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Zona Técnica => Papeleos => Legalizaciones/homologaciones => Mensaje iniciado por: puntalillo en Mayo 19, 2022, 13:40:00 pm

Título: Homologación furgón vivienda
Publicado por: puntalillo en Mayo 19, 2022, 13:40:00 pm
Buenos días. He adquirido una Iveco Daily que tiene la clasificación 2448 desde 2006 pero solo tiene 2 camas y quiero hacerle una camperización bastante completa. Mis dudas son referentes a que puedo hacer legalmente teniendo la clasificación de furgón vivienda y que tendría que homologar y cómo es este proceso ya que este mundo es nuevo para mí. Muchas gracias y un saludo.
Título: Re:Homologación furgón vivienda
Publicado por: +gvr en Mayo 21, 2022, 22:59:14 pm
Así modificas algo que ya está legalizado es reforma. Otra cosa es que alguine se dé cuenta o no, pero la cuestión es que algo legalizado es algo con garantía y seguridad desde el punto de vista de la conducción y del uso del equipamiento instalado. Si reformas algo ejecutado te es de aplicación el código de reforma 8.70 del Manual de Reforma de Vehículos ( https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/vehiculos/Documents/ManualReformasVeh%C3%ADculosRev6Corr1.pdf )y te pide todo: Proyecto, Certificación final de obra, Informe de Conformidad, Certificado del Taller y Documentación adicional (por instalación eléctrica y gas).
¿Quieres ampliar plazas para dormir?

Un saludo
Título: Re:Homologación furgón vivienda
Publicado por: proingetec en Mayo 23, 2022, 08:24:22 am
Suscribimos casi todo lo que te han dicho, lo único puntualizar que no se aplicaría el código de reforma 8.70, puesto que se trata de un furgón vivienda 2448 y se aplicaría el código de reforma 8.31 (para el mobiliario y demás del interior). Si hay otras reformas como calefacciones, placas solares, claraboyas, depósitos en los bajos, etc. se tipificarían según los códigos de reforma correspondientes, pero en este caso no se aplicaría el 8.70 puesto que no se trata de una autocaravana.

Saludos
Título: Re:Homologación furgón vivienda
Publicado por: +gvr en Mayo 23, 2022, 23:48:08 pm
Cita de: proingetec en Mayo 23, 2022, 08:24:22 amSuscribimos casi todo lo que te han dicho, lo único puntualizar que no se aplicaría el código de reforma 8.70, puesto que se trata de un furgón vivienda 2448 y se aplicaría el código de reforma 8.31 (para el mobiliario y demás del interior). Si hay otras reformas como calefacciones, placas solares, claraboyas, depósitos en los bajos, etc. se tipificarían según los códigos de reforma correspondientes, pero en este caso no se aplicaría el 8.70 puesto que no se trata de una autocaravana.

Saludos

Cierto, ni lo pensé.

No se porqué cité el 8.70. No si por no contar con la clasificación que Puntalillo ponía en el post o por pensar directamente en la reforma de algo que ya es vivienda. El caso es que, como bien apuntas, la 8.70 es para las modificaciones de AC y el 8.31 para los furgones vivienda.

Un saludo
Título: Re:Homologación furgón vivienda
Publicado por: puntalillo en Mayo 24, 2022, 11:31:14 am
Muchas gracias por las respuestas, lo tendré en cuenta.