Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Tema pernocta/acampada => Mensaje iniciado por: Manolín en Abril 12, 2007, 20:50:50 pm

Título: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Manolín en Abril 12, 2007, 20:50:50 pm
He realizado la siguiente pregunta (se escapaba de mis nulos conocimientos) en ACpasión

En vista de que tener mesas y sillas fuera del vehículo o tener el toldo desplegado se considera que estás acampado, cuando un vehículo camper, tipo California, está con el techo elevable levantado, ¿está aparcado o está acampado?

Estan son algunas de las respuestas que se han dado:

Dedalo
Pues depende de lo estricto de quien lo mira. La ley dice que no debe sobresalir nada por el exterior de las medidas del auto. Si se refiere al perimetro, pues no estas acampado, pero si el que mira dice que al estar desplegado ya es mayor la altura, pues igual si es acampar. Para mi la ley habla claramente del perimetro, luego no es acampar. De ser asi, un vehiculo con carga en la baca ya estaria acampado

Albertoydani
Yo también estoy con obelix, lo malo es que si viene un "mandao" a decirte que estás acampado, explicale tú lo del perímetro, lo de la baca o el susumcorda

Obelix
Sobre lo dicho, estoy con los dos:
-con Dedalo en que si no rebasas el perimetro, no estás acampado.
-con Albertoydani en que como se ponga el susodicho en plan mayestático, a ver como le dices que se baje de la burra.

Freski
Pues mira, en club camper, al que pertenezco, pues hasta hace poco llevaba camper en lugar de ac, tenemos alguna experiencia por eso.Con el techo levantado te encuentras con : a-bájalo o te multo, bájalo o vete, o, directamente, te multo y te vas.Admite varias combinaciones con idéntico resultado desagradable.
Pues eso,cuidao con el tema....

Arsenio
Por esta vez no puedo estar de acuerdo con Dédalo.

La legislación sobre acampada en España está dispersa en tres grupos:

- Ley de Costas donde se prohibe la acampada en todo el domanio maritimo terrestre y se entiende por acampada la intalación de tiendas caravanas o vehículos vivienda sin que se especifique que significa "instalar un vehículo vivienda".

- Las leyes autonómicas sobre Campamentos de Turismo, en las que mas o menos se prohibe la acampada libre referida con los mismos términos que la Ley de Costas, una de las CCAA se refiere explícitamente a las autocaravanas para incluirlas en el concepto de "instalación". La ley de la CCAA de Andalucía permite la acampada de autocaravanas en lugares autorizados por los ayuntamientos.

- Lor Reglamentos de Planes de Uso de los Espacios protegidos, cuyas competencias están también transferidas a las CCAA, unos regulan y otros prohiben las acampadas pero no definen que es acampar.

Para el Director dela Guardia Civil, Cuerpo encargado de vigilar el cumplimiento de la Ley de Costas y Leyes autonómicas en las CCAA que no disponen de competencias propias, pernoctar en una autocaravana es acampar, pero no está escrito en ninguna parte.

La ocupación de espacio público exterior al perímetro del vehículo por elementois propios de una autocaravana se considera acampada en otras legislaciones como la italiana y la francesa.

Por eso estaremos, mientras no dispongamos de una definición en las leyes, acampados cuando el agente de turno lo considere o cuando las administraciones locales lo decidan.

Definir la acampada de acuerdo a los mismos criterios de los países de nuestro entorno debería ser uno de los objetivos principales de la Mesa del Senado y cualquier salida que no fuera una definición clara y concluyente se podrá considerar como un fracaso.

Si alguien tiene mas interés en las razones que establecen una frontera entre la acampada y el estacionamiento de una autocaravana en países turísticamente avanzados quizá le interese leer este trabajo.

http://www.viajarenautocaravana.com/...l.php?idg=9080

Albert
Entonces por que no dejan colocar calzos en las áreas, estos una vez colocados, no salen del perimetro de la auto.

En Francia todo el mundo los coloca y no pasa nada, por que aqui es diferente

Xikiwili
Por esta regla de tres, si las autoridades se ponen cabezones con lo del perimetro o con que sobresale algo de la auto, si el coche de policia lleva pirulos tambien les podemos decir que ellos tambien han acampado, ya que llevan los pirulos fuera del vehiculo. jajaja
 



Y vosotros, ¿que opinais del tema?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Manolín en Abril 12, 2007, 20:58:39 pm
Otras respuestas dadas en este foro

Eneko
dormiría con el techo levantando hasta yendo sólo ya que no es razón para considerarse "acampada".

