El decreto de reformas, 866 yvsu manual q lo desarrolla, no permitia hacer vehiculos viviendas a no ser q el resultado de la reforma fuera un vehiculo homologado. Si, ya se q hay gente en el foro q ha logrado pasar a Vivienda las furgos, pero en teoria no era posible.
Ahora si, ahora ya no es necesario q la trasformacion sea a tipo homologado, eso solo sera para las autocaravanas, para los furgones vivienda los han metido por la 8,31, donde los requisitos reglamentarios son mucho menores. Los documentos son los mismos, informe de conformidad, cert taller y proyecto, ademas de los boletines si tiene gas y electricidad, pero el informe de conformidad ahora es mucho mas sencillo y barato.
Saludinesss
.palmas .palmas .palmas .palmas
Me alegro que sea así, pero este hilo veréis que trae cola. :roll:
Al final como siempre depende de quien te toque en la itv. :-\
Un saludo.
Interesantisimo, me uno al hilo...
Estamos hablando de "legalización" de las fuegos como vivienda, que en la primera versión del manual de reformas se había puesto imposible, ahora hay un camino mucho mas simple. No estamos hablando de pasar la ITV como esta, si no de legalizar nuestra fuego.
Saludinessss ...
A
Muy interedante la aportación.
Sigo el hilo.
Un saludo