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Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: lorenzor en Febrero 19, 2014, 11:23:53 am

Título: BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 19, 2014, 11:23:53 am
El pasado mes de Enero, y después de varios meses de conversaciones con el Ayto., era aprobada la Ordenanza Municipal Reguladora del Estacionamiento y Pernocta de Autocaravanas (vehículos-vivienda) en las vías urbanas y uso de Áreas de Servicio en el Término Municipal de Biescas.

Aunque la redacción inicial de la citada OM no atenta de forma directa contra el derecho de estacionamiento y pernocta en nuestros vehículos, en la misma no se hace referencia expresa a las campers (en demasiadas ocasiones "olvidadas"), así como algunas inclusiones ú omisiones que pudieran rozar cierta inseguridad al no hacer valer las plenas competencias atribuidas a los Municipios en la Ley reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL).

Presentadas las alegaciones (en conversación con el Alcalde las aceptaba de forma íntegra), en ellas se hace alusión a incluir y modificar dichas OM con el siguiente texto:

1º) -.  Se entiende por acampada libre (salvaguardando lo expresado en el artículo 25.2 de la L.R.B.R.L. con competencias propias), la instalación de uno o más albergues móviles, caravana, auto caravana, tienda de campaña y otros elementos análogos fácilmente transportables o desmontables fuera de los campings o de las modalidades de acampada reguladas en el Decreto 61/2006 del Gobierno de Aragón, extendiendo enseres propios de acampada, como toldos, mesas, sillas, sombrillas, barbacoas, etc.

2º)-. El tiempo máximo de estacionamiento para estos vehículos, cuyos titulares no estén empadronados en el Municipio, será de 72 horas seguidas.

3º)-. Conforme a lo reflejado en el artículo 25.2 de la L.R.B.R.L., con competencias propias, se podrán autorizar, de acuerdo con la normativa  sectorial, y con las normas del PGOU, áreas de servicio para auto caravanas, tanto de titularidad pública como privada. Se trata de instalaciones específicamente concebidas para proporcionar el espacio físico estrictamente necesario para estacionar el vehículo, además de proporcionarle suministro de agua potable y lugar de vaciado de depósitos.

4º)-. No ocupa más espacio que el de la auto caravana cerrada, es decir, no hay ventanas abiertas siempre que esta práctica suponga un riesgo para otros usuarios (ya sean viandantes o vehículos), ni se despliegan elementos propios de acampada como pueden ser toldos extendidos, tendales, sillas, mesas, etc., pudiendo colocar calzos de nivelación, así como la elevación de techos en las campers y antenas de tv, ya que ninguna de estas tres aplicaciones exceden el perímetro horizontal del vehículo.

5º)-. El periodo máximo de estancia es de 72 horas.

6º)-. Se considerará infracción grave el estacionamiento de auto caravanas contraviniendo lo dispuesto en el artículo 3 de la presente ordenanza y podrá ser sancionado con multa de 300€ si la infracción supone...

El plazo ha finalizado y confiemos que el Pleno dé su aprobación a las alegaciones, abriendo una puerta al sin sentido que el Gobierno de Aragón mantiene con una Ley obsoleta y contraria a los más elementales derechos de las personas.

Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 19, 2014, 13:08:57 pm
Buenas,
        Por lo que se deduce de ésta ley... entiendo que si estás con una furgo camper, tenemos obligación de pernoctar en dicho estacionamiento de autocaravanas??
        Éste tema me interesa aclararlo, porque a mí la verdad, no me interesan para nada dichas áreas, no me vienen nada bien en general, ni en Biescas ni en ningún lao. Nunca aparco y duermo dentro del término de Biescas, pero aún así, me interesa.
Un saludo y gracias,
Anton
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 19, 2014, 13:56:49 pm
Cita de: CAMPERVOY en Febrero 19, 2014, 13:08:57 pm
Buenas,
        Por lo que se deduce de ésta ley...         Éste tema me interesa aclararlo, porque a mí la verdad, no me interesan para nada dichas áreas, no me vienen nada bien en general, ni en Biescas ni en ningún lao. Nunca aparco y duermo dentro del término de Biescas, pero aún así, me interesa.entiendo que si estás con una furgo camper, tenemos obligación de pernoctar en dicho estacionamiento de autocaravanas??

