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Zona Técnica => Papeleos => Multas => Mensaje iniciado por: piluka en Octubre 13, 2011, 18:57:18 pm

Título: Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 13, 2011, 18:57:18 pm
Bueno, os voy a contar lo que me ha ocurrido a ver si alguien me sabe decir por lo menos en cuanto está la multa.

El fin de semana del 9-10 de julio con motivo de mi cumpleaños nos fuimos a Campo-Huesca porque como regalo (una de mis mejores amigas y yo hacemos los años el mismo día), nos habíamos hecho de regalo bajar el rio Esera en rafting y además nos habían regalado unos neoprenos para hacer barrancos y los estrenabamos ese día.
Bueno, al tema, la historia es que nos habían dicho que se podía dormir junto al rio en una zona de "parking" que hay y la verdad que incluso me encontré con otro forero (no recuerdo quien era) el día del rafting, así que no debe de ser muy raro que la gente vaya por allí. Para mi era la primera vez.

Resulta que mientras mi amiga y yo hacíamos un barranco en Campo empezó a granizar de mala manera y como habíamos quedado precisamente en ese parking el resto de la peña que ibamos vieron que en el antiguo camping junto al rio había un bar que tenía pinta de que se abria de vez en cuando y las puertas de este estaban de par en par.

Entraron a ver que había por ahi por si podrían quedarse debajo de algún sitio (primero sin furgos) y se encontraron con un señor (parecía pescador) que les explicó que ese recinto lo usaba la gente del pueblo para las fiestas y que el bar se abria de vez en cuando, que la semana anterior había habido una concentración de algo y ese sitio había estado petado de gente (algo del kayak). Bueno, nos dijo que donde estaba él que era un caseto con su porche y todo, lo tenían cedido la sociedad de pescadores y cazadores (vamos por eso debía de llevar el llaves) y que normalmente el lugar estaba cerrado con candado.

Le preguntaron si había algún problema por pasar y quedarse allí y el les dijo que no, que no pasaba nada, que como mucho si alguien iba a cerrar la puerta nos dirian que salieramos y ya está pero que nos podíamos quedar allí. Cierto es que es la única vez en mi vida que he estado allí y no sabría decir si hay algún cartel de prohibido pasar o de propiedad de la CHE ni nada.

Bueno, os sigo contando, como seguia lloviendo lo que hicieron fue meter mi furgo dentro y dejamos las otras dos furgos en las que ibamos fuera. Cenamos en una mesa que está debajo del porche que os comento, y luego nos fuimos a dormir. Por la mañana volvió a venir este señor y aun estuvimos hablando un rato más con él e incluso le invitamos a café.
Al rato entró otro señor que debía de ser cazador y nos dijo que teníamos que salir que iba a cerrar el recinto (todo de forma muy amable) incluso nos dijo que terminaramos de desayunar sin problema, que iba estar alli unos 20 minutos.

Bueno, la sorpresa ha sido que me ha llegado una carta de "aviso" como que tengo una denuncia de la CHE (Confederación Hidrográfica del Ebro) que la puso la guardia civil (en ningún momento ni la vimos ni nos echaron del lugar) y que es una multa leve de hasta 6000 € por acampada libre en un lugar de servidumbre de la CHE. Lo más curioso es que a las otras furgos no les ha llegado nada y que hemos hablado con la comandancia que puso la denuncia y nos ha dicho que normalmente multan solo si la gente está dentro ¿pero como no voy a estar dentro si pido permiso y me dice un señor que lleva llaves del lugar que no hay problema por estar allí), resulta que nos han dicho que si se quiere utilizar el lugar hay que pedir un permiso al ayuntamiento. A mi me hubiera dado igual dormir fuera o dentro, lo hicimos simplemente sin más, igual por pereza, por no mover, porque nos habían dicho que no pasaba nada. De hecho como digo las otras dos furgos durmieron fuera.

