Hola a todos, cuanto más leo más confundido estoy. A ver si me podéis ayudar que seguro que alguno de vosotros se ha visto en las mismas que yo.
Tengo una VW T5 Kombi de 9 plazas dada de alta como turismo y tengo algunas dudas con el tema legal:
- ¿Puedo llevar puestas únicamente 5 plazas, quintando 4 asientos?
- ¿Puedo llevar cajones en la parte trasera sin fijar a la carrocería y que no llegan a la altura de los cristales? Mi idea es camperizar de esta manera.
Un saludo y gracias por adelantado. Siento si el tema está duplicado pero he buscado y leído hasta volverme loco y no encuentro respuestas claras a mis dudas.
si puedes, pero solo de la manera ke comentas, en cuanto ancles al chasis o superes la altura de los sillones, en la itv te echaran para atrás ;)
A
Cita de: URDULIZ en Enero 23, 2014, 08:58:49 am
Y si no haces nada más, mientras circules te "podrán" multar.
Podrán: es al libre criterio del que te pare.
¿por qué?
Es turismo y tiene 9 plazas lo que significa 2 filas de asientos atrás de 3 plazas cada uno y una fila de asientos en la cabina de 3 plazas.
Cuando has dicho 5 , entonces ¿3 delante y 2 atrás? o ¿2 delante y 3 atrás? simplemente esta duda ya genera controversia.
Si metes un mueble -> no cabe asiento -> no hay 9 plazas->documentación que no concuerda-> multa.
Si metes un mueble y cabe asiento ->entonces caben 9-> aumento de peso-> posiblilidad de pasarte en documentación->multa.
Si metes mueble -> posibilidad de que lo identifiquen como carga->multa.
Si metes muebles->posibilidad de que lo identifiquen como vivienda> documentacion que no concuerda->multa.
Si quieres meter muebles-> tienes que quitar plazas->modificar pesos-> homologar->legalizar->no multa.
Si quieres meter muebles->homologar=deberás de cumplir las condiciones para poner muebles-> altura, posición sujeción, etc.-> esto te lo dirá el ingeniero que te haga el proyecto.(se supone)
saludos
Me refería a tres asientos delante (el del conductor y el doble del copiloto) y dos justo detrás.
Vamos que para cuidarme en salud debería homologar la furgoneta a 5 plazas pero, en este caso, ¿se puede quedar como turismo o lo tengo que convertir en furgoneta vivienda? ¿Qué precio puede rondar hacer todo esto?
Cita de: c4mper en Enero 24, 2014, 19:48:15 pm
Me refería a tres asientos delante (el del conductor y el doble del copiloto) y dos justo detrás.
Vamos que para cuidarme en salud debería homologar la furgoneta a 5 plazas pero, en este caso, ¿se puede quedar como turismo o lo tengo que convertir en furgoneta vivienda? ¿Qué precio puede rondar hacer todo esto?
si los asientos que vas a dejar son los originales, no pasa nada, las 9 plazas que aparecen en tu ficha técnica son el máximo de plazas para las que esta autorizado el vehiculo, no estas obligado a llevar las 9 plazas, solo te las podrían exigir en un momento dado en la itv, pero no ningún policía porke los asientos no estén .ya que para eso son desmontables, por si quieres cargar mercancía.
Si está como turismo no existe un volumen configurable de carga a voluntad en función de las necesidades. Eso es un mixto adaptable y por eso se sobreentiende que no se puede ir con menos plazas, más aun porque no se puede llevar carga (equipaje y poco más, en un turismo) fuera de la zona de equipajes. Que los asientos sean desmontables no quiere decir que se puedan sacar al libre albedrío (no es una cuestión persoanl mía ;D que ni me va ni me viene).
Un mixto adaptable es un vehículo "especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos."
Que multan...puede que si o puede que no y seguramente dependerá de la explicación de porque no se llevan los asientos que faltan, pero multable si es. Otra cosa es que lo lleves escamoteado o plegado si realmente puede ser, respecto, por un lado, de lo que indique el fabricante en el manual de uso y respecto de la función del cumplimiento de la obligación de llevar la carga perfectamente acondicionada y asegurada...cosa más complicada si no llevas asientos que "delimite" el maletero.
El tema de la ITV tiene un efecto desvirtuador en ese sentido, cuando se dice que un tirsimo ha de llevar todos los asientos...claro ya que en caso contrario irías ilegalmente circulando. O cuando se dice que un mixto puede ir con los que quiera cuando realmente no debería ser así ya que te tienen que revisar los cinturones (los cual entiendo que incluye las hembras que van en los asientos y los cinturones de las plazas centrales que normalmente van integrados)...otra cosa es que no se mire y te dejen pasar.
En el fondo es como todo...depende de quien, porque y como te lo mire.
Te pueden multar por fumar sin ningún problema pero existe la consigna de no hacerlo...y con el mismo argumento (aplicación del mismo precepto...el de la debida atención en la conducción) te pueden multar por conducir mientras vas comiendo y lo hacen.
Un saludo!
perdón .ereselmejor no me di cuenta ke había dicho ke estaba como turismo :-X , pensaba ke era vehiculo mixto adaptable , no se porke se me metio en la cabeza eso .loco2 .loco2
si esta como turismo, NO puedes quitar ninguna plaza .nono
Vaya hombre, que pena, porque lo tenía dado de alta como vehículo mixto adaptable y me lo cambiaron a turismo... ¡¡¡Qué cagada!!! Ahora me tocará volver a darlo de alta como mixto adaptable.
Cita de: c4mper en Enero 25, 2014, 10:38:25 am
Vaya hombre, que pena, porque lo tenía dado de alta como vehículo mixto adaptable y me lo cambiaron a turismo... ¡¡¡Qué cagada!!! Ahora me tocará volver a darlo de alta como mixto adaptable.
Pues cuando lo hagas, cuentanos como es el proceso de reversibilización...
Un saludo!
Cita de: +gvr en Enero 25, 2014, 10:53:16 am
Pues cuando lo hagas, cuentanos como es el proceso de reversibilización...
Un saludo!
Jejeje, contar con ello. ¡¡¡Lo que hace la ignorancia!!!
A
Cita de: URDULIZ en Enero 25, 2014, 11:20:34 am
Noooo.
El mixto no es mejor.
Ni tampoco peor.
Lo que es malo es querer hacer las cosas a medias.
Se pueden poner muebles.
Se pueden incluso hasta hacer bien.
Ello conlleva un coste. Eso es todo.
Y por ello se deja a medias, o sea igual de bien que de mal.
Medio bien, medio mal-> total mal.
saludos,
Entonces, ¿qué debería hacer en tu opinión? No la quiero volver a fastidiar. ¿Debería pasarlo a turismo-vivienda?
Por cierto, he llamado a la ITV y me han dicho que para poder pasar el vehículo de turismo a mixto he de ir al concesionario y pedir un certificado de conformidad (no sé qué precio tendrá esto) e ir a la ITV (por 30€ con el certificado tienes el pase hecho).
lo primero que tienes que mirar, antes de todo s loq que pone entu ficha técnica,
si es como turismo creo que pondrá 9 plazas, ..pero vete tu a saber,
en los mixtos suele poner 2/9 lo que indica las plazas mínimas y las másximas y dentro de ese rango puedes circular como te de la gana que siempre irás bien,
yo tuve una mixto 2/9 y lo se por que pasé la itv en varias configuraciones y hasta retoqué la carga máxima por conveniencia puntual, devolviendola después a la original,
...mira la ficha
suerte
A
Esto, ciertamente Urduliz, es el camino adecuado pero también, además del dinero disponible, exige tener el vehículo para ello.
