Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Multas => Mensaje iniciado por: AlvaroT3 en Abril 11, 2013, 09:31:50 am

Título: multa por circular sin cinturon
Publicado por: AlvaroT3 en Abril 11, 2013, 09:31:50 am
nuestros queridos y amados miembros de la agrupacion de trafico de la GC
me acaban de poner una multa.
salia de la gasolinera poniendome el cinturon de seguridad cuando me han parado.
me dicen que el cinturon me lo tenia que haber puesto antes de arrancar
¿sabeis si se puede recurrir?
¿son efectivos los recursos?
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Isakis en Abril 11, 2013, 09:54:41 am
Yo tengo la misma mala costumbre, de ponerme el cinturón en marcha una vez que he arrancado.
Suerte con el recurso.  :-\
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Garry_t4 en Abril 11, 2013, 10:09:10 am
Claro que se puede recurrir,todas las multas se pueden recurrir..

Que se limpien el ojete con el recurso,pues seguramente.

No tienes que llevar el cinturón cuando das marcha atrás o haces maniobra para aparcar..fuera de estas situaciones como te a dicho tienes que ponértelo antes de arrancar.

Lo de siempre,si la piensas pagar no pierdas tiempo,que te hacen descuento.. .lengua2 .lengua2 .ametralla  .palmas  recurrirla solo te servira para retrasarla un tiempo,pero te la comes.

suerte!
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: ofillodekingkong en Abril 11, 2013, 10:15:24 am
Cita de: alvarogares en Abril 11, 2013, 09:31:50 am
nuestros queridos y amados miembros de la agrupacion de trafico de la GC
me acaban de poner una multa.
salia de la gasolinera poniendome el cinturon de seguridad cuando me han parado.
me dicen que el cinturon me lo tenia que haber puesto antes de arrancar
¿sabeis si se puede recurrir?
¿son efectivos los recursos?

Poder se puede recurrir todo, el problema es que la ley dice que el cinturon hay que abrocharlo antes de iniciar la marcha con lo cual es complicado de recurrir, salvo que aun no salieras a la via publica del interior de la gasolinera y aleges que ibas a parar a dar aire a una rueda o algo asi, pero muy complicado.
Mira bien la multa por si hay algun defecto de forma, algun dato mal, el articulo de sancion.... y si le derrapo el boli al escribir puedes intentarlo
Haber si busco la ley y te la pongo
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: AlvaroT3 en Abril 11, 2013, 10:19:33 am
a ver que os parece este recurso:



EXPONE

Que en virtud de este escrito, y dentro del plazo legal, se presenta ESCRITO DE ALEGACIONES(RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN), contra la notificación de referencia al margen, por no encontrarla ajustada a derecho, de conformidad con la siguiente ALEGACIÓN:

PRIMERO.- Que se me ha denunció, por "no utilizar la persona denunciada el cinturón de seguridad" en la que se impone una multa, como consecuencia de una infracción del articulo 117.1 del Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. En todo momento hago uso de cinturón reglamentario, y sin duda, se trata de un error involuntario o de percepción  del Agente denunciante.

SEGUNDO.- Que se está  atentando  a  su vez  contra  el  principio de legalidad ya que el artículo 69 de la Ley de Seguridad Vial recoge como circunstancias en orden a las  que  graduar  las sanciones: gravedad, trascendencia del  hecho,  antecedentes del infractor y peligro potencial  creado.  El  boletín de denuncia se limita  a la escueta descripción fáctica que ha quedado  expuesta, sin añadir nada referente a los elementos agravatorios  descritos en el artículo citado y no se recoge que hubiera gravedad,  trascendencia,  peligro potencial  o antecedentes infractores, por lo cual solicito se decrete el apercibimiento o se aplique la sanción en grado mínimo.

TERCERO Que con el fin de  desvirtuar  la  presunción  de  veracidad "iuris tantum" sentada por el artículo 76 del R.D.L.  339/90 SOLICITO   LA  PRACTICA DE  LA  PRUEBA  consistente  en  la aportación  por  el  agente  denunciante  de  los  elementos probatorios en que se fundamenta el hecho  denunciado,  pues el  propio artículo 76 impone como deber a los agentes de la autoridad la aportación de tales elementos probatorios,  sin que  surta  tal  efecto  la mera  alegación   y   posterior ratificación del agente denunciante,  si  no  consta  en  el expediente incoado tal elemento probatorio

CUARTO.- En la denuncia certifican que se ha comprobado el perfecto funcionamiento del cinturón cuando esto no es cierto. El agente denunciante en ningún momento comprobó que el cinturón funcionase correctamente.