Por otro lado hay sitios como el palmar que de vez en cuando en verano, por aquello de la estética y tocar las pelotas, por el día te dicen que bajes el techo o que te retires no sé cuantos metros de la costa...

Manolín
Siento no estar de acuerdo. Yo considero que si levantas el techo estás acampado al igual que si extiendes el toldo o rizando el rizo, si tienes una ventana abierta. La razón es que si tienen el vehículo aparcado correctamente en una calle en una situación normal en la una persona se encuentra visitando una ciudad, nunca lo tendrías con el techo levantado ni con el toldo y por supuesto sin las ventanilla bajadas.

En algunas areas de pernocta del extranjero, aun siendo estas específicas para la pernocta de autocaravanas, no está permitido por ejemplo el sacar mesas y sillas al exterior, ni extender todos o poner cuñas niveladoras a las ruedas. Por no estar permitido, en algunas tampoco lo está el que entren caravanas ni para pernoctar ni para parar un ratito.

Por lo tanto, con el techo levantado, en mi opinión te pueden multar correctamente, no así estando con él cerrado. Otra cosa es que a mi esto me parezca una solemne gilipollez.

Con relación a la pregunta inicial de Andares, yo particularmente dormiría donde me apeteciese y en caso de posibles sanciones las recurriría.

Luisma
Jodrer pero que pesaos se ponen las autoridades no?
por que no le dicen al del descapotable que ponga la capota, hay que joderse hombre  
 
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 12, 2007, 21:00:49 pm
Cita de: Manolín en Abril 12, 2007, 20:50:50 pmY vosotros, ¿que opinais del tema?

justo lo q dice el último, ya lo puse en el otro hilo, en la legislación española no está esa definición. Lo de el perímetro y demás está sacado de la italiana y la francesa.  Esta es a la conclusión q llegué yo después de leer bastante por esos foros de dios ;)

La mejor frase de todas es esta, cuanta razón tiene:  .meparto .meparto

CitarPara el Director dela Guardia Civil, Cuerpo encargado de vigilar el cumplimiento de la Ley de Costas y Leyes autonómicas en las CCAA que no disponen de competencias propias, pernoctar en una autocaravana es acampar, pero no está escrito en ninguna parte.

PD: Yo creo q se podría considerar algo "alegal" .confuso2
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Toxic_3 en Abril 12, 2007, 21:09:17 pm
pues yo no se nada de leyes ni de ostias..pero me parece vergonzoso como nos dan la espalda a los que nos gusta disfrutar de los viajes en caper,ac,coche u otro vehiculo,
El tema yo creo es que en este pais fantastico y divino en el que vivimos ..el turismo y los que lo controlan mandan mucho..y claro nosotros para ellos no gastamos nada en su lujosos hoteles, ni apartamentos ,ni restaurantes ni toda esa movida que tienen montada,. por todas las costas sobre todo.
asi que hasta que no nos pongan un mega impuesto a los que tengamos estos vehiculos y poder sacarnos el dinero no nos dejaran hacer nuestra vida furgonetil en paz.
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: maño en Abril 12, 2007, 21:39:43 pm
hola, pues en aragón:

http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BZHT&PIECE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&DOCN=104976

http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=116311654040

no se si funcionan los enlaces pero ahí teneis el reglamento que regula las acampadas
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: calitraum en Abril 12, 2007, 23:04:45 pm
 >:( pues yo pienso ke podemos debatir y hablar hasta dejarnos la lengua pero al final dependera del guardia con el ke des y dependiendo de las ordenes ke tenga o se invente pa joder no y simplemente controlarte pa ver de ke vas.Esta es mi opinion.
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: ooznak en Abril 12, 2007, 23:52:18 pm
madre mia tioguiller. pero que homologaciones más peculiares haces! ;) tu si que sabes!

no sé... es que al final... si yo en el monovolumen tenía el techo solar levantado también estaba acampado? o como no era autocaravana no había problema?

Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Manolín en Abril 13, 2007, 09:30:33 am
Yo como dije anteriormente, opino exactamente igual que Tioguiller

Os pongo más comentarios recibidos, aunque ahora desvaría el tema hacia los calzos.

Arsenio
No hay nada legislado en España sobre los calzos. Algunos compañeros se autolimitan considerando que los calzos son sinónimos de acampada. Lo malo es que algunos están transmitiendo esta sensación a las administraciones y aunque no pasan a la legislación lo incluyen en algún área (prohiben el uso de calzos).

En realidad el uso de calzos está prohibido en Italia por el art.185, del código de la carretera en el que obliga que para considerar aparcada la autocaravana debe descansar sobre los neumáticos exclusivamente.

En Francia el Código de Urbanismo establece que el uso de calzos significa utlizar el suelo público como si fuera un camping y está penado con 127 euros de multa.

En España no hay nada de nada y en la mayor parte del territorio se permite todo y en una pequeña parte se considera que pernoctar sin calzos es acampar.

En mi opinión en las futuras leyes o redacción de los reglamentos, nosotros deberíamos evitar que el hecho de colocar calzos se considere como acampar, no entiendo la razón técnica del porqué, considerando que el código prevé el uso obligatorio de calzos en los estacionamientos con pendiente.

Cormoran
Lo de los calzos ya lo había comentado hace bastante tiempo yo hace tiempo, si se consideran que están fuera del perímetro por parte de las administraciones públicas, estas entrarían en clara contradicción con la LSV que los considera que en caso de aparcamiento en cuesta son un elemento de seguridad, yo en ese caso creo que se debería primar la seguridad ante, digamos, la estética, es mas creo que a los camiones se los recomiendan usar, con lo que seria un agravio comparativo con otro sector.

Personalmente soy contrario a todo tipo de exceso, con eso quiero decir que si en un momento dado no se molesta con un elemento claramente de acampada se podría poder utilizar, pero en el momento que si se pude molestar se debe evitar a toda costa su uso, pienso
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 13, 2007, 09:36:37 am
Y dónde en la legislación española pone lo de q "se considera acampada si se rebasa los limites del vehiculo"? :roll:
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: T3Syncro en Abril 13, 2007, 09:40:54 am
http://www.autocaravanas-etapas-en-libertad.com/autocaravana1/legislacionautocaravanas.htm
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 13, 2007, 09:51:40 am
Cita de: T3Syncro en Abril 13, 2007, 09:40:54 amhttp://www.autocaravanas-etapas-en-libertad.com/autocaravana1/legislacionautocaravanas.htm

CitarDefinido en el Art. 68 del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas

Art. 68. 1. Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos así como los campamentos y acampadas (artículo 33.5 de la Ley de Costas).

2. Dichas prohibiciones se aplicarán a todo el dominio público marítimo-terrestre, salvo la de estacionamiento y circulación de vehículos, que afectará solamente a las playas.

3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios establecidos por la normativa vigente.

4. Quienes vulneren las prohibiciones establecidas en este artículo deberán desalojar de inmediato a requerimiento verbal de los Agentes de la Administración, el dominio público ocupado, sin perjuicio de la instrucción de expediente sancionador cuando sea procedente. El Servicio Periférico de Costas podrá interesar del Delegado del Gobierno o Gobernador Civil la colaboración de la fuerza pública cuando ello sea necesario.

Pues eso... q no lo pone por ninguna parte, ¿qué es la "instalacion de vehiculo habitable"?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: leticor en Abril 13, 2007, 09:53:50 am
Aupa!!
Estoy de acuerdo con todo lo que estais comentando (y es que el tema da para mucho!!) Yo no se si es acampada o no, pero si te ponen multa, el techo cuenta, porque te deben hacer una ecuación del tipo alto por ancho por x eurillos...suman un total de: te j.... las vacaciones!!!
(Nosotros hemos tenido suerte y las dos veces que han venido los de verde era para avisar de que si estábamos por la mañana nos multaban. Si son hasta majos!!)
Agur
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: T3Syncro en Abril 13, 2007, 09:54:08 am
http://www.sjboscoop.com/blor/legislacion.htm
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 13, 2007, 21:58:36 pm
2 enlaces mas:
http://www.viajarenautocaravana.com/legislacion_detall.php?idg=9080
http://www.viajarenautocaravana.com/legislacion_detall.php?idg=8111

