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Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: ta en Marzo 15, 2007, 20:30:52 pm

Título: Impuesto de circulación. Debate.
Publicado por: ta en Marzo 15, 2007, 20:30:52 pm
¿ que paga menos impuesto municipal , una t5 turismo o una t5 mixto adaptable ?  
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 15, 2007, 20:41:36 pm
impuesto municipal paga menos un vehiculo mixto
seguro paga menos un turismo
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: ta en Marzo 15, 2007, 20:45:42 pm
pues a mi en un pueblo creo que me cobran por la 130 cv 180 € el impuesto , pero lo tengo que mirar, casi me caigo para atrás cuando me llegó
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: Manolín en Marzo 15, 2007, 21:11:11 pm
Cita de: luca en Marzo 15, 2007, 19:51:06 pmyo he pasado mi t5 a turismo y no llego a 50€ y la furgo no tenia ni un mes. A dia de hoy nadie me reclamo mas dinero. Solo tube que pedir un certificado a volkswagen que me lo dieron gratis. Ademas fue el mismo vendedor quien me dijo que lo hiciese asi


¿Pagaste el impuesto de matriculación cuando compraste la t5 nueva?

Cita de: multivator en Marzo 15, 2007, 20:41:36 pmimpuesto municipal paga menos un vehiculo mixto
seguro paga menos un turismo

Eso dependerá del día del funcionario y del ayuntamiento al que vayas, pero afirmar categoricamente esto que dices me parece un poco arriesgado.
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 15, 2007, 21:22:23 pm
Cita de: Manolín en Marzo 15, 2007, 21:11:11 pmEso dependerá del día del funcionario y del ayuntamiento al que vayas, pero afirmar categoricamente esto que dices me parece un poco arriesgado.
Bien puede ser que me haya generalizado demasiado, la proxima vez antes de hablar consultare con mi abogado.En mi pueblo asi es.Demostrable al menos en 2006
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: eneko en Marzo 16, 2007, 08:09:27 am
A mí ya me comentaron en su día que en varias comunidades autónomoas la combinación tráfico-ayuntamiento-hacienda brilla por su ausencia y puedes coger la furgo y ponerla como turismo al día siguiente..

Creo que tan sólo es válido para el tema de las velocidades y para las itv (tneiendo en cuenta que hablamos de furgos nuevas de momento la itv nos coge lejos) ... ya que en la mayoría de las cía. aseguradoras se rigen por tablas de modelos y por tanto la categoría del vehículo se la pasan por el forro. Otra cosa muy diferente es pasarla a vehículo vivienda en dónde el seguro si varía si lo coges con cía. aseguradoras especializadas en autocaravanas.
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: Blanco en Marzo 16, 2007, 09:36:39 am
Cita de: luca en Marzo 15, 2007, 19:51:06 pmyo he pasado mi t5 a turismo y no llego a 50€ y la furgo no tenia ni un mes. A dia de hoy nadie me reclamo mas dinero. Solo tube que pedir un certificado a volkswagen que me lo dieron gratis. Ademas fue el mismo vendedor quien me dijo que lo hiciese asi

Si quieren te lo reclaman cuando quieran dentro del plazo legal contable >:(
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: Blanco en Marzo 16, 2007, 09:40:00 am
Con respecto a la tasa de impuesto de circulación, los turismos pagan por potencia Cv fiscale, y los mixtos adaptables , por Carga útil, saliendo beneficiados estos siempre que su carga no supere 995Kg
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: Torcuatoporcuato en Marzo 16, 2007, 09:49:15 am
Hay un pequeño problema al pasar un mixto a turismo y es que legalmente no se le puede retirar ningún asiento ni ninguna plaza. Eso me dijeron el otro día en la ITV.
Título: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 16, 2007, 09:52:42 am
Cita de: Blanco en Marzo 16, 2007, 09:40:00 amCon respecto a la tasa de impuesto de circulación, los turismos pagan por potencia Cv fiscale, y los mixtos adaptables , por Carga útil, saliendo beneficiados estos siempre que su carga no supere 995Kg
Yo no sabia pq era pero si sabia que era asi en las furgos que tuve( o sea que pagaba menos de impuesto que un turismo)
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: Manolín en Marzo 16, 2007, 10:30:44 am
El tema del impuesto de vehículos de tracción mecánica está bastante lioso, con esto no quiero quitar ni dar razón a nadie, pero fijaros lo que pone la ley.

4.4 Cuota tributaria

Las tarifas del Impuesto clasifican los vehículos en seis grandes grupos: turismos, autobuses, camiones, tractores; remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica y otros vehículos, categoría esta última en la que se encuadran por ejemplo motocicletas y ciclomotores. Cada una de estas categorías está subordinada en función de la potencia fiscal del vehículo (vehículos y tractores), del número de plazas del vehículo (autobuses), de la capacidad de la carga útil (camiones, remolques y semirremolques) y de la cilindrada del vehículo (motocicletas).

http://www.fiscal-impuestos.com/el-impuesto-sobre-vehiculos-de-traccion-mecanica.hmtl

Si os fijáis, por ningún lado especifican los vehículos mixtos, ni furgonetas ni nada parecido. Tan solo hablan de turismos, autobuses y camiones. Por lo poco que se, cualquier tipo de vehículo destinado a uso particular tributará como turismo. Para el resto de usos, dicho vehículo deberá de ser destinado a una actividad empresarial para poder tributar como carga.

Por eso decía que dependería mucho del talante del funcionario y del ayuntamiento de turno, porque es una cosa, que por lo que veo, que cada Ayuntamiento aplica a su antojo.

