Hola,
Según tengo entendido, mientras no sobrepases el perímetro del vehículo (ni con ventanas), ni pongas calzos, ni tires residuos, estás aparcado y no acampado. O sea, abrir una claraboya en el techo, o un techo elevable, no debería ser considerado como acampar.
En otro hilo parece que en algún sitio se cebaron con gente que estaba con el techo levantado, porque según la autoridad competente, levantar el techo es acampar.
Yo no estaba presente en los hechos, por lo que no sé cómo fue la cosa.
La eterna pregunta tío. En teoría según esa famosa normativa es como tú dices, legal si no sobrepasas el perímetro. Pero como siempre, cada uno hace lo que le da la gana y si les da la gana decir que el techo entra en el perímetro, pues ponte a discutir con ellos.... :(
A mí me gustaría que quedase claro para todo el mundo de una vez...pero veo que esto va para largo, si es que alguna vez se resuelve...
Segun la legislación no es acampar levantar el techo mientras que no superes el perimetro que por lo tanto no superas hacia arriba, ya que se supone que estas acampado si superas los perimetros hacia los lados, pero en fín esto hay todo un post hablando de ello y ahora se ha creado otro. .panico
Cita de: tpldp en Abril 09, 2015, 12:32:16 pm
La eterna pregunta tío. En teoría según esa famosa normativa es como tú dices, legal si no sobrepasas el perímetro. Pero como siempre, cada uno hace lo que le da la gana y si les da la gana decir que el techo entra en el perímetro, pues ponte a discutir con ellos.... :(
A mí me gustaría que quedase claro para todo el mundo de una vez...pero veo que esto va para largo, si es que alguna vez se resuelve...
Bueno, la definición de perímetro está muy muy clara, y la altura es un concepto diferente. De hecho si, pasándose por el arco del triunfo la definición de perímetro, considerasen que aumentar la altura con cualquier objeto es sobrepasar el perímetro, los que usen bacas y demás tienen un problema.
http://lema.rae.es/drae/?val=per%C3%ADmetro (http://lema.rae.es/drae/?val=per%C3%ADmetro)
Posiblemente, si las fuerzas del orden te quieren crujir por acampar alegando que se sobrepasó el perímetro, sería muy interesante que en la denuncia especifiquen por qué entienden que el perímetro se sobrepasó. Quiero decir, si el señor agente escribe en la denuncia algo así como "acampar" y no especifica nada más, te la han metido doblada.... pero si pone en la denuncia, "por exceder el perímetro con el techo elevable", otro gallo canta.
No sé hasta qué punto se puede exigir que indiquen bien el motivo de la denuncia.
Cita de: kinicruise en Abril 09, 2015, 13:03:08 pm
Segun la legislación no es acampar levantar el techo mientras que no superes el perimetro que por lo tanto no superas hacia arriba, ya que se supone que estas acampado si superas los perimetros hacia los lados, pero en fín esto hay todo un post hablando de ello y ahora se ha creado otro. .panico
@kinicruise: he leído varios hilos que tratan del eterno problema de si estamos acampados o pernoctados o aparcados. Simplemente quería aclarar este punto en particular, sin más.
Cita de: estresao en Abril 09, 2015, 13:04:56 pm
Bueno, la definición de perímetro está muy muy clara, y la altura es un concepto diferente. De hecho si, pasándose por el arco del triunfo la definición de perímetro, considerasen que aumentar la altura con cualquier objeto es sobrepasar el perímetro, los que usen bacas y demás tienen un problema.
http://lema.rae.es/drae/?val=per%C3%ADmetro (http://lema.rae.es/drae/?val=per%C3%ADmetro)
Posiblemente, si las fuerzas del orden te quieren crujir por acampar alegando que se sobrepasó el perímetro, sería muy interesante que en la denuncia especifiquen por qué entienden que el perímetro se sobrepasó. Quiero decir, si el señor agente escribe en la denuncia algo así como "acampar" y no especifica nada más, te la han metido doblada.... pero si pone en la denuncia, "por exceder el perímetro con el techo elevable", otro gallo canta.
No sé hasta qué punto se puede exigir que indiquen bien el motivo de la denuncia.
Estresao, puedes exigir que especifiquen el motivo de la denuncia(deberian hacerlo ya de por si) pero si no lo hacen puedes solicitar la presencia del sargento por no estar de acuerdo o no entender el motivo de la denuncia. Sino llamas a la policia si crees que no estan especificando o poniendo el motivo de la denuncia y se levanta un "atestado" en el que debe ir todo especificado.
Pero creo que eso del perimetro...para beneficiarnos no sirve puesto que si pasas el perimetro te multan y CREO(no se a ciencia cierta) que si no lo pasas, pero el agente interpreta que estas acampando también te pueden multar.
Cita de: nico_t4 en Abril 09, 2015, 13:15:08 pm
Estresao, puedes exigir que especifiquen el motivo de la denuncia(deberian hacerlo ya de por si) pero si no lo hacen puedes solicitar la presencia del sargento por no estar de acuerdo o no entender el motivo de la denuncia. Sino llamas a la policia si crees que no estan especificando o poniendo el motivo de la denuncia y se levanta un "atestado" en el que debe ir todo especificado.
Pero creo que eso del perimetro...para beneficiarnos no sirve puesto que si pasas el perimetro te multan y CREO(no se a ciencia cierta) que si no lo pasas, pero el agente interpreta que estas acampando también te pueden multar.
@nico_t4, en realidad no es interpretar lo del perímetro para beneficiarnos, es que el perímetro es lo que es, y si la ley dice que no se puede sobrepasar el perímetro, pero no está diciendo nada de la altura, al menos en mi idioma, que es Español Castellano.
