Hola!
Estamos pensando en comprar una furgoneta, y nos han dicho que si tenemos alguien con minusvalia de movimiento reducida que la cantidad que nos restarian es importante. Pero nadie nos a dicho claramente lo que se reduce. Yo tenia entendido que se quitaba el iva pero alguno me ha dicho que estoy muy confundida.
Alguien sabe como va el tema???
Espero vuestra respuesta, bale!
Saludos!!!
Pregunta directamente en el concesionario que seguro que saben como ahorrar para vendertela. También puedes consultar con alguna asociación de discapacitadosde tu zona. Creo recordar que el decuento era en el impuesto de matriculación, pero dependerá de la diputación con la que te topes.
Mira un poco en internet que seguro que también encuentras algo ;)
Googlea "exención impuesto matriculación minusvalía" y seguro que te sale algo, pero como te dice kirikino en el concesionario sabrám algo o por lo menos deberían.
Un saludo!
si la persona con minusvalia necesita el vehiculo, puedes ponerlo a su nombre y solicitar alguna subvencion en la compra i/o adaptacion, tardan un par de años en pagarla, pero eran casi 2000 euros, si no recuerdo mal
Gracias por vuestra ayuda!!!!
Por movilidad reducida pasa a ser de un 21% de iva a un 4%. También estarías exento del impuesto de circulacióncada año.
Un saludo
en principio, si la minusvalia es de un 33% o mas, estas exento del Impuesto de matriculacion, que en la mayoria e las furgos es un 14,7% si no me equivoco, y luego en tu ayto. tienes que solicitar la exencion del impuesto de circulacion, que en la mayoria es del 100%. La furgo debe estar a nombre del incapacitado como vehiculo unico durante cuatro años minimo, si no al transferirlo tendras que pagar la parte correspondiente...
Si la minusvalia es superior al 50% hay alguna ayuda mas segun comunidades..
Si ademas tienes 7 o mas puntos de inmovilidad, tambien hay algo mas...entra en la web del ministerio de Servicios Sociales y lee los genericos y despues en la cosejeria de SS de tu Comunidad para ver si hay algo mas/menos..
Un saludo
Gracias a todos, mestais siendo de mucha ayuda!!!
Bueno, voy a dar algo mas de luz al tema en lo que conozco.
La norma dice que el vehiculo será de uso "exclusivo" de la persona que presente la movilidad reducida.
Con esto y sin conocer el caso, quiero dejar claro que teneis que ser uno de los que habitualmente lo utiliceis.
Realmente el ahorro en impuestos es un pico, nosotros lo miramos para una cali beach y salia por 33.000€, pero al ver la norma vimos que no se podia. Por que? Pues porque tanto mi padre como mi suegro tienen la movilidad reducida, pero el uso no lo van a hacer ellos.
Lo cierto es que muchos pueden pensar que es otro ejemplo mas de picaresca española. Pero hay inspecciones de Hacienda al respecto, un dia sales de casa te para un coche de la policia judicial, documentación y donde va usted, de quien es el coche? OK. Y luego una liquidación del Impuesto de matriculación y el IVA no pagado.
En foros de coches y demás hay bastante literatura al respecto.
Otra cosa es que vosotros mismos seais los que teneis el problema, entonces adelante y en parte considero una compensación justa por todo aquello que cualquiera puede hacer y estas personas no.
En muchos concesionarios no os van a contar esto. A mi al consultarlo en uno lo primero que me hizo el vendedor es darme la hojita informativa de la AEAT con la norma. Eso si, si hubiese querido lo hubiese comprado, pero las consecuencias son las que son.
Buenas.
Depende tambien de quien sea la persona con discapacidad, si es un menor, un invidente, una persona con discapacidad psiquica.... el propietario del coche (al ser este el que tiene la discapacidad) no hay problema (o no suele haberlo). otra cosa es que te paren y te pidan toda la documentacion y .....
Yo trabajo con niños con discapacidad, y normalmente los vehiculos están a nombre de los niños, pues así ademas del ahorro, pueden solicitar la tarjeta de aparcamiento (en Almería para el aparcamiento en zonas reservadas, es requisito indispensable que el coche esté a nombre de la persona con discapacidad, anteriormente ademas debia tener el carné, y se cambió la ley por la incongruencia del tema)
y por esperiencia si puedo comentar que aunque no este en el coche el propietario, se puede utilizar, pues siempre puedes alegar que vas a recogerlo, esperarlo etc, ya que esta persona puede no tener carné y si tener un vehiculo para sus desplazamientos.
Un saludo
Cita de: el_ri en Abril 11, 2013, 17:54:37 pm
Pero hay inspecciones de Hacienda al respecto, un dia sales de casa te para un coche de la policia judicial, documentación y donde va usted, de quien es el coche?
la respuesta es facil el coche es de mi x (suegro,padre...) y me lo dejo
como te comenta Kimbot yo conozco algun caso de algun menor de edad con coche por el tema de tarejtas de minusvalia, descuentos en precio del vehiculo, exencion del impuesto traccion mecanica etc
Hay que diferenciar entre Minusvalia y Movilidad reducida.La Movilidad reducida se valora aparte y si se tienen 7 puntos tienes derecho entre otras cosas a pagar solo el 4% de Iva.Te ahorras también el impuesto de matriculación.
El vehículo no se puede vender en 4 años si lo vendes antes tienes que pagar lo que te ahorraste en impuestos.
Con una Minusvalia del 33% te ahorras el Impuesto de Matriculación.
Recalco que se valoran de distinta forma.
Yo tengo varias personas con minusvalia alrededor, uno que es mi cuñado que tiene sindrome de down pero no tiene movilidad reducida.
Mi padre que si tiene lo de movilidad reducida pero la que mas le lleva y le trae es mi madre y por otra parte otro familiar con movilidad reducida pero que vive en una residencia, pero cuando hay que llevarle a algun sitio somos nostros nos hacemos cargo de ello. En este ultimo caso me han dicho en un concesionario que no se puede aplicar el descuento de reducir el IVA . Es esto cierto????
El tema es antiguo pero por si se consulta de nuevo.
En el caso de movilidad reducida, el iva a pagar es del 4% y exencion del impuesto de matriculación, es una pasta.
Eso si que quede claro que la Agencia Tributaria deja clara la norma de uso EXCLUSIVO, asi que eso de que le voy a buscar, me lo ha dejado... no vale.
De hecho se busca el "posible incumplimiento de la norma" y suele pararte la policia judicial, por casos que me han contado reales......