CUARTO.- Se vulnera el PRINCIPIO DE TIPICIDAD. El articulo 25.1 CE, establece la obligatoriedad de la tipificación legal al nominar que nadie puede ser sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción administrativa según la legislación vigente en aquel momento, y en el mismo sentido el articulo 129 de la LRJPAC 30/1992, de 26 de Noviembre.

En virtud de lo expuesto,

SOLICITO. Que de conformidad con las previsiones del articulo 12 del RD 320/1994, de 25 de febrero, en relación a los artículos 114 a 117 de la LRJPAC 30/1992, se tenga por interpuesto el ESCRITO DE ALEGACIONES(RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN), y tras la admisión y práctica de las pruebas propuestas así como de aquellas actuaciones necesarias que en derecho correspondan, se dicte resolución archivando las actuaciones practicadas.

En  Sallent de Gállego. a 11 de Abril de .2013
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: ofillodekingkong en Abril 11, 2013, 10:23:58 am
Eso es escribir y lo demás son tonterias, una buena alegación y con bases, lo malo es que ya sabemos como funciona la administración, espero que se resuelva a tu favor y quedo a la espera de ver que te dicen ya que yo tambien soy de los que arranca y después abrocha,
Que tengas suerte
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: URDULIZ en Abril 11, 2013, 10:42:04 am
A
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: MiguelCP en Abril 11, 2013, 10:46:59 am
Mi consejo, pagala que te sale a la mitad (100€) el recurso muy bonito pero no tienes pruebas contra el agente con lo que.........casi imposible, la proxima vez intenta ponertelo antes de ponerte en marcha........mala costumbre que tenemos todos.
Como dice el compi mira bien todos los datos la hora, fecha, via, articulos etc y si esta todo bien...........yo la pagaria, un saludo amigo y lo siento una putada.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: mrus en Abril 11, 2013, 15:28:23 pm
Bueno, lo cortés no quita lo valiente.... Si lo tengo bién entendido, lo suyo es pagar y luego recurrir. Así tienes descuento y posibilidad de recuperar el dinero (a saber cuando, eso sí....).

No tengo pruebas de mi afirmación, pero creo que así funciona.

Un saludo.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: qb2 en Abril 11, 2013, 15:46:18 pm

Recurrir no vale dinero, eso es una mal publicidad que se ha dado. Dicho así a la ligera, lo que vale dinero es en caso de perder el recurso y querer recurrir esa sentencia vía contencioso administrativo. Más o menos.

Por otra parte, la palabra del agente prevalece sobre la nuestra. Seguro que alguien habrá ganado un recurso de estos, pero no es lo normal.

Un saludo y suerte!
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: ELSERGIO en Abril 11, 2013, 16:51:16 pm
Cita de: URDULIZ en Abril 11, 2013, 10:42:04 am
Pero alvarogares,  ¿a que cinturon se refieren al del pantalón o al de la furgo?

Si es al primero, entonces tienes razón, no esta prohibído viajar con los pantalones bajados.

Si es el segundo caso,  :-\  yo pienso que te la comes. El cinturon tiene que estar puesto na más arrancar, de hecho algunos vehículos tienen una luz y un pitido si pones en marcha y no está puesto el cinturón.

Ahorra la pasta.
ahora creo que hay que pagar por recurrir.

No se, es mi opinión.

Saludos,


Opino exactamente lo mismo, hasta lo de los pantalones bajaos (bueno, lo de pagar no que ya lo ha aclarado qb2)
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 11, 2013, 18:34:09 pm
En sanciones de trafico el agente tiene la presuncion de veracidad con lo cual no debe aportar ninguna prueba de que no llevabas el cinturon, ademas seguramente la denuncia te la firmaron el denunciante y el testigo (osea su compañero) No se trata de una denuncia por exceso de velocidad donde hay unos baremos objetivos y la sancion se impone acorde a la medicion realizada por una maquina.
Por mucho que te fastidie compañero, no llevabas el cinturon y ya esta.... El mejor consejo es que pagues los 100 euros ya que el agente se va a ratificar en la denuncia y te va a salir por el doble la broma...
Esa mania que tenemos todos de abrocharnoa el cinturon una vez arrancado tiene estas cosas, miralo de esta forma por lo menos ha sido una multa, si llega a ser un coche que te pega un castañazo e ibas sin el cinturon (aunque acabases de arrancar....)
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 11, 2013, 19:03:42 pm
Por cierto, el punto 4 (el segundo porque has puesto dos puntos 4) es incorrecto ya que la accion esta plenamente tipificada en el reglamento general de circulacion y si que es una infracccion administrativa....
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: t3 en Abril 11, 2013, 20:35:50 pm
Alvaro mucha literatura y poco práctica, ahondando en lo que te dice Papalima,