En fin, la historia, es cierto que me jode que me hayan multado por algo que encima pregunté, igual no a la persona indicada, pero no me imaginaba que la persona que tenía llaves del lugar no iba a saber lo que iba a pasar si me quedaba.

Lo que me gustaría saber es si a alguien le ha ocurrido lo mismo o un caso similar a cuanto asciende la multa.
Yo mañana me voy a ir a la CHE que es lo que me ha recomendado la Guardia Civil, pero si alguien me puede informar por adelantado a cuanto más o menos subiria la multa y si alguien es de Campo o va mucho por allí si sabe si hay carteles o no hay nada. Me haría un favor el que me lo dijera enorme.

Muchas gracias gente por lo menos por escuchar mis males y en cuanto sepa como queda todo os lo comunico.

:( :(



Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: the_good_life en Octubre 13, 2011, 19:09:30 pm
vaya... pues ni idea, pero ánimo
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 14, 2011, 09:49:04 am
Gracias, hoy voy a pasarme por la Che con lo que me han mandado a ver que me dicen, ya os contaré¡¡¡¡

Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: GODIMIL en Octubre 14, 2011, 10:00:31 am
Joder! que putada, espero que todo se solucione y si hay que pagar multa que sea pequeña, suerte.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: AFRAGO en Octubre 14, 2011, 10:01:22 am
pagar le tocará pagar seguro
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 14, 2011, 10:29:21 am
Yo no pretendo no pagar, lo que asusta es que pone hasta 6000 € y lo que me joroba es que una persona que tenía llaves del lugar me diga que no pasa nada, que podemos estar alli y que como mucho cuando vayan a cerrar nos diran que nos vayamos, y que luego vayan y me multen.

Pero bueno, es como todo, si yo voy a 130 y tengo que ir a 120 y me pillan pues me atengo a las consecuencias y pago, y si alli no se puede estar y pone algún cartel y yo no lo recuerdo o no lo vi pues pagaré, solo quería saber si alguien sabe a cuanto suele ascender una multa como esa.

Gracias de nuevo
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: the_good_life en Octubre 14, 2011, 10:42:24 am
y si dices que no estabas durmiendo dentro? ellos simplemente pudieron ver un vehículo aparcado, no? qué furgo es?
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 14, 2011, 11:08:16 am
Es una california conforline, estaba con el techo levantado y lo raro es que no pone ni a que hora nos multaron ni donde exactamente, porque como digo, por la noche estuvimos dentro con mi furgo y las otras dos furgos se quedaron fuera, pero por la mañana a las 9 de la mañana la sacamos fuera junto con un montón de coches y furgos que van allí para hacer rafting y kayac.
Por acampada, a no ser que nos vieran a la hora de cenar no podrían multarnos porque recogimos todo, como siempre, pero teníamos la puerta lateral abierta porque mis perros si no pasan mucho calor y aunque estaban dentro de la furgo así entra la fresca.
No se a que hora nos iriamos a dormir pero tranquilamente sería la 1.30-2.00 y en ese rato no vimos pasar a la Guardia Civil.
Como digo lo raro es que no pone a que hora es la multa ni nada de nada.
A ver si hoy me lo explican mejor.
Nosotros nunca ponemos toldo ni nada, (de hecho ni siquiera tengo), a veces llevo un Tramp, pero casi siempre se me olvida, por eso cuando granizó nos fuimos a refugiar al porche (nosotros, no las furgos claro).
A la hora de cenar si que estabamos con nuestras sillas y una mesa que había allí en ese mismo porche, entramos la furgo para no tener que sacar el hornillo, para cocinar en la furgo y sacar todos los bartulos más rápido. Pero una vez cenamos se quedó todo recogido.
Yo creo que el kit de la cuestión es que no está permitido "pernoctar" en el recinto aunque el hombre que nos encontramos nos dijera que no pasaba nada, de hecho como digo, la propia guardia civil nos ha dicho que normalmente si estás fuera no te dicen nada, el problema es si te quedas dentro.
Y como digo lo que no sé es si existe algún cartel en el lugar donde ponga propiedad privada o propiedad de la CHE o lo que sea.
Y dudo que me multaran durante el día porque todo el mundo estaba junto al rio pasando el día con sus diferentes chiringuitos montados.
Ahora, tampoco sé como no nos enteramos de que pasó la Guardia Civil, debieron de ser la leche de sigilosos.



Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: pareja d3 en Octubre 14, 2011, 11:13:28 am
Feliz cumpleaños  .lengua2 .lengua2
Suerte
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: AFRAGO en Octubre 14, 2011, 11:16:21 am
Cita de: the_good_life en Octubre 14, 2011, 10:42:24 am
y si dices que no estabas durmiendo dentro? ellos simplemente pudieron ver un vehículo aparcado, no? qué furgo es?


no, la multa es por uso no autorizado de la zona de dominio publico hidráulico, no por acampada
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 14, 2011, 11:19:13 am
Cita de: AFRAGONETA en Octubre 14, 2011, 11:16:21 am
no, la multa es por uso no autorizado de la zona de dominio publico hidráulico, no por acampada


No en la multa pone claramente hechos que se le imputan: Acampada Ilegal

Pone y en mayusculas:

MOTIVO: PRACTICAR LA ACAMPADA ITINERANTE EN ZONA DE SERVIDUMBRE DEL RIO ESERA, MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE UN VEHICULO A MOTOR MARCA WOLKSWAGEN CALIFORNIA, MATRICULA.... SIN LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ESTE ORGANISMO.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: AFRAGO en Octubre 14, 2011, 11:29:12 am
Cita de: piluka en Octubre 14, 2011, 11:19:13 am
No en la multa pone claramente hechos que se le imputan: Acampada Ilegal

Pone y en mayusculas:

MOTIVO: PRACTICAR LA ACAMPADA ITINERANTE EN ZONA DE SERVIDUMBRE DEL RIO ESERA, MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE UN VEHICULO A MOTOR MARCA WOLKSWAGEN CALIFORNIA, MATRICULA.... SIN LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ESTE ORGANISMO.


si, lo que te decia: utilización sin correspondiente autorización administrativa de la autoridad competente en la zona de servidumbre del dominio público hidráulico, concretamente mediante la utilización de un vehiculo a motor

si la recurres diciendo que no acampabas (que tampoco es cierto), aducirán que no tenias permiso (si del paisano, pero este no es el responsable de la CHE) para estacionar en la zona de servidumbre, la ley es clara:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd849-1986.t1.html#

articulo 7.1.b
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: the_good_life en Octubre 14, 2011, 11:42:15 am
y la multa por aparcar es igual por pernoctar?
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: Rafatarifa en Octubre 14, 2011, 11:54:41 am
Recurrela alegando todo lo que aquí comentas y verás como luego no pasa nada. En definitiva lo hacen para asustar. Y lo de siempre, la Guardia Civil le echa la culpa a la C.H.E. y éstos a los otros....

Espero que la cosa no vaya a más.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: AFRAGO en Octubre 14, 2011, 12:07:10 pm
Cita de: Rafatarifa en Octubre 14, 2011, 11:54:41 am
Recurrela alegando todo lo que aquí comentas y verás como luego no pasa nada. En definitiva lo hacen para asustar. Y lo de siempre, la Guardia Civil le echa la culpa a la C.H.E. y éstos a los otros....

Espero que la cosa no vaya a más.


