Hola a todos/as. La duda que tengo, a buen seguro que, con vuestra experiencia me la sabreis despejar. Mi Transis Connet esta matriculada como vehiculo, pero mi pregunta es si basàndome en el "formato" de furgoneta me multarian si aparco es espacio y hora acotado solo para carga y descarga?
Cita de: DORMINETA en Junio 12, 2016, 20:35:13 pm
Hola a todos/as. La duda que tengo, a buen seguro que, con vuestra experiencia me la sabreis despejar. Mi Transis Connet esta matriculada como vehiculo, pero mi pregunta es si basàndome en el "formato" de furgoneta me multarian si aparco es espacio y hora acotado solo para carga y descarga?
Pues creo si la dejas 5 minutos no creo que te multen, pero si la dejas aparcada ahí le haces la puñeta al currela
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Si no llevas tarjeta de transporte fijada en el parabrisas, multan todas, turismos, mixtas e industriales.
Cita de: el jaijo en Junio 12, 2016, 20:50:06 pm
Si no llevas tarjeta de transporte fijada en el parabrisas, multan todas, turismos, mixtas e industriales.
Eso es relativo, no todos estan obligados a llevar tarjeta de transporte, por ejemplo los repartidores...
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Como bien díces es carga y descarga no aparcamiento , que es lo que la mayoría de los que llevan furgoneta se piensan o se aprovechan de eso y cuando llegan o llegamos los repartidores de camión o furgoneta nos tenemos que joder y buscarnos la vida o llamar a la policia
Cita de: mikel82 en Junio 12, 2016, 20:57:01 pm
Eso es relativo, no todos estan obligados a llevar tarjeta de transporte, por ejemplo los repartidores...
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Pues yo te digo que si no llevas tarjeta de transporte fijada en el parabrisas, multan todas, turismos, mixtas e industriales.
Otra cosa es que se den pasadas, pero si no tienes tarjeta de transporte, pueden multarte, de hecho yo trabajando de repartidor con una Renault r4, llevaba la tarjeta de transporte, si no, no puedes utilizar la zona de carga y descarga, pero vamos... si tu dices que no, pues alá tu, y suerte.
Cita de: el jaijo en Junio 12, 2016, 22:30:20 pm
Pues yo te digo que si no llevas tarjeta de transporte fijada en el parabrisas, multan todas, turismos, mixtas e industriales.
Otra cosa es que se den pasadas, pero si no tienes tarjeta de transporte, pueden multarte, de hecho yo trabajando de repartidor con una Renault r4, llevaba la tarjeta de transporte, si no, no puedes utilizar la zona de carga y descarga, pero vamos... si tu dices que no, pues alá tu, y suerte.
E trabajado de repartidor de paqueteria y por peso en mi vivaro no me exigian la tarjeta de transporte, y e aparcado muchas veces ahi y nunca me han multado, no es que lo diga yo, si no que me a pasado, muchos vehiculos de reparto no tienen obligacion de dicha tarjeta y pueden hacer uso de esa zona siempre y cuando hablemos de trabajo
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Ok, me has convencido. .nono .nono .nono
La ley es la que es...
La mayoría de ordenanzas mencionan 'estacionar en zona de carga y descarga sin llevar a cabo dichas labores', y dado que en efecto, la tarjeta de transportes no es obligatoria, será el juicio que haga el que toque sobre si estás realizando esa labor, te has columpiado en el tiempo de hacer esa labor o eres un listo que pretende aprovechar ir en furgo para aparcar donde otros han de trabajar
Depende del municipio y en Madrid no exigen la tarjeta
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Lo de la tarjeta de transporte , creo que no es correcto. Yo trabajo de electricista y aparcamos la furgoneta para descargar material por que la zona es carga y descarga y no nos multan eso si luego una vez descargado nos vamos a aparcar a otro lado, no entiendo a veces esa manía de los transportistas de pensar que la zona de carga y descarga es solo para ellos , otras profesiones también necesitan usar estas zonas para hacer lo que precisamente indica su nombre zona de carga y descarga es mas, si es para cargar y descargar asta un particular puede usarla eso si cargar y descargar no aparcar y tampoco se puede estar mas de quince minutos por lo menos aquí en donde vivo , aun con tarjeta de transportista no se puede aparcar el furgón y ponerse ha hacer el reparto desde esa zona con un carro como se acostumbra ocupando la zona durante una hora o mas .
En Barcelona esta regulada con una "app" has de darte de alta y registrarte ,que tu vehiculo cumpla las condiciones y gestionas el horario de estancia con la aplicación.
En Santander nos informaron de que era obligatorio los datos de la empresa mínimo en las dos puertas delanteras y tener el triángulo de transporte privado, esto para emoresasb pero además no te estés demasiado por q te suelen avisar de que te ponen multa