Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: ficha en Abril 08, 2016, 09:49:09 am

Título: Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: ficha en Abril 08, 2016, 09:49:09 am
Hola gente la verdad que no estoy muy puesto en el tema, y por más que los leo no me aclaro.
El caso es que tengo una multivan y antes tenia unos muebles hechos por mi detrás de los sillones y listo.
Ahora he cambiado y le hice uno detrás de los sillones traseros lo que sería un poco de maletero y por delante de esta fila les he hecho uno a cada lado dejando un pasillo central para las tablas que hacen de cama más mesa.
Mi idea o por lo menos como lo voy a realizar es tanto los de detrás cómo los de delante sujetarlos a una madera que hace de suelo y esta a su vez va sujeta a la furgo en los carriles que ya trae la furgo con unas piezas que me fabrique tipo las que trae wv incluso podría adquirir las de wv o las de ebay parecidas.
Como veis el tema para "legalizar-homologar" incluso para convertir en furgo vivienda.
Gracias por las respuestas.
Si se y puedo luego subo fotos
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: sergio merelo en Abril 08, 2016, 09:56:45 am
Buenas.

Si no he entendido mal tienes una multivan. Y delante de la fila de asientos traseros(zona salon) has puestos muebles??

Se han de guardar unas distancias minimas desde la filande asientos traseros a dichos muebles.

Subete un croquis a mano alzada con la distribucion y entre todos podriamos verlo mejor y ayudarte.

Un saludo
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: ficha en Abril 08, 2016, 10:12:27 am
Este es el enlace del Dropbox no se si podrán ver las fotos

https://www.dropbox.com/sh/e8jtfse3t28c9x4/AAAGNKSuvcfG93p7g_F5Z3_3a?dl=0
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: sergio merelo en Abril 09, 2016, 10:07:01 am
Si se ven las fotos, por partes:

- Mueble de atras, si esta fijado, entiendo no tiene que haber problemas.
- Mesa desmontable, ok.
- El problema estara en los dos modulos, el que esta en la corredera y el que esta pegado en la pared. Debes de guardar una distancia entre el respaldo y el mueble de aprox 850cm.

Solucion posible(seguro que habra mas):
Haz mas pequeño el mueble de la pared para que cumpla esa distancia, y haz de quita y pon el de la corredera.

No se si algun compañero te puede aportar algo, mas. No obstante, habituate a abrir un hilo con lo que has hecho, todos pueden aprender y todos te podemos ayudar viendolo.

un saludo
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: jallacru en Abril 09, 2016, 22:58:06 pm
Hola ficha. . . Voy a comentarte algo de tus muebles y camperización.

Por las fotos, parece que los armarios van atados con unas  cinchas como arneses para  fijarlos a la carrocería. . .  Esto no es homologable. .. para homologar furgo-vivienda, los armarios deben estar fijados a la carrocería mediante tornillos de forma fija.

Me parece ver que tienes los asientos delanteros, has quitado los del medio y mantienes los tres de atrás para conseguir un salón a la entrada por el lateral.. . . .  eso, no se puede homologar.. . .  si eliminas plazas, se deben eliminar desde atrás hacia adelante. . Lo de los saloncitos "se ha acabado".

Yo tenía montado  algo similar, con el "saloncito y todo" y a la hora de homologar no me servía nada y me explicaron lo que he contado más arriba.

Si tienes intención de homologar es mejor que te pongas en contacto con personal cualificado, y si haces tu paga i señal con el compromiso de homologar, te ayudarán en todo lo que no entiendas. . .  en el foro hay muchas opiniones, yo seguí algunas y al final no me sirvió de nada  ---trabajo en balde---

Si no quieres homologar te sirve todo lo que llevas siempre que no esté atornillado y sólo lo lleves fijado con arneses a los puntos de fijación previstos en la furgo. . . pero claro, tendrás que sacarlo todo al ir a la ITV y si te para la poli tendrás que decir que estás de mudanza "y que se lo crean".

Lo siento, no tenemos remedio. . . creemos que podemos montar y desmontar cualquier cosa dentro de la furgo. .  Y NO, no podemos, hay unas pocas normas. . .  yo no las sé.

Saludos  y  SUERTE
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: ficha en Abril 10, 2016, 16:49:48 pm
Gracias por las explicaciones.
Los muebles no van con las correas solo estaban puestas para sujetar el conjunto del mueble que no los había atornillados.
Los muebles cómo puse arriba irían sujetos a una tabla entera que haría de suelo y esta a su vez sujeta a la furgo en los raíles los cuales entiendo yo que son puntos de sujeción legales pero bueno...
Pero nada si ya me decís que no es posible poner el saloncito ya veré como lo hago.
Gracias por la aclaración y seguiremos intentando.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:04:07 pm
Hola,

La situación mas fácil es colocar un sistema desmontable. Te explico. Colocas sobre al duelo unas guías de fijación y luego unos anclajes a las paredes y/o al suelo. Estos anclajes deben ser de este tipo:

http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg (http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg)

http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg (http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg)

De esta manera legalizamos la estructura de anclaje, que va a cumplir con equipamiento interior y los muebles no es necesario legalizarlos porque no son fijos, según define el manual de reformas.

Así no debes de modificar los armarios y es un truco sencillo.

Saludos,



Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 17, 2016, 14:25:14 pm
Pero esto no es un poco XXXXXXX (no encuentro la expresión adecuada)

Legalizar una estructura de anclaje artesana para colocar en ellos los muebles cuando estás acampado? Entiendo que no haría falta la estructura de anclaje.

Legalizar una estructura de anclaje artesana para colocar en ellos los muebles cuando estás circulando? Una locura!!!

http://www.furgovw.org/index.php?topic=301399.0

Los fabricantes ensayan los puntos de fijación e instalan elementos certificados con la DIN 75410-XX.
El reglamento general de circulación te impide llevar nada entre los pasajeros y menos así...
El reglamento general de vehículos tiene un anexo, el VI, que hay que cumplir...

Y todo es para ir seguro. No hacen las normas para fastidiar al personal, creo yo.

Espero haber entendido mal...




Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:46:48 pm
Hola +gvr,

he leído tu respuesta y me gustaría hacer unas aclaraciones, puesto que parece que tu respuesta ponga sobre la mía, palabras que yo no he dicho.

Si lees detenidamente mi post dice claramente: "De esta manera legalizamos la estructura de anclaje"

Yo no se como hacen esto los demás, pero yo calculo y garantizo que dicha estructura soporte los elementos que va a sujetar, en parado y en marcha. Igualmente que se hace, si dichos elementos fueran atornillados a la carrocería. Pueden ser mas complejos dichos cálculos, pero perfectamente posible, y cualquier profesional que valores su trabajo incluirá dichos cálculos.

La respuesta anterior, y copia literal "y haz de quita y pon el de la corredera." sugiere una solución similar pero solo para uno de los muebles, que según tu interpretación, entiendo sera igual de peligrosa.

Por otro lado, no leerás en ningún momento que haya hablado del numero de personal que pueden circular en el asiento con las instalaciones montadas. Aquí ya es cuestión de cada uno, como si uno quiere circular con un cajón de cuchillos sobre las piernas.

Por tanto, la solución que aporto es totalmente legal (guste o no guste), y cada uno es responsable de de como la aplica. (Tener un cuchillo es legal, y no por ello matar a alguien con él, lo es)

Por lo anterior,  y según entiendo,  tus XXXXXXX = Perfectamente legal y perfectamente seguro.

Es enriquecedor que cada uno aporte su punto de vista, y por eso espero entiendas esto post como una simple aclaración de mi anterior respuesta, que espero sirva para que el conjunto de información se entienda correctamente y no se mal interprete.