GC denuncia y CHE sanciona, asi de claro, es un caso analogo a los de costas



Cita de: the_good_life en Octubre 14, 2011, 11:42:15 am
y la multa por aparcar es igual por pernoctar?


que no es una multa por aparcar o por pernoctar, es por ocupar una zona que solo es peatonal y para mantenimiento del cauce
Piluka, recurrela igualmente, y tranquila porque el importe de 6000 euros es el maximo de infraccion leve  ;)
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: the_good_life en Octubre 14, 2011, 15:25:04 pm
yo no lo veo tan claro como afragoneta, no dice q esos fines sean exclusivos y no lo prohíbe explícitamente, pero bueno, lo q t dicen por aquí, recúrrela, porq lo q digamos nosotros da igual. Y suerte. Ése máximo es un máximo, pero no creo q llegue a tanto la cosa
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: maño en Octubre 14, 2011, 17:06:24 pm
asegurate primero de si no hay restricción en el acceso al refugio dónde estuviste, (es decir que te ponga prohibido el paso excepto che o policia de cauces, personal de che o personal autorizado... ) que lo mas seguro es que no lo haya si es un refugio de pescadores, como no te pone hora alguna de la infracción, no tiene sentido que les indiques que has pasado la noche ni nada,  si no te has acercado a la che acércate y que te informen, ellos mismos te dirán lo mas seguro de como hacerlo.
intenta cumplir con los plazos administrativos, (cosa que ellos no harán de normal), lo mas seguro es que se te quede en agua de borrajas

Porque vamos aunque te ponga lo que te ponga y si que en todos los cauces hay una franja de dominio público no lo cumple ni dios. Suerte y ya nos contarás
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: lekayak en Octubre 15, 2011, 23:25:49 pm
Detodas formas no dejes de hacer el pliego de descargo, porque hoy hablas con uno y el que lleva el tema es otro, lo que esta escrito ahi queda, y no te olvides de que te den sello de entrada tambien con fecha .SUerte.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: maxbs en Octubre 16, 2011, 09:29:42 am
Seguramente no se trate de una denuncia, si no de la apertura de un expediente sancionador y te daran un plazo para que alegues circunstancias.
Tienes que ver que seguro que en la entrada de ese refugio no habra seguro ningun cartel, lo tendras en el acceso al camino.
En tu contra el tema de tener el techo levantado, tema inequivoco de estar acampado. Pues acampar no consiste en dormir dentro o fuera de la furgo, si no en "esparcirte por la zona" (sacar utensilios, montar una tienda, poner un tendedero por fuera de la furgoneta o plantado en el exterior, etc.
A favor que es muy recurrente que los cazadores practiquen punteria (solo los que tienen dos dedos de frente) con los carteles de acceso, cotos, etc. Alega la inexistencia del cartel o su ocultacion, la ausencia de mala fe y la causa que se te ocurra por lo del techo que no estabais acampados y que la furgo estaba dentro del recinto de pesca precisamente por una averia del cierre del techo o algo asi. Y solicita el cierre del expediente sin multa porque nunca ha habido intencion de cometer infraccion ni se aportan pruebas que demuestren lo denunciado.....


Anda que no he presentado pliegos de descargo veces ni nada, al final me monto una empresa de recurrir multas y demas  .meparto
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: Xavi-Ps10 en Octubre 16, 2011, 11:27:10 am
Je... pues si, a alguien le ha pasado... si quieres recurrir recurre, pero te la comes con patatas, quizas mas que recurrir te valdra mas la paena aprovechar el pronto pago. Si no hicisteis fuego ni nada parecido la sancion que te vendra es de 100€ que con el pronto pago se te quedara en 70€.