Cualquiera de estas acciones se considera acampada:

Tener el techo levantado

Tener alguna silla o mesa fuera de la furgoneta

Tener los calzos puestos
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 13, 2007, 22:19:07 pm
Cita de: multivator en Abril 13, 2007, 21:58:36 pmCualquiera de estas acciones se considera acampada:

Tener el techo levantado

Tener alguna silla o mesa fuera de la furgoneta

Tener los calzos puestos

Y eso en q ley española está?? es q yo jamás lo he visto en ninguna ley española q especifike ni techo ni calzos ni ná...
Intentad poner los trozos de ley junto con lo q vayamos diciendo, q sino de nada sirve no?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 13, 2007, 22:25:54 pm
Cita de: kalimocho en Abril 13, 2007, 22:19:07 pmY eso en q ley española está??
tienes razon, estoy esperando la respuesta de una asociacion de guardias civiles, de momento nada... a lo mejor es que no hay nada de nada .meparto
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 13, 2007, 22:27:40 pm
Cita de: multivator en Abril 13, 2007, 22:25:54 pmtienes razon, estoy esperando la respuesta de una asociacion de guardias civiles, de momento nada... a lo mejor es que no hay nada de nada .meparto

Yo me sigo kedando con esta frase... .meparto

"Para el Director dela Guardia Civil, Cuerpo encargado de vigilar el cumplimiento de la Ley de Costas y Leyes autonómicas en las CCAA que no disponen de competencias propias, pernoctar en una autocaravana es acampar, pero no está escrito en ninguna parte."
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 14, 2007, 00:32:01 am
 la que se aplica en asturias, si no me equivoco, es esta:

http://www.mesadelturismo.com/common/mt/compendio/legislacion-general/ordenacion/asturias/ley_7-01_astur.shtm

Pero es un génerico sobre prohibición de acampada libre, con lo cual existe una interpretación dentro de la norma al considerar levantar el techo como acampar.

Y la Ley de Costas es otro génerico sobre prohibición de acampada.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1988.t5.html#c1

Con lo cual, es una interpretación que se hace pero que sirve para el propósito de denuncia.

Te inserto el enlace al Decreto que desarrolla la Ley de Costas, en cuyo artículo 68.3 regula lo que se considera por acampada.

http://www.gestion-ambiental.com/norma/ley/REAL_DECRETO_1471-1989.htm

Art. 68.

1. Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos así como los campamentos y acampadas (artículo 33.5 de la Ley de Costas).

2. Dichas prohibiciones se aplicarán a todo el dominio público marítimo-terrestre, salvo la de estacionamiento y circulación de vehículos, que afectará solamente a las playas.

3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios establecidos por la normativa vigente.

4. Quienes vulneren las prohibiciones establecidas en este artículo deberán desalojar de inmediato a requerimiento verbal de los Agentes de la Administración, el dominio público ocupado, sin perjuicio de la instrucción de expediente sancionador cuando sea procedente. El Servicio Periférico de Costas podrá interesar del Delegado del Gobierno o Gobernador Civil la colaboración de la fuerza pública cuando ello sea necesario

Si nos atenemos al RD y al texto de ese artículo, la mera presencia de vehículos o remolques habitables en lugares donde no esté permitido la acampada, es considerado como tal, tengan o no el techo levantado

Al ser un genérico todo lo que se  acompañe a la denuncia servirá para que prospere... si tiene el techo levantado, sillas fuera, calzos, la hora en que se detecta el vehículo, el tiempo de permanencia continuada en el lugar, si las personas se hallaban durmiendo en el interior,  etc...

esta ya esta mas clarita no kali...?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 14, 2007, 01:07:26 am
y tu una vez que te hayan multado tienes que demostrar que no te han avisado.
Yo creo que ya lo tengo bastante clarito
Cita de: tioguiller en Abril 14, 2007, 01:02:52 amMe explico, tu no tienes por que saber las normativas que estan poniendo por aqui. Si te denuncian por haber pasado la noche en una playa por ejemplo, tienen que demostrar que te han avisado antes de que no se puede. Si no lo hacen, con decir que acabas de llegar te vale para un bonito recurso.
Que me corrija algun Guardia Civil si me equivoco,que se que hay unos cuantos por este foro....  :roll:
el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 14, 2007, 01:41:56 am
Cita de: tioguiller en Abril 14, 2007, 01:28:10 amDesde luego que no, pero el evitar una infraccion es una de las premisas de un agente. Demostrar que no te han avisado es facil.
te aseguro que un buen abogado le costaria demostrarlo
Cita de: tioguiller en Abril 14, 2007, 01:28:10 amComo ejemplo, por que crees que estan por ahi todas esas señales de "Radar"???, o cuando se pone el coche patrulla con un cartel enorme encima que pone "RADAR" o "radar a 500 m" , es por que primero tienen que avisar, no por que vayan a inmiscuirse en tu intimidad.  ;D
en las ciudades hay un monton de radares mobiles que no avisan de su presencia( a penas se ganan recursos por excesos de velocidad) ;D
es igual que cuando un coche estaciona en una calle que no tiene acera y se lo retira la grua.coño si no me ha avisado nadie y aqui no hay ninguna señal que prohiba aparcar.señor en una calle que no tiene aceras no se puede estacionar .nono
y por mi parte zanjo el tema que creo que se nos va a ir de la manos y es un tema con chincheta ;D ah no si no la tiene
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Abril 14, 2007, 15:46:53 pm
Cita de: multivator en Abril 14, 2007, 00:32:01 amesta ya esta mas clarita no kali...?

asi me gusta! ;D ;)

El problema es q la ley de clara nada... :(  ké coño es la "instalacion" de un vehiculo habitable? el problema es q cada uno lo interpretará como le apetezca...

A ver si de una vez se hace una ley clara...  muy weno el documento multi ;)
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Limoncello en Abril 14, 2007, 23:22:54 pm
Perdonar mi pregunta: ¿en el caso de que no pongas el techo y pongas las cortinas?     (que con esto se puede saber si estas durmiendo). Bueno la respuesta la sabré este jueves que dormiré en un parking "pirata" en Segovia después de una noche de fiesta, si me multan.
Saludos
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Blanco en Abril 15, 2007, 00:35:57 am
Cita de: multivator en Abril 14, 2007, 01:07:26 amel desconocimiento de la ley no te exime de su responsabilidad
el desconocimiento de la ley no te exime de su Cumplimiento
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: AlvaroT3 en Abril 15, 2007, 08:42:32 am
¿y los que tenemos una furgo con el techo alto rigido? Nosotros cuando vamos a la Playa de Somo, en Cantabria, o a la de Behovia, en Ondarribia, aparcamos en el aparcamiento de la playa. La furgo esta bien aparcada. Y no sacamos nada fuera. Entonces ¿nos pueden decir algo por dormir en ella? yo tengo entendido que no, ya que al ser un vehiculo, esta aparcado (lo que haga en el interior es mi problema) ¿no?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: multivator en Abril 15, 2007, 11:25:17 am
Cita de: multivator en Abril 14, 2007, 00:32:01 am3. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables. Se entenderá por campamento la acampada organizada dotada de los servicios establecidos por la normativa vigente.

Si nos atenemos al RD y al texto de ese artículo, la mera presencia de vehículos o remolques habitables en lugares donde no esté permitido la acampada, es considerado como tal, tengan o no el techo levantado

Al ser un genérico todo lo que se  acompañe a la denuncia servirá para que prospere... si tiene el techo levantado, sillas fuera, calzos, la hora en que se detecta el vehículo, el tiempo de permanencia continuada en el lugar, si las personas se hallaban durmiendo en el interior,  etc...



Cita de: alvarogares en Abril 15, 2007, 08:42:32 am¿nos pueden decir algo por dormir en ella? yo tengo entendido que no, ya que al ser un vehiculo, esta aparcado (lo que haga en el interior es mi problema) ¿no?