"La presunción de certeza de las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, viene establecida en el art. 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 19/2001, de 19 de diciembre (en adelante LSV), al establecer: “Las denuncias efectuadas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.”."
Asi que sintiendolo mucho ya que como tú lo hacemos unos cuantos, paga y cuida los puntos ya que te has pulido 3 puntos.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 11, 2013, 20:45:57 pm
Cita de: t3 en Abril 11, 2013, 20:35:50 pm
Alvaro mucha literatura y poco práctica, ahondando en lo que te dice Papalima,

"La presunción de certeza de las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, viene establecida en el art. 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 19/2001, de 19 de diciembre (en adelante LSV), al establecer: “Las denuncias efectuadas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.”."
Asi que sintiendolo mucho ya que como tú lo hacemos unos cuantos, paga y cuida los puntos ya que te has pulido 3 puntos.

+1
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Isakis en Abril 11, 2013, 21:55:20 pm
Se me ocurre una cosa. Una gasolinera se considera vía pública, o puede estar dentro de un terreno privado? En el segundo caso, igual podrías alegar que te encuentras circulando en una propiedad privada. Igual es una locura, eh? pero por probar...
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 11, 2013, 22:09:31 pm
Espacio privado de uso publico, por lo tanto bajo la normativa, en este caso, del reglamento general de circulacion.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: karavan en Abril 12, 2013, 01:03:35 am
Señores, permitanme un parentesis en este tema y es algo que estan pasando por alto, es lo que ellos llaman "Competencias", la GC tiene unas "competencias" o lugares de actuacion al igual que la policia local y esto significa que si la gasolinera esta en zona urbana es competencia de la Policia local poner esa multa; pero si la gasolinera se encuentra en una autovia o autopista es competencia de la GC. Así que fijate bien en que termino se encuentra la Gasolinera y si esta fuera de su juridiccion solo alega eso, que dicha pareja de GC se encontraba fuera de Juridiccion en el ejercicio de sus funciones y eso se considera "Vacio Legal". Haces el recurso de alzada y si pasan mas de  3 meses sin recibir respuesta pasa a considerarse "Silencio Administrativo" con el consiguiente levantamiento de la denuncia y su archivo.  Guardate la copia y a seguir...!
Saludos
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 12, 2013, 05:10:36 am
Un inciso karavan, en el hecho de las "competencias" estoy totalmente deacuerdo, la guardia civil tiene entre sus funciones la vigilancia, regulacion y control del trafico en las vias interurbanas, asi que si se encuentra en NUCLEO URBANO, no en termino municipal y si NO existe ningun tipo de acuerdo entre alcaldia y DGT para que (por ejemplo si ese pueblo carece de policia local o tratarse de una travesia de una via interurbana con delegacion de competencias a la dgt, etc) el control del trafico lo realice la GC. Si la guardia civil no tiene estas competencias este acto administrativo seria NULO DE PLENO DDERECHO, ya que estaria impuesto por un organo (dgt) que no tiene competencia para ello, no hay vacio legal.
Ante esto no cabe el recurso de alzada ya que no vas al organo superior aun sino que deberia realizar un recurso ordinario ante el organo sancionador, si se niegan entonces puede ir al de recurso de reposicion (mismo organo sancionador) o ya pasar al de alzada ( organo superior). Si este fallara, contencioso-administrativo ante la administracion.....
En fin, son 100 € con la reduccion y por un acto que el mismo compañero ha reconocido que ha hecho, el mismo considerará si le vale la pena tanta molestia...
Saludos!
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: MiguelCP en Abril 12, 2013, 06:51:02 am
Cita de: mrus en Abril 11, 2013, 15:28:23 pm
Bueno, lo cortés no quita lo valiente.... Si lo tengo bién entendido, lo suyo es pagar y luego recurrir. Así tienes descuento y posibilidad de recuperar el dinero (a saber cuando, eso sí....).

No tengo pruebas de mi afirmación, pero creo que así funciona.

Un saludo.