Saludos,

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 17, 2016, 16:20:58 pm
De principio mi sensación fue entre sorpresa e incredulidad.... Y de antemano no dudes que pienso que no calcules.

La tendencia en el foro es el bricolaje y salir del paso (lo digo con el mayor de los respetos...). Muchos técnicos verifican por foto las fijaciones de muebles pero, no por cuestionar a quienes los construyen, pienso que son unos cuantos los que caso de accidente el suelo del mueble se quedaría fijado al chasis y el mueble iría para la Conchichina. Se calculan las fijaciones pero no la estructura fijada.

Propones una estructura de anclaje provisional que posibilita "legalmente" llevar un mueble que como es desmontable le atribuyes directamente al propietario/usuario del correcto uso del mismo respecto de medidas y peligrosidad ya que como bien dices "no es necesario legalizarlos porque no son fijos, según define el manual de reformas."

Si fuesen fijos te responsabilizarías tu. Al no ser una instalación fija es carga en el concepto más amplio del término ("equipaje vacacional" podemos llamarlo). Al ser carga, o no fijos y homologados, traspasas y delegas la responsabilidad en el cliente.

¿Las plazas traseras siguen siendo operativas? Si es así entiendo que es una temeridad estar a expensas del criterio del conductor respecto del uso que haga de la carga, su correcta fijación y las dimensiones de la misma. Si siguen operativas ese no es el sitio legal para llevar carga.

¿Las plazas traseras no son operativas? Es menos malo porque no van ocupantes detrás.

En todo caso es llevar carga fuera de la zona establecida por el fabricante del vehículo. Ya no entro en el tema de separador de carga para no extenderme más y creo que mi opinión es sobradamente conocida y creo que coincide con el criterio de no autorizar el desmontaje del separador en los furgones-vivienda.

Al ser una furgo entiendo que le es de aplicación el mencionado anexo del RGV que establece a los fabricantes la necesidad de ensayar los puntos de fijación según unos ensayos y condiciones allí estipulados. En este caso ¿como sitúas tu propuesta?
Considerando que lo que propones lo consideras válido...¿como validas la fijación de la parte del mecanismo desmontable que va instalado en el mueble/carga?

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 17, 2016, 16:38:03 pm
Sigo el hilo...

¿Esto Jallacru de que se acabaron los saloncitos desde cuando es?, porque la nuestra lo tiene y esta homologada apenas hace unos pocos meses y paso todo sin problemas y supuestamente legalmente como Turismo-Vivienda...

Es una pena que estos temas no exista unanimidad y aun sigamos dando tumbos sin concreciones sobre tan delicado tema.
He incluso entre homologadores unos dicen una cosa y otros otra muy diferente, un lío, y :P las ITV cada cual a su pedo...

Salud.2

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Argibay en Abril 17, 2016, 16:58:25 pm
Haber si este hilo avanza más que me encantan .
Son muy interesantes,aunque cada vez aclaran menos, .loco1
También es de agradecer las respuestas de los profesionales.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: mikelfm en Abril 17, 2016, 17:29:36 pm
me sumo , si señor , muy interesante el hilo , .palmas .palmas .palmas
Lo que ya no me gusta tanto , son todas esas trabas "legales" , que nos  imponen , tan solo para sacarnos pasta , es increíble , las inventadas que hacen ,  para todo , que si certificados de no se que , que si licencias de no se cual ,  .nono ,  hay cosas como el tema de seguridad , que si es innegable el fin de la normativa  , pero luego hay otras que  te dan risa , y que tan solo son ,  para sacar pasta , si o si , certificados , o como tipo por ejemplo , luces diurnas , antinieblas , etc.., sistemas ,  que tendrían que traer ya ,  todos los vehículos de serie  , es decir  incluidos obligatoriamente.
Peeeeroooo ....  :o :o :o
                                      *imagen borrada por el servidor remoto
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
Hola,

me agrada y me sorprende que exista gente con conciencia real de los riegos que implican la reformas y lo importante que es la seguridad, y que la gente se interese por ello. La mayoría de las veces, la gente quiere tener los papeles en regla y punto, y te enfrentas a contestaciones tipo: "es que otro me lo legaliza sin problemas"

En mi caso, mi intención es que todo el mundo tenga claro lo que es legal y no, y en que condiciones, y luego cada uno es adulto para tomar sus decisiones, conociendo los riegos que una u otra decisión pueda implicar, aun siendo legal dicha decisión.

La tendencia en el foro es el bricolaje y salir del paso (lo digo con el mayor de los respetos...). Muchos técnicos verifican por foto las fijaciones de muebles pero, no por cuestionar a quienes los construyen, pienso que son unos cuantos los que caso de accidente el suelo del mueble se quedaría fijado al chasis y el mueble iría para la Conchichina. Se calculan las fijaciones pero no la estructura fijada. Totalmente de acuerdo. Igualmente un mueble puede ser totalmente seguro, y no lo que viaja en su interior, simplemente porque la puerta no aguntaría cerrada un esfuerzo y saldria al exterior lo que va dentro. Lamentablemente todo eso no se contempla en el manual de reformas y en muchos casos se priorizan otros aspectos no tan importante para la seguridad.

Propones una estructura de anclaje provisional que posibilita "legalmente" llevar un mueble que como es desmontable le atribuyes directamente al propietario/usuario del correcto uso del mismo respecto de medidas y peligrosidad ya que como bien dices "no es necesario legalizarlos porque no son fijos, según define el manual de reformas."

Si fuesen fijos te responsabilizarías tu. Al no ser una instalación fija es carga en el concepto más amplio del término ("equipaje vacacional" podemos llamarlo). Al ser carga, o no fijos y homologados, traspasas y delegas la responsabilidad en el cliente.
La intención no es traspasar la responsabilidad a nadie. En mi caso propongo una solución legal, informo al propietario de los riesgos y condicionantes que recomiendan la solución, pero siempre es el propietario el que toma primero la decisión de optar por esa solución técnica y luego el como la utiliza, pero siempre desde el conocimiento.

Para que se me entienda, una persona tiene un problema, y yo planteo diferentes soluciones, de entre las cuales, la del sistema desmontable. El propietario es el que siempre decide la soluciona adoptar desde el conocimiento de todas ellas.

Mi trabajo no es un policía de trafico, ni una ITV. Cada uno debe ser responsable de sus decisiones, siempre desde el conocimiento.

¿Las plazas traseras siguen siendo operativas? Si es así entiendo que es una temeridad estar a expensas del criterio del conductor respecto del uso que haga de la carga, su correcta fijación y las dimensiones de la misma. Si siguen operativas ese no es el sitio legal para llevar carga.

Legalmente las plazas siguen estando en ficha técnica y por tanto operativas. Si están montados los muebles, viendo las fotos, dudo que puedan viajar 3 personas en el asiento, pero como dices quedara a criterio del propietario del vehículo.

Temeridad o no, es cuestión de cada usuario. Es temerario igualmente conducir borracho y no por ello los supermercados dejan de vender alcohol. No puedes castigas a todos porque haya gente que no es responsable de sus actos, entraríamos en un sistema que nos prohibiría todo.

¿Las plazas traseras no son operativas? Es menos malo porque no van ocupantes detrás. Como te pongo arriba las plazas son operativas, y sino van los muebles o falta uno de los 2, podrían usarse sin limitación alguna.

La mesa es igualmente desmontable, y circular con ella seria igualmente "ilegal" según el manual de reformas. En esta caso es igualmente desmontable y no os habéis metido con si es bueno dejar a criterio del propietario si puede o no estar montada.

En todo caso es llevar carga fuera de la zona establecida por el fabricante del vehículo. Ya no entro en el tema de separador de carga para no extenderme más y creo que mi opinión es sobradamente conocida y creo que coincide con el criterio de no autorizar el desmontaje del separador en los furgones-vivienda. Cualquier vehículo en el momento de que es reformado sufre una variación respecto a los parámetros de diseño del fabricante.

