Buenas noches,
Estoy teniendo problemas para matricular mi MB100. En julio recibimos la 2a resolución de Indústria que decía "DOS PLAZAS EN CIRCULACIÓN", en vez de 4 como dice el laboratorio. Como era la 2a vez, llamamos para preguntar qué había pasado. Resulta que hace nada ha cambiado la legislación y ahora todos los históricos que se matriculen van a tener 2 plazas máximo.
Alguien sabía algo de esto? Y aún mejor, alguien sabe de alguna estación de ITV un poco "flexible"? Preferiblemente por zona Asturias o Cataluña... ;)
Que fregado!
Es sábado por la tarde vi una igual o parecida en Oviedo. Está guapísima! Siento no poder ayudarte con tu consulta.
Pues debía ser la mía! hahaha porque justo salimos sábado por la tarde para Somiedo desde Oviedo .palmas
EDIT: ahora que veo tu furgo, diría que me fijé en la tuya porqué llevabas la pegatina del foro... en calle Samuel Sánchez antes de la rotonda grande?? ;D
Se que estuvimos parados en un semáforo, pero no se la calle, soy de catalunya y estaba de vacaciones. Un saludo compañero .adios
Hola,
seria necesario ver los papeles que tienes para entender que pasa. Si quieres colgarlos así tenemos toda la información.
Saludos,
Hola,
Adjunto las fotografías de los documentos, en la parte que no cuadra.
1: informe del laboratorio detallando las 4 plazas (debajo el logo de furgovw pone "Número de plazas de asiento (incluido conductor) - 4").
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/kimi22/captura-de-pantalla-2016-11-15-a-les-20.38.480.png)
2: resolución de indústria para catalogación como histórico, con solo 2 plazas.
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/kimi22/captura-de-pantalla-2016-11-15-a-les-20.39.170.png)
Eso es lo que no cuadra...
Si llevas sillon lateral te la bajan a dos plazas, las plazas las entienden como la segunda fila detrás de la primera y mirando en sentido de marcha. Pues son un puñaO de furgos y acs que las llevan en perpendicular.
Pues todos los sillones que llevo son perpendiculares a la marcha, incluso los de atrás tienen cinturón para 2 personas.
Hola,
habría que saber en que comunidad te lo han emitido, y seria bueno que preguntaras al funcionario a que normativa hace referencia, puesto que es extraño.
Saludos,
Está emitido en Extremadura, y lo del funcionario ni idea, ya que esto me lo comentó la empresa de homologaciones que me lo está llevando. Se ve que es una norma muy nueva en referencia a los vehículos históricos. No os suena de nada?
Acabo de llamar a la Consejería de Extremadura y me comentan que, según acuerdos de las Comunidades con el Gobierno, las autocaravanas que se intenten matricular cómo históricas siempre tienen una limitación de 2 plazas. Alguien sabe de alguna Comunidad sin esta limitación?
Con esa norma lo que consiguen es devaluar el valor del vehiculo, y hasta el interes por su compra y matriculación. No a todo el mundo le cuadra un vehiculo de dos plazas, aunque a mí si.
Hola,
en Aragón no me consta esa norma, ni en otras comunidades. La cuestión es que si no te empadronas en otra comunidad no se puede matricular ahi. En caso que lo hicieras, el laboratorio que emite el informe tienen que estar dado de alta en esa comunidad, por lo que la cosa no es tan fácil y probablemente tuvieras que hacer otra vez papeles.
saludos,
Pues yo estoy empadronado en Cataluña, y la empresa de homologaciones obtuvo el Informe de Estremadura. Tiene sentido esto?
pues me encuentro con el mismo problema...una VW T1 westfalia original matriculada como historica y vivienda la limitan a 2 plazas max.
Cuales son mis opciones? Que pasa si no la matriculo como vivienda?
saludos!
Yo he estado fuera más de un año y no lo he solucionado... pero por lo que me dijeron los que me la homologan, no me quedan más opciones (oficialmente) que matricularla para 2 plazas.
bueno, lo que he ido investigando del tema
Como sabeis la regulación de vehículos históricos esta regulada por el RD 1247-1995.
