El Principado de Asturias aprobó ayer un decreto que regula la "Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito".
https://www.elcomercio.es/asturias/autocaravanas-deberan-registrarse-hotel-zonas-acampada-20220924003321-ntvo.html
En estas áreas sí está permitido acampar (durante un máximo de 48 h) y hay que registrarse. Además, deben disponer, como mínimo, de zonas de vaciado y llenado de aguas, así como de electricidad, por lo que no serán gratuitas.
Supongo que la intención es ir sustituyendo las áreas actuales por estas y limitar la pernocta de autocaravanas y similares a dichas áreas y a los camping.
Otro retroceso más, consecuencia de la masificación de este tipo de turismo. :'(
Gracias por la información. Habrá que mirarla con detenimiento. Parece una copia de la de Euskadi.
De todas formas, con poner puntos de llenado y vaciado en parkings normales sin denominarlo oficialmente área AC tendríamos suficiente. Porque esa normativa, como la de Euskadi, es muy difícil de cumplir para ayuntamientos y particulares. Que puede que sea lo que haya detrás de esa regularización.
Mientras tanto, los negocios ya existentes que no ven con buenos ojos que se estación y pernocte fuera de sus negocios, siguen incumpliendo la normativa actual en lo que respecta a permanencia máxima, instalaciones fijas y oferta de servicios. Servicios que, aplicando su propia lógica, hacen competencia a otros establecimientos de hostelería.
He buscado en el bopa y no he encontrado el decreto, pero si es como el de Euskadi no sería mala noticia (creo): el de Euskadi dice expresamente que una autocaravana correctamente estacionada no está acampando.