Al ser una furgo entiendo que le es de aplicación el mencionado anexo del RGV que establece a los fabricantes la necesidad de ensayar los puntos de fijación según unos ensayos y condiciones allí estipulados. En este caso ¿como sitúas tu propuesta?

Considerando que lo que propones lo consideras válido...¿como validas la fijación de la parte del mecanismo desmontable que va instalado en el mueble/carga? Para cualquier elemento de anclaje metálico la forma de calcular la resistencia y a través de la sección eficaz del material,a la calidad del material empleado y los esfuerzos a los que es sometido.

Como ejemplo, un solo tornillos de M6, de la calidad 6.8 puede soportar hasta 791 Kg a tracción y 273 Kg a cortadura. Igualmente se puede calcular la sección del cierre ........ En el anexo VI, indica que el punto de anclaje deberá soportar mas o menos 250 kg en un angulo de 15º, por lo que se emplean 2 tornillitos como los anteriores serian suficientes.

Las condiciones de los anclajes se recogen el proyecto, que según el manual debería redactar antes de realizar la reforma indicando como debe realizarse esta, y no como ocurre en la mayoría de los caso que se realiza  a posteriori.

El tema da para mucho, y en el tema de la seguridad podríamos hablar de muchos aspectos, pero la normativa, bien o mal redactada, es la que hay que cumplir, y a partir de allí ya solo queda la responsabilidad de los propietarios.

Saludos,
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: jallacru en Abril 17, 2016, 23:43:30 pm
Cita de: Iosaneta en Abril 17, 2016, 16:38:03 pm
Sigo el hilo...

¿Esto Jallacru de que se acabaron los saloncitos desde cuando es?, porque la nuestra lo tiene y esta homologada apenas hace unos pocos meses y paso todo sin problemas y supuestamente legalmente como Turismo-Vivienda...

Es una pena que estos temas no exista unanimidad y aun sigamos dando tumbos sin concreciones sobre tan delicado tema.
He incluso entre homologadores unos dicen una cosa y otros otra muy diferente, un lío, y :P las ITV cada cual a su pedo...

Salud.2


Sí, es una lástima que no exista unanimidad ni entre los homologadores. . . Quizás no me expresé bien. . .  Si homologamos a turismo -vivienda o furgo-vivienda, puedes poner los asientos donde quieras, mientras sean previamente homologados, admitidos por el fabricante y que dispongan de sus cinturones  reglamentarios y los asientos laterales tengan ventana. . . . . en el caso que comenté, me pareció que los muebles iban atados, luego  ficha puntualizó que eran muebles atornillados. . . .

En el caso de furgos, en las cuales se desee mantener el formato de mixta-adaptable, NO se pueden eliminar los asientos intermedios sin antes no haber eliminado los traseros. . . como dije se ha de empezar a sacar asientos desde detrás hacia adelante. " se acabaron los saloncitos" en las furgos mixtas.

He estado mirando tu camperización y has logrado un buen espacio. . .  y en fotos resulta muy agradable. .  te felicito. . .  Yo estoy camperizando la mía copiando de aquí y de allá. . . . . . quizás un día nos conozcamos personalmente.

Saludos

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 17, 2016, 23:54:54 pm
Ok, ahora lo entiendo, gracias por la explicación...
Me alegra te guste la furgo, y si, esto es un pañuelo y coincidiremos seguro.

Salud.2
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 18, 2016, 01:46:06 am
Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm

me agrada y me sorprende que exista gente con conciencia real de los riegos que implican la reformas y lo importante que es la seguridad, y que la gente se interese por ello. La mayoría de las veces, la gente quiere tener los papeles en regla y punto, y te enfrentas a contestaciones tipo: "es que otro me lo legaliza sin problemas"



Está claro que en esta vida decides como la vives y valoras como hacerlo. También esta claro que cuando acudes a un profesional este tiene que cumplir con su trabajo y lo que haga el cliente después depende de su voluntad.

Cuando uno compra un vehículo se le entrega un manual que dice como usarlo. Como en todo hay calidades y hay manuales. Hay quien los lee y hay quien los guarda y no les da uso. En los manuales te indican, donde y como llevar tu carga.

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
Para que se me entienda, una persona tiene un problema, y yo planteo diferentes soluciones, de entre las cuales, la del sistema desmontable. El propietario es el que siempre decide la soluciona adoptar desde el conocimiento de todas ellas.

Mi trabajo no es un policía de trafico, ni una ITV. Cada uno debe ser responsable de sus decisiones, siempre desde el conocimiento.


De que conocimiento hablas?
Como usuario uno se atiene al Reglamento General de Circulación.
Como propietario/promotor de los cambios que legalizarías aportas un proyecto con que se legaliza la reforma según tus indicaciones y tus cálculos.
En un mueble fijo, digamos el típico estilo california, se le harían cálculos para un determinado peso máximo (De hecho el manual de la T4 california te indica los pesos máximos en cada uno de los compartimentos). En tu "solución", obviando que el hecho que no lo considero adecuado por ir cara entre pasajeros, harías un cálculo para el peso del contenedor y para un peso X contenido, entiendo tendrás que dar indicaciones para que tenga ese conocimiento.
Hay usuarios que no tienes copia de los proyectos que pagan. Adiccionalmente soy de los que piensan que los productos deben de tener un manual de uso seguro y que cuando se modifica un producto, una furgo en este caso, se debe de prever las condiciones de utilización normales o razonablemente previsibles. Para este fin hay que documentar, crear un manual.

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
Temeridad o no, es cuestión de cada usuario. Es temerario igualmente conducir borracho y no por ello los supermercados dejan de vender alcohol. No puedes castigas a todos porque haya gente que no es responsable de sus actos, entraríamos en un sistema que nos prohibiría todo.


Ya, pero cuando sabes que alguien va a conducir no le invitas a alcohol, no. El responsable último es el que conduce está claro, pero a mi me quedaría un cargo de conciencia y por eso no lo hago...

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
La mesa es igualmente desmontable, y circular con ella seria igualmente "ilegal" según el manual de reformas. En esta caso es igualmente desmontable y no os habéis metido con si es bueno dejar a criterio del propietario si puede o no estar montada.


Las mesas, los asientos giratorios y las demás cosas que se mueven y pueden comprometer la seguridad de los usuarios tienen unas indicaciones para su uso seguro. En este caso falta. Es obvio y parto de que el uso es incompatible con el hecho de circular.

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
Como ejemplo, un solo tornillos de M6, de la calidad 6.8 puede soportar hasta 791 Kg a tracción y 273 Kg a cortadura. Igualmente se puede calcular la sección del cierre ........ En el anexo VI, indica que el punto de anclaje deberá soportar mas o menos 250 kg en un angulo de 15º, por lo que se emplean 2 tornillitos como los anteriores serian suficientes.

Las condiciones de los anclajes se recogen el proyecto, que según el manual debería redactar antes de realizar la reforma indicando como debe realizarse esta, y no como ocurre en la mayoría de los caso que se realiza  a posteriori.


Pero estamos hablando según el anexo de ensayos dinámicos. Este en concreto:

4. Descripción de los ensayos

4.1. Puntos de amarre.

Se escogerá un punto de amarre arbitrariamente en el vehículo.

Se someterá el punto de amarre a una fuerza de tracción de 250 daN y en un ángulo de aplicación no superior a 15º con respecto a la vertical.

El punto de amarre debe suponer el esfuerzo especificado en el punto anterior durante al menos 3 minutos.


¿Se haría este ensayo práctico?