Somos muchos los que necesitamos un vehículo polivalente...en mi caso transporte de personas (familares, trabajadores cuando los hay), mercancias propia, el poco ocio que te da el tiempo/dinero libre...en los que hacer un X-vivienda es inviable ya que limitarías el uso a ocio y desplazamientos de "particulares" y para el resto irías de ilegal y con multas/conseciencias/responsabilidades mayores.
Entiendo que en ese caso el mixto adaptable encaja mejor porque se ajusta/encaja mejor en la maraña legal/real en la que nos toca andar pero siempre tratando de cumplir con la legalidad máis y sin escatimar nunca en seguridad.
Si tuviera cash camperizaría mi T4 y me compraría otra para el trabajo. Sin duda...
Un saludo!
Cita de: +gvr en Enero 25, 2014, 13:25:08 pm
Esto, ciertamente Urduliz, es el camino adecuado pero también, además del dinero disponible, exige tener el vehículo para ello.
Somos muchos los que necesitamos un vehículo polivalente...en mi caso transporte de personas (familares, trabajadores cuando los hay), mercancias propia, el poco ocio que te da el tiempo/dinero libre...en los que hacer un X-vivienda es inviable ya que limitarías el uso a ocio y desplazamientos de "particulares" y para el resto irías de ilegal y con multas/conseciencias/responsabilidades mayores.
Entiendo que en ese caso el mixto adaptable encaja mejor porque se ajusta/encaja mejor en la maraña legal/real en la que nos toca andar pero siempre tratando de cumplir con la legalidad máis y sin escatimar nunca en seguridad.
Si tuviera cash camperizaría mi T4 y me compraría otra para el trabajo. Sin duda...
Un saludo!
Sí, tienes razón, yo estoy en la misma situación que tú y creo que lo que planteas es un equilibrio fantástico para mis necesidades... Todavía me estoy dando de cabezazos contra la pared, ¿por qué lo pasé a turismo? jejejejeje.
A
Hola, pero hablo de camperización de quita y pon. "Cargas" todo, te vas, legas, te "instalas" (estacionas), disfrutas, recoges y vuelta a empezar.
Del anexo II del Reglamento General de Vehículos:
Por construcción
31 Mixto adaptable: "Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos."
32 Vivienda: "Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
Por uso:
00 sin especificar (Instrucción: se aplicará esta clave cuando el elemento a clasificar no esté encuadrado en ninguna de las clasificaciones siguientes).
48 Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda.
Un 3148 es un absurdo legal.
Un 3100 usado eventualmente como vivienda mientras esté correctamente estacionado, donde no se instala absolutamente nada y todo es tratado como carga mientras circula...es tan ilegal como considerar un coche como vivienda cuando alguien está durmiendo la mona dentro.
Cita de: URDULIZ en Enero 26, 2014, 11:42:06 am
Si pero eso significa adecuar la "maraña legal" a tus necesidades, en vez de lo contrario. Y con ello dejas al aire puntos por donde te pueden venir problemas y a unos le vienen y a otros no.
Mi vida la adecuo a mis posibilidades y está claro que problemas pueden venir por muchos sitios pero seguro por la "maraña legal" creada muchas veces por la difícil aplicación de la normativa y otras por la aplicación torticera y tendenciosa.
Como en muchas situaciones de la vida cuando una cosa no está expresamente contemplada no quiere decir que sea ilegal, solo quiere decir que tu caso no fue contemplado o que la norma no fue suficientemente depurada (y para eso tenemos por ejemplo el manual de reformas de vehículos con sus contínuas revisiones por ejemplo...).
Mi maraña legal es entender todo eso y tratar de ser lo más legal posible, pero cuando no se me garantiza el derecho a una vivienda no me voy a conformar y pagar una multa gustosamente porque aprecien como ilegalidad usar puntualmente un 3100 como vivienda.
Con todo entiendo lo que me dices y porque me lo dices ;) pero discrepo en que un 3100 es para trabajar. Es para usar para lo que legalmente puedas porque te lo permite la legalidad vigente, incluído trabajar, al igular que puedes comprar una Caravelle o una Shutle y ternerla totalmente afecta a una actividad económica y por lo tanto solo la podrías usarla para desplazamientos laborales, o al igual que no puedes comprar un furgón si no eres autónomo o empresa....
Un saludo!
A
La verdad es que no se puede querer todo...BBB ;D pero es lo que hay y lo que se puede .malabares
N hay discusión posible, lo que está diseñado para un fin, si está bien, no lo pudes reconvertir en una gatgetovivienda y ser li mismo.
Cita de: URDULIZ en Enero 26, 2014, 22:45:36 pm
Si se pusiensen de verdad, y si se aplicase toda la normativa, los mixtos que conoces no existirían. Serían con una mampara del copón bendito que te imposibilitaría hacer cama, o sea si llevas muebles como carga llevas mampara y se fastidió el invento. (y ojo con esto que me esta dando algo en la nariz...)
Mixto adaptable es eso: configurable a voluntad en función de las necesidades y con los condicionantes normativos. Por lo que el mamparón bendito no tardará mucho ya que ahora está condicionado al hecho de llevar carga y a como la lleves, pero en realidad con la interpretación literal la rejilla habría que llevarla aun cuando lleves una pluma en la zona de carga. Pero aun así llevará tiempo porque hay mucho vehículo viejo y porque aun falta mucha cultura cívica/circulatoria. Si se aquí a mañana exigen mampara todo el mundo la pondría pero a la vez no acompañaría la coherencia normativa y no avisarían (aun cuando realmente no tiene porque hacerlo) que la carga siempre hay que llevarla amarrada y bien acondicionada.
Ya salen modelos con la rejilla integrada y es un buen avance y una evolución lógica.
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/gvr/282mi3r_big.jpg)
pero volviendo a lo mío ;D si miras en mi firma Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para T4 verás que es toda una declaración de intenciones.
Un saludo!
Conclusión tiro mi vito mixta de 8 plazas,me compro una vito furgón,una vianó de 9 plazas y una marco polo tres plazas de garage, tres impuestos, tres seguros,se admiten donaciones.Que al final es lo que van a querer conseguir.Por cierto que es eso de mixto vivienda?
Cita de: argibay en Enero 26, 2014, 23:33:03 pm
Conclusión tiro mi vito mixta de 8 plazas,me compro una vito furgón,una vianó de 9 plazas y una marco polo tres plazas de garage, tres impuestos, tres seguros,se admiten donaciones.Que al final es lo que van a querer conseguir.Por cierto que es eso de mixto vivienda?
Un mixto vivivenda es una furgo vivienda hecha a partir de una mixta adaptable. De 3100 a 3148.
Un furgón/eta vivienda es furgo vivienda hecha a partir de un furgón de carga. De 2400 a 2448.
Una vito 8 plazas puede cumplir perfectamente como furgón de 2 plazas si lleva su correspondiente separador. Ahora, si quieres una Marco Polo necesitas una Marco Polo, no queda otra salida.
Un saludo!
Cita de: Espartano en Enero 25, 2014, 11:32:15 am
lo primero que tienes que mirar, antes de todo s loq que pone entu ficha técnica,
si es como turismo creo que pondrá 9 plazas, ..pero vete tu a saber,
en los mixtos suele poner 2/9 lo que indica las plazas mínimas y las másximas y dentro de ese rango puedes circular como te de la gana que siempre irás bien,
yo tuve una mixto 2/9 y lo se por que pasé la itv en varias configuraciones y hasta retoqué la carga máxima por conveniencia puntual, devolviendola después a la original,
...mira la ficha
suerte
Haber si podeis resolver la duda, t4 multivan en la ficha técnica de 2-9 plazas, matriculada como turismo, no llevo los asientos individuales traseros (los giratorios). Ha pasado itv sin problemas y me ha parado los verdes sin problemas. La pregunta es he tenido suerte, voy legal ?
Gracias, un saludo.
Cita de: eu en Enero 27, 2014, 10:06:30 am
Haber si podeis resolver la duda, t4 multivan en la ficha técnica de 2-9 plazas, matriculada como turismo, no llevo los asientos individuales traseros (los giratorios). Ha pasado itv sin problemas y me ha parado los verdes sin problemas. La pregunta es he tenido suerte, voy legal ?
Gracias, un saludo.
ke código te pone en la homologacion .malabares
Cita de: cukiyo25 en Enero 27, 2014, 14:56:41 pm
ke código te pone en la homologacion .malabares
Exacto, hay que emprazar por ahí ;)
Cita de: +gvr en Enero 27, 2014, 16:12:29 pm
Exacto, hay que emprazar por ahí ;)
Me cogeis en fuera de juego mañana lo veo y os comento,
Gracias
Creo que me puedo responder a la pregunta que he formulado antes:
Clasificación 1000 (turismo)- opciones incluidas en la homologación: 2 asientos en sentido contrario a la marcha.
Entiendo que con esto, es optativo llevar los 2 asientos posteriores. No es asi?
Gracias
Bien, pero así no salen las cuentas. Tendría que ser 5-7.
Se matriculo como multivan y como turismo desde el principio.
La eterna discusion entre llevar en regla o llevar cosas de quita y pon o que tal vez usemos de tanto en tanto y sean escamoteables o tal vez creamos que con un par de explicaciones sobre como está hecho al ingerniero de turno de la ITV o a la "pareja" de tráfico que te va a multar, creamos que son suficientes, porque total hoy es findesemana y mañana me voy a currar.
Solo deciros que las opiniones de Urduliz aunque nos suenen algo "rancias", en el mejor sentido de la palabra, son del todo ciertas. En su dia me dijo algo parecido que queria cuadrar y seguir cuadrando en funcion de mis opiniones, y la verdad que tenía toda la razon del mundo. Tras haberlo hablado con mas gente, y no por desconfiar de él, simplemente por conocer gente con problemas parecidos y sus soluciones, y una par de consultas en ITVs , llegué a la conclusion que de todo lo que dice sabe, y que lo que sabe se confirma, a fín de cuentas se dedica a ello.
Cuando un perito entre en la furgo y vea las bonitas y preciosas ñapas que hacemos sin legalizar, ese día olvidate de si tu seguro es caro o barato, a terceros o a todo riesgo, como si vas sin él o lo llevas caducado. Su informe va a la central y esta se olvida de tí, como si no existieras.Reclamales¡¡¡¡ jajaja.
Con la rotaflex hacemos maravillas, mas bonitas que las originales y a "cuatro perras", ........... las originales salen caras, (y creemos que son mejorables a base de meter vigas de altos hornos) pero están testadas, homologadas, y el seguro y la ITV nos las acepta, junto con toda su papeleria y homologacion. Al final sabeis para que sirven las ñapas? .... para aparcar la furgo en una huerta y hacer de ella una corrala de pollos, no para viajar. Sabeis que incluso un ingeniero de la ITV aún y no habiendose dado cuenta de algo que no sea correcto puede declinar todas las responsabilidades y quedarsete la cara de tonto??????? Por el simple hecho de que todo hay que documentarlo, y en eso se cubren las espaldas, y por eso cuesta lo que cuesta. Papeles, putos papeles ¡¡¡¡
Urduliz, rancio ;) ;) ;) me debes unas birras jeje.
Cita de: +gvr en Enero 28, 2014, 10:21:55 am
Bien, pero así no salen las cuentas. Tendría que ser 5-7.
Se matriculo como multivan y como turismo desde el principio.
Me cole en la primera pregunta efectivamente pone 7 (2). El epigrafe del parentesis se refiere a: la opcion de homologacion de los dos asientos en sentido contrario.
Se matriculo como multivan, 3100 vehiculo mixto adaptable.
gracias. Un saludo
pues sabido todo esto me parece ami que este foro solo va a servir para compartir experiencias de marcopolos y californias, ya que como bien dice Beep-Beep se acabo eso de las ñapas lo que quieras lo compras y lo homologas y si no esta a tu gusto a joderse.
Argibay, lo puedes hacer, pero con mucho tiempo, dedicacion, información y a fin de cuentas dinero. Todo bien y en regla. Es posible siempre y cuando no tengas una idea demasiado descabellada que no haya forma de reglamentarla. Le damos a la imaginacion y enseguida sacamos el boceto de una estacion aeroespacial, pero es un simple proyecto que si lo analizamos friamente veremos que es imposible de reglamentar.
Piensa que si es algo complejo puedes tardar un año o dos, segun tu dedicación, y mientras tanto no podras pasar ITV´s en modo "temporal", con lo que o la aparcas en un local y no la sacas (algo lógico pero no legal segun nuestros gobernantes) o la das de baja temporal y tampoco la sacas hasta terminar con ellla y legalizarla. Este es mi caso, la duda entre darla de baja temporal o aparcarla y no sacarla a la calle mientras la termino.
Yo soy muy cabezon, y ando dibujando planos para la futura, y a mi medida en lo posible, posible en lo tecnico, en lo legal y en lo economico. Dibujo algo, veo que me encaja, y lo dejo enfriar, a continuacion sigo con el desarrollo de sus cosas, y mirando y consultando en el foro, y luego me doy cuenta que o bien hay que modificarlo o rehacerlo por completo por no cumplir reglamento, o pensar en comprar su original o darselo a un profesional para que me lo haga en condiciones.
Dinero, pasta, paciencia, cabezonada, pero es un hobby y no tengo prisa. De mientras sigo disfrutando las salidas con mi "viejita", ñapeada pero homologada. Al final es posible que algunas de sus partes formen conjunto con la futura. Y puestos a meter pasta en ella, que todo sea legal, homologado y en calidad. Y mira que me considero mas un manazas que un manitas, pero despacio y con buena letra lo conseguiria, y por ello hacerlo mal es estupido.
Es que leyendo por aquial final lo que tengo claro es que se necesitan dos vehiculos uno para trabajar y llevar carga,con su corresondiente manparo de separacion que hay que homologar y cuando no lo necesites en teoria deberias pasar por caja y quitarlo y otro para camperizar a tu gusto,Pero aqui me surge otra duda,por aqui se ha ablado de que si nuestras ñapas son legales o no ,se ha dicho que los muebles y demas accesorios tienen que ser "testados "de alguna manera,un asiento cama es legal porque ha pasado por unos teses de esfuerzos y esas cosas,pero yo me hago un mueble fregadero,un altillo etc y sigo las normas de lo de las aristas modos de anclage al bastidor etc,a eso le saco unas fotos y un ingeniero me da el visto bueno.No se supone que para montar algo en tu vehiculo el accesorio que pongas tiene que estar homologado y luego homologar la instalacion,o segun que accesorios vale solo la firma de un ingeniero.Esta claro que como bien dices una cosa es imaginarnos una cabina de hidromasage detras de los asientos por ejemplo y otra que se puede realizar legalmente,pero creo que la mayoria de gente que prepara la furgo lleva por descrivirlo de alguna manera y generalizar "copias" de Californias y por el estilo cada uno adaptandolo a sus gustos,necesidades y posibilidades.Yo tengo una Vito mixta por necesidades,en teoria puedo llevar tanto mercancia como pasajeros,digo en teoria por lo de la instalacion de la regilla separadora que si la homologas que si la quitas y vuelve a ponerla...Cuando llegan vacaciones pues pongo en mi caso un mueble fregadero una nevera dos cajones que hacen las veces de somier para poner un colchon,llevo dos depositos de agua (en proyecto de homologar por culpa de la ITV)mi baño y mi ducha,todo esto lo podria homologar pero si lo hago me quedo sin vehiculo para trabajar,lo podria llevar legalmente siempre que no estuviera atornillado al chasis,pero tendria que poner ena regilla con lo cual lo de los asientos giratorios no me valdrian para nada.ESta claro que hay que informarse antes de hacer nada,pero site informan mal que haces,lo de los depositos de agua por ejemplo,antes de compralos voy a la ITV y pregunto que silos puedo poner junto con dos claraboyas ,si no hay ningun problema ,los pongo y asi durante 4 años,el año pasado me dicen que las claraboyas esas que llevo las tengo que homologar o quitarlas les explico lo que eelos me dijero ,sale el ingeniero, y bueno lo que vamos hacer es diligenciarlas,me lo ponen en la ficha pago 11euros ,y les digo lo de los depositos de agua y meicen que eso no consta como reforma,pues bien este año paso la ITV y me dicen que tengo que homologar los depositos les explico lo de las claraboyas y que si quieres arroz catalina,que hago prendo fuego a la ITV.Si antes de hacer nada a la furgo vas y te informan como ami te da igual ir de legal que no.
argibay de lo ke se ha hablado es lo ke seria 100% legal y lo ke no.
otra cosa es ke la gente lo haga o no, ke la itv te lo mire o no o ke la policía te multe o no.
sobre la itv, ten en cuenta ke las normas cambian constantemente y lo ke hoy no hace hay ke homologar, mañana seguramente si haga falta y todos a pasar por caja.
te puede tocar el ingeniero de la itv chachi y te homologa las claraboyas por 11 euros o te podía haber tocado el pejiguera y te hubiese dicho ke necesitas homologación, mas proyecto de ingeniero o kita las claraboyas.
estamos en España y esto es lo ke hay....lamentablemente .lengua2
Si estoy deacuerdo en todo esto, que mamar y morder como dice mi madre no puede ser.Si tienes un vehiculo mixto es lo que es y punto que esta muy bien eso de comentar entre todos nuestras ñapas e inventos,Y si ati en la itv te lo pasan as tenido suerte,seguramente como dices te toca el que no sabe y punto te toca el que sabe y te jodes,aunque no deberias joderte si haces las cosas bien.Que siempre habra alguno que no sepa hacer su trabajo y el perjudicado seas tu como en mi caso,como bien dices esto es España para lo bueno y lo malo Aqui cada uno puede hacer en su furgo lo que quiera y comentarlo,las leyes estan hay para respetarlas aunque muchas nos parezcan absurdas pero es lo que hay.Yo he echo ,pues yo he puesto ,pues ami ........Esto me a servido pòr lo menos ami personalmente para darme cuenta de que mi furgo solo es legal si la tengo en mi garage,no es un reproche es la realidad.Tampoco estoy molesto con nadie es lo que es y punto nos guste o no.
Cita de: argibay en Enero 28, 2014, 12:32:51 pmlo podria llevar legalmente siempre que no estuviera atornillado al chasis
Est es, por ejemplo, una de las "trampas" en las que "queremos caer". El reglamento no dice "se puede llevar cualquier mueble siempre que no esté anclado al chasis", sino más bien (
no cito textualmente) "No se puede anclar al chasis cualquier elemento no preparado (homologado) para ello". Por tanto, (algunos) ingenieros dicen: "pues no lo anclamos al chasis, como mucho a la madera del suelo". Otro hacen papeles falsos si pagan, o defienden a personajes y causas indefendibles si pagan, o extirpan órganos ilegalmente si pagan, o...
Y como nunca pasa nada, pues tan felices, y si en la ITV "amiga" o la poli que sea no nos dicen nada, será que no lo hemos hecho mal ¿no?
Argibay, este enlace te lleva a un resumen de lo que se pide y como se pide. Es escueto y muy aclarativo referente al papeleo que te van a pedir, aparte de llevarte al manual de reformas y su directiva. A mí me sirvió de mucho tras leer tochos y opiniones de lo que si y lo que no y mirar en mil sitios. Aún y todo siempre te surgen dudas y para eso lo mejor preguntar directamente a uno de los foereros que tienen la coletilla de profesionales del sector.
http://www.izadivan.com/normativas.htm
Al final te daras cuenta que es mas facil, sencillo e incluso me atreveria a decir que economico hacerte el proyecto entero de turismo vivienda que legalizar individualmente muchas partes o instalaciones nuevas.
Muy buenas reflexiones se ven por aquí. ;D
Hay novedades en el borrador del manual de reformas:
Manual de reformas vigente (marzo 2012)
"5.1.- Proyecto Técnico
Deberá identificarse: técnico competente, el vehículo (marca, tipo, variante, denominación comercial, número de identificación, matrícula) y las reformas realizadas.
No será necesaria la presentación del proyecto técnico cuando se trate de una restitución/desinstalación de elementos si el vehículo resultante está amparado por una homologación de tipo...."
Manual de reformas borrador (octubre 2012)
"5.1.- Proyecto Técnico
Deberá identificarse: técnico competente, el vehículo (marca, tipo, variante, denominación comercial, número de identificación, matrícula) y las reformas realizadas.
En el caso de correspondencia del vehículo reformado con un tipo homologado, se podrá realizar la reforma sin proyecto técnico. Del mismo modo no será necesaria la presentación del proyecto técnico cuando se trate de una restitución/desinstalación de elementos si el vehículo resultante está amparado por una homologación de tipo...."
Un saludo!
Gracias a los dos,tanto a beep-beep como a +gvr.Por partes beep-beep a mi no me importaría legalizarla como vivienda,si me decidiera seria lo que llevo en vacaciones legalizarlo no seria nada complicado ,no llevo ningún invento de la estación espacial ni nada raro,el coste tampoco seria un problema(sera por dinero) :'(,el problema seria que perdería la opción de transportar carga,cosa que por el momento no puedo prescindir.+grv lo de la instalación y posterior desmontaje en este caso de la famosa regilla de separación,me surge una duda,esto también se podría aplicar a la hora de poner muebles de quita y pon.Me explico hago la configuración de vivienda a mi gusto,un ingeniero me lo autoriza ,me dan el visto bueno en la itv,sin llegar a homologarlo como vivienda,podría quitar y poner como lo de la regilla?.
En google: kit autoinstalable furgoneta
A
Cita de: URDULIZ en Enero 28, 2014, 20:56:58 pm
Quizás debieras mirar el mercado holandes. Allí esto del mixto lo tienen solucionado hace unos años, tienen unas regillas del copón bendito. Son obligatorias en todas las furgonetas que lleven carga. Son fijas, pero no creo que soldadas.
Puede que como accesorio vw venda alguna regilla, pero lo dudo, pueden ser "desas pa pasar el expediente".
Tengo localizada una en Austria .meparto .meparto
En la VW tienes en catálogo el mamparo de chapa, pero no es lo que busco y la rejilla pues nada de nada, como otras muchas cosas que se descatalogan. Los años no pasan en valde.
Eso de
"En el caso de correspondencia del vehículo reformado con un tipo homologado, se podrá realizar la reforma sin proyecto técnico." lo pensaba en los muchos caso de multivanización y californización que hay hechas en la base de Transporter...por ejemplo. Pero a esto le veo yo el problema de demostrarlo ya que es fácil (relativamente) decir que una Multivan era así (sin poder demostrtar muchos detalles) pero para asegurar la "correspondencia" hace falta muchos datos.
Un saludo!
Cita de: argibay en Enero 28, 2014, 16:58:49 pm
+grv lo de la instalación y posterior desmontaje en este caso de la famosa regilla de separación,me surge una duda,esto también se podría aplicar a la hora de poner muebles de quita y pon.Me explico hago la configuración de vivienda a mi gusto,un ingeniero me lo autoriza ,me dan el visto bueno en la itv,sin llegar a homologarlo como vivienda,podría quitar y poner como lo de la regilla?.
No entiendo cual es la pretensión...que un ingeniero "autorice" el uso como vivienda?
De principio lo que tu lleves algo que no sea "equipaje" tiene que ser en un 3100 o en un 2448. Si llevas medio palet de ladrillo para hacer una chapuza en casa en una California le podrás decir misa la GC o te creará y te meterá multa o no en función de su criterio (para mi es multable por inseguro). Si ese porte de "mercancias propias" lo haces en un 2400 de despues del 2000 no tendrás problemas porque tendrá mampara o rejilla instalada, si lo hacer en un 3100, 2400 de antes del 2000 o en un 2400 de despues del 2000 y con la rejilla desintalada pues multable es.
Si llevas algo tuyo no tendrás problemas y la propiedad de los materiales no se corresponde al titular del vehículo (o es de otro pero no media dinero por el medio...olvidate de la presunción de inocencia) es multable porque tendrías que ser un SP.
Si lo que llevas es tuyo, lo llevas con mampara/rejilla pero lo llevas "dispuesto" (cada cosa en su sitio colocadito...) pues algunos lo verán como un uso propio de una clasificación XX48 y no realmente como XX00. Como los XX48 no necesitan mampara/rejilla porque se presupone que todo está sujeto correctamente a la carrocería se presupone que si llevas rejilla no pretendes ser XX48 ya que además no llevas los muebles fijados a la carrocería. Pero para esto no necesitas un ingeniero a no ser que hables de una configuración desmontable o configurable a gusto...con un enganche verificado si no va a las argollas de carga http://www.sortimo.es/Easy-Klick.57.0.html de principio no le veo problema. El caso es que sería poco habitual por partir de un 3100 y no de un 2400 y ser capaz de recuperar el espacio para los pasajeros y que no transgriedas algo (enganches fijos en pared = peligro para los pasajeros).
El problema es justificar a la vista de un agente de la autoridad que non infrinjes la normativa...
Si lo llevas todo apilado, amarrado y con rejilla parecerá un transporte a un lugar de traballo y que tu eres un instalador de cocinas .meparto
Si lo llevas todo dispuesto para su uso, bien estivada, acondicionada (reparto de pesos), amarrada legalmente a las argollas de carga y llevas rejilla...si yo fuese GC te daría la enhorabuena por un transporte seguro y te desearía buenas vacaciones ya que entiendo que no eres un instalador de cocinas (para que ibas a colocar todo tan bien y despues descargar e instalar en una casa despues?)
Despues el uso que hagas con el vehículo ya es otro tema...¿quien te prohibe jugar al tute en una Transporter con asientos delanteros giratorios de fabrica sobre una mesa con patas plegables que transportas en el espacio de carga bine amarrada y detrás de la rejilla cuando circulas? yo creo que nadie...pero puede haber algún envisioso que piense que está acampado y que has hecho una reforma de importancia en los asientos delanteros....
Pregunta a Sortimo a ver que te dicen http://www.sortimo.es/Soluciones-especiales.83.0.html
"¿Es propietario de un vehículo poco apropiado o tiene que transportar productos especiales?"Un saludo!
Lo primero que quiero decir es que ha surgido una discusión muy interesante que he leído bien a gusto (lo que se aprende aquí no tiene precio).
Ahora bien, le doy una vuelta de tuerca a esto. Yo no pretendo tener una vivienda en la furgoneta, me bastan unos cajones para meter cosas y dormir ahí dentro, poco más.
Mi pregunta es: ¿en en mixto puedo meter una bicicleta, un par de mochilas, otro par de maletas y una caja de herramientas, un colchón, un toldo del Decathlon, dos paquetes de 24 botellas de agua, un paquete de 24 latas de cerveza... para ir a ver el Tour de Francia, por ejemplo?
Si es así, ¿por qué no puedo meter unos cajones preparados para poder llevar estas mochilas, maletas, etc, con un VW químico, unas garrafas de agua... para ir este verano a los Dolomitas, por ejemplo?
Lo pregunto, porque no quiero convertir mi furgoneta mixta adaptable en una autocaravana. De momento quiero viajar de esta forma más "hippy" si queréis (en un futuro quizás me compre una autocaravana).
Digo todo esto, porque creo que todo lo que decís tiene toda la razón, los de la opción A y los de la opción B. La diferencia entre A y B es la finalidad.
Un saludo.
Cita de: c4mper en Enero 29, 2014, 11:02:31 am
Lo primero que quiero decir es que ha surgido una discusión muy interesante que he leído bien a gusto (lo que se aprende aquí no tiene precio).
Ahora bien, le doy una vuelta de tuerca a esto. Yo no pretendo tener una vivienda en la furgoneta, me bastan unos cajones para meter cosas y dormir ahí dentro, poco más.
Mi pregunta es: ¿en en mixto puedo meter una bicicleta, un par de mochilas, otro par de maletas y una caja de herramientas, un colchón, un toldo del Decathlon, dos paquetes de 24 botellas de agua, un paquete de 24 latas de cerveza... para ir a ver el Tour de Francia, por ejemplo?
Si es así, ¿por qué no puedo meter unos cajones preparados para poder llevar estas mochilas, maletas, etc, con un VW químico, unas garrafas de agua... para ir este verano a los Dolomitas, por ejemplo?
Lo pregunto, porque no quiero convertir mi furgoneta mixta adaptable en una autocaravana. De momento quiero viajar de esta forma más "hippy" si queréis (en un futuro quizás me compre una autocaravana).
Digo todo esto, porque creo que todo lo que decís tiene toda la razón, los de la opción A y los de la opción B. La diferencia entre A y B es la finalidad.
Un saludo.
Por que volvemos al dilema del huevo y la gallina. Dices unos cajones, .... de IKEA? o con su tapas, bisagras etc hechos exproceso a la medida trasera,y anclados al habitáculo ?... o a unas argollas que bien sean propias de la furgo o que hayas colocado para quita y pon?. Si son del IKEA (los cajones), como si llevas todo lo que quieres meter o te entre detrás de los asientos, es decir EQUIPAJE DE PASAJERO. Lo otro, pues ya sabemos INSTALACION DE MUEBLES en vehiculo ---------- (por determinar)
A
Cita de: c4mper en Enero 25, 2014, 10:38:25 am
Vaya hombre, que pena, porque lo tenía dado de alta como vehículo mixto adaptable y me lo cambiaron a turismo... ¡¡¡Qué cagada!!! Ahora me tocará volver a darlo de alta como mixto adaptable.
Ni se te ocurra pues no podrás pasar de 100km/h en autovía, y cuando tu furgo cumpla 10 años tendrás que pasar la ITV cada 6 meses.
la mía que es igual que la tuya al cambiarla a turismo lo hice con cinco plazas y siempre llevo montado una cama de la segunda fila de asientos para atrás y nunca me han dicho nada en la ITV.
Pero en la ficha técnica pusieron que quedaba como turismo pero pasaba a tener cinco plazas.
Urduliz muy buena explicación y haber si lo he entendido,fabricarse uno mismo el interior de su fuego es como si quieres Fabricarte tu mismo la fuego entera ???
Le falta un "pero" a la ultima frase del video "... ningun puente se termina sin pasar la prueba del viento". Bueno en realidad hoy día son algo mas exigentes ya que les hacen también pruebas de carga, y en breve incluso pruebas de antideslizamiento a la banda peatonal. Que se lo pregunten sinó a Calatrava, que siendo arquitecto e ingeniero o ambas cosas dos, denuncia (o amenza con ello) al ayuntamiento de Bilbao por una modificación de su obra artistica en la orilla de las torres de Isozaki, cuando el problema que tiene el puente es que te resbala el suelo por llevar losetas de cristal.