Ahora bien, por lo visto alguna comunidades han decidido añadir disposiciones adicionales que limitan el uso de este tipo de vehículos (tal vez algunas con motivo justificable, pero desde luego no la que hablamos en este hilo).
El caso es que en la última reunión de la FEVA se ha discutido que estas disposiciones adicionales no tienen sustento legal y parece ser que montaran una asesoría jurídica para emprender acciones legales contra estas comunidades, a la que yo pienso acudir tan pronto me entere como.
Por lo que yo se Cataluña y Aragón han añadido disposiciones adicionales. Os consta de alguna comunidad mas?
Mis gestores fueron por vete tú a saber qué razón a través de Extremadura, así que esta también. Y, según me dijeron esos gestores, todas o casi todas las comunidades homologan ya los históricos con 2 plazas máximo. Es cierto?
Cita de: Kimi22 en Noviembre 15, 2016, 21:01:57 pmHola,
Adjunto las fotografías de los documentos, en la parte que no cuadra.
1: informe del laboratorio detallando las 4 plazas (debajo el logo de furgovw pone "Número de plazas de asiento (incluido conductor) - 4").
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/kimi22/captura-de-pantalla-2016-11-15-a-les-20.38.480.png)
2: resolución de indústria para catalogación como histórico, con solo 2 plazas.
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/kimi22/captura-de-pantalla-2016-11-15-a-les-20.39.170.png)
Eso es lo que no cuadra...
¿A lo mejor puede ser porque catalogan tus asientos traseros como "transportines"?
De todas formas, repasando el real decreto 1247/1995 veo que en la última revisión realizada en junio de 2021 no se hace mención a transportines o banquetas -página 8-:
• Limitación en el uso en circulación de las plazas de asiento:
- Autocaravanas y vehículos vivienda: Únicamente las plazas con cinturón de seguridad de origen.
- No se permite el uso de asientos en sentido perpendicular a la marcha.
Aquí (https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/unidaddemercado/Grupo/Acuerdos%20RD%201247_1995%20Hist%C3%B3ricos%20(rev.2%20-%20Jun'21).pdf) tenéis el documento completo.
Acabo de leer en este artículo (https://www.autofacil.es/clasicos/asi-reglamento-de-vehiculos-historicos/427306.html?amp=1) que la DGT, junto con el Ministerio de Industria, las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA) han preparado un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que, de aprobarse por el Gobierno, podría entrar en vigor el 2 de enero del próximo año.
Actualmente, el proyecto se encuentra se encuentra en el periodo de información pública, antes de su paso al Congreso. Se puede descargar aquí (https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/servicios-al-ciudadano/participacion-ciudadana/Participacion-publica-en-proyectos-normativos/Audiencia-e-informacion-publica/11_2022_Proyecto_RD_Reglamento_vehiculos_historicos.pdf).
Pero, ¿qué cambios trae consigo este nuevo Reglamento de Vehículos Históricos?
No son modificaciones esenciales, pero sí cambios, tal y como indica el propio documento: "para cumplir esencialmente dos finalidades: favorecer a los propietarios de vehículos susceptibles de ser clasificados como históricos, con un procedimiento más moderno; [y] fomentar por los poderes públicos que aquellos vehículos que constituyen un patrimonio automovilístico singularmente destacado, puedan acogerse a todas las ventajas que legalmente se concedan en virtud de su clasificación como históricos".
Parece que será conveniente esperar al nuevo proyecto para ver cómo queda el tema de las plazas traseras en vehículos vivienda...
En la revisión del Reglamento de Vehículos Históricos que se realizó en 2018, ponía que los vehículos vivienda y autocaravanas se limitarían a un máximo de 2 plazas:
(https://i.ibb.co/5v7Mzp2/2-F0-AECB6-1-E14-48-ED-B25-F-3-C636914-E8-E9.jpg)
Mientras que en la última Revisión de Vehículos Históricos realizada en 2021, han eliminado la frase en la que estos vehículos se limitaban a 2 plazas, y ahora la limitación de plazas va en función de los asientos con cinturón de seguridad de origen:
(https://i.ibb.co/dBML7rc/D41-AB49-B-DEE2-462-F-AF87-83-D2270-FDB68.jpg)
Visto esto, tiene pinta de que en el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos se eliminará la limitación a 2 plazas. A ver si es así...