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 22:51:00 pm
El tema da para mucho, y en el tema de la seguridad podríamos hablar de muchos aspectos, pero la normativa, bien o mal redactada, es la que hay que cumplir, y a partir de allí ya solo queda la responsabilidad de los propietarios.


Entiendo que este sistema es incompatible con el cumplimiento de la normativa y es en base a una interpretación intencionada.

Pretendes solucionar un problema manteniendo el problema y creando una falsa sensación de seguridad al posibilitar, teóricamante (proyecto, legalización...), el transporte de unos muebles que como son de quita y pon  .malabares

Si legalizar unos fijos con sus cálculos por pesos y dimensiones (por lo de las distancias a los ocupantes para evitar alcances en caso de accidente) también el propietario puede sacarlos y meter otros más grandes. Si, pero en ese caso quiebra la legalización de la reforma autorizada.

No siendo fijos es carga y reitero lo dicho.
Si haces eso específicamente para esos muebles en concreto entiendo que presumes que cuando circule debería llevar los muebles donde el fabricante determina (en el maletero) aun cuando posibilitas que esto no sea así y lo puedes presuponer fácilmente.

Es como llevar una instalación de gas fija pero argumentar que no hace falta boletín porque en el extremo de la bombona y en la cocina se instalan unos enganches rápidos para que cuando vayas a circular los desconectes y esperes que el propietario, los amigos a quien preste la furgo, sus posibles futuros propietarios... sepan que hay que desconectar el gas así y esperar que lo hagan.

Esto que propones es un camino que deja al propietario a expensas de tu interpretación y con la tranquilidad tuya de que presumes que tiene que hacerse responsable del uso y el mal uso que se haga...

Lo siento, pero no lo veo claro.

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: sergio merelo en Abril 18, 2016, 04:14:22 am
.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 18, 2016, 20:01:08 pm
Hola de nuevo,

veo que sigue habiendo discrepancia, y veo que se sigue presuponiendo lo que pienso o lo que hago. En mi caso yo nunca presupongo nada, ni hago afirmaciones gratuitas, sino que como podréis leer a continuación, las fundamento en la correspondiente normativa que la ampara. 

Insisto, yo propongo una solución LEGAL al 100% y totalmente valida, que sigue al 100% la normativa vigente y que depende de cada uno aceptarlo a no. No pongo una pistola a nadie, si presupongo nada, simplemente explico unos posibilidades reales.

Como veo que queremos entrar con detalle en los aspectos reglamentarios, vamos por tanto a analizar el marco legal que regula 100% la solución que propongo.

En primer lugar, como por la descripción del vehículo, el vehículo tiene clasificación 1000 (creo no equivocarme al hablar el propietario de sillones 8-9 plazas), por tanto NO ES DE APLICACIÓN los ensayos a los que hacer referencia del anexo VI del reglamente general de vehículos como queda claro en la tabla del punto 3 de requisitos mínimos a cumplir, donde no se especifica ensayo alguno para los vehículos con clasificación 10xx.

Veamos por tanto el procedimiento de legalización de dicha reforma, y quien seria en encargado de realizar dichos ensayos yo pruebas, aun en el caso de que fueran necesarios.

Por otro lado, según se recoge en el RD750/2015 que establece el procedimiento para legalización de reformas, se deberá justificar el correspondiente acto reglamentario en base a la directiva 74/60/CEE a fecha de primera matriculación del vehículo.

La reforma en cuestión que ampara esa modificación para un vehículo de la categoría M1 es 8.22.- Modificación, instalación o desinstalación de elementos en la zona de equipaje, o en el espacio destinado a los pasajeros distinto a la zona frontal del habitáculo del vehículo. Casualmente esta reforma NO NECESITA PROYECTO, por lo que sera el laboratorio que realice el correspondiente informe de conformidad el que tenga que hacerlos para justificar el cumplimiento de los correspondientes Actos reglamentarios. 

Estáis cargando contra mi, como ingeniero responsable, por hacer unos cálculos que NO EXIGE LA NORMATIVA.

La normativa no la he escrito yo, solamente me limito a aplicarla.

En caso de no estar de acuerdo con ella, deberás cargar contra el legislador, pero insisto, la solución es LEGAL al 100% y totalmente valida, que sigue al 100% la normativa vigente.

Adicionalmente, en el caso de una reforma con proyecto, la forma de calculo, hipótesis adaptadas.......... se reflejan en el correspondiente proyecto, para justificar cada una de esas decisiones, por lo que cualquier que se lo lea, tendrá conocimiento de todas la hipótesis de calculo en base a las cuales se redacta el proyecto, que como es lógico dependen de la experiencia y criterio del proyectista, y que por ello asume la correspondiente responsabilidad.

Por ultimo, no incito a nadie a hacer nada, ofrezco soluciones LEGALES. El que quiere las toma y el que no las deja.

En todo caso, sera el laboratorio que emita el informe de conformidad al que tendrás que achacar las interpretaciones torticeras de la norma, el incentivar el uso de dicha solución ............. y todo lo que se te ocurra, porque es el único que interviene en la legalización, junto con la estación de ITV.

Espero esto ayude a todo el mundo a entender donde esta el problema, que en caso de haberlo, estará en el legislador, y no en quien aplica la legislación.

Saludos,
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 18, 2016, 23:11:28 pm
Esta es la base de tu propuesta:

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:04:07 pm
La situación mas fácil es colocar un sistema desmontable. Te explico. Colocas sobre al duelo unas guías de fijación y luego unos anclajes a las paredes y/o al suelo. Estos anclajes deben ser de este tipo:

http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg (http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg)

http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg (http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg)

De esta manera legalizamos la estructura de anclaje, que va a cumplir con equipamiento interior y los muebles no es necesario legalizarlos porque no son fijos, según define el manual de reformas.

Así no debes de modificar los armarios y es un truco sencillo.



La interpretación que hago es a la misma y a ti por ser autor de ella. Esto no es una cuestión personal.
Cuando se planifica, se idea, se sopesan los pros y los contras...

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:46:48 pm

Por otro lado, no leerás en ningún momento que haya hablado del numero de personal que pueden circular en el asiento con las instalaciones montadas. Aquí ya es cuestión de cada uno, como si uno quiere circular con un cajón de cuchillos sobre las piernas.



Y aquí te pronunciaste, y claro supongo, o más bien asumo, lo que tu anticipas. No presupongo.

Te apoyas en la reforma 8.22 ACONDICIONAMIENTO INTERIOR
Acondicionamiento del espacio destinado a pasajeros y equipaje en vehículos M
8.22.- Modificación, instalación o desinstalación de elementos en la zona de equipaje, o en el espacio destinado a los pasajeros distinto a la zona frontal del habitáculo del vehículo.

La información adicional es esta:

INFORMACIÓN ADICIONAL
La reforma consistente en modificación o instalación de elementos en la zona de equipaje se aplicará cuando se sobrepase la altura de los respaldos de los asientos traseros.
Si la transformación afecta al campo de visión del retrovisor interior debe ser instalado el retrovisor exterior derecho.
Se permitirá la desinstalación de los airbag laterales o de cortinilla cuando dichos elementos sean un equipamiento opcional, y por tanto el vehículo sin dichos airbags continúe cumpliendo la reglamentación de seguridad pasiva relativa al choque lateral. En caso contrario, se garantizará la no interferencia en el normal funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores del vehículo después de la transformación, o la modificación del mismo, indicándolo expresamente en el informe de conformidad. De esta exigencia se excluyen a los vehículos para uso por el ejército, protección civil, servicio de bomberos y para responsables del
mantenimiento del orden público.
Esta reforma se aplica a transformaciones tales como: instalación de equipos o pantallas DVD en el techo o reposacabezas de los asientos del vehículo, equipos de sonido en maletero que superen la altura del respaldo de los asientos, entre otras.