No se si será el sitio más adecuado a esta duda o no, o si será rizar el rizo o dar vuelta sobre lo mismo.
El tema es sobre el mueble lateral de la california beach, como mucha gente habéis comentado en este foro, su capacidad parece estar muy desaprovechada. En el caso de querer realizar una modificación de las medidas de ese mueble, para dar cabida a algo mas largo, que no más alto...
- 8.22. Modificación o instalación de elementos en la zona de equipaje o en el espacio destinado a los pasajeros distinto a la zona frontal del habitáculo del vehículo (M1) - IC - CT
- IC: Informe de Conformidad (emitido por el fabricante o un Servicio Técnico).
- CT: Certificado de Taller.
¿Estaríamos en ese supuesto? o sería una modificación no legalizable dentro de un vehículo matriculado como turismo.
Un saludo
Gracias al puente de Tacoma se aprendío mucho de la resonancia, de la necesidad de pensar en el perfil aerodinámico del puente y de la resistencia a paso del viento a su través...Lo de la resonacia es curioso que pasa mucho más de lo que parece. Hay por hay videos curiosos de autodestrucción de helicópteros en el suelo.
A es una cosa.
B es otra cosa.
Las dos valen para lo mismo, pero no son la misma cosa.
El único problema es decir que A es B cuando no lo es, o viceversa...o que quien tenga que apreciar si es A o es B no sabe hacerlo y entonces puede pasar dos cosas: dejar pasar o bien tomarselo por la drástica.
Ahí podemos empezar a situarnos comparativamente:
A camperización artesana: todo lo que llevamos hablado hasta ahora. Puede ser "catastrófica" o puede estar muy bien y perfectamente legal aun cuando te pues encontrar con algún tropiezo interpretativo de la normativa.
B unha California (por poner el ejemplo típico): Recien salida de fábrica está genial y en regla, pasado el tiempo puede estar igual o puede estar "catastrófica". Me cambio los hornillos de alcohol por unos de butano, meto una tercera batería....
A puede ser A o dejar de serlo, pero B también puede dejar de ser B. Que es mejor o menos malo...pues depende de lo qué, porqué....y lo que puede pasar. Y esto último es lo que menos en cuenta se tiene y cuando pasa se llora.
Que puede pasar: más con A que con B? al revés? Depende de porqué se dejo de ser A o de ser B.
Está claro que B es más funcional, eficaz, optimizado y que con A no tendrás el confort, inmediatez...son cosas distintas pero ninguna es mejor que la otra porque no es comparable a seca porque hay que mirar a fondo ya que a veces se piensa que papelizando, que nadie se me ofenda, se justifica todo y con eso todo vale.
Despues de pasarla a vivienda le pongo unas ventanitas....porque por habrá algún profesional que te dice que lo puedes hacer, otros te diran no sé y los menos te dirán que no lo puedes hacer.
Estamos en un pais en el que muchos se tienen por inmunes, otros piensan que los demas son ignorantes y los menos son tan normales como tu.
Hay mucho que avanzar ya que es muy fácil buscar responsables en otros y eximirte de responsabilidades, lo difícil es crear conciencia y convencimiento en el porqué de las cosas y el porqué los técnicos son necesarios para que la técnica llegue a su punto con funcionalidad y seguridad. Para todo esto está la normativa y esta consecuentemente tiene que abarcar la diversidad de realidades y acrecentar el progreso y el avance...pero cuando esto se queda solo en el papel pues mal vamos.
Un saludo!
También estoy estudiando, academicamente hablando, ... ;D a estas alturas de la vida.
La esencia de todo esto es el Anexo VI del Reglamento General de Vehículos
ANEXO VI :: DISPOSITIVOS DE RETENCION Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHICULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTANEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITACULO
1. Objeto y campo de aplicación
1.1. El presente Anexo tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que han de cumplir los distintos dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga así como los ensayos que han de efectuarse para determinar su idoneidad en el aseguramiento de la carga. Las disposiciones aquí indicadas se aplicarán a los dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga y de aseguramiento de la misma, a instalar en vehículos cuyo plano de carga está directamente limitado por una fila de asientos.
3.3.1 Dispositivos de retención parcial:
Los vehículos mixtos adaptables opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga en la zona situada por encima del respaldo.
En los dispositivos de retención flexibles la deformación máxima hacia adelante producida por el elemento de prueba no deberá sobrepasar los 300 mm medidos desde el plano transversal vertical al eje longitudinal del vehículo que pasa por el borde posterior del respaldo en su posición de construcción. En el caso de dispositivos de retención rígidos se permitirán deformaciones justo hasta la aparición de grietas en la superficie.
Las pruebas de los dispositivos de retención parcial destinados a vehículos equipados con apoyacabezas en los asientos posteriores deberán realizarse con los apoyacabezas montados.
La confusión viene de la palabra opcionalmente.
-Si el 3100 no lleva a puntos de amarre para la carga la rejilla/separador es obligatoria ya que no podrás fisicamente amarrar la carga. Siendo obligatoria para vehículos de antes del 2000 sin amarres...o se sacan de circulación o se autorizan rejillas/separadores salidos de no se donde ya que por ley los fabricantes de vehículos están obligados a proporcionar repuestos y recambio hasta 8 años despues de dejarlos de fabricar.
-Si el 3100 lleva puntos de amarre...quien asegura que no puede haber "un desplazamiento eventual de la carga". ¿Si lo puede haber es opcional poner la rejilla que te proteja? No, evidentemente. De aquí sale la obligación de llevar rejilla si llevas carga.
¿Cual es el problema de todo esto?
¿Qué rejilla/separador se puede poner?
¿Cómo se pone?
Unos interpretarán la colocación como reforma, otros no.
Si lo instalas aplicando el manual de reformas de importancia pierdes realmente la esencia de adaptabilidad del 3100, lo cual es un contrasentido normativo.
Si la obligación va asociada a la existencia o no de carga transportada no o puedes "instalar" por el procedimiento del manual de reformas porque revertir el proceso de instalación es una reforma en sí.
Esto al final lo tiene que interpretar en la vida real el agente de la GV...y NO es como el fumar, para el que hay la consigna expresa de no multar por eso ya que si se multa por eso hay que asumir como una perdida de votos incuantificable y que nadie quiere asumir. Es decir es una decisión política. Si llevas rejilla vas seguro, protegido...si no la llevas pues depende.
Y llevando rejilla...que más da lo que lleves y para qué si no incumples otra normativa más restrictiva (ADR, perecederos...)
Si llevas esto por ejemplo:
http://www.ovicuo.com/shop/travelbox/
http://www.furgomania.com/trabajos/kit_autoinstalable_2014.html#.UunPEvuyoZ4
y lo llevas de acuerdo con los preceptos normativos...¿donde está el problema? en que lo usar y usas el vehículo a modo de vivienda porque te puedes dormir comodamente una siesta si te apetece?
Todo esto para mi es A y solo es válido para los mixtos adaptables.
B es un vehículo vivienda debidamente legalizado y que tiene limitado su uso como tal.
Tanto A como B son válidos (cada uno con sus características, virtudes y defectos) si cumplen con la normativa que los ampara. Si incumplen son igual de no válidos. ;D
Para llegar a un B se parte de un chasis y/o una carrocería, con motor y otros sistema que ya cumplen una normativa, se le aplica la espefícica para el uso para el que se desea construir y participa en el proceso la técnica y los técnicos.