Otra cosa es la interpretación que el agente quiera hacer de los hechos, por eso creo, que mientras mejor especificada la infracción, más fácil será luego recurrirla.
Cita de: estresao en Abril 09, 2015, 13:38:51 pm
@nico_t4, en realidad no es interpretar lo del perímetro para beneficiarnos, es que el perímetro es lo que es, y si la ley dice que no se puede sobrepasar el perímetro, pero no está diciendo nada de la altura, al menos en mi idioma, que es Español Castellano.
Otra cosa es la interpretación que el agente quiera hacer de los hechos, por eso creo, que mientras mejor especificada la infracción, más fácil será luego recurrirla.
O no me entendiste o me explique mal.
Me refiero a que lo del perimetro no nos beneficia en el sentido de que si lo pasas te multan, y si no lo pasas te pueden multar igual por considerar que estas acampado, osea que no es algo muy fiable el pensar que si no pasas el perimetro no te multan.
No se si me explique o la lie mas jajajaja. .meparto
Cita de: nico_t4 en Abril 09, 2015, 13:52:25 pm
O no me entendiste o me explique mal.
Me refiero a que lo del perimetro no nos beneficia en el sentido de que si lo pasas te multan, y si no lo pasas te pueden multar igual por considerar que estas acampado, osea que no es algo muy fiable el pensar que si no pasas el perimetro no te multan.
No se si me explique o la lie mas jajajaja. .meparto
Que no es algo que digamos, mientras no pase el perimetro no me pueden multar.
Cita de: nico_t4 en Abril 09, 2015, 13:52:25 pm
O no me entendiste o me explique mal.
Me refiero a que lo del perimetro no nos beneficia en el sentido de que si lo pasas te multan, y si no lo pasas te pueden multar igual por considerar que estas acampado, osea que no es algo muy fiable el pensar que si no pasas el perimetro no te multan.
No se si me explique o la lie mas jajajaja. .meparto
Ahora si .sombrero
Entendido, lo que parece que ocurrió es que el señor agente dijo que levantar el techo es acampar porque sobrepasa el perímetro. Voy a intentar enredar a otra gente que posiblemente tenga más información del caso.
Cita de: estresao en Abril 09, 2015, 13:56:11 pm
Entendido, lo que parece que ocurrió es que el señor agente dijo que levantar el techo es acampar porque sobrepasa el perímetro. Voy a intentar enredar a otra gente que posiblemente tenga más información del caso.
Hombre...si el motivo de la multa es ese..yo la recurriria porque el concepto de la multa es erroneo. Cualquier abogado por telefono te ayudara a resolver la duda encantado.
Respuesta corta: NO, tener levantado el techo no es acampada.
Otra cosa es como interprete el agente de turno lo del "perímetro del vehículo", que para efectos de tráfico es hacia los laterales, no hacia arriba.
Este tema es muy peliagudo. Os comento: las denuncias que se ponen por pernoctar Fuera de camping o lugares habilitados para tal cosa . Incluso habilidoso para estacionar tales vehículos. Esto no es porque excedas o no tu perímetro, o levantes techo. Se ponen amparándose en leyes autonómicas que directamente por el hecho de dormir dentro de tu vehículo entre determinados horarios , te van a denunciar si o si porque las autoridades de esa comunidad previa solicitud de las asociaciones de hosteleros y ayuntamientos así lo han decidido, no obedece a ninguna norma nacional. Es decir, que levantaes o no el techo en el aparcamiento de ISABA ( Navarra ) como vean estas pernoctando , aunque no molestes te denuncian porque así lo regula dicha comunidad y sin embargo te vas al valle de al lado en anso (Huesca ) y durmiendo de la misma forma pasan y no te cascan. Es así de sencillo. Hay un reglamento nacional que hace referencia a eso que habláis de los excesos de perímetros, claraboyas, toldos, etc.....pero no es por esto po lo que te cascan. Deberíamos abrir un hilo con lo que hay legislado en las 17 comunidades autonómicas sobre este asunto y así saber donde si y donde no. En Navarra ya se que no.
adjunto un link, a ver si qued amás claro.
http://furgoteta.blogspot.com.es/2014/04/legislacion-nacional-sobre-autocaravanas.html
saludos,
En resumen
Hay una norma nacional y 17 más que la modifican según sus intereses. No hay mas que rascar pues os puedo asegurar que muy pocos denuncian a sabiendas de que recorridas se las van a echar para atrás . Me consta que los mismos hosteleros y funcionarios locales avisan a las policías para que denuncien estas situaciones.
Ahora eso si, los hay quienes toma su trabajo al pie de la letra y los hay quien miran a otro lado pues hay denuncias más importantes que poner.
No hay mas. Saludos s todos
Chivite ese link se lo tienen mas que aprendido, insisto, cada comunidad aplica además otra norma que restringe aun mas. De verdad. Es una putada pero no nos queda otra que esa cultura o percepción cambie.
Cita de: yeni en Abril 09, 2015, 16:11:28 pm
Este tema es muy peliagudo. Os comento: las denuncias que se ponen por pernoctar Fuera de camping o lugares habilitados para tal cosa . Incluso habilidoso para estacionar tales vehículos. Esto no es porque excedas o no tu perímetro, o levantes techo. Se ponen amparándose en leyes autonómicas que directamente por el hecho de dormir dentro de tu vehículo entre determinados horarios , te van a denunciar si o si porque las autoridades de esa comunidad previa solicitud de las asociaciones de hosteleros y ayuntamientos así lo han decidido, no obedece a ninguna norma nacional. Es decir, que levantaes o no el techo en el aparcamiento de ISABA ( Navarra ) como vean estas pernoctando , aunque no molestes te denuncian porque así lo regula dicha comunidad y sin embargo te vas al valle de al lado en anso (Huesca ) y durmiendo de la misma forma pasan y no te cascan. Es así de sencillo. Hay un reglamento nacional que hace referencia a eso que habláis de los excesos de perímetros, claraboyas, toldos, etc.....pero no es por esto po lo que te cascan. Deberíamos abrir un hilo con lo que hay legislado en las 17 comunidades autonómicas sobre este asunto y así saber donde si y donde no. En Navarra ya se que no.
