Ya que existen un monton de dudas y la mayoria de ellas podrian resolverse al leerse el manual de reformas..
Aprovecho para dejar la ultima version colgada aqui en un link y que cualquier persona que este interesada lo descargue y se lo lea.
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/Reformas/ManualReformasVehiculosRev3.pdf
Saludos
Me pincho al hilo y me repaso el manual. Gracias por el enlace compañero.
Perdón, escribí en el hilo erroneo.
Quizas estaba mejor en el otro post, pero bueno, asi tambien se entera la gente.
Seguro que es de utilidad para todo el mundo este conocimiento
Sigo para leer
Buen aporte,saludos.
Hola,
si tenéis alguna plantearla a ver si podemos contestarle y quedan pera el resto de foreros.
Saludos,
Según parece instalar una batería en los bajos no es reforma y tampoco la instalación de un aireador. Claro que sí instalamos un aireador en el techo habrá que hacerle un buen agujero y claro esto no implica reforma?
Lo que dice el manual va a misa.
El tema de los aireadores ya lleva siendo así mucho tiempo y NO se considera reforma.
Saludos
¿Y una claraboya pequeña se puede considerar aireador? Es que no he encontrado referencia directa a las claraboyas.
Hola,
la claraboya es reforma. 8-51.
Saludos,
Hola, me apunto al hilo ;)
Cita de: LolitaJoker en Marzo 06, 2017, 10:48:15 am
Lo que dice el manual va a misa.
El tema de los aireadores ya lleva siendo así mucho tiempo y NO se considera reforma.
Saludos
Aunque el aireador vaya en el techo y modifique la altura total del vehículo.
En este caso no tengo tan claro que no sea reforma.
El concepto de aireador creo que es otro.
Saludos,
Te refieres a que el concepto de aireador es igual a rejilla de ventilación y no a de aireador.
Hola,
yo lo entiendo como rejilla o algo asi:
http://www.thermobus.com/aireador-techo-giratorio_p2011826.htm
Saludos,
Pues creo que entendemos lo mismo. Y respecto a si necesita homologación pues mi duda se refiere a que este tipo de aireadores si o si aumentan la altura del vehículo, pero claro también sean aireadores o rejillas hay que agujerear y eso no es impedimento para que no se considere de reforma.
Esto no seria reforma pese a que varíe la altura y se perfore el techo.
Hay otras reformas que varían las dimensiones y no son reforma.
Saludos,
No lo entiendo. Por un lado dice que:
8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo
Y por otro dice que se pueden instalar sin que se considere reforma ciertos elementos.
En ningún sitio se define aireador. Yo también lo entiendo como el elemento que habéis citado, pero también creo que nos podríamos agarrar a eso para instalar una claraboya que no sobresalga.
Buenas,me uno al hilo y dejo mi duda
Mea parecido leer,pero no me acuerdo del punto,que los toldos no se consideran reforna.Es asi i o lo he interpretado mal
Un saludo
Si ponemos un aireador de techo no es reforma aún que se perfore la chapa y aumentela altura. Bien. Un aireador de techo es escaso para evacuar el calor en pleno verano aparcados al sol. No sé si existen de diferentes tamaños y capacidad de evacuación del aire. Mi idea sería poner 2 o 3 juntos de momento por si en el futuro me da por poner una claraboya pues bien simplemente aumentar el hueco
Cita de: Eclipse en Marzo 08, 2017, 08:56:11 am
No lo entiendo. Por un lado dice que:
8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo
Y por otro dice que se pueden instalar sin que se considere reforma ciertos elementos.
En ningún sitio se define aireador. Yo también lo entiendo como el elemento que habéis citado, pero también creo que nos podríamos agarrar a eso para instalar una claraboya que no sobresalga.
Los aireadores aparecen en las excepciones del cr 8.52. Y aunque modifique la altura tampoco es reforma
Las claraboyas no se consideran aireadores y es 8.51.
Los aireadores solares tampoco son reforma pues al fin y al cabo aunque tengan movimiento a vehículo estacionado siguen siendo aireadores. Lo digo por si alguien esta pensando esta opcion
Cita de: LolitaJoker en Marzo 08, 2017, 17:46:32 pm
Los aireadores aparecen en las excepciones del cr 8.52. Y aunque modifique la altura tampoco es reforma
Las claraboyas no se consideran aireadores y es 8.51.
Los aireadores solares tampoco son reforma pues al fin y al cabo aunque tengan movimiento a vehículo estacionado siguen siendo aireadores. Lo digo por si alguien esta pensando esta opcion
Claro y conciso. .palmas
Cita de: LolitaJoker en Marzo 08, 2017, 17:46:32 pm
Los aireadores aparecen en las excepciones del cr 8.52. Y aunque modifique la altura tampoco es reforma
Las claraboyas no se consideran aireadores y es 8.51.
Los aireadores solares tampoco son reforma pues al fin y al cabo aunque tengan movimiento a vehículo estacionado siguen siendo aireadores. Lo digo por si alguien esta pensando esta opcion
Corta rollos!!! .lengua2
Jejeje. Muchas gracias. Tienes razón, enfocándolo así no hay resquicio. Mi duda surgia de la ausencia de la definición de aireador y claraboya.
Yo ya he dicho en algunos otros post que el manual de reformas en ciertos aspectos puede ser sujeto a interpretación tanto de la empresa emisora del informe como del responsable de la itv o de la empresa de homologaciones como coc.
Si tenéis mas dudas yo no tengo problema en lo que este en mi medida poder resolverlas. Para eso estamos en el foro.
Gracias de nuevo. :)
Yo ya he dicho en algunos otros post que el manual de reformas en ciertos aspectos puede ser sujeto a interpretación tanto de la empresa emisora del informe como del responsable de la itv o de la empresa de homologaciones como coc.
Si tenéis mas dudas yo no tengo problema en lo que este en mi medida poder resolverlas. Para eso estamos en el foro.
Me quedo por aquí. Para cuando pase la garantía.
Que tipo de reforma sería la instalación de una placa solar con su regulador.?
Y si añadimos un inversor este también sería reforma?
Si ponemos todo esto en un pequeño armario, también sería reforma? Por supuesto esto iría conectado a una batería.
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