Para llega a un A se parte de un 3100 y uno mismo, apelando a su responsabilidad y a las obligaciones derivadas de los preceptos normativos, "configurando" el uso dependiendo de sus necesidades y de la capacidad dada por la normativa. Para esto tienes que saber/leer lo preciso y aquí entra el problema: la interpretación y las contradiciones normativas, el celo de quien tenga que velar por el cumplimiento de la misma, la picaresca del responsable del vehículo...
Ala, ya me he quedado a gusto ;)
Un saludo
A
Gracias, lo estudiaré llegado el momento y pasaré por la ITV a comentarlo
Rancio no... extremo y muchas veces absurdamente literal porque me encuentro en muchas facetas de mi vida en las que por incongruencias estás en un nimbo legal y en una situación en la que cuesta hacerse valer y donde lo que me rodeo o se hace el loco o le pasa la pelota o otro y entonces tienes que pasar de todos, ir por libre y tratar, encajando, ser lo más legal posible.
Cuando lo específico no está regulado tienes que tomar decisiones y asumir responsabilidades. Unos dicen que vas de ilegal, porque el resto no hace así, otros -asumiendo la función y cobrando por ello- no saben decirte ni asegurarte nada y solo saben recordarte las consecuencias y responsabilidades civiles y penales de lo que haces si te sale mal claro, a otros a los que tienes que pagar para cumplir por un cometido que deben saber les acabas pagando y a la vez enseñando lo que tienes que hacer!!!
A veces me dan ganas de emigrar pero a África para poder vivir!!!
Y con esto de las furgos pasa lo mismo...preguntas y se dicen opiniones que no se firmarían, no vaya a ser que se esté equivocado -cuando se cobra por ello-, y por eso se crea esa opinión de que las ITVs son una lotería, un cachondeo o una jodienda, o que la GV está para recaudar. Cuando la disparidad de criterios y las consecuencia derivadas de tus actos está tan expensas de la libre y no razona interpretación lo único que pido es, en el buen sentido, que se aplique el imperio de la ley, con sus cosas buenas y malas...porque es la única cosa común a administración, gobierno y administrados.
Por eso soy tan literal, rancio .meparto y extremo en la interpretación... y muchas veces, más de las que puede parecer, con ganas de estar equivocado.
Un saludo!
+grv ,tienes toda la razón,vas a preguntar a un ingeniero de la itv y te dice que si ,vas a otra itv y te dice que no,otro que no sabe,quien dicta las leyes o normas tendría que asegurarse que quienes las vas a aplicar se las saben ,ya sean itv GC ,y esto se traduce en que uno dice otro piensa el otro cree que...,pero al final los que pagamos el pato somos los de siempre y eso que preguntamos antes por si hacemos algo ilegal,al final voy a hacer lo que mede la gana,total visto lo visto la voy a cagar de todas formas........joder que pais.
Lo malo es que una cosa se resuelva por inercia (que si es por repetición se entiende) cuando hay que profundizar en algo que no es lo de todos los días y dependiendo del día que tenga el que responde pues te dice tan buenamente una cosa como al día siguinte la contraria.
Ante esta tesitura tome la tesitura de leerme directamente "mis" decretos, reales decretos y leyes...y aun así en muchos casos hay que tirar de guías técnicas de aplicación, jurisprudencia....y sacar toda legislación, guías de procedimientos, etc que no están actualizados muchas veces en los mismo portales de la administración.
Al respecto de esto los anexos del reglamento general de vehículos no son accesibles desde el enlace proporcionado en el portal de la DGT .meparto que tiene tela!!
Cita de: URDULIZ en Enero 30, 2014, 16:19:16 pm
El opcional se refiere a que tienes la opción de poner o quitar a tu gusto un equipo de retención de carga sin que nadie te diga nada ni te diga que eso es una reforma. Y esto lo harás en el momento que entiedes que vas a llevar una carga de la cual tienes que proteger a los pasajeros o a uno mismo.
Que es esto fuese así sería lo ideal y lo lógico pero actualmente está vigente el manual de reformas y no explicita esto como una exención a tener en cuenta. Y es de efecto retroactivo pero teniendo en cuenta el reglemento general de vehículos pero de difícil comprobación...un 2400 de antes del 2000 con mampara de fábrica es posible aunque no era necesaria.
Antes la instalación no precisaba legalización porque no era reforma. Ahora puedo entender que es reforma si no usas los anchajes para los dispositivos de retención (mamparas y separadores) dispuestos por el fabricante, si usas los del fabricante digamos que ya está "homologada" (comprobada, ensayada y verificada) en el proceso de homologación del vehículo.
Cita de: URDULIZ en Enero 30, 2014, 16:19:16 pm
Pero sí es condición que el aparato tenga un documento que acredite lo que te dice el punto 1.1 "....establecer los requisitos mínimos que han de cumplir los distintos dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga así como los ensayos que han de efectuarse para determinar su idoneidad en el aseguramiento de la carga....."
Los ensayos y la determinación de cuales cumplir están estipulados en el anexo VI http://www.autocity.com/tramites_dgt/legislacion/reglamento_vehiculos/
Cita de: URDULIZ en Enero 30, 2014, 16:19:16 pm
O sea, si tu tienes unos asientos por decir algo y quieres llevar carga detrás, no se puede decir que son elementos destinados a ser equipo de retención de carga. No se puede usar el asiento como mampara. ( si alguien necesita explicación de ello ya sabe, pero es un poco larga)
Sin embargo Sí existen vehículos cuyos fabricantes homologaron el asiento como asiento y como retención de carga y estos Sí son válidos.
La cuestión es ¿cómo saber si los asientos de uno cumple o no?
Despues de darle a muchas vueltas a esto desde hace tiempo voy a hacer unas consultas al fabricante, pero dudo que tengan un resultado mínimamente aceptable (lo digo por experiencias previas)
3. Requisitos
3.2. Anclajes o fijaciones para dispositivos de retención.
3.2.3. El fabricante deberá indicar los elementos de unión apropiados para el anclaje o la fijación cuando no se incorpore el dispositivo de retención.A ver que me dicen.
A final creo que por imposibilidad material de culminar mi pretensión tendré que ir de alegal, que no ilegal, con una mampara anclada a las argollas de carga al estilo que vienen muchas en los familiares modernos y que ya hace tiempo vaticinaba como solución.
Esas .brinda cuando quieras!
Un saludo!
A
Esto que me explicas lo entiendo perfectamente y la verdad es que no espero una respuesta minimamente acatable. Ya tengo consultado cosas más simple y sin nada de compromiso y me quedé como estaba.
Una cosa que no dije antes, dudo que los míos (diseñados en los anños 91, 96 y 2000) estuviesen ni mímimamente pensados para esto, aun más sabiendo que de los ensayos para los ocupantes de las terceras filas y la resistencias frente a los equipajes de los maleteros en la filas traseras, se empezaron a hablas como hace unos tres años. Mi idea de separador es total o casi total.
Por otra parte entiendo que los asientos que comentas, que cumplen la función de separador, no valen para un mixto adaptable dado que son para colocación fija con lo que se anula la virtud de adaptabilidad variable de los 3100.
Me imagino que te refieres algo como esto
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/gvr/mrbejb_big.jpg)
Un saludo!
jajaja, que bueno¡¡¡¡
cuatro apoyacabezas donde solo caben tres¡¡¡¡
;D
Australia is diferente!! y me parece que esta es de 7 plazas ya que lleva doble delantero de copiloto.
Aquí, las Iveco Daily de cabina doble también van así ;D
leyendo el hilo, al final resulta que llevar unos modulos en una berlingo en la parte de atras como llevan los foreros de los minicamper es alegal entonces ....y tambien los famosos kit autoinstalables. En el caso de los kits autoisnatlables las empresas que los venden dicen que no necesitan homologacion....es esto cierto ?