Lo realmente jodido es que de aqui en adelante, si te vuelve a pasar, tendras reincidencia y entonces olvidate de salir de florecillas con 100€ de sancion... asi que a partir de ahora, mucho ojo ;)
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 17, 2011, 11:24:47 am
Bueno, pues ya fui a la CHE y me dijeron varias cosas interesantes, primera que como dicen por ahi la multa es por Acampada, si, pero por utilizar una zona de servidumbre de la CHE, está a menos de 100 metros del nivel del rio en su máximo caudal
El del pueblo, pues no lo haría con mala intención, porque ellos lo utilizan cuando les da la gana, pero según me han informado allí mismo, la CHE ha denunciado al pueblo precisamente por eso, por utilizarlo a su libre albedrio.
Y bueno, me ha dicho que haga un recurso explicando lo que ocurrió y que imagina que lo que ocurrirá será que me pongan la multa mínima.
También me dijo que muchas veces llaman a la GC los de los camping (cosa que ya sabemos) en cuanto ven que ahi te van a multar seguro y que en zonas como el embalse de Yesa, Liesa y varios sitios más se están poniendo las botas de tanta denuncia.
Así que cuidadín con lo que hacemos cerca de los rios y embalses con guardar bien la distancia oportuna, porque es por UTILIZACIÓN, bien sea aparcando, acampando o como sea. La multa te cae igual igual.
Sólo con deciros que en cuanto me vio entrar y decir que iba por una multa me dijo... por ACAMPAR ¿verdad?, le explique lo ocurrido y me dijo que ponen ACAMPAR por el tipo de vehículo y porque ya saben que en las furgos estamos durmiendo y tal, pero que si hubiera sido un coche le hubieran multado por APARCAR, la multa cae igual igual.
Ale saludos y ya os cuento como acaba todo, me voy a poner las pilas en busca de como hacer el recurso-carta que me dijo el hombre.
Hasta el mismo me dijo que no tenía que gastarme dinero en que me la hiciera nadie, que con que explicara los hechos sobraba.


Muchas gracias a todos¡¡¡¡
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 17, 2011, 18:33:13 pm
Os voy a poner el escrito de las alegaciones que he hecho a ver que os parece. Si creeis que puede faltar algo o que algo está mal os agradezco la ayuda, ya que es la primera vez que redacto un recurso de estos...

En fin, muchas gracias por todo gente y ya os dire como acaba esto, mejor dicho, con que multa acaba esto, porque ya se que si o si la multa me la como.


MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO
Confederación Hidrográfica del Ebro
Pº de Sagasta, 24-28
50071 Zaragoza

Su referencia:xxxxx
Asunto: Notificación Inicio de Procedimiento sancionador
Fecha: 30 de septiembre de 2011

D. Luis xxxxxxx, mayor de edad, con DNI número xxxxx y  domicilio a efectos de  notificaciones en la C/ , ante el Instructor del Expediente nº N/REF xxxxx   comparezco  y, como mejor proceda,

DIGO:

Que con fecha 11 de octubre de 2011,  me ha sido notificada la incoación de procedimiento sancionador número N/REF xxxx, anteriormente indicado, en virtud de denuncia formulada el 10 de julio de 2011, realizada por Agentes de la Guardia Civil, comandancia de Huesca, Puesto de Seira, en el que se me imputa una presunta infracción administrativa entre las tipificadas en el art. 116.3 g) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y Art. 315 i) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, y no estando conforme ni con el relato de los hechos por dichos Agentes realizado, ni con la calificación jurídica, y subsiguiente propuesta de sanción formulada; dentro del plazo concedido a tal efecto formulo las siguientes,

ALEGACIONES SOBRE LOS HECHOS:

Primera.- El presente procedimiento sancionador, se incoa con base en unos  hechos que no son ciertos tal y como han sido expuestos por los denunciantes.

Con fecha 10 de julio de 2011, mi vehículo VW California matrícula xxxxx, se hallaba aparcada en el interior del antiguo camping de Campo. Los hechos son los siguientes

