HOLA A TODOS!!!
Tengo un furgón de carga cerrado a cual queremos añadirle varias cosas como son una ventana o claraboya y quitarle el panel de soporte que tiene detrás de los asientos.
Estamos un poco locos ya porque hay opiniones de todo tipo.
Queremos saber si tenemos que homologar la claraboya y las ventanas o estas por separado. Y saber también si pasa algo por quitar el separador de carga a la hora de pasar la itv.(ya que queremos poner asiento giratorio para ganar espacio en la furgo, sobretodo para el invierno)
Muchas gracias por leernos!!
ABRAZOS
.ereselmejor .ereselmejor .ereselmejor
Cita de: erlale en Noviembre 12, 2017, 19:46:04 pm
HOLA A TODOS!!!
Tengo un furgón de carga cerrado a cual queremos añadirle varias cosas como son una ventana o claraboya y quitarle el panel de soporte que tiene detrás de los asientos.
Estamos un poco locos ya porque hay opiniones de todo tipo.
Queremos saber si tenemos que homologar la claraboya y las ventanas o estas por separado. Y saber también si pasa algo por quitar el separador de carga a la hora de pasar la itv.(ya que queremos poner asiento giratorio para ganar espacio en la furgo, sobretodo para el invierno)
Muchas gracias por leernos!!
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hola erlale, que tal?
puedes hacer todo lo que comentas pero, para ir legal con ITV y seguro, y ademas para tu seguridad y la de los demás, tendrás que legalizar todo, tanto las claraboyas como la ventana y las bases giratorias. Lo de quitar el separador de carga también es posible, pero en este caso tu furgon pasará a otra clasificación. si ahora lo tienes como furgón-mixto o mixto adaptable, pasarías a furgón-vivienda. Lo que te aconsejo es planearte bien bien lo que quieres hacer y meter todas la reformas que se consideran como tal dentro del proyecto que te hará un ingeniero especializado en eso, una empresa de homologación vamos. De esa forma te ahorras pasta y pagas solo una vez para todas la reformas que tendrás que legalizar. Otro consejo es que, si harás tu mismo todo y antes de hacer algunas de las reformas de importancia q tienes en mente, como las ventanas, claraboyas, separador..., informate bien sobre lo que puedes tocar/modificar en la estructura de tu furgo y lo que no (ojo por ejemplo a no cortar nervios y coas por el estilo), sinio lo tendrás chungo a la hora de legalizarlo. Lo mejor que puedes hacer es hablar con un ingeniero que te despejará cualquier duda. Actualmente hay un CC de legalizaciones en curso, por si te interesa el tema:
https://www.furgovw.org/index.php?topic=341238.0
saludos ;)
Para sacar el separador tendrás que acreditar la no necesidad de él por dejer de poder llevar carga; o sea cambiar de clasificación. Constructivamente seguirá siendo 24 (furgón) pero no puede ser 2400. Lo más lógico con tus pretensiones es pasarlo a 2448 (furgón-vivienda) y para ello tienes que cumplir con requisitos mínimos: cama, mesa, cocina y armario/lugar de almacenaje...
Como te han aconsejado guíate con un ingeniero antes de liarte a nada y no saques el separador antes de tiempo porque su desintalación es una reforma de importancia y como tal te anula la covertura del seguro porque circular con una reforma de importancia sin legalizar inhabilita al vehículo para circular.
Un saludo!
Cita de: erlale en Noviembre 12, 2017, 19:46:04 pm
HOLA A TODOS!!!
Tengo un furgón de carga cerrado a cual queremos añadirle varias cosas como son una ventana o claraboya y quitarle el panel de soporte que tiene detrás de los asientos.
Estamos un poco locos ya porque hay opiniones de todo tipo.
Queremos saber si tenemos que homologar la claraboya y las ventanas o estas por separado. Y saber también si pasa algo por quitar el separador de carga a la hora de pasar la itv.(ya que queremos poner asiento giratorio para ganar espacio en la furgo, sobretodo para el invierno)
Muchas gracias por leernos!!
ABRAZOS
.ereselmejor .ereselmejor .ereselmejor
Claraboyas y ventanas afecta a la 8.51 si mal no recuerdo, pero ojo, si no toca a la estructura del vehiculo, te puedes ahorras el proyecto y el certificado de ejecucion de obra del ingeniero.
En cuanto al panel separador de carga, pues es un tanto ambiguo, porque hay itv que para pasar de 2400 a 2448 te piden que lo lleves colocado (como me paso a mi), y otras no te lo pediran e incluso te justifiquen ellos mismos lo innecesaria que es. Lo que yo entiendo es que al pasar un furgon de carga a vivienda, pierde de alguna manera su funcionalidad inicial, pierde su funcion originaria, pero a eso te pueden responder que aun sigue siendo un 24XX, por lo que a pesar de que el uso sea el de vivienda, sigue siendo un furgon de carga.
Lo que todos o casi todos hemos hecho ha sido quitarlo y punto.
Salud