Hola compañeros y compañeras, estoy mirando para comprar una GV de carga y camperizarla, pero tengo algunas dudas.
Cuando miro un anuncio de un compraventa ponen un precio gancho, después ponen + IVA + impuesto de matriculación.
Por lo que el precio sube muchísimo.
¿Legalmente, que impuestos o tasas tengo que pagar para comprar una furgoneta a un compraventa?
Gracias a todos de antemano
Hola, las furgonetas de carga son compradas por empresas no por particulares y estas estan sometidas al IVA, y su reventa es al 21% por eso el detalle de las facturas.
Entre particulares es el ITP y luego en las 2 el cambio de nombre
de esto yo no soy entendido.
Gracias, te has explicado bien
Cita de: URDULIZ en Diciembre 22, 2018, 13:55:07 pm
A ver si consigo explicarlo bien, tienes que pagar lo siguiente:
1º Si eres particular: el precio del vehículo (sea nuevo o de segunda mano) + los accesorios (los oficiales, porque los no oficiales es otro lio)+ el iva de las dos cosas+ el impuesto de matriculacion que se le asigne al vehículo dependiendo de sus emisiones. Este último es un porcentaje de la factura, o sea es un porcentaje del vehículo + complementos que hayas pedido.
2º Eres autónomo, empresa Y (la y la pongo en grande porque se olvida) el uso del vehículo tiene que ver con la actividad de la empresa. (si no sería trampa/fraude) : pagarías el vehiculo+ los accesorios o complementos (los oficiales), + el iVA de las dos cosas . El IVA después lo desgravas.
En el caso 1: Si el vehículo es de 2ª mano y mayor de 4 años, no hay que pagar matriculación.
si el vehículo es de 2ª mano y menor de 4 años, el propietario del vehículo debe pagar a hacienda la parte correspondiente del iimpuesto de matriculación que no pagó.
En el caso 2: si el que compra el vehículo es otro autónomo entonces no sé como es el trámite pero no habría que pagarlo ya que es destino trabajo. (pero es algo muy poco común y un poco ilógico)
El impuesto de matriculación es el que sustituyó al impuesto de lujo que había antes y que pagan los turismos para uso turismo/ocio
En el caso las furgonetas hay los M1, que pueden ser los 3100 o los 1000, la difernecia es que el 3100 no paga impuesto y el 1000 sí paga. Seas autónomo o perico.
Traducido: en el caso de que seas autónomo y necesites un M1 para la empresa puedes comprarlo sin impuesto 3100 o con impuesto 1000.
En mi caso: Siendo autónomo, las dos furgonetas que tengo las compré como 1000 y pagué impuesto cuando podía haber comprado como 3100 y haberme ahorrado el impuesto, entre las dos 6000 euros.
Si eres empresa y eres tú el que quiere vender, mejor que hagas unos números antes, con la tontería puedes perder una pasta, ya que después viene hacienda y cobra según lo facturado y según lo amortizado. <-- ojito con esto
Seguro que por aquí habrá alguien que te lo explique mejor que yo, que yo no soy entendido.
En el caso 2 (en negrita) no es tan raro.
Un autónomo o empresa compra una furgo y antes de los 4 años la vende (para comprar otra más grande, por ejemplo). Si se la vende a otra empresa o autónomo, rellena y presenta en Hacienda el modelo 06 ( https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G503.shtml ) y la exención del Impuesto de Matriculación (IEDMT) continúa para el nuevo propietario.
Y si como particular se la compras usada a una empresa o autónomo que se desgravó el IVA, esta compra no lleva Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), sino que paga el 21% de IVA sobre el precio base, importe que pagas tu al vendedor y éste paga a Hacienda.
Por tanto es correcto lo de un precio X + IVA.
Independientemente de esto en cualquier caso pagarás el importe del trámite de cambio de propietario (transferencia) que es la tasa de Trá fico y lo que cobre la gestoría si el trámite se hace a través de gestor, claro.