Hola leyendo el post me ha surgido una duda,yo tengo una california beach 2012 y me gustaria ponerle la instalacion de 220v,la cual se puede pedir como opcion en la version actual,doy por echo que lo tendria que homologar pero no creo que hubiese ningun problema porque como ya he dicho en la nueva version se puede pedir,ahora viene mi duda¿podria seguir siendo turismo o lo tendria que pasar a turismo vivienda?
A
Cita de: ALTAN en Febrero 03, 2014, 21:36:18 pm
leyendo el hilo, al final resulta que llevar unos modulos en una berlingo en la parte de atras como llevan los foreros de los minicamper es alegal entonces ....y tambien los famosos kit autoinstalables. En el caso de los kits autoisnatlables las empresas que los venden dicen que no necesitan homologacion....es esto cierto ?
No precisan de homologación por que no son instalación fija, son de quita y pon, y lo importante van fijados a las argollas de carga. Si fueran instalados con tornillos a la carrocería y/o chasis sería reforma.
Independientemente de esto otra cosa es la clasificación de tu vehículo, si es 3100 necesitas dispositivo de retención (rejilla), si es turismo ahí entra la discrecionalidad del que tiene que interpretar la norma...pero habiendo dispositivos de retención flexibles (redes enrollables) para casi todas ellas (suele ser un opcional de compra y autoinstalable) me da que de aquí a poco es fácil, y lógico, que también exista campaña por estas cosas y se incentive su uso pero legalmente no veo la exigencia. Entiendo que una T4 matriculada como turismo mo puede llevar muchos tinglado/carga.
Otra cosa es la justificación del transporte pero me da que eso es un tema menor respecto al de si llevas rejilla o no y si los llevas bien fijado y no sueltos o a presión como se suelen poner muchos de ellos (los artesanos que muchos hacen) pensando que así es suficiente pasa que no se muevan en caso de accidente .panico
Posibilidades:
http://www.foropolicia.es/foros/duda-sobre-furgon-con-separador-de-carga-t78907.html
http://www.foropolicia.es/foros/legal-o-no-legal-o-hasta-que-punto-permisible-t73696.html
http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=55&t=54521&start=330
http://www.foropolicia.es/foros/puedo-llevar-bicicleta-interior-del-vehiculo-t80555.html
Un saludo!
El futuro de los mixtos adaptables va por aquí, creo:
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/gvr/fz66np_big.jpg)
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/gvr/2f03b5w_big.jpg)
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/gvr/168h2qe_big.jpg)
A día de hoy en los mixtos que se venden hay cosas incongruentes; te compras un vehiculo de carga (carga y/o personas) pero te lo vendes sin dispositivo de retención porque no vas a carga con el.
Es como eso de vender bicicletas sin iluminación, no tiene sentido...
Un saludo!
gracias gvr+ .ereselmejor
mrjor explicado imposible
Cita de: +gvr en Febrero 03, 2014, 23:46:11 pm
El futuro de los mixtos adaptables va por aquí, creo:
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/c4mper/fz66np_big.jpg)
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/c4mper/2f03b5w_big.jpg)
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/c4mper/168h2qe_big.jpg)
A día de hoy en los mixtos que se venden hay cosas incongruentes; te compras un vehiculo de carga (carga y/o personas) pero te lo vendes sin dispositivo de retención porque no vas a carga con el.
Es como eso de vender bicicletas sin iluminación, no tiene sentido...
Un saludo!
De ahí que se produzca lo que denominamos alegalidad. Siendo así, como en las imágenes, no habría lugar a dudas. Vamos, que es lo lógico.
Que me decis de ésto es una multivan matriculada como turismo, el mueble esta fijado unicamente a las guias del suelo, vamos es de quita y pon, aun no lo tengo instalado ya que estoy terminandolo. La furgo es de 7 plazas pero la tengo solo con 5. La pasare a mixto adaptable mejor?
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/nitramix/img_45040.jpg)
que buen invento esa rejilla separadora plegable!
Tengo entendido que no puedes llevar un mueble delante de un asiento, de ser así te tocaría anular esa plaza si lo quisieras legalizar, quitando cinturón y anclaje también... pero espera a que vengan los expertos que sabrán más que yo ;)
Cita de: EloFurgo en Marzo 04, 2014, 12:27:57 pm
Tengo entendido que no puedes llevar un mueble delante de un asiento, de ser así te tocaría anular esa plaza si lo quisieras legalizar, quitando cinturón y anclaje también... pero espera a que vengan los expertos que sabrán más que yo ;)
Gracias EloFurgo, a ver si algunos mas puede confirmarlelo y en ese caso que deberia de hacer, si homologar o cambiar a mixto, ambos...
Hola, te digo lo que pienso pero igual estoy equivocado pero siendo turismo no puedes llevar muebles (teóricamente no puedes realizar traslados-mudanzas de muebles y menos así), como mixto lo podrías llevar pero no instalado ni ahí (delante del asiento), ni con ese sistema (anclado a la guía ranurada), lo tendrías que llevar en el maletero, fijado con sistema de trincaje certificado y con un separador de carga.
Como X-vivienda no sería realizable porque no puedes llevar un mueble delante de una plaza.
En resumidas, legalmente, irrealizable a no ser que sea viable pasarlo a viviendo y perder esa plaza, lo cual supone un poco de complicación ya que para perder una plaza te tienen que anular y certificar la anulación e inutilización de los anclajes roscados del cinturón que tendrías que sacar. Me imagino que la hebilla de esa plazas comparte tornillo con la cinta del cinturón de la plaza central, igual eso no es un obstáculo si puedes anular los otras dos puntos que van a la carrocería. También tendrías que anular la plaza a la contra que va detrás del copiloto.
Pero te vale la pena toda esa movida?
Lo más fácil: al maletero y en destino sacarlo y poner donde la foto y usarlo y despues vuelta a guardar.
Un saludo!
buff que bajon :-\ , pues nose, a ver anular el asiento que va a la contra me da igual porque la quiero dejar en 5 plazas, los cinturones van el los propios asientos, no se pueden quitar, en fin... la verdad que aunque sea rollo me gustaria poder homologarlo, si pasandolo a vivienda vale... :roll:
Cita de: corsario en Marzo 04, 2014, 11:43:44 am
que buen invento esa rejilla separadora plegable!
La verdad es que viendo eso uno piensa...pero como es que no se diseñó y vendió eso así antes??
El modelo anterior del Skoda Fabia Combi (familiar) tenía una rejilla del estilo que valia para usaar con la fila trasera en las dos posiciones, pero que que no se vendió en España así...
Un saludo!
Yo lo que llevo son muebles bajos y voy perfectamente legal ya que estan anclados al suelo de madera que no esta anclado a la furgo y lo que no puedo hacer es pasarla a vivienda ya que la necesito como mixta para carga y pasajeros. Es lo que tiene la vida del pobre... :'( :'(
Lo que tambien tengo claro es que lo que algunos llaman chapuza para otros es la solucion
Estoy viendo como unica solucion hacer un cambio del asiento de 3 plazas por uno de 2 plazas :roll: , asi si seria posible no? pasandola a turismo- vivienda o mixto adaptable.
Cita de: richard v en Marzo 05, 2014, 23:05:34 pm
Yo lo que llevo son muebles bajos y voy perfectamente legal ya que estan anclados al suelo de madera que no esta anclado a la furgo y lo que no puedo hacer es pasarla a vivienda ya que la necesito como mixta para carga y pasajeros. Es lo que tiene la vida del pobre... :'( :'(
Lo que tambien tengo claro es que lo que algunos llaman chapuza para otros es la solucion
y muy digna ;)
Cita de: +gvr en Marzo 06, 2014, 22:55:12 pm
y muy digna ;)
Se intenta estamos en ello .bien