Me parece muy buena idea lo de tener un hilo a mano con las leyes de cada comunidad, deberia ser algo corto y concreto, porque las leyes las podemos mirar en internet.
Algo tipo
Galicia: no se puede por esto y por esto
Andalucia: si pero de tal manera..etc.
Y pregunto. Esto afecta a vehiculos camper(autocaravanas,caravanas,vehiculos homologados como viviends) o afecta a todo tipo de vehiculos? (pregunta desde la mas profunda ignorancia en este tema)
El modelo de vehículos no importa. El hecho de dormir.
Otra cosa a desarrollar es algo parecido a lo que hay en Inglaterra. Hay una especie de asociación de negocios que permiten pernoctar en sus recintos para atraer clientes. Por norma (o respeto), los ingleses SIEMPRE entran en esos negocios y compran algo. Estos negocios pueden ser un pub, una fábrica de quesos, una bodega, un artesano, un hortelano que vende sus productos, etc....
Creo que sería una forma muy buena de darle la vuelta a la tortilla, promover el uso de esos espacios a cambio de hacer negocio. A mi personalmente me parece muy razonable, por ejemplo, tomarme una pinta de cerveza en el pub del paisano antes de irme a la cama. O llevarme unos tomates o algo así.
El tema de campings, como ya se ha discutido ampliamente en otros hilos, yo no tendría ningún problema en pagar 2 o 3 euros por aparcar y pasar la noche allí, pero paso olímpicamente de pagar varias decenas de euros si no necesito usar las instalaciones, mucho menos cuando el negocio se consigue bajo coacción.
Si os montáis la aplicación "Aires CCI" en vuestros móviles, veréis que hay muchos sitios en Francia donde pagas pero no te clavan. Mucho de ellos gratuitos, otros por unos pocos euros, y otros con más servicios.
Creo que somos una comunidad bastante grande y que, alguien con vista de negocios, debería ver la oportunidad de negocio que esto puede proporcionar, que al fin y al cabo, somo euros rodantes (unos más que otros, pero todos lo somos).
Si es que los de las furgonetas sois unos hippis melenudos fuma porros........ Por eso os multan. Jajajaja
Ahora en serio una cosa el la norma o la ley y luego la aplicación de la misma.
Creo que Yeni tiene mucha razón en lo que dice. Aun que es otro tema con los perros en las playas pasa lo mismo cada municipio aplica sobre la norma general sus particularidades.
Otra cosa a tener en cuenta es que las autoridades (policía, guardia civil, etc.....) denuncian pero no sancionan luego en un juez el que impone la sanción. Por eso hay que recurrir las multas por que al final es un poco la interpretación del agente de la ley y el orden y la nuestra. Claro esta que aun que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario, hay que demostrarlo.
No se si esto ayuda pero es un poco mas de información.
Tengo no se donde un recurso de una multa sobre este tema a ver si lo encuentro de una vez y lo pongo en este hilo.
Saludos
A ver por puntos, un policia te puede multar por lo que le de la gana, si el dice que el perimetro es el techo te multa (pues hay varias formas de ver los perimetros, pero no deberia de ser objeto de interpretacion sino una norma concreta y clara), luego tu puedes recurrir y segun lo bien que hiciese la denuncia, el juez que te toque, como alegues y si respondes en los plazos pues ganaras o pagaras mas por el recargo.
Esta muy bien definido lo que es acampar, aumentar perimetro (se entiende por los lados pero creo que no se concreta), sacar mesas y sillas (aunque los que van en coche si les dejan), poner el toldo (aunque los de los coches pueden poner sombrilla), echar liquidos (aunque los de los coches si puedes tirar lo que les sobro del caldo, refresco o echar un pis), poner elementos estabilizadores (unas patas que tienen las acs para no moverse), o tener conexiones fijas de luz, agua o desague (aunque esto es mas ya para asientamientos mobiles o fijos pero esto tambien se entenderia para acampar, entiendo yo), resumiendo de otra manera, la ley dice que en nuestro vehiculo podemos hacer lo que nos de la gana mientras no trascienda al exterior (ruido, liquidos) y no rompa otras leyes como tiempo maximo de estacionamiento, todo lo demas por lo que nos multan es ilegal pues contradice una norma de rango superior (que es diferente a desarrollar una norma de rango inferior en funcion de una ley superior que te lo permite pero siguiendo unas directrices claras)
La ley estatal es la que vale, luego las comunidades ( o ayuntamientos incluso, mirad el caso de Asturias) ponen unas leyes en virtud de la capacidad de desarroyo que tienen para adaptarlas a la idiosincracia de su territorio, lo que pasa es que unos regulan de forma ilegal, pero el policia siempre va a hacer lo que le dice su jefe, que en ultima instancia es el ayuntamiento o comunidad que crea la norma ilegal, que tu puedes recurrir pero .......
Luego tambien esta la variable de que aunque las normas esten bien el que aplique mal la norma por su cuenta sea el policia (pero esto suelen ser casos aislados, pues todos suelen funcionar como se lo ordenan).