si os pueden decir  "segun normativa", lo ves mas claro?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Limoncello en Abril 15, 2007, 17:27:17 pm
pues dormiré en el maletero  ;D
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:02:06 pm
Efectivamente la cuestión no es, si se está o no se está acampado, con el techo o sin el techo, etc.. La preocupación general está en el hecho de irse a dormir.... Y existe una ley que prohibe pernoctar en el vehículo, sea turismo o vehiculo vivienda, exceptuando los lugares habilitados para ello: areas de camping car, campings o zonas de acampada libre:
O sea, que ante cualquier indicio de que has pernoctado (dormido en el vehículo) sea donde sea, te pueden denunciar. Esta ley, pese a ser regulada por las CC AA, es de ámbito general, y está recurrida por la asociación estatal de caravanistas.
Por otro lado esta ley se contradice con otra ley de Tráfico y seguridad vial, que otorga derecho a todo conductor/a a "descansar dentro del vehículo" durante un viaje.. ¿?
En cualquier caso entonces dependerá de 1º a qué tipo de agente nos vea la furgo 2º qué tipo de ordenanza municipal exista donde estemos durmiendo (más o menos dura al respecto) 3º si llamamos mucho la atención.. con luces, techos, fuegos, mesas, etc etc..
saludos
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Andares en Agosto 31, 2007, 12:06:57 pm
alpendra, ¿qué ley es ésa qu
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: montesremotedev en Agosto 31, 2007, 12:13:50 pm
Cita de: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:02:06 pm
Y existe una ley que prohibe pernoctar en el vehículo, sea turismo o vehiculo vivienda, exceptuando los lugares habilitados para ello: areas de camping car, campings o zonas de acampada libre:


Comoooo?? .confuso2 .confuso2 .confuso2
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:16:32 pm
..pues es una ley ordinaria, no sé qué numero ni año, pero me han avisado sobre ella ya en dos ocasiones: una guarda forestal en el pirineo aragonés y un guardia civil en un pueblo de navarra..
Desde entonces lo que hacemos es:
Si dormimos en un pueblo o ciudad, ir a dormir por la noche y levantarnos y pirarnos antes de las 7.00 h (hora que suelen empezar las rondas de los cambios de turno de civiles, forestales, etc) buscando un sitio discretito, y sin techos ni ventanas abiertas, etc.. sin llamar la atención..
Por supuesto, si duermes en zona de camping car (casi inexistentes en españa, por cierto) con techo y como te dé la gana..
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: mahou1979 en Agosto 31, 2007, 12:24:08 pm
con mi anterior furgo (techo elevable) en dos ocasiones me dijo la GC q si lo bajaba no me multaban por acampar, aunq bueno tambien me dijo un dia un GC q la ley de costas es de aplicacion nocturna  .loco2
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Manolín en Agosto 31, 2007, 12:30:45 pm
Cita de: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:02:06 pm
Y existe una ley que prohibe pernoctar en el vehículo, sea turismo o vehiculo vivienda, exceptuando los lugares habilitados para ello: areas de camping car, campings o zonas de acampada libre:


Lo que existe es una ley que prohibe la acampada libre y es esta la cuestión que se plantea al principio del hilo, si se considera por el hecho de tener el techo levantado, el que estás acampado o simplemente que estás aparcado.

Para aparcar te tendrás que atener a lo que ordenan las leyes de tráfico o municipales pero la siguiente cuestión es que si estás dentro durmiendo se puede considerar igualmente acampada aunque el vehículo esté correctamente aparcado. Es decir ¿cual es la diferencia de un vehículo correctamente aparcado con alguien en su interior o cuando está vacio?