Un saludo y gracias,
Anton


Esta es la propuesta del Ayto. de Biescas:

Art 3. PARADA Y ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS EN LAS VIAS PUBLICAS
Se permite la parada y el estacionamiento de auto caravanas y vehículos similares,  con carácter general en el Aparcamiento,  de la Glera alta a nivel de la carretera y en el  resto de vías en los lugares expresamente señalados.
Al no existir "lugares expresamente señalados", el estacionamiento se puede realizar en cualquier lugar de los que establece el RGC.
Otra cosa es que el Ayto. habilite espacios específicos (lo mismo ocurre con el reparto y zonas de carga/descarga o parada de taxis), que mientras desarrollen esa actividad, deberán estacionar en los lugares habilitados para ello.

En cualquier caso, ya quisiéramos tener "espacios habilitados" como el aparcamiento de la Glera Alta, sobre todo por su ubicación prácticamente dentro de Biescas.

En lo que comentas:

Es lo que pretende la DGT y desde tres Asociaciones y se enviaron propuestas de ampliación dentro del marco del RGC, indicando que, además de las Áreas y espacios habilitados, se puede estacionar como cualquier otro vehículo conforme al RGC
"entiendo que si estás con una furgo camper, tenemos obligación de pernoctar en dicho estacionamiento de autocaravanas??"
Del resto del comentario que haces, perdóname que no lo pille pero me parece un contrasentido, ya que por un lado dices que el tema te interesa pero ni usas las Áreas porque no te vienen bien, ni te interesan para nada las Áreas ni en Biescas ni en ningún lado.   :-\ .loco2

P.D.: mensaje editado para dar continuidad al texto debido a error en su redacción.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: Larilau en Febrero 19, 2014, 14:04:16 pm
a ver a ver .... que me interesa...
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 20, 2014, 14:01:57 pm
Lorenzo,
        Lo que quiero decir es que yo necesito dormir 'a pie de monte' y no me vienen bien dichas áreas, como a todo montañero en general. Pero necesito saber si con esa normativa aprobada tal cual puedo aparcar y dormir 'por ahí' o tengo forzosamente que usar esas áreas dentro del término de Biescas. Perdona por el lío, y gracias por la info.
Anton
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: chache en Febrero 20, 2014, 16:18:08 pm
Me quedo, tengo casa en biescas pero x si alguno entra y le puedo ayudar en algo.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 20, 2014, 20:09:29 pm
OK Antón; ahora sí entiendo tu comentario.
Según el Gobierno de Aragón, no se permite la acampada (y entienden por acampada estacionar y pernoctar fuera de los campamentos de turismo).

Lamentablemente siguen obcecados en sus primigenias y obsoletas ideas. No obstante se está tratando de "rodear" el obstáculo (si no puedes saltar el muro, rodéalo), y parece que empieza a dar algunos frutos.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 20, 2014, 21:56:02 pm
Bueno,
            Pues a seguir yendo a Francia para dormir 'a salvo'
Título: Re: BIESCAS
Publicado por: vitu101 en Febrero 20, 2014, 22:06:44 pm
haces muy bien yendo a Francia, yo haria lo mismo.

la pena es que este hilo , o este foro, no lo vieran los alcaldes de la zona, pues verian la cantidad de ingresos que estan perdiendo, y la cantidad de publicidad gratis que estan desaprovechando.

ademas, los guiris cuando vengan a españa con sus acs acostumbrados a la sociedad civilizada, y les despierten los de verde, tienen que flipar... no creo que lo lleguen a entender la verdad.

en fin tu vas a Francia y yo esa zona del Pirineo tristemente me la pierdo y la cambio por otras zonas de montaña de España que hay varias que nos reciben con los brazos abiertos.

que pena la ignorancia...
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 21, 2014, 13:22:25 pm
   Es ignorancia, pero sobre todo es la falta de trayectoria democrática; sólo así es explicable que haya asociaciones presionando para que se nos obligue a ir a sus cámpings sí o sí. Y que haya mucha gente, políticos incluídos que piensen que, claro, si duermes 'por libre' les estás ocasionando pérdidas.
    Y esa falta de trayectoria democrática es lo que permite pisotear derechos en favor de intereses particulares y que a tanta gente le parezca absolutamente normal.
Anton
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 21, 2014, 19:46:39 pm
Antón; esto que dices "sólo así es explicable que haya asociaciones presionando para que se nos obligue a ir a sus cámpings sí o sí.", ¿a qué Asociaciones te refieres?