Por otro lado esta la presuncion de veracidad que tienen las fuerzas del orden, lo que ellos dicen es verdad porque aprobaron una oposicion y le hacen un trabajo a los poderosos (que son los que compran por lo general, no siempre, a los que mandan en las comunidades y sobre todo en los ayuntamientos), con esta presuncion de veracidad para ganar el recurso tiene que haber un defecto de forma o una muy, muy, muy clara certeza de que tienes razon segun la ley (tambien se ganan, no muchos claro, porque es dificil con todo como esta pero algunos se ganan, y cuando se esta seguro si puedes tienes que luchar, por ti y por todos, pero no siempre podemos dedicar toda esta energia a esto).
Luego las iniciativas de comprar un queso porque me dejen dormir y tal me parece que estan muy bien para quien le gusten, pero mi filosofia de vida es que yo no pago por aparcar mi furgo (una vez lo hice, bueno dos, pero fue porque estaba de viaje y mi novia se estropeo la rodilla y tenia que moverla yo) ya sea en la ciudad o en el campo, para eso ya esta el impuesto de circulacion, lo otro(cobrar por aparcar en via publica, o en via privada cuando eliminan los sitios publicos de la ciudad, este es el caso de la mia Santiago de Compostela)me parecen robos, que nos hacen, porque repito que ya pagamos el impuesto de circulacion y que si quieren ganar mas dinero en vez de robar a la gente que trabajen mas.
Asi que techo levantado segun se entiende (que no se concreta la ley) si, pero si entienden el perimetro no solo desde el punto de vista caballera osea tambien el lateral pues no, y eso segun interprete el agente de turno, y si no tiene unas instruciiones claras puede interpretar de cualquier manera, luego tu puedes recurrir y si te sale todo bien (plazos, como se describio el motivo de la denuncia, como alegues, etc) pues ganas y si no pues .....
Hola chic@s...... eso es.... la eterna pregunta que siempre nos ronda la cabeza......
Muy bien explicado manuelcastagnal, lo comparto todo.....
Ultimamente ronda el link de la furgoneta http://furgoteta.blogspot.com.es/2014/04/legislacion-nacional-sobre-autocaravanas.html cierto, pero como ya se ha dicho.... depende, ya no diria de la comunidad autónoma sino del municipio y de la guardia civil quizás.
Aqui en Gran Canaria hay de todo.... suelen multar bastante por levantar el techo (pero ellos ponen en la multa por pernoctar), hay casos para todos los gustos; desde ir a pasar el dia a la playa y poner parasoles y que te multen porque digan que acampaste o que vayas a una playa el resto del año y que no te multen pero si vas en por ejemplo, semana santa, si te ponen la recetita....
Luego están las islas vecinas como por ejemplo Fuerteventura, Tenerife y el Hierro..... en esas suele pasar la guardia civil y te ve con el techo levantado y todo fuera, y les invitas a un café y se lo toman contigo...... (suelen simplemente advertirte que dejes todo limpio cuando te vayas, nada mas...).Algunos anotaban tu matrícula y supuestamente al día siguiente pasaban por el sitio y si lo veían sucio te multaban pero ya eso está declarado ilegal por el tribunal supremo http://www.policias-cop.es/index.php?option=com_kunena&view=topic&catid=38&id=1582&Itemid=165
Así que por mucho que se mire la legislación....... :-X :-X :-X.... Sólo queda hacer un buen pliego de cargos luego y probar suerte..... .loco2
solo puntualizar que lo que digo de asentamientos mobiles o fijos es en referencia a cuando pones una caravana (o ac o camper) en una finca particular, si se considera algo mobil (que solo esta de paso) puede estar, y si se considera algo fijo se lo mandan quitar pues aunque tenga ruedas se considera como una casita mas en la finca, para diferenciar esto los inspectores suelen mirar que tenga un tubo a la alcantarilla para el desagüe, una conexion fija de agua y un tubo fijo de luz.
Esto no es exactamente acampar o no pues en terreno publico(que es donde nos multan) no tendriamos la opcion de instalarnos de forma definitiva (leyes de estacionamiento maximo), pero puede ser que si estamos conectados de alguna manera el agente decida que estamos acampados por confusion de terminos o por vocacion de permanecia(pero es que lo pueden decidir con razon o sin razon).
Comparto al 100% todo lo expuesto por manuelcastagnal, pero me ha gustado la idea de estresao.
Disponer de una guía de locales "camper friendly", furgoprivados, o como lo queramos llamar donde:
* Saber que vamos a ser bien recibidos
* Poder encontrarte con otros furgoneteros
* Poder pernoctar al ser un sitio privado sin que nadie te pueda molestar, y tranquilos al estar rodeados de gente similar
* Despedir el día con una cervecita o levantarte con un cafecito
En fin, algo similar a los bares de moteros, pero adaptado a las furgos
¿Sabéis si hay alguna guía de esto ya en el foro?
Saludos cordiales
Me gustaría aportar un punto de vista más, por si completa a lo ya muy bien explicado aquí arriba. El tema de las normas superiores o inferiores, realmente no lo violan por multar o no multar en cada comunidad si no que más bien hay que hablar de paralelos. Me explico.
La normativa de nivel nacional sobre tráfico (que atañe a vehículos) (por lo que sé, tráfico no está transferido en general) define muy claramente qué es acampar y qué no es acampar, y esa la que define eso del perímetro. Muy claro, cumples, estás aparcado, no cumples, estás acampado. Por supuesto luego hay limitaciones de estacionamiento que tb hay que cumplir y pueden ser restrictivas.
Pero, y aquí está el problema, hay otras normas que prohíben la acampada, normas que no están específicamente hechas para vehículos: normativa de costas, parques naturales-nacionales-red natura, normativas municipales, leyes de turismo... Esas leyes regulan la acampada en general, no específicamente para vehículos y, AQUÍ EL GRAN PROBLEMA, en esas leyes no se define qué es acampar, con lo que queda a criterio de la autoridad competente.