Estas son las cuestiones que se han de resolver. En principio estos vehículos están destinados a ser habitados por lo que la prohibición de dormir en su interior es cuando menos incogruente.
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: mahou1979 en Agosto 31, 2007, 12:56:36 pm
si claro....la GC no se anda con ostias, te multa por acampada ilegal, por desacato y por 3 o 4 cosas mas y luego si quieres la recurres q seguro q la ganas, el problema es q, por lo menos yo, no tengo tiempo de ir a andar haciendo reclamaciones.
(igual es q he tenido mala suerte y me han tocado todos los GC con "exceso de celo")
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:57:54 pm
Manolín ..
Es eso lo que le dije a la primera persona que nos llamó la atención (una guarda forestal). A lo que me respondió que independientemente del vehículo que sea, la ley prohibe dormir en un vehículo fuera de un lugar habilitado para ello: es decir que si tienes una camper ó A/C... o te vas a un camping, zona de acampada libre, ó zona de camping car ó zona privada donde te lo permitan, o te multan.
(Sin olvidar la contradicción que comentaba antes sobre la Ley de tráfico y segurida vial, que te permite "descansar" dentro del vehiculo..)
La segunda vez que nos dieron el toque, con este mismo argumento, ya no discutí nada..
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Alpendra en Agosto 31, 2007, 12:58:55 pm
Lo que hay que tener muy claro es que las leyes son interpretables, e incluso, como comentaba antes, llegan a contradecirse. También hay que tener claro que los agentes de seguridad tienen una forma de actuar siempre diferente; y me refiero no sólo al "buen o mal rollito" si no a las leyes que se han aprendido en particular y que les dá por aplicar.. ordenanzas municipales, leyes orgánicas, ordinarias, reguladas por las CC AA, ley de tráfico y seguridad vial.. en fin, un follón de la ostia que a nosotros/as se nos traduce en quién y cómo te la aplique (y si te la quiere aplicar o no en el momento, o simplemente te da el "toque").
Volviendo al tema pues, y como ya tenemos suficiente con huir de los chorizos de furgos, lo que cuenta es la experiencia práctica que vayamos aportando entre todos/as, y aquello que se practica y nunca falla...

Es curioso, al menos desde mi experiencia particular, que nunca me han dicho nada en Francia, país al cual hemos viajado muchísimo. Todos los problemas e incidentes los he tenido aqui, donde no existen prácticamente zonas de camping car, y la alternativa simepre que te da cualquier agente es "irte a un camping".. (no te jode)

España es un país que se queda atrasado en este tema también, el del turismo en furgo.. Ahora la Chacón ha creado una proposición parlamentaria para instar al gobierno a desarrollar en España el turismo en autocaravana.. veremos a ver! .. yo personalmente, en esta sociedad de la especulación inmobiliaria y turismo en el apartamentito, las urbanizaciones pijas que se horrorizan con los "surferos", y de vecinos/as xenófobos que ven una autocaravana y ya les jode, no me creo nada.. asi que .. picaresca y a disfrutar ¿no?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Tartalo en Agosto 31, 2007, 14:44:19 pm
Aupa!
A nosotros son han llamado directamente dos veces la atención;
-Una en las Landas en Messanges ( famoso furgoperfecto) dado que al estar el camping-car completo entramos en la zona de "picnic" de al lado con barra de 1,9. A la mañana ( nosotros con techo elevable abierto) un Gendarmerie, nos comunica (amablemente) que no podemos dormir hay que para eso estan los camping-car, y tras apuntar la matricula se fue (sin multa), otras furgo sin techo elevable lo mismo. Esto fue en temporada, creo que fuera de ella no te dicen nada...

-En Damne, al lado de Brujas; un aparcamiento con otras dos caravanas, con techo elevable. Un señor nos avisa que va a venir la poli y nos vayamos al otro parking del pueblo que es para Autocarvanas, poque sino tenemos multa ( creo que era el alcalde...)

Como veis a nosotros solo nos ha pasado fuera...por aqui solemos ir a Liencres, Cabezon de la Sal, Saturraran, Deba, Urbasa, Picos en asturias...y nunca nos han dicho nada, supongo que es suerte

No se si sería mas efectivo, poner en un post nuevo/ especial..no controlo de esto, los lugares donde nos han llamado la atención ( fecha y hora) para estar precavidos...Que os parece?
Título: Re: Debate ¿Se considera acampada tener el techo elevable levantado?
Publicado por: Quimosavic en Agosto 31, 2007, 14:50:32 pm
Cita de: mahou1979 en Agosto 31, 2007, 12:24:08 pm...aunq bueno tambien me dijo un dia un GC q la ley de costas es de aplicacion nocturna  .loco2



oleeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeee



.risas .risas .risas


Sobre lo de estacionar / acampar... esta discusión ya se la sabe también tol mundo y se descojonan... por saberla la sabe hasta el personal técnico de costas. Estoy mu de acuerdo en lo que dice Ángeles

Cita de: angeles en Agosto 31, 2007, 12:52:24 pm

No nos comamos la cabeza (...)  Nunca entrar a su juego de si acampados o no acampados. Seguro que se le cortocircuita el chip



Seguro que se queda sin argumentación y te dejan tranquilo

Buen fin de semanaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaalll!!

Quimo