Como lo metes por ahí y como no necesita proyecto... es por eso que dices que no hace falta cálculos y consideras que te reprochamos que hagas unos cálculos no necesarios según tu cauce legal?

¿Por que no lo haces por la 8.31?

8.31 Reformas que afecten al acondicionamiento interior de los vehículos
ACONDICIONAMIENTO INTERIOR
Acondicionamiento de vehículos cuando la cabina está integrada en la carrocería
8.31.- Instalación o desinstalación de elementos fijos que afectan a la estructura del espacio destinado a carga del vehículo
INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta reforma se aplica a transformaciones tales como: montaje de estanterías, isotermo, frigorífico, calorífico, refrigerante, forrados interiores, cabrestante, montaje de maquinaría, furgones vivienda, entre otras.
No se considera reforma la instalación de aire acondicionado en el interior del vehículo y generador de corriente para los vehículos vivienda


Por otra parte del PREÁMBULO del manual de reformas:

El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, en su artículo 3, punto 20, define el Manual de Reformas de Vehículos de este modo:
"Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las Comunidades Autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación..."

O sea el documento está elaborado por los técnicos y aprobado por el poder legislativo.

El manual se va corrigiendo y actualizando...¿Porque se equivoca el legislador?

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 18, 2016, 23:46:02 pm
Hola,

la explicación de porque va por una o otra reforma es mucho mas sencilla, y es un error que cometen también muchas ITV.

La reforma que planteo es para vehículos M1 y solo para este tipo de vehículo, como el que nos atañe, y es la única del manual para equipamiento interior en la zona de carga o pasajeros diferentes del frontal.

La reforma que tu planteas es para el resto de categorías, SIN incluir la M1, por lo tanto no la puedo aplicar a este vehículo.

No hay que buscar explicaciones raras, sino simplemente leer por entero cada una de las reformas y aplicarlas en cada caso correctamente.

Por otro lado, la reforma 8-22 cuando hace referencia a la frase "Esta reforma se aplica a transformaciones tales como..." lo hace con carácter enunciativo, que no limitativo.

Por ultimo, la normativa legal que regula las reformas es el Real Decreto 866/2010. Esta norma legal, se desarrolla a través de un manual, o cual permite mas agilidad y capacidad de modificación, pero el marco legal es el Real Decreto 866/2010, el cual, con cualquier reforma legislativa puede dejar sin efecto al manual de reformas, que no tiene el mismo rango legislativo.

Por tanto si el poder legislativo, delega el desarrollo de la normativa en un manual, que según tu criterio no seria el adecuado en algunos aspectos de seguridad, es un problema y por tanto un error del legislativo y no del técnico que realiza el manual, que por otro lado es parte del mismo ministerio que ha preparado y presentado el Real Decreto 866/2010 al consejo de ministros para su aprobación.

Saludos,

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 19, 2016, 00:34:16 am
Si está en lo cierto la 8.31 no es aplicable a M1

Y la reforma 8.32?

Reformas que afecten al acondicionamiento interior de los vehículos
ACONDICIONAMIENTO INTERIOR
Acondicionamiento de vehículos cuando la cabina está integrada en la carrocería
8.32.- Ambulancias, funerarios, blindados y autocaravanas

Si te autorizan eso que pretendes por la 8.22 eso es un coladero sin sentido.


Desde luego que sigo pensando que es una irresponsabilidad proponer la solución tuya.

El Real Decreto 866/2010, en su declaración de motivos, dice:

...
En consecuencia, el objeto de este real decreto es aprobar una nueva y completa regulación en esta materia, procediendo a recoger la experiencia práctica de la aplicación de la norma que se sustituye y a integrar la evolución técnica. Además la nueva regulación tiene en cuenta las normas del Derecho de la Unión Europea, para asegurar mejor las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que concierne a la protección al medio ambiente, así como para colaborar en la defensa de los derechos de los consumidores.
...

Directamente incumple el articulo 1 del RD 866/2010

Artículo 1. Objeto.
Constituye el objeto de este real decreto la regulación del procedimiento para la realización y tramitación de las reformas efectuadas en vehículos después de su matriculación definitiva en España con el fin de garantizar que tras la reforma se siguen cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para su circulación.


Quieres posibilitar a tu cliente que transporte carga (asimilado, equipaje, equipamiento o como le quieras llamar) amparado en un sistema desmontable que denominas TRUCO para eludir un trámite mayor, más dificultoso y/o imposible de cumplir.
Propones un sistema que tiene dos partes; una fija que se queda en el suelo y otra parte colocado en los muebles que el cliente ponga y a expensas de que lo haga bien y con el falso "dictamen" de que se puede llevar ahí obviando la seguridad de los pasajeros y incumpliendo de Reglamento General de Circulación.

¿Vas a dar unas indicaciones técnicas para montar la parte del mecanismo desmontable que va en el mueble?

Imaginemos que eso va en el maletero. Sigue siento peligroso: no hay requisitos, cálculos, resistencia estimadas ...

No se tienen en cuenta aspectos como el comportamiento de los mecanismos de conexión, el comportamiento conjunto.

La parte desmontable puede ser cualquiera cosa, por lo que no existe unha evaluación correcta del sistema de anclaje y de los posibles puntos críticos del sistema...

No acreditas que tu propuesta sea segura.

Un saludo!




Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 19, 2016, 23:22:48 pm
Hola de nuevo,

lamento el retraso en contestar.

En cuanto a la reforma que planteas la normativa vuelve a ser tozuda y no permite usarla. Me explico.

La reforma 8.32 nos remite como normativa de cumplimiento al Anexo XI de la directiva 2007/46/CE.

El ANEXO XI trata de "NATURALEZA DE LOS VEHÍCULOS ESPECIALES Y DISPOSICIONES SOBRE ELLOS"

Hasta aquí todo bien, pero, que se considera autocaravana, Pues muy sencillo, vamos al ANEXO II de la misma directiva para ver realmente las definiciones. Leemos textualmente:

Por «autocaravana» se entenderá todo vehículo especial de categoría M fabricado de modo que incluya una zona habitable con el equipo mínimo siguiente:
-- asientos y mesa,
-- camas, que pueden formarse por conversión de los asientos,
-- cocina,
-- armarios.
Este equipamiento estará sujeto firmemente en la zona habitable; aunque la mesa podrá diseñarse para poder quitarla con facilidad.


Como nuestro vehículo en cuestión NO tiene cocina, no es por tanto autocaravana, y por tanto no puedo aplicar esta reforma.

Por tanto, como indicaba la ÚNICA Reforma posible es la 8-22.

Por tanto repito, el único que tiene que acreditar la seguridad técnica de la solución propuesta es el laboratorio que realice el informe de conformidad.

Saludos,




Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 20, 2016, 00:43:44 am
Si es correcto lo que dices por exclusión de otras posibilidades... vale para M1 y se pide Informe de Conformidad y Certificado del Taller. El Informe de Conformidad lo da el laboratorio y este informe solo puede ser positivo si supera las pruebas que se determinen y el resultado no contradiga la normativa que tiene que cumplir el vehículo para circular.

Entiendo que tu diseñas el dispositivo desmontable y el elaboras la documentación para laboratorio. No tienes que justificar los que por este hilo no contestas:

-Para que es el dispositivo? Será para un peso máximo, entiendo. El centro de gravedad influye en los cálculos/ensayos por lo que ya tenemos volumen y densidad media. Entonces tenemos dimensiones de algo que es fantasmagórico porque se hace el sistema desmontable para que no figuren.

-Si es desmontable...que es y para que es lo que se monta? La estructura fija al suelo es para algo, no es decorativa. Ah es un contenedor (mueble); no es una pantalla, ni un altavoz ni nada que se le parezca ni que se le puede asimilar.

A mi solo me salen muebles no legalizados o carga irregularmente transportada y por lo tanto insegura.



Y por esto de la 8.22 me acuerdo de esto http://www.furgovw.org/index.php?topic=317082.0

O sea, hay laboratorios que usan la 8.22 para hacer una 1048 y por eso a Pinxito_90 le exigen que haga algo por encima del la linea del respaldo ya que la información adicional dice: "La reforma consistente en modificación o instalación de elementos en la zona de equipaje se aplicará cuando se sobrepase la
altura de los respaldos de los asientos traseros.
".

O sea que en realidad es un 1000 ya que como no puede se 1048 porque ahora solo se autorizan los 2448. Entiendo que por lectura inversa, como no existe turismo vivienda y si furgón vivienda... pues se hace un turismo que no sea vivienda porque le falta uno de los requisitos para serlo. Rocambolesco!!!

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: URDULIZ en Abril 20, 2016, 13:15:06 pm
A
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Argibay en Abril 20, 2016, 13:20:51 pm
 .ereselmejor. Por esta explicacion.
Gracias.
Y al resto de gente que participa en este hilo.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: beep-beep en Abril 20, 2016, 13:22:31 pm
Interesante. Me gustaria saber mas sobre una posible colocacion de nuevos puntos de anclaje, ya que tengo un cajon/baul trasero que me baila un poco. Habria que homologar/certificar ese propio punto de anclaje. Las cinchas a las anillas son una solucion pero enseguida se me mueven
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Techies1400 en Abril 20, 2016, 13:40:37 pm
Yo tengo una duda y la cuelo aqui. Si yo tengo un vehículo que consta como turismo en la normativa y queremos poder usar el vehiculo como camper y como vehiculo convencional (con todo el maletero atras) y poder variar, directamente me miro el desmontable. Pero si le ponemos una claraboya, la cual hay que homologar, un respiradero que también hay que homologar y una calefacción estatica que todavia no comprendo si si o si no y como digo queremos poder usarlo también como convencional. Nosotros hemos hecho un mueble que ira a las fijaciones del suelo con una cadena y un tensador. Pero esto es legal? Se podria homologar (creo que no) en caso de que no pero sea legal que segun veo en empresas especializadas si es legal. ¿Que hacemos homologar calefa  claraboya y respiradero y que lo demás sea carga siendo el mueble excluido de esta? ¿Que seria turismo o turismo vivienda? ¿La calefa podria ir en los bajos con un soporte casero legalizado y seguro en caso de que se tenga que homologar?

Gracias de antemano y perdón por este tiroteo de preguntas
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Argibay en Abril 20, 2016, 13:50:22 pm
Yo la tengo como mixta,y homologado:
dos depósitos de agua en los bajos,limpia y sucia,dos claraboyas,y dos arcones en los pasos de rueda.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 20, 2016, 15:31:30 pm
La calefacción estática es una reforma de importancia, tanta importancia tiene desde el momento que tienes que agujerear el deposito...

Para ser Turismo-Vivienda a falta de confirmar requiere de unos requisitos muy concretos como llevar cama, mesa, cocina mínimo, si no estoy en lo cierto agradezco la corrección...

Salud.2

Cita de: Techies1400 en Abril 20, 2016, 13:40:37 pm
Yo tengo una duda y la cuelo aqui. Si yo tengo un vehículo que consta como turismo en la normativa y queremos poder usar el vehiculo como camper y como vehiculo convencional (con todo el maletero atras) y poder variar, directamente me miro el desmontable. Pero si le ponemos una claraboya, la cual hay que homologar, un respiradero que también hay que homologar y una calefacción estatica que todavia no comprendo si si o si no y como digo queremos poder usarlo también como convencional. Nosotros hemos hecho un mueble que ira a las fijaciones del suelo con una cadena y un tensador. Pero esto es legal? Se podria homologar (creo que no) en caso de que no pero sea legal que segun veo en empresas especializadas si es legal. ¿Que hacemos homologar calefa  claraboya y respiradero y que lo demás sea carga siendo el mueble excluido de esta? ¿Que seria turismo o turismo vivienda? ¿La calefa podria ir en los bajos con un soporte casero legalizado y seguro en caso de que se tenga que homologar?

Gracias de antemano y perdón por este tiroteo de preguntas
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Techies1400 en Abril 20, 2016, 15:56:45 pm
Ok, me espero a que confirme alguien. La instalación de la claraboya tengo entendido que la ha de hacer un profesional con el papel correspondiente, ¿no? ¿Algo mas que tenga que hacer un profesional si es que lo tiene que hacer un profesional?
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 20, 2016, 17:39:09 pm
Cita de: Techies1400 en Abril 20, 2016, 15:56:45 pm
Ok, me espero a que confirme alguien. La instalación de la claraboya tengo entendido que la ha de hacer un profesional con el papel correspondiente, ¿no? ¿Algo mas que tenga que hacer un profesional si es que lo tiene que hacer un profesional?


Entiendo que se asimila a techos solares y ventanillas. Y siendo más altos modifican un dato básico: la altura del vehículo.

Grupo Nº 8. Carrocería
(8.51)

INFORMACIÓN ADICCIONAL

Cuando la apertura de ventanillas o techos solares no afecten a la estructura, esta reforma se tramitará sin necesidad de
proyecto técnico, ni certificado de ejecución de obra.


Se deduce que si es preciso Informe de Conformidad y Certificado del Taller.

Y en el informe de conformidad:  En el caso de apertura de ventanillas o techos solares que no afecten a la estructura deberá indicarse de
forma expresa esta circunstancia.


A ver que dicen los expertos, que de este tema hubo muchas opiniones...

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 20, 2016, 17:40:31 pm
Ya me estaba sintiendo como el llanero solitario en este hilo  ;)  :D

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: beep-beep en Abril 20, 2016, 17:41:16 pm
Claraboyas y techos seta, hay quien argumenta la misma cosa.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 20, 2016, 22:44:46 pm
Hola a todos,

uno se despista un poco y el hilo se dispara. Me alegro que se despierte interés.

Querido (+gvr), espero no te moleste que te tutee y el trato, porque a este paso vamos a acabar siendo íntimos, cada uno con nuestros puntos de vista.

Tengo que discrepar con lo que dice. Si se legaliza por la reforma 8-22 no es necesario que yo haga ningún calculo................. de eso se encarga el laboratorio, que es el que hará los ensayos que considere oportuno, y solicitara las explicaciones de uso al cliente para ver si el uso previsto cumple con la normativa y así poder emitir el informe.

Este procedimiento, de legalizar a través de la 8-22 cuenta también con las bendiciones de ENAC, por lo menos hasta que lean este hilo.

En cuanto a URDULIZ, en primer lugar un placer conocerte y charlar contigo, pero yo también discrepo con lo que tu dices, para variar  :).

El vehículo es un M1 siendo de 8-9 plazas y puedo poner los cajones perfectamente.

Como bien sabes, puede ser un M1 clasificándolo como mixto, por lo que los asientos pueden desmontarse.  Como dice el manual, sino anulo los anclajes de los asientos, las plazas siguen vigentes. Por tanto puedo legalizar los anclajes para las cajoneras con 8-9 plazas. Físicamente cuando lleve plazas no llevare los elementos que sea anclados en esos anclajes (anclajes que pueden sujetar cualquier elemento, no tienen que ser cajoneras),  y viceversa.

En ningún momento he hablado de sujetar los anclajes a la madera. Hablaba de unas guías para colocar los cajones y que permitan así la sujeción a los anclajes. El vehículo es M1 y como lo hemos hecho mixto, puede llevar carga (los cajones) y pasajeros.

A partir de aquí las suposiciones sobre, peso, muebles........................ no tienen sentido.

