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Un torpe necesita ayuda

Iniciado por conferesfacil, Marzo 14, 2009, 10:42:24 am

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conferesfacil

Hola, chicos, estoy intentando calcular el valor de el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de dos furgos en las que estoy interesado.

Una es una Vw Syncro del 95 y otra es una Ford Transit Nugget del 96.

He mirado en la tablas fiscales y no veo ninguno de los dos modelos por ahí.

A ver si algún alma caritativa se apiada de este forero.

Salu2

trakamon

que pasa fer!  oye echale un ojo a este link a ver si te saca de dudas...

http://www.furgovw.org/index.php?topic=158786.0

http://www.furgovw.org/index.php?topic=146735.0

http://www.furgovw.org/index.php?topic=4119.0

de todas maneras pasate por la seccion de papeleos que es mas facil que te saquen de dudas

bueno ya me contaras que haces al final

saludos  ;)
  LOS HIJOS DEL SAHEL!

conferesfacil

Joder, Juan, más que Hero Member eres mi Ángel de la Guarda.

La verdad es que los tres links que me has mandado no me han aclarado demasiadas cosas. Hay, parece, mucha confusión alrededor de este tema.

Está claro que como le voy a comprar la furgo a un particular tengo que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (4%). Lo que no está tan claro es si ese 4% se toma del contrato de compra-venta o de las tablas fijas de tráfico (con lo cual sería menos dinero).

Y siendo el coche ha sido importando si lo que se tiene en cuenta para esas tablas es el año de la primera matriculación (Alemania) o de la matriculación en España, lo que supondría mucha más pasta.

Va llegando esa bebita.

Iturritxu

Marzo 26, 2009, 20:52:56 pm #3 Ultima modificación: Marzo 26, 2009, 20:59:02 pm por Iturritxu
Hola Fer, te cuento lo que yo sé por si te sirve de algo

Hace poco vendi una Peugeot Partner que no aparecía en tablas (vehículo mixto adaptable) así que para el ITP se pagó el 4% del precio que pusimos en un contrato privado de compraventa, contrato que se suscribió exclusivamente para el pago del impuesto y por un importe inferior al de la operación.

En la Hacienda de Bizkaia no exigen dicho contrato para el cálculo del ITP, basta con poner un precio, pero se hace una especie de pago provisional ya que revisan dicho valor y si los de Hacienda no están de acuerdo ellos harían otra valoración se vuelve a calcular el impuesto y se paga la diferencia. Esto es algo excepcional y yo no conozco ningún caso.

En vehículos con más de 10 años se sigue pagando el ITP aunque no hay problema aunque hagas una valoración baja puesto que ellos calculan una gran depreciación del vehículo.  ;)


Esta tierra no es una herencia de nuestros padres, es un préstamo de nuestros hijos

Iturritxu

Marzo 26, 2009, 21:37:15 pm #4 Ultima modificación: Marzo 26, 2009, 21:47:02 pm por Iturritxu
He consultado la normativa y dice que a partir de 12 años el valor es un 10% del valor del vehículo en la tabla. Un vehículo que costó 5 millones de ptas (30.000 €) estaría valorado ahora en 3.000 €, con lo que el impuesto quedaría en unos 120 €.

Eso sería siendo completamente legal.
Esta tierra no es una herencia de nuestros padres, es un préstamo de nuestros hijos

capgros

Yo aseguraría que cuando el vehiculo no aparece en las tablas, el caso de las T3!, se calcula el impuesto con el 4% del valor del contrato de compra-venta. Y claro, un vehiculo de mas de 20 años es lógico que tenga un valor de 1000€ o menos, no?

Suerte!

Iturritxu

Efectivamente cuando no aparece en las tablas es un 4% del contraro de compra venta (creo que suele bastar con una valoración y no es necesario el contrato) y a partir de 12 años de antigüedad se puede poner un precio muy bajo porque en las Haciendas un vehículo de esa edad practicamente no vale nada.
Saludos
Esta tierra no es una herencia de nuestros padres, es un préstamo de nuestros hijos

Desaforo

Se puede poner hasta que te cuesta 200€, y ya sabeis a calcuar un 4% de esos 200€, total casi na