Si la pagas se termina el procedimiento administrativo y ya no puedes recurrir.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Espartano en Abril 12, 2013, 07:16:37 am
Cita de: Papalima en Abril 12, 2013, 05:10:36 am
Un inciso karavan, en el hecho de las "competencias" estoy totalmente deacuerdo, la guardia civil tiene entre sus funciones la vigilancia, regulacion y control del trafico en las vias interurbanas, asi que si se encuentra en NUCLEO URBANO, no en termino municipal y si NO existe ningun tipo de acuerdo entre alcaldia y DGT para que (por ejemplo si ese pueblo carece de policia local o tratarse de una travesia de una via interurbana con delegacion de competencias a la dgt, etc) el control del trafico lo realice la GC. Si la guardia civil no tiene estas competencias este acto administrativo seria NULO DE PLENO DDERECHO, ya que estaria impuesto por un organo (dgt) que no tiene competencia para ello, no hay vacio legal.
Ante esto no cabe el recurso de alzada ya que no vas al organo superior aun sino que deberia realizar un recurso ordinario ante el organo sancionador, si se niegan entonces puede ir al de recurso de reposicion (mismo organo sancionador) o ya pasar al de alzada ( organo superior). Si este fallara, contencioso-administrativo ante la administracion.....
En fin, son 100 € con la reduccion y por un acto que el mismo compañero ha reconocido que ha hecho, el mismo considerará si le vale la pena tanta molestia...
Saludos!


esto creo que no es cierto........un agente de la autoridad puede multar donde quiera, ...hasta uno mismo puede denunciar un hecho delictivo y sin tener la más mínima competencia.

en cuanto a lo del silencio administrativo, que se ha comentado, hace ya un par de años cambío el tema y ahora el silencio administrativo quiere decir que no te dan la razón y a pagar.  ...que como son muy desorganizados se les colaba todo por este motivo y así, además, hacen buena la máxima de este país de las leyes que yo hago me las paso por los cojines y al ciudadano que le den pol que ni siquiera le contesto..., que pague.

...este es nuestro vergonzoso país,

Alvaro, me da que vas a tener que pagar

suerte
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 12, 2013, 07:44:38 am
Cita de: Espartano en Abril 12, 2013, 07:16:37 am
esto creo que no es cierto........un agente de la autoridad puede multar donde quiera, ...hasta uno mismo puede denunciar un hecho delictivo y sin tener la más mínima competencia.

en cuanto a lo del silencio administrativo, que se ha comentado, hace ya un par de años cambío el tema y ahora el silencio administrativo quiere decir que no te dan la razón y a pagar.  ...que como son muy desorganizados se les colaba todo por este motivo y así, además, hacen buena la máxima de este país de las leyes que yo hago me las paso por los cojines y al ciudadano que le den pol que ni siquiera le contesto..., que pague.

...este es nuestro vergonzoso país,

Alvaro, me da que vas a tener que pagar
suerte

Agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones= presuncion de veracidad
Agente de la autoridad que denuncia cuando no tiene competencia para hacerlo se trata de una denuncia voluntaria al igual que la puede hacer un particular (ejemplo guardia civil o mossos d'esquadra que quieren denunciar en nucleo urbano sin tener competencias, llaman a policia local y se denuncia con el boletin de denuncia municipal pero en el lugar del denunciante se identifica al guardia que observa la infraccion)
El tema esta en quien te sanciona no en quien te denuncia quizas no me haya explicado bien o no me haya entendido.
Te denuncie quien te denuncie te tiene que SANCIONAR el ORGANO competente para ello, por eso si te sanciona la dgt en una via de titularidad urbana sin delegacion de competencias seria NULO DE PLENO DERECHO, otra cosa es que te puedan proponer para sancion al titular de las competencias de la via.
Una cosa es denunciar un acto delictivo como tu dices y otra cosa es denunciar una infraccion administrativa de trafico. Procedimientos totalmente diferentes entre si
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: URDULIZ en Abril 12, 2013, 08:53:44 am
A
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Papalima en Abril 12, 2013, 09:14:13 am
Cita de: URDULIZ en Abril 12, 2013, 08:53:44 am
Este hilo va a ir para 5ª hoja.


Se trata de lo siguiente:

Nos han pillado en una infracción.

Preguntamos a ver si es infracción o no.

Nos dicen que si.

Ahora nos vamos a tirar dos meses o toda la vida buscando el hueco donde colar algo ¿para qué?

Ahí es donde perdemos el tiempo y el dinero.

A otros no los pillan.

Otros directamente se matan.