Tengo un M1, 9-8 plazas, que puede llevar carga y pasajeros y entre esa carga puedo colocar unos muebles sujetos a unos anclajes legalizados.

Todo perfectamente LEGAL y todo dentro de la normativa. Puede gustar o no, pero es la normativa vigente.


Saludos,


Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 21, 2016, 00:05:44 am
Cita de: COC-Homologation en Abril 20, 2016, 22:44:46 pm
Querido (+gvr), espero no te moleste que te tutee y el trato, porque a este paso vamos a acabar siendo íntimos, cada uno con nuestros puntos de vista.


Encantado...

Cita de: COC-Homologation en Abril 20, 2016, 22:44:46 pm
Tengo que discrepar con lo que dice. Si se legaliza por la reforma 8-22 no es necesario que yo haga ningún calculo................. de eso se encarga el laboratorio, que es el que hará los ensayos que considere oportuno, y solicitara las explicaciones de uso al cliente para ver si el uso previsto cumple con la normativa y así poder emitir el informe.


Imagino que algo de cálculo tiene que haber para el cliente no tenga que ir 40 veces. Unos posts atrás ya hacías estimaciones y anticipas un diseño a ejecutar que se supone que es adecuado a lo que se pretende. Es tu idea.

¿Un cliente acude a ti y le indicas que si, que le meta unos cierres de cangrejo y que se vaya al laboratorio a ver si aguanta? Entendía que no. Pensaba que calculabas para el cliente porque el cliente no es calculista y el laboratorio ensaya, no calcula.

Ironía ON Si el cliente te comenta que cuando le preguntan por el uso va a decir que quiere que le aprueben ese sistema porque quiere llevar unos muebles pero que así evita legalizarlos, tu le vas a apoyar no? Ironía OFF

Cita de: COC-Homologation en Abril 20, 2016, 22:44:46 pm
Físicamente cuando lleve plazas no llevare los elementos que sea anclados en esos anclajes (anclajes que pueden sujetar cualquier elemento, no tienen que ser cajoneras),  y viceversa.


Eso, los muebles entre las dos filas de asientos como la carga, no puede ir delante de los asiento traseros. El volumen de carga configurable va de atrás hacia adelante.

Del RGV:

2.4. Dispositivo de retención Es aquel dispositivo (por ejemplo: red, roja, barras) que está situado detrás de los asientos que limitan directamente con el plano de carga y que separa total o parcialmente la zona de pasajeros del espacio de carga para proteger a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga.

Así que o es una cosa fija de unas dimensiones determinadas comprobada que guarde una distancia determinada para que no sea un peligro para los pasajeros o no veo posibilidad de legalizar una cosa cuya función es evitar legalización de su finalidad que es llevar muebles sin legalizar.

Al final le pedirán esto o más:

3.1. Anclajes para dispositivos de amarre o simplemente puntos de amarre de la carga.
3.1.3. Los puntos de amarre deberán soportar durante al menos 3 minutos las fuerzas del ensayo realizado según el apartado 4.1. Se admiten deformaciones permanentes siempre y cuando se mantenga la función de punto de amarre.

4. Descripción de los ensayos
4.1. Puntos de amarre.
Se escogerá un punto de amarre arbitrariamente en el vehículo.
Se someterá el punto de amarre a una fuerza de tracción de 250 daN y en un ángulo de aplicación no superior a 15º con respecto a la vertical.
El punto de amarre debe suponer el esfuerzo especificado en el punto anterior durante al menos 3 minutos.


Cita de: COC-Homologation en Abril 20, 2016, 22:44:46 pm
En ningún momento he hablado de sujetar los anclajes a la madera. Hablaba de unas guías para colocar los cajones y que permitan así la sujeción a los anclajes.


No te entiendo.

Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:04:07 pm
La situación mas fácil es colocar un sistema desmontable. Te explico. Colocas sobre al duelo unas guías de fijación y luego unos anclajes a las paredes y/o al suelo. Estos anclajes deben ser de este tipo:

http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg (http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg)

http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg (http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg)



¿qué enganchas a qué? Si los muebles son de madera, pues madera...

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Techies1400 en Abril 21, 2016, 07:08:26 am
Con ese lenguaje tan técnico no hay quien entienda algo...
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: jallacru en Abril 21, 2016, 13:19:44 pm
Cita de: Techies1400 en Abril 21, 2016, 07:08:26 am
Con ese lenguaje tan técnico no hay quien entienda algo...


Yo también me he perdido hace rato.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: beep-beep en Abril 21, 2016, 16:25:29 pm
A mi me esta gustando el hilo. Se hace referencia a la reforma, su porqué y su posibilidad o no, la explicación tecnica, todo ello con sus mas y sus menos. Muchas veces decimos que es reforma, y papel del tecnico, y directo a caja del ingeniero psando por ITV y la gente se queda tan pancha, cuando simplemente no cumple un requisito y al cambiar de ITV el ingeniero nos retira la ficha pendiente de que lo subsanes, si puedes hacerlo. Vamos, que no todo es pasarse por el Hiperbrikocenter el sabado aprovechando que hacemos la compra de la semana.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 21, 2016, 18:21:42 pm
Cita de: beep-beep en Abril 21, 2016, 16:25:29 pm
Muchas veces decimos que es reforma, y papel del tecnico, y directo a caja del ingeniero psando por ITV y la gente se queda tan pancha, cuando simplemente no cumple un requisito y al cambiar de ITV el ingeniero nos retira la ficha pendiente de que lo subsanes, si puedes hacerlo.


Creo ??? entender que puede ocurrir que en una ITV pueden dar por bueno un estudio homologado de una camperizacion y luego ir a otra ITV y el ingeniero cuestionarlo, retirarte la ficha y obligarte a rehacer algo que supuestamente estaba bien echo según un laboratorio, homologador y otra ITV?  .loco1

Salud.2
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 21, 2016, 21:10:40 pm
Hola de nuevo,

Me alegra oír que alguien tiene interés en este peñazo normativo y entiendo que algunos os perdáis con tanta normativa, así que os hare un resumen.

•   Se plantea la posibilidad de legalizar unos cajones en una furgo ver fotos al comienzo del hilo)
•   Yo plantea la solución de no hacerlos fijos y legalizar unos anclajes que nos sirvan para poder sujetarlos cuando se deseen llevarlos.
•   Esta solución se legaliza mediante la reforma 8-22 que solo requiere informa de conformidad y cert. de taller

Se ha estado discutiendo si había que hacer  cálculos o no, ensayos o no, si era necesario reducir plazas.......... Pero la normativa dice lo que dice, y es que este camino en TOTALMENTE LEGAL, y que es el laboratorio el que hará lo que estime oportuno para emitir el informe de conformidad.

Hasta aquí es una solución al problema plantado que puede o no gustar, pero es válida.

Luego  se puede discutir si la normativa trata este tema de la mejor forma o no, pero como ejemplo, cambiar un motor requiere los mismo, un simple informe de conformidad, por poner un ejemplo.

Saludos,

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Techies1400 en Abril 21, 2016, 23:29:20 pm
Ok, voy entendiendo... Me quedo por aqui
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: beep-beep en Abril 22, 2016, 13:43:47 pm
Cita de: Iosaneta en Abril 21, 2016, 18:21:42 pm
Creo ??? entender que puede ocurrir que en una ITV pueden dar por bueno un estudio homologado de una camperizacion y luego ir a otra ITV y el ingeniero cuestionarlo, retirarte la ficha y obligarte a rehacer algo que supuestamente estaba bien echo según un laboratorio, homologador y otra ITV?  .loco1

Salud.2


A groso modo, como lo dices. Creo haberlo leido en algún post bastante reciente.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 22, 2016, 13:56:05 pm
Cita de: beep-beep en Abril 22, 2016, 13:43:47 pm
A groso modo, como lo dices. Creo haberlo leido en algún post bastante reciente.