En mi opinión, a todas las furgonetas se les debe de aplicar la tributación como turismo siempre y cuando estén destinadas a un uso particular. Pero claro, si te aplican el tributo como carga, pues mejor claro, porque será mucho más barato.

De todas maneras, muevo esto a un hilo nuevo porque creo que es bastante interesante.
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 16, 2007, 10:33:29 am
Cita de: Manolín en Marzo 16, 2007, 10:30:44 amSi os fijáis, por ningún lado especifican los vehículos mixtos, ni furgonetas ni nada parecido. Tan solo hablan de turismos, autobuses y camiones. Por lo poco que se, cualquier tipo de vehículo destinado a uso particular tributará como turismo. Para el resto de usos, dicho vehículo deberá de ser destinado a una actividad empresarial para poder tributar como carga.
manolin no pone vehiculo mixto pero a mi en la viñeta cuando me llega( en gijon) lo clasifican como camion y la tengo como vehiculo mixto de menos de 1000 kilos de carga.ah y tambien la tengo como servicio particular
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 16, 2007, 10:35:59 am
ahora que viene la epoca de pagar viñetas propongo hacer un apartado e ir viendo lo que pagamos en cada ciudad
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: Manolín en Marzo 16, 2007, 10:40:50 am
Multivator, me alegro mucho por tí y por toda la gente que le pasa esto, pero ¿realmente tu crees que está bien? porque tu furgoneta no es un camión, verdad? o por lo menos en las clasificaciones que hace tráfico de los vehículos un camion tiene otra clasificación bien distinta.

Justo? pues no lo sé, pero desde el momento que por ejemplo a las autocaravanas o vehículos vivienda se les trata a todos los efectos iguales a un turismo, por lógica, debería de ser en este caso igual, aunque nos joda.

Distinto o podría tener otras interpretaciones, sería para las furgonetas de carga destinadas a uso particular y es ahí donde surgirian más dudas, pero con clasificaciones de vehículos vivienda no hay duda ninguna.

Cita de: multivator en Marzo 16, 2007, 10:35:59 amahora que viene la epoca de pagar viñetas propongo hacer un apartado e ir viendo lo que pagamos en cada ciudad

Eso estaría muy bien, pero aparte de especificar la cantidad a pagar, igual de importante es especificar la clasificación del vehículo.
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: multivator en Marzo 16, 2007, 10:48:32 am
Cita de: Manolín en Marzo 16, 2007, 10:40:50 amMultivator, me alegro mucho por tí y por toda la gente que le pasa esto, pero ¿realmente tu crees que está bien? porque tu furgoneta no es un camión, verdad? o por lo menos en las clasificaciones que hace tráfico de los vehículos un camion tiene otra clasificación bien distinta.
ahi tienes razon mi furgo no es un camion y me acuerdo la primera viñeta de estas que pague el mosqueo que me pille cuando vi la clasificacion de camion, luego cuando me entere que pagaria menos me calle.
justo? pues no lo se a lo mejor lo que es injusto es pagar de cualquiera de las maneras que bastante nos soplan ya (pero aqui no vamos a entrar)
Tambien veo injusto que oviedo pague mas de viñeta que gijon por ejemplo( segun el periodico).
Por eso propongo ahora que llega el plazo poner un hilo exclusivo de lo que pagas en la viñeta a ciencia cierta explicando bien que pone cada una ;)
Título: Re: Impuesto de circulación. Debate.
Publicado por: Manolín en Marzo 16, 2007, 11:03:00 am
Este es un tributo municipal. Si ya es complicado con los impuestos nacionales, con los impuestos que son transferidos a las comunidades, pues imagina los municipales, que habrán tantas interpretaciones como ayuntamientos existen. Una locura.
Título: Re: Impuesto de circulación
Publicado por: Amedio en Marzo 17, 2007, 01:20:52 am
Cita de: Manolín en Marzo 16, 2007, 10:30:44 am[...]Por lo poco que se, cualquier tipo de vehículo destinado a uso particular tributará como turismo. Para el resto de usos, dicho vehículo deberá de ser destinado a una actividad empresarial para poder tributar como carga.

Por eso decía que dependería mucho del talante del funcionario y del ayuntamiento de turno, porque es una cosa, que por lo que veo, que cada Ayuntamiento aplica a su antojo.

En mi opinión, a todas las furgonetas se les debe de aplicar la tributación como turismo siempre y cuando estén destinadas a un uso particular. Pero claro, si te aplican el tributo como carga, pues mejor claro, porque será mucho más barato.
[...]

Ojo, que todas las furgonetas que se empleen para transporte privado complementario (por ejemplo la de un fontanero) son de servicio particular pero destinados a una actividad empresarial. No tiene que ver el servicio particular o público con que sean de carga o no. Y si la usas como yo para llevar tus piraguas ya es transporte privado particular. Sigue siendo de carga pero particular.

Yo entiendo que rige la clasificación que se hace en el reglamento general de vehículos, donde dice que vehículos son de transporte de mercancías y cuales de personas (más o menos).
Título: Re:Impuesto de circulación. Debate.
Publicado por: ppeerriiccoo en Abril 05, 2009, 22:33:55 pm
interesante
yo tenia mi furgo en un ajuntamiento de tarragona como tractor,pagaba 50 euros. aora la tengo en uno de barcelona la an  puesto como vehiculo de carga y pago 167 euros 
deberia ir a decir k la pongan como tractor  o sera lo mismo
gracias