Por eso es que cada autoridad hace lo que quiere según le interese. Porque pueden ionterpretar el concepto de acampada. Realmente no es ilegal. Otra cosa es que sea una chapuza y que nos merezcamos un marco legal más profesional, y no quedarnos en manos de los intereses particulares de unos cuantos.
El tema de las 17 normas modificadoras no es muy acertado, más bien habría que decir que diferentes normas regulan un mismo concepto: dormir al aire libre. Unas transferidas y otras no. El problema no está ne la transferencia, está en que se legisle como el culo.
Si toda norma que atañe a la acampada, definiese perfectamente en qué consiste (cosa que llevaría legislarlo, pero estamos en nuestro derecho de exigirlo si nos interesa como sociedad), sabríamos perfectamente a que atenernos y se acabarían muchos problemas.
Creo que en Europa están metiendo mano a esto.
Un saludo!
Cita de: tremens en Abril 10, 2015, 12:13:24 pm
Comparto al 100% todo lo expuesto por manuelcastagnal, pero me ha gustado la idea de estresao.
Disponer de una guía de locales "camper friendly", furgoprivados, o como lo queramos llamar donde:
* Saber que vamos a ser bien recibidos
* Poder encontrarte con otros furgoneteros
* Poder pernoctar al ser un sitio privado sin que nadie te pueda molestar, y tranquilos al estar rodeados de gente similar
* Despedir el día con una cervecita o levantarte con un cafecito
En fin, algo similar a los bares de moteros, pero adaptado a las furgos
¿Sabéis si hay alguna guía de esto ya en el foro?
Saludos cordiales
Una iniciativa de este tipo en Inglaterra http://www.britstops.com/Spanish/bienvenidos.php (http://www.britstops.com/Spanish/bienvenidos.php)
Con respecto al techo: aunque estuviese OK a nivel de la normativa de tráfico, puesto que no sale de la proyección vertical del vehículo (de todas formas no me acuerdo bien, pero me suena que había algo del tema de salir elementos del volumen), podrías perfectamente ser multado porque un guardia civil considera que está acampado e infringiendo la ley de costas por acampar a menos de x m de la línea de mar o la de turismo por haber otra "acampada" a menos de 500 m (otra furgo) o una casa.
Por supuesto, podría pasar tb si está cerrado el techo. Si considera que estás acampado por estar durmiendo dentro.
Por supuesto, nos surgen injusticias: y la gente que lleva mesas y silla a comer a la playa? están acampando tb.? o la acampada depende de horas, qué horas? con sol, sin sol, hora de comer o cenar...? Y la gente que se duerme una siesta en el coche, está acampando?
Obviamente no hay voluntad de aclararlo, es mejor tenerlo así atado de tal manera que cuando quieras cortas, pq la autoridad es quien lo permite con su interpretación del concepto de acampada. Es muy típico de un mal gestor, hacer una norma restrictiva y permitir violarla para poder cortar y controlar el posible problema cuando necesite. Un buen gestor deja las cosas claras.
el tema de la ley de costas y espacios naturales protegidos es otra ley, que si que nos puede incumbir, pero esas leyes (aqui hay algun punto que no lo tengo del todo claro) son para todos, turismos y campers, no se puede estacionar ni circular por debajo de la linea de costa o en parque nacional o espacio protegido, a no ser que haya una carretera, pero se podra circular y no estacionar, aqui vienen los lios, pues a veces el mismo ayuntamiento monta parkings en un sitio donde nadie podria estacionar, entonces permiten el estacionamiento por el dia (incumpliendo una ley bastante gorda) y aplican la ley por la noche, pero como ya lo hacen mal de base pueden sancionar a los campers (o cualquiera en el que se duerma y permitir los turismos vacios) o a todos que seria lo correcto.
Aqui no es que lo hagan mal cuando nos multan por la noche, es que lo hacen mal cuando lo permiten por el dia (o asi tenia esto entendido, que igual me equivoco que en este tema no tengo la misma certeza que en el anterior caso).
Lo que si tengo claro es que unos pivotes de cemento con forma de cubo de arena del que usan los niños en la playa con una placa encima con letras y numeros son los que delimitan la linea de costas (hay unos criterios para ponerlos pero a veces parece que los ponen por fastidiar en vez de por los criterios), si uniendo con una linea imaginaria esos pivotes tu furgo duerme separada de la costa tu en teoria duermes bien y casi seguro que ganaras el recurso cuando te multen por dormir en la zona de costa. Aunque en algunas playas los suben de forma artificial hasta coincidir con las fincas particulares.
Carolinajean...... Las comunidades deciden todo. Los municipios ni la guardia civil se puede sacar leyes de la manga para denunciar. Un municipio puede elevar su queja, la guardia civil puede patear, pero quien hace y ratifica estas quejan transformadas en leyes son las comunidades autónomas. No existen 2000 municipios en una comunidad o 2000 guardias civiles o policías autonomica cada uno por su lado y denunciando según les de el aire.
Lo teneis muy muy facil. Os pasáis por una comisaría o cuartel del lugar donde vais a dormir y que os informen. Estas en su obligación de atender al ciudadano. No te comen. Están para informarnos entre otras cosas.
Muy buena idea esta de la que habla estresao, el problema es que la picaresca fluye por nuestras venas y de un lado o del otro alguien acaba liándola.
Yo he pasado un día en la selva de oza (valle de echo), frente a la cafetería que hay debajo del haya hay un merendero y un par de contenedores de basura. He comprobado como peña en fuegonetas y autocaravanas entre otros..... Aun viendo que los contenedores estaban petaos de basura, dejaban la mierda junto a estos. Que ocurre?????....que los que vivimos aquí vemos como esa basura esta esparcida por el monte al di siguiente pues los animales jabalíes y zorros revientan las bolsas pues buscan comida como es lógico. El monte queda hecho una mierda.
Que hacemos????
Somos todos los usuarios iguales???... No!!!. Pero las autoridades acaban poniéndonos coto a todos. "Justos por .....""" Un refrán muy de nuestra tierra.
Cita de: tremens en Abril 10, 2015, 12:13:24 pm
Comparto al 100% todo lo expuesto por manuelcastagnal, pero me ha gustado la idea de estresao.
Disponer de una guía de locales "camper friendly", furgoprivados, o como lo queramos llamar donde:
* Saber que vamos a ser bien recibidos
* Poder encontrarte con otros furgoneteros
* Poder pernoctar al ser un sitio privado sin que nadie te pueda molestar, y tranquilos al estar rodeados de gente similar
* Despedir el día con una cervecita o levantarte con un cafecito
En fin, algo similar a los bares de moteros, pero adaptado a las furgos
¿Sabéis si hay alguna guía de esto ya en el foro?
Saludos cordiales
Pues parece que existe .palmas .palmas
http://www.espana-discovery.es/
Pero parece bastante limitada en cuanto a sitios COMUNIDAD VALENCIANA, CATALUÑA, ARAGÓN, GALICIA, PAÍS VASCO
Bueno, totalmente de acuerdo con todo lo explicado hasta el momento. Solo quería aportar una situación que nos ocurrió esta Semana Santa en la Serranía de Cuenca. A media mañana, habiendo dormido ocho autos y campers a 500 metros del pueblo de Oña, se presentó la Guardia Civil. Todos habían salido de paseo menos nosotros. Teníamos un calzo puesto y nos pidió por favor que lo quitáramos, pero que al no estar los dueños de otras autos que los tenían puestos, tenían que tomarles los datos para denunciarles.
Nos dijo que, en vez de calzos, pusiéramos una piedra y que entonces no habría ningún problema.
Siendo parque natural, no les denunciaba por haber dormido, sino únicamente por tener las autos calzadas.
Un saludo
calzar las furgos si no es por necesidad de estacionamiento (camiones y asi) y si por comodidad interior esta prohibido pues creo que se considera tambien acampar (creo que era eso y si no era porque no se puede aparcar asi, pero vamos, prohibido esta.
A mi en Somo si me dijeron que le techo se consideraba acampada, por legislación municipal. En teoría si lo podrias tener levantado a no ser que el mismo municipio lo prohíba. Todo esto es teoría claro...
Cita de: yeni en Abril 09, 2015, 16:58:37 pm
El modelo de vehículos no importa. El hecho de dormir.
¿seguro que la multa es por dormir? lo digo por que el código de circulación dice claramente que si te entra sueño al volante lo mas recomendable es salir por la primera salida y detener el vehículo en algún sitio habilitado en la calzada o fuera de ella para dormir.
Cita de: manuelcastagnal en Abril 10, 2015, 14:49:55 pm
calzar las furgos si no es por necesidad de estacionamiento (camiones y asi) y si por comodidad interior esta prohibido pues creo que se considera también acampar
los calzos se ponen por seguridad, y algunos vehículos están obligados a usarlos si existe desnivel, por tanto no pueden estar prohibidos, los autocaravanas pueden usarlos por "comodidad" pero no se puede criminalizar ese comportamiento pues también son por seguridad.
Existe polémica con esto ya que es cierto que algunas autoridades lo han penalizado pero los jueces no están tontos...
.discusion
Me he leído hasta aquí y se agradecen todas las opiniones.
También he leído otros post similares porque este tema no es de ahora.
En todo caso no he podido aclarar nada concreto.
Conclusión: nuestro sistema legislativo es una m..... y sigo sin tener claro nada ¡estoy muy harto! y lo único que me queda es seguir huyendo de los sitios bonitos por miedo. También me queda el pataleo, pero es muy frustante.
Siento no poder aportar nada y solo quejarme.
Cita de: streetmachine en Abril 10, 2015, 15:49:46 pm
los calzos se ponen por seguridad, y algunos vehículos están obligados a usarlos si existe desnivel, por tanto no pueden estar prohibidos, los autocaravanas pueden usarlos por "comodidad" pero no se puede criminalizar ese comportamiento pues también son por seguridad.
Existe polémica con esto ya que es cierto que algunas autoridades lo han penalizado pero los jueces no están tontos...
yo creo recordar que solo estaban permitidos por seguridad y en los de mas de 3500kgs, pero ya digo que creo recordar, lo mismo que estan prohibidos para un aparcamiento que no tenga un desnivel y unos kilos, pero si eres ac de mas de 3500 y lo pones para dormir planito y que la olla este igual de "llena" por todo el borde, para mi que te cae receta.
Si que estan permitidos en unos vehiculos y condiciones concretas, igual que esta permitido poner sombrilla a los turismos y a nosotros no nos permiten poner el toldo.
Tambien esta permitido aparcar vehiculos en la ciudad pero un camion de gran tonelaje no puede entrar siquiera (salvo casos de fuerza mayor). Lo que esta permitido para unos no lo esta para otros.
Yo no me compre unos calzos por esto, ahora ya me he acostumbrado a aparcar lo mas plano posible, y corregir la desviacion girandonos en la cama para tener la cabeza hacia arriba y ayudados por muchas almohadas (tambien tenemos cama muy grande), y para cocinar es un poco lio el desnivel porque el aceite se va para un lado de la sarten pues lo que hago es irla girando, todo esto me parece mas comodo que llevar los calzos, arriesgarme a la multa y estar buscando la horizontalidad (aunque llevo tiempo pensando en poner unos niveles dentro para tener mas informacion que mi percepcion subjetiva) ;D, de momento voy tirando bien asi.
Yo solo informo de lo que yo pienso que nos va a poner multas (no digo que este de acuerdo con esto) ahora que c cada uno tome sus decisiones y espero que a todo el mundo le vaya bien.
Me vais a perdonar pero NO está permitido. Vamos que yo he visto calzar multas a mi lado por el techo desplegado.
La cuestión no va por regiones y me explico: en contra de lo que estoy leyendo en este hilo, no existe LEGISLACIÓN al respecto, es decir, no hay una norma escrita para autocaravanas, de momento sólo existe la ya hiper famosa Instrucción 08/V-74 que no es más que una Instrucción del Ministerio a los agentes sobre cómo interpretan ellos que deben comportarse. El contenido de la Instrucción se supone que estará en el Nuevo Reglamento de la Circulación, que no está aprobado aún aunque se espera que salga adelante antes del verano. Aunque la 08/V-74 es de obligado cumplimiento, no especifica nada de techos elevables.
Es verdad que si concreta lo de exceder el perímetro y demás, pero ese párrafo se completa con Y NO TENGA DESPLEGADO NINGÚN ELEMENTO DE ACAMPADA, que es donde está el tomate de la cosa. A no ser que le pilles en un día estupendo y feliz, cualquier agente sea de la GC, forestales o de los municipales, te lo va a considerar como elemento de acampada, puesto que la instrucción trata distinguir cómo está el vehículo entre cuando está aparcado con uso exclusivo de transporte de personas o cuando está siendo usado, y podéis discutir hasta el año que viene, pero cuando tu aparcas una furgoneta usándose como vehículo en tránsito no despliegas el techo, así que tenerlo desplegado es un elemento de acampada y eso es exactamente lo que te argumentan siempre.
El centro del argumento de la 08/V-74 es que no resulte distinguible el uso que se le está dando al vehículo (para evitar abusos de ayuntamientos). Mientras sea así y no transcienda al exterior dice literalmente, no debe ser multado. El techo indica claramente su uso.
Dependerá más de tú discrección, pero no te van a dejar. Si estás en medio de la plaza del pueblo con el techo levantado, te van a multar seguro y si estás en un sitio apartado, dependerá del ánimo de la persona de uniforme que te diga sólo que no puedes y te deje ir, pero no te lo va a permitir.
Seg'un normativa yo entiendo que levantar el techo se considera acampar, asi como abrir una ventana de las batientes, hacia afuera, por ejemplo.
Cita de: yeni en Abril 09, 2015, 16:58:37 pm
El modelo de vehículos no importa. El hecho de dormir.
Entonces, si yo viajo en cualquier tipo de vehículo y por puro cansancio, tengo que parar a dormir, o me mato en la cartera (o lo que es peor, mato a alguien...), tienen derecho a calzarme? Eso no puede ser así de tajante. O si por ejemplo, salgo de mambo en mi ciudad, que ni estoy haciendo turismo, ni pollas en vinagre, se me lía el asunto y vuelvo al coche a las tantas, cocido perdido...tengo que pillar un taxi/bus/llamaloX por cojones? Repito, eso no puede ser así...
Muchos comentáis que subir el techo no se puede considerar como si se estuviese aumentando el perímetro de la furgoneta pero creo que es porque sólo estáis pensando en dos dimensiones. Es cierto que la planta del vehículo seguirá siendo la misma, pero tanto el alzado como el perfil habrán cambiado su perímetro porque el volumen de la furgoneta se ha visto incremetado al subir el techo. Así que sí: subir el techo aumenta el perímetro de la furgo! Otro cosa es que además te incluyan en la norma lo de: Y NO TENGA DESPLEGADO NINGÚN ELEMENTO DE ACAMPADA, lo cual lo hace aún más restrictivo! .panico
Entiendo que si duermes dentro, en la parte de abajo, no te pueden decir absolutamente nada a no ser que lo que esté prohibido en la zona, para terminar de ser ya máximamente capullos, sea la pernocta! .lengua2
Al final lo que cuenta es lo que se quiera enrollar el poli que pase por allí!
Por el momento me he librado, cuando tenga techo...otro gallo cantará!
Cita de: salvardu en Abril 11, 2015, 23:44:20 pm
Muchos comentáis que subir el techo no se puede considerar como si se estuviese aumentando el perímetro de la furgoneta pero creo que es porque sólo estáis pensando en dos dimensiones. Es cierto que la planta del vehículo seguirá siendo la misma, pero tanto el alzado como el perfil habrán cambiado su perímetro porque el volumen de la furgoneta se ha visto incremetado al subir el techo. Así que sí: subir el techo aumenta el perímetro de la furgo! Otro cosa es que además te incluyan en la norma lo de: Y NO TENGA DESPLEGADO NINGÚN ELEMENTO DE ACAMPADA, lo cual lo hace aún más restrictivo! .panico
Entiendo que si duermes dentro, en la parte de abajo, no te pueden decir absolutamente nada a no ser que lo que esté prohibido en la zona, para terminar de ser ya máximamente capullos, sea la pernocta! .lengua2
Al final lo que cuenta es lo que se quiera enrollar el poli que pase por allí!
Por el momento me he librado, cuando tenga techo...otro gallo cantará!
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Obviamente el techo levantado es acampar, pero el perimetro es la superficie, ls altura no afecta para nada, eso ya seria en el área y esas cosas.
Aun asi esta claro que no solo se pueden basar en el perimetro, el agente no es tonto y tiene criterio para poder decir si estamos acampando o no( no entro en que algunos lo hagan mejor o peor, o si ese dia estan de malas, etc ect..)
Cita de: nico_t4 en Abril 12, 2015, 00:07:54 am
Obviamente el techo levantado es acampar, pero el perimetro es la superficie, ls altura no afecta para nada, eso ya seria en el área y esas cosas.
Aun asi esta claro que no solo se pueden basar en el perimetro, el agente no es tonto y tiene criterio para poder decir si estamos acampando o no( no entro en que algunos lo hagan mejor o peor, o si ese dia estan de malas, etc ect..)
El perímetro es la suma de las longitudes de los lados de una figura geométrica. Es cierto que el perimetro de la base de la furgo no cambia por subir el techo, pero si el de sus lados!
Cita de: salvardu en Abril 12, 2015, 00:18:57 am
El perímetro es la suma de las longitudes de los lados de una figura geométrica. Es cierto que el perimetro de la base de la furgo no cambia por subir el techo, pero si el de sus lados!
Pero estamos hablando de perimetro perpendicular al suelo.. El perimetro se entiende plano, lo que deberian es cambiar termino por area,volumen..
Bueno es una chprrada, jajaja el caso es que se entienDe como acampar(lo veo lógico)
Ves nico_t4, esto mismo que nosotros decimos que si es así o asá es lo que al final utiliza la administración para llevarlo a su terreno. Es como en el Bingo, la banca siempre gana! Y nosotros a soltar la pasta. .lengua2
Cita de: salvardu en Abril 12, 2015, 00:38:04 am
Ves nico_t4, esto mismo que nosotros decimos que si es así o asá es lo que al final utiliza la administración para llevarlo a su terreno. Es como en el Bingo, la banca siempre gana! Y nosotros a soltar la pasta. .lengua2
Jajajajajajaja toda la razon Salvardu!! El que hace la ley hace la trampa y ni ellos mismos se aclaran..
Solución topar con un agente racional que si lo haces mal sin querer te avise y listo jeje
Cita de: nico_t4 en Abril 12, 2015, 00:49:00 am
Jajajajajajaja toda la razon Salvardu!! El que hace la ley hace la trampa y ni ellos mismos se aclaran..
Solución topar con un agente racional que si lo haces mal sin querer te avise y listo jeje
Si, al final solo nos queda eso! .panico
Cita de: streetmachine en Abril 10, 2015, 15:49:46 pm
¿seguro que la multa es por dormir? lo digo por que el código de circulación dice claramente que si te entra sueño al volante lo mas recomendable es salir por la primera salida y detener el vehículo en algún sitio habilitado en la calzada o fuera de ella para dormir.
los calzos se ponen por seguridad, y algunos vehículos están obligados a usarlos si existe desnivel, por tanto no pueden estar prohibidos, los autocaravanas pueden usarlos por "comodidad" pero no se puede criminalizar ese comportamiento pues también son por seguridad.
Existe polémica con esto ya que es cierto que algunas autoridades lo han penalizado pero los jueces no están tontos...
A ver, calzar una rueda es ponerle una cuña o algún elemento que evite que el vehículo se desplace por ejemplo porque está en pendiente y los frenos puedan fallar. Así como cuando nos disponemos a cambiar una rueda, sobre todo si existe desnivel, se debe calzar el vehículo.
En ningún caso un calzo nivelador cumple específicamente esta función.
Además la ley dice bien claro que el vehículo debe apoyarse sobre sus ruedas, así que poner un calzo nivelador es como poner una pata. Sí, el vehículo sigue apoyado sobre sus ruedas, pero no en el suelo.
De haber soluciones hailas pero no dejan de ser chapuzas. Y ante la duda, y como veo que pesa más la prohibición que la permisividad en poner calzos vivo con mis chapuzas. Me muevo con una nevera trivalente (tipo arcón, que si no no veas) y la nivelo con unas cuñas de madera cada vez que estaciono (No la furgo, solo la nevera). Sin problema, y la cama más coñazo pero igual, porque se apoya solo entre 2 guias. Sería interesante algun brico como apunta ManuelCastagnal. Una plataforma interna autonivelante?? .meparto
Cita de: Maikel en Abril 13, 2015, 10:26:46 am
De haber soluciones hailas pero no dejan de ser chapuzas. Y ante la duda, y como veo que pesa más la prohibición que la permisividad en poner calzos vivo con mis chapuzas. Me muevo con una nevera trivalente (tipo arcón, que si no no veas) y la nivelo con unas cuñas de madera cada vez que estaciono (No la furgo, solo la nevera). Sin problema, y la cama más coñazo pero igual, porque se apoya solo entre 2 guias. Sería interesante algun brico como apunta ManuelCastagnal. Una plataforma interna autonivelante?? .meparto
Suspensión neumática/hidráulica, en plan lowrider .meparto
Aparcas, nivelas y ala.
Cita de: gu78 en Abril 13, 2015, 11:24:53 am
Suspensión neumática/hidráulica, en plan lowrider .meparto
Aparcas, nivelas y ala.
Hay una que está homolagada por VW, peeeeeerooooo..... 6000 lauros
http://www.furgovw.org/index.php?topic=294879.0 (http://www.furgovw.org/index.php?topic=294879.0)
Yo creo que ya se considera acampar hasta sacar el brazo por la ventanilla para saludar a alguien. Y mucho cuidado no tengáis la ventana bajada y saque el perro el hocico por ahí, que también es acampada fijo. O sacar la cabeza para toser.
Ojito!
Cita de: GLazcano en Abril 13, 2015, 17:34:23 pm
Yo creo que ya se considera acampar hasta sacar el brazo por la ventanilla para saludar a alguien. Y mucho cuidado no tengáis la ventana bajada y saque el perro el hocico por ahí, que también es acampada fijo. O sacar la cabeza para toser.
Ojito!
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