Saludos,

+1 +1 +1
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: javi979 en Abril 12, 2013, 10:20:38 am
Estamos ya en el punto en el que incluso las denuncias de los controladores de S.E.R., siendo la mayoria de ellas no probatorias, no habiendo delegación de competencias por parte del organo competente para sancionar, y algunas cosas más,te las pasan por via ejecutiva (muerden de la nómina o del banco) despues de reirse de tus recursos: y si tienes dinero, ganas y un abogado decente te vas al contencioso, que como han dicho es el recurso que cuesta dinero y que por cierto es el único que se dirije a un órgano diferente al que sanciona-denuncia (como debería ser desde el primer recurso en un verdadero estado de derecho).
Asi que las de los guardias, mejor ahorrarse la mitad de la multa. A mi me paso lo mismo con las luces, me pararon con la mano en el interruptor para encenderlas. . .y a pagar.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: torima en Abril 12, 2013, 14:23:17 pm
No quiero desanimarte pero te saldra mas "economico" pagarla que el recurso...
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: javi979 en Abril 12, 2013, 16:52:19 pm
Pues si, hay que desanimarle por que se va a ahorrar 100 pavos
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: the_good_life en Abril 12, 2013, 16:56:08 pm
Cita de: MiguelCP en Abril 12, 2013, 06:51:02 am
Si la pagas se termina el procedimiento administrativo y ya no puedes recurrir.

Yo creo q no, eh? la puedes pagar y después recurrir. Aunque es difícil que le hagan caso.

Sobre el asunto... estoy de acuerdo con todos los que han dicho q la tendrás q pagar. Q igual cuela el recurso por algún error de forma o triquiñuela... pero la multa es justa.. Igual no t sirve de consuelo, pero a mi personalmnte me da más rabia pagar una multa q creo injusta que una como la tuya, que se cae por su propio peso.
Y está bien q lo hables aquí porque así igual nos sirve a alguno para escarmentar en cabeza ajena. Yo también tengo esa mala costumbre y la verdad es q se tarda nada en ponerse el cinturón antes de mover la furgo
Título: Re: multa por circular sin cinturon
Publicado por: Moortje en Abril 12, 2013, 16:58:29 pm
Ojo!!,si la pagas,no podrás recurrir.

Enviado desde mi Galaxy Nexus usando Tapatalk 2

Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: POPIT5 en Abril 12, 2013, 17:23:32 pm
Pagala y terminas antes
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: AlvaroT3 en Abril 12, 2013, 17:36:10 pm
¿hacemos una colecta?  ;D
si todos los que habeis contestado poneis 4 euros, la pago.
Eso si que sería ayudar  .palmas
je je je.  .meparto
Y si sobra, me tomo una caña a vuestra salud   .bebe1
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: Angus04 en Abril 12, 2013, 19:15:06 pm
Yo sé de gente que es socia de la una asociación de conductores, y que siempre recurren todas las multas. También me han dicho de un abogado de mi barrio que se harta de recurrir para sus clientes y que debe ser un cab...

En ambos casos "radio macuto" dice que no se pagan las multas porque acaban prescribiendo. ¡Ojo! oído en "radio macuto" o "radio patio" o como lo queráis llamar. No sé si es leyenda urbana o es cierto, pero por si acaso os lo digo.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: javi979 en Abril 12, 2013, 21:25:07 pm
Cita de: the_good_life en Abril 12, 2013, 16:56:08 pm
Yo creo q no, eh? la puedes pagar y después recurrir. Aunque es difícil que le hagan caso.

Sobre el asunto... estoy de acuerdo con todos los que han dicho q la tendrás q pagar. Q igual cuela el recurso por algún error de forma o triquiñuela...

EL defecto de forma ya no sirve para que te la quiten, tienen un mes de plazo para subsanarlo . . .
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: joserra en Abril 12, 2013, 22:40:41 pm
Muchas costumbres adquiridas acaban en accidente.Una gran parte de la siniestralidad laboral,al volante,en montaña y en general...se basa en la primera frase que he puesto.
Expongo 2 casos verídicos
-Firme mojado,coche parando en un peaje y en los últimos 5m aquaplanning  parando en seco contra los muros que protegen las caninas de peaje.Resultado:Lesión cervical,nariz rota y coche para desguace.El coche paró casi en seco,yendo a menos de 40km/h. A tan poca velocidad la absorción del golpe es menor y se la llevo casi entera el conductor,SIN CINTURON porque estaba cogiendo la cartera del asiento del copiloto.
-Parking de supermercado,coche arrancando embestido semifrontalmente por un comprador con prisas que entró sin mirar en una de las calles del parking.El coche no tenía airbag y los dientes del conductor no culpable estallaron contra el volante por ir sin cinturón.Perfectamente extrapolable a una gasolinera y,en concreto,a la gasolinera en la que te ha ocurrido(supongo que es la de Formigal no?),por el trajín de coches que hay en plena temporada.Esquiadores con prisa y coches que salen del miniparking que hay antes de los surtidores.
Lo siento mucho Alvaro,pero pese a la mala idea y saña con la que te han multado,no les falta razón.Yo que tú pagaría lo antes posible.
Un abrazo y a ver si nos vemos!!
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: manukle en Abril 13, 2013, 00:56:35 am
        Hola: hace unos meses si no me equivoco se aprobó un decreto por el cual la guardia civil en temas de trafico tiene autoridad en las zonas urbanas.
         Una vía privada de uso público son los aparcamientos de El Corte Ingles y de momento no han puesto control de alcoholemia, ni radar y en los dos casos si hay un coche mal aparcado el propietario paga la grúa y lo pone fuera bien aparcado.

                         Un saludo....
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: manuelcastagnal en Abril 13, 2013, 03:16:08 am
Cita de: Angus04 en Abril 12, 2013, 19:15:06 pm
Yo sé de gente que es socia de la una asociación de conductores, y que siempre recurren todas las multas. También me han dicho de un abogado de mi barrio que se harta de recurrir para sus clientes y que debe ser un cab...

En ambos casos "radio macuto" dice que no se pagan las multas porque acaban prescribiendo. ¡Ojo! oído en "radio macuto" o "radio patio" o como lo queráis llamar. No sé si es leyenda urbana o es cierto, pero por si acaso os lo digo.

Esto es cierto, o mejor dicho era, es un poco mas complejo, tienen un personal para solventar los recursos de las multas y las agrupan en tres grupos, poco importe, regular y mucho, se fijan primero en la de mucho y luego en la de regular y despues en la de poco, con la ley en la mano como podemos triunfar es recurriendo (con o sin razon, ya que ellos pueden sancionar tambien asi, aqui por un lado va la ley y por otro la verdad) y esperando que por silencio administrativo ya no sea efectiva la multa, yo antes recomendaba esto (pero tienes que estar pendiente y si se te pasa el plazo a ti para contestar te la comes con recargo), pero ahora con la crisis trabajan mas estos temas y se les escapan menos (casi ninguna) asi que lo puedes intentar que es de las pequeñas, pero tal como estan yo pagaba con descuento ( a un amigo que me pidio consejo porque lo pillaron sin el cinturon le funciono genial,  pero tengo un conocido que iba con cinturon y se la pusieron igual), que tengas razon o no aqui es lo de menos lo que importa es la ley y el dinero que te sacan
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: MiguelCP en Abril 13, 2013, 13:49:39 pm
Cita de: manukle en Abril 13, 2013, 00:56:35 am
        Hola: hace unos meses si no me equivoco se aprobó un decreto por el cual la guardia civil en temas de trafico tiene autoridad en las zonas urbanas.
         Una vía privada de uso público son los aparcamientos de El Corte Ingles y de momento no han puesto control de alcoholemia, ni radar y en los dos casos si hay un coche mal aparcado el propietario paga la grúa y lo pone fuera bien aparcado.

                         Un saludo....


ehhh?? creo que esto se nos va de las manos.....y vamos a ir a por la 5ºhoja.
el decreto este nose lo desconozco pero si es asi buscalo e informanos......pero creo que no va por ahi.

lo de los aparcamientos creo que te equivocas, cuando son de uso publico se rigen por las normas de trafico vigentes y si incluso hay un accidente en su interior se podria realizar la prueba de alcoholemia y lo de la grua puede ser retirado sin problema por los agentes. En los de uso privado y cerrados al trafico si.

AUN ASI CENTREMONOS EN EL TEMA, SE PREGUNTA SI LA PAGA O NO, O SI HAY UNA MANERA DE RECURRIRLA.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: nunaelio en Abril 13, 2013, 18:09:25 pm
Yo la pagaría y pronto ya que tienes 20 días naturales para beneficiarte del "descuento" del 50 % desde que te la notificaron en el acto, es decir, cuando te pararon y pusieron tus datos en la receta.
Título: Re:multa por circular sin cinturon
Publicado por: nunaelio en Abril 13, 2013, 18:11:31 pm
Se me olvidada...en los puntos no hay descuento!! .nono