No me lo puedo creer, >:( increíble, pues nada a la misma ITV pienso ir siempre que dieron por bueno nuestro proyecto, no :P sea que...

Salud.2
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: beep-beep en Abril 22, 2016, 14:00:39 pm
Cita de: Iosaneta en Abril 22, 2016, 13:56:05 pm
No me lo puedo creer, >:( increíble, pues nada a la misma ITV pienso ir siempre que dieron por bueno nuestro proyecto, no :P sea que...

Salud.2


Yo te recpomendaria una, la de Arbizu en la Sakana. Y a la vuelta te pillas unas ricas txistorras en la fabrica allí mismo, esta al lado. Los sabados hay que ir con mucha antelacion, pero entre semana a primera hora de la tarde si te plantas alli un rato antes, te atienden enseguida. Y no es propaganda einnnn.
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Argibay en Abril 22, 2016, 14:01:08 pm
 .spain
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Iosaneta en Abril 22, 2016, 14:01:57 pm
Cita de: beep-beep en Abril 22, 2016, 14:00:39 pm
Yo te recpomendaria una, la de Arbizu en la Sakana. Y a la vuelta te pillas unas ricas txistorras en la fabrica allí mismo, esta al lado. Los sabados hay que ir con mucha antelacion, pero entre semana a primera hora de la tarde si te plantas alli un rato antes, te atienden enseguida. Y no es propaganda einnnn.



Jajaja!! hay ;D lo hicimos justamente...
Salud.2
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: URDULIZ en Abril 23, 2016, 13:47:10 pm
A
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: COC-Homologation en Abril 23, 2016, 19:48:19 pm
Hola,

Cita de: URDULIZ en Abril 23, 2016, 13:47:10 pm

No me ha parecido haber leido que el vehículo sea mixto, me parece haber leido turismo.
Creo haber leido  multivan, en teoría debiera ser turismo y generalmente son de 7 plazas, donde 2 son mirando hacia atrás. No son en teoría ni 5,ni 8, ni 9.



No digo que sea mixto, sino que "puede ser un M1 clasificándolo como mixto", es decir, que puedo pasarlo a mixto, dado que los asientos son desmontables y la definicion es:"Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos."

Cita de: URDULIZ en Abril 23, 2016, 13:47:10 pm

El laboratorio no hace ningún estudio de cálculos. Se basa en los cálculos que le envía el ingeniero y los cruza con los que dispone del fabricante y emite un informe favorable o desfavorable.
O sea, contrasta los cálculos que le envía el ingeniero con las fichas de las homologaciones sobre la que va a recaer el informe que emiten.



En este caso el ingeniero no debe hacer ningún calculo, a no ser que lo pida el laboratorio para emitir el informe de conformidad. Sera el laboratorio el que podrá pedirlos o no según estime oportuno, pero el manual no pide calculo alguno. Igualmente sera el laboratorio el que estime si son necesarios o no los ensayos y de que tipo.

Cita de: URDULIZ en Abril 23, 2016, 13:47:10 pm

El enac....... no funciona así , si haces la pregunta correcta, y sigues el procedimiento correcto, verás que no funciona como elemento de consulta.



Cuando me refiero a ENAC lo hago desde el punto de vista de auditor, es decir, ha auditado a laboratorios que han emitido informes de conformidad como los que planteo, y en concreto alguna de dichas reformas, y no ha puesto objeción a ellas, por lo que implícitamente lo da por bueno. No me refería ha realizar ninguna consulta.

Saludos,

Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: Kiyo74 en Abril 24, 2016, 20:28:01 pm
Cita de: COC-Homologation en Abril 17, 2016, 14:04:07 pm
Hola,

La situación mas fácil es colocar un sistema desmontable. Te explico. Colocas sobre al duelo unas guías de fijación y luego unos anclajes a las paredes y/o al suelo. Estos anclajes deben ser de este tipo:

http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg (http://www.leroymerlin.es/img/r25/42/4202/420201/12728926/12728926_z1.jpg)

http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg (http://ecx.images-amazon.com/images/I/412jMJMRT4L.jpg)

De esta manera legalizamos la estructura de anclaje, que va a cumplir con equipamiento interior y los muebles no es necesario legalizarlos porque no son fijos, según define el manual de reformas.

Así no debes de modificar los armarios y es un truco sencillo.

Saludos,


Hola. Me gusta esta idea sencilla....
¿Podrías mostrar alguna imagen del tipo de guia de fijación en la que se pueda enganchar los anclajes de los links que muestras?
Mis muebles no van anclados al suelo ni a ningún sitio. Simplemente van encajados de manera que no se mueven para ningún sitio...
Son dos arcones laterales y un mueble mesa encajado detrás, entre los dos arcones. Y va encanchado a los arcones por dentro con un pestillo a cada lado...
Lo único que tiene atornillado al parquet es un tablero que hace de tope al mismo tiempo que de suelo...
No sé si me estoy explicando bien.....espero que me entiendas.

Como bien dices, es posible homologar guias de fijación y luego poder ponerle anclajes para sujetar los muebles...
Hasta ahora es la idea que más me ha gustado para poder llevar los muebles sin que me multen y sin tener que gastar tanto en homologaciones....
Muchas gracias por adelantado.

Saludos
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: +gvr en Abril 24, 2016, 20:37:04 pm
Si, a ver si con este planteamiento, y con la ayuda del Leroy Merlin, igual se supera a Sortimo  .meparto

Cita de: +gvr en Abril 17, 2015, 12:33:35 pm
Y hablando de muebles aquí se ve muy claramente la diferencia entre algo bien diseñado y elaborado, y algo más o menos funcional pero improvisado...

http://www.youtube.com/v/vI-jUD0SUUs

Un saludo!


Lo siento, pero es que sigo sin verlo. Ni en seguridad ni en encaje legal...

Un saludo!
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: URDULIZ en Mayo 05, 2016, 09:53:59 am
A
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: trakamon en Mayo 05, 2016, 11:47:28 am
me engancho a este hilo....
muy interesante
Título: Re:Podre legalizar-homologar esto
Publicado por: ficha en Diciembre 31, 2016, 23:57:03 pm
Hola gente que tal, veo que este hilo ha dado para mucho y no lo había seguido hasta hoy por que entraba en el foro siempre offline  .hacha
Bueno se que hace ya mucho tiempo del ultimo post pero como veo que llevó a múltiples aspectos técnicos y reglamentaciones quiero poner por aquí lo que pone mi ficha técnica ya que por lo que he entendido decís que tiene 9 plazas y sin sujeciones de fabrica.
No se si valdrá para algo o para crear mas confusión jejejejeej pero en mi ficha pone esto (3100 VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE) y en la parte de reformas autorizadas pone esto (300NFM6A503177GC/15/01) que no se que coño es, puede ser que mis dos asientos individuales (tengo en total 7 plazas) traen de fabrica arnés de niños pequeños o la puesta corredera lado conductor, la verdad ni zorra idea.
Ya que estoy decir que de momento estoy solo aislando suelo y paredes y voy a poner depósitos en los bajos casi seguro en un 90%  .loco1 y ya los muebles no se si hacer los típicos arcones detrás de los dos asientos individuales tipo furgonania o ya ponerme en serio y transformar a vivienda.
Aaaahhh y la furgo trae anclajes dos atrás del todo dos a la mitad justo donde finaliza la puesta corredera y dos justo detrás de los asientos piloto y copiloto.
Hago esta respuesta por si sirve de aclaratoria a los que son mas técnicos de por aquí y que han dado sus opiniones.
Saludos a todos y feliz fin de año.