estos nos den un poco de paz y libertad con todas estas idas y venidas en los tipos y clases de nuestros vehículos. Un día de estos acabaré con todos mis coches con matrícula extranjera.
Ceheginero hasta la médula.

Espartano

..........si la tienes rebajada de carga, ...creo que la cosa cambia. Eso te exime de tener tarjeta de transporte para sp, por lo tanto nunca la tendrás , por lo tanto nunca podrás demostrar que no te dedicas al transporte, pues lo puedes hacer como asalariado o como autonomo.

sabiendo esto creo que te será más dificil recurrir.
sobre lo que comenta Urduliz, es verdad.........pero esa transformación se puede revertir, es decir que te la pesen y te la vuelvan a poner en su peso de fábrica. Yo lo hice, primero rebajar y luego volver a su peso, perdí 40kg por el camino pero no hubo problemas.....

salut i sort
no hace falta divertirse para beber

gasgas

osea no entiendo bien si te la pillan en carga y descarga MULTA y si te pillan en prohibido transportes de mercancías  también MULTA.

bueno entonces en ke quedamos , que siempre pagamos y no nos quejamos.

ANIMO  RECURRE
ke kontento estoy con mi nueva averia............

ZOFRONIO

Cita de: sevas5 en Febrero 28, 2011, 10:44:04 am
RECURRE RECURRE Y RECURRE. Lo que ya tienes claro es que no quieres pagar la multa. Eso lo tenemos todos claro. En este caso, además, seguramente vas contra la administración local, donde dependiendo de qué persona esté tras la ventanilla de recursos, abogue a favor. Si pagas lo has perdido todo. Está claro que existen muchos flecos en torno a los vehículos mixtos adaptables, por ejemplo. Yo he comprado un Toyota Land Cruiser Mixto adaptable con ITV cada 6 meses, quizás el anterior dueño era autónomo o empresa, el caso es que yo he heredado el coche en esta circunstancia. Ahí tenemos un vacío legal, de los tantos que nos movemos en este mundo de furgos, que si esta está bien así y que si aquella está mal por lo mismo. Agárrate a esos flecos, imagino que sabes por dónde voy, y si no alguien te lo explicará mejor que yo. Si tu vehículo no es, simplemente, un vehículo destinado a la carga y no es ese el uso que le estás dando...RECURRE RECURRE Y RECURRE. Suerte y ojalá en día de estos nos den un poco de paz y libertad con todas estas idas y venidas en los tipos y clases de nuestros vehículos. Un día de estos acabaré con todos mis coches con matrícula extranjera.


con esto que dices, yo tengo entendido y me lo han dicho en varios sitios, que en cuanto la compras una vehiculo mixto has de cambiarla de clasificacion a turismo(si es para uso particular y de ocio como un coche) ya que sino hacienda te puede crujir, con caracter retroactivo y has de declarar actividad laboral, o empadronamiento(con matricula extranjera) fuera del reino de España en los ultimos 4 años , sino estas perdido.
De momento nos libramos con hacienda por que los programas informaticos son muy dependientes de las personas que estan detras de los ordenadores, que sino todas las personas trabajadoras nos teniamos que hipotecar para pagar a la hacienda publica.


RECURRE:que si no se saltan la ley circulacion vial, se saltan el reglamento general de circulacion, o no redactan correctamente la denuncia,o se equivocan en la cuantia o en los puntos o no se entiende algun dato....   siempre se recurre salvo que firmes la denuncia NUNCA FIRMARMEIS LAS DENUNCIA(no estas nunca de acuerdo por que ibas a 200KM/H por una emergencia sanitaria o estabas aparcado en carga y decarga porque estabas PARADO ayudando a tu abuelita a bajar y has tardado menos de 2 minutos y los policias se han encelado en su trabajo sin esperar el tiempo oportuno excediendose en su trabajo .... patatin y patatan...), en la wueb hay muchisimas plantillas para recurrir y todas validas lo malo es que hay que echarle un rato para que quede bien y parezca que te sabes todas la normativas, que sino te la tiran pa´atras, o sino al seguro ya que muchos ofrecen este servicio y suelen ser eficientes.

+gvr

Lo de los cuatro años va desde el momento de la matriculación. Si compras nuevo un mixto adaptable paga un IVA menor que si compras como particular. Sale más barato, por eso si antes de que el vehículo tenga cuatro años te deshaces de el, Hacienda no cree recuperada esa diferencia, digamos que no esta amortizado, y la reclama prorrateada en función del tiempo no consumido de exención. Si tiene más de cuatro años no pasa nada, no hay que compensar ese IVA.
Y me imagino que a quien curje es a quien vende y por lo tanto emite la factura y se benefició con la rebaja del tipo impositivo de Iva.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

juanyoli

recurre hombre que por intentarlo no pierdes nada y si cae la breva......

calvin82

Cita de: juanyoli en Marzo 07, 2011, 01:10:22 am
recurre hombre que por intentarlo no pierdes nada y si cae la breva......

probablemente pierda el descuento del 50% de la denuncia.