Imagino que a las de empresarios de camping, pero si nos lo aclaras te lo agradezco.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 24, 2014, 12:19:10 pm
Lorenzo,
       Sí, efectivamente, se trata de organizaciones (mafias diría yo) de cámpings de Catalunya y Alicante, ignoro si hay de más sitios, que han llevado o están llevando a cabo iniciativas para que se prohíba por ley la pernocta fuera de los cámpings, de SUS cámpings, claro. Todo esto figura en algunos hilos del foro.
Anton
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 24, 2014, 21:34:10 pm
OK Antón, gracias.
Sin embargo, sí quiero decirte que mantengo contactos con varias Consejerías (las 2 últimas esta misma mañana), para que tengan en cuenta la filosofía del colectivo a la hora de acometer modificaciones en sus respectivas Leyes de Turismo y consiguientes Reglamentos, además de una propuesta que, si la aceptan, podríamos considerarlo como un gran avance en nuestras demandas.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: CAMPERVOY en Febrero 25, 2014, 13:02:04 pm
 Estupendo Lorenzor. Lo peor que se puede hacer es no estar allí donde se cuecen las cosas. La verdad es que, creo que deberíamos tener o ser un colectivo con sus representantes. Si no, es como no existir.
Anton
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: lorenzor en Febrero 25, 2014, 14:42:25 pm
Cita de: CAMPERVOY en Febrero 25, 2014, 13:02:04 pm
Estupendo Lorenzor. Lo peor que se puede hacer es no estar allí donde se cuecen las cosas. La verdad es que, creo que deberíamos tener o ser un colectivo con sus representantes. Si no, es como no existir.
Anton


Lo peor que se puede hacer es no estar allí donde se cuecen las cosas
Qué quieres que te diga si hay quien piensa que donde se tiene que acudir es a Bruselas y sin embargo esta mañana yo recibía una llamada del Congreso de los Diputados para solicitarme documentación relativa a nuestra actividad, al objeto de estudiarla y ver cómo pueden adecuarla a nuestra actividad...!

Lo peor que se puede hacer es no estar allí donde se cuecen las cosas
Totalmente de acuerdo, pero mientras algunos representantes se sigan mirando el ombligo creyéndose dueños y señores de Dios, mal vamos.

Si no, es como no existir
Nuevamente de acuerdo al 100% y aquí tengo que asentir totalmente en el hecho de alguna Asociación que fue icono del autocaravanismo, y hoy en día ha caído en picado por la incapacidad (o habría que decir ineptitud?) de quienes la dirigen creyéndose superiores al "Ser Supremo"

Como te indico, esta mañana recibía llamada del Congreso de los Diputados (ayer otras dos llamadas), y a los pocos minutos era una Dirección de Turismo muy interesada por un Borrador cuyo título es Plan Director del Turismo en Autocaravana.
¿Las Asociaciones? Alguna como te digo, ni está, ni existe ni se la espera.
Título: Re:BIESCAS
Publicado por: Vielvagén en Marzo 23, 2014, 18:52:24 pm
Este es el borrador de la ordenanza que pretenden sacar, antes de las alegaciones. Desde luego si no cambian varias cosas, cuando salga el nuevo reglamento general de circulación los puntos más interesantes para nosotros quedarán "ilegales" al contradecir a los redactados en una ley de rango superior, un reglamento general está por encima de una ordenanza municipal.

Cuando una ordenanza municipal sale aprobada definitivamente hay un plazo para recurrirla mediante un contencioso administrativo, claro que tambien se puede recurrir cuando aplicando dicha ordenanza abren un expediente por infracción a esa ordenanza, pero en ese caso, para dejarla sin efecto habría que llegar hasta un tribunal superior que dictase sentencia en su contra. Esto supone gasto económico y un proceso largo, pero hay otras formas y atajos que muchas veces dan mejores resultados, por ejemplo en este caso sería presentar denuncias por muchos usuarios en la jefatura provincial de tráfico por contradicción al art. 92 del reglamento general de circulación, tambien ante el defensor del pueblo, esto sería un buen paso porque en el caso de que te multen por esa ordenanza, al recurrirla presentas tu copia de la queja o reclamación presentada ante un organismo competente y en el proceso de tu caso en concreto se tendrá que aclarar cual es la norma válida

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