El día 9 de julio de 2011 sobre las 20.00 horas, nos acercamos para ver el "parking" al que se nos había convocado para realizar la actividad de rafting en un negocio del pueblo de Campo al día siguiente. Al llegar vemos varios vehículos tanto furgonetas, como coches y una ac que también estaban pasando la tarde junto al río.
Al llegar al lugar en cuestión nos encontramos con las puertas del antiguo camping de Campo abiertas de par en par, (lugar que nosotros no conocíamos y es ahora cuando nos enteramos de que antiguamente era un camping), nos percatamos que hay una caseta y un "bar" cerrado en esos momentos. Nos encontramos allí con una persona que tenía llaves del lugar y le preguntamos si podíamos quedarnos y nos dice que no hay ningún problema. Nos informa que el lugar es propiedad del ayuntamiento de Campo, que el bar lo abren de vez en cuando, en fiestas o en concentraciones de gente y que justo la semana anterior había habido una concentración de kayac y había habido gente acampada durante todo el fin de semana. El mismo nos informa que la "caseta" en la que se encuentra y de la cual tiene llaves, la ha cedido el ayuntamiento para la sociedad de cazadores y pescadores y que lo único que puede ocurrirnos es que si alguien al día siguiente quiere cerrar las puertas de dicho recinto nos diga que nos vayamos para poder cerrar.
Durante nuestra estancia en dicho recinto vienen y van varias personas y entran diferentes vehículos y nadie nos dice que no podemos estar ahi. Por la mañana del día 10 de julio de 2011, tal como nos han informado, otra persona se acerca al recinto para cerrar las puertas con un candado, cuando nosotros ya nos encontrábamos fuera del antiguo camping.

Segunda.- En ningún momento estaba acampado. Si es cierto que en dicho recinto junto a la caseta de pescadores hay bancos, mesas, incluso baldosas viejas, y telas, en el bar se encuentran las mesas atadas y diferentes accesorios que en ningún  momento son de nuestra propiedad. No sabría especificar que otros artículos había junto a mi vehículo pero en ningún momento la Guardia Civil nos pidió identificación ni de nosotros mismos ni de los accesorios que pudiesen encontrarse en el lugar.

Tercera.- Que en ningún momento saltamos ninguna valla, ni rompimos ningún candado, ni realizamos actos vandálicos para entrar en el lugar y que ninguno de nosotros dispone de llaves del recinto, por lo que no entendemos que si es un lugar no autorizado por la CHE, puedan disponer de dicho lugar personas que nos autorizan de forma verbal a utilizarlo y que sea utilizado habitualmente por la gente, como zona de aparcamiento, de fiesta, zona de recreo y de pic-nik para pasar un rato junto al rio, tanto dentro como fuera del antiguo camping, incluso con la existencia de un bar-terraza.

Cuarta.- Que el dominio público  hidráulico no está amojonado en la zona de la denuncia, y que por tanto no puedo conocer sus límites y en consecuencia hasta dónde llegaba la zona de servidumbre en la que supuestamente no se puede "acampar" ni "aparcar".

El DPH viene dado por "el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias" (que yo no tengo porqué saber hasta donde llega). Los límites concretos de la zona de servidumbre (5 m) y de policía (100 m)  que el DPH lleva asociados a cada lado depende por tanto de hasta donde llegue.

Según me han informado, primero hay que deslindarlo (para saber hasta donde llegan sus límites) y luego amojonarlo (colocar mojones u otras señales para que una persona como yo llegue allí y sepa dónde puede o no entrar o hacer determinado uso). Si está deslindado, pero no amojonado, estoy sujeta a indefensión.

Por otro lado, la zona de servidumbre es de tan solo 5 m a cada lado del cauce. El sitio donde he sido denunciado está bajo el embalse de Campo (está regulado) con lo que las crecidas máximas anuales están bastante restringidas y no llegan a mucha distancia de lo que es la orilla actual del río. 


Quinta.- Para la demostración de las afirmaciones anteriormente manifestadas en este escrito de alegaciones, y sin perjuicio de las demás actuaciones que de oficio sean practicadas por el órgano instructor competente se propone los siguientes medios de prueba cuya práctica se solicita conforme con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Testifical: Consistente en que se tome declaración a los Agentes actuantes sobre los siguientes puntos:

1.- Con el fin de establecer que estaba realizando acampada itinerante:

a)   Que indiquen que accesorios eran de nuestra propiedad y cuales propiedad del ayuntamiento o de la gente que lo utiliza habitualmente.
b)   Que describan el método habitual para controlar la gente que entra y sale del lugar y que tiene acceso al recinto con sus propias llaves
c)   Que aporten las anotaciones y la lista en cualquier tipo de soporte de ingresos y salidas del recinto de vehículos en la fecha de la denuncia.

2.- Con el fin de establecer el modo de utilización del vehículo

a)   Que describan los métodos utilizados para tener constancia de que el alegante ha permanecido en el interior del vehículo y el tiempo de permanencia.
b)   Que describan los criterios para considerar que el alegante estaba acampado y pernoctando.

3.- Con el fin de establecer si había alguna instalación

a)   Que describan si existían cuñas insertadas entre las ruedas y el suelo o el chasis descansaba sobre barras de estabilizadores.
b)   Que describan cómo tuvieron constancia de que el vehículo estaba ocupado y de la actividad interior.

4.- Con el fin de establecer la posición del vehículo en relación a las zonas de delimitación de usos asociadas al dominio público hidráulico:

a)   Que se describa la manera en que se han determinado las lindes del dominio público hidráulico, indicando si existen mojones que lo delimiten en  la zona de la denuncia.
b)   Que se indique cómo dedujo la fuerza actuante que el vehículo se encontraba en el interior de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico



Por lo expuesto, al señor Instructor,

SOLICITO:

Tenga por presentado este escrito de alegaciones dentro del plazo establecido, en el articulo 79 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el articulo 16 del Real Decreto 1398/1993 de 4 de Agosto por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora y,  previa la práctica de las pruebas propuestas y posterior tramitación que proceda, se dicte  resolución en la que se acuerde el sobreseimiento y archivo del expediente sancionador por carecer los hechos denunciados del carácter de infracción administrativa alguna .

En Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil once , Firmado: Yo


Si alguien cree que algo no es correcto o añadiría algo... es un placer atender jejeje

Gracias de nuevo a todos, ya que este recurso lo he sacado del foro, solo he tenido que poner mi versión de los hechos.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: gussi en Octubre 17, 2011, 22:05:31 pm
Más claro, AGUA. Aunque como bien dices anteriormente, por lo menos de aparcar, creo que no te libras. Yo  no lo habría hecho mejor.
Porfa, continua informando del proceso y vamos a ver si tienes suerte,
Sigo el hilo. .palmas
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: fdokykcu en Octubre 18, 2011, 09:54:48 am
Hola, te recomiendo que incluyas en tus alegaciones que el dominio público  hidráulico no está amojonado en la zona de la denuncia, y que por tanto no puedes conocer sus límites y en consecuencia hasta dónde llegaba la zona de servidumbre en la que supuestamente no se puede "acampar".

El DPH viene dado por "el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias" (que tú no tienes porqué saber hasta donde llega). Los límites concretos de la zona de servidumbre (5 m) y de policía (100 m)  que el DPH lleva asociados a cada lado depende por tanto de hasta donde llegue . Decidir hasta dónde llega el DPH es un problema muy gordo y difícil de resolver en España (y que requiere mucho dinero) y sólo en ciertas zonas se ha acometido.

Primero hay que deslindarlo (para saber hasta donde llegan sus límites) y luego amojonarlo (colocar mojones u otras señales para que una persona como tú llegue allí y sepa dónde puede o no entrar o hacer determinado uso). Si no está deslindado, es una temeridad denunciarte por estar dentro de una zona que no saben hasta donde llega. Si está deslindado, pero no amojonado, estás sujeta a indefensión.

Eso, además de que yo no tengo claro que esté prohibido, como alguien ha dicho antes en el hilo. El uso del DPH y su zona de servidumbre fue modificado por RD 9/2008, y lo único que pone de la zona de policía es:

«1. En la zona de policía de 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce quedan sometidos a lo dispuesto en este Reglamento las siguientes actividades y usos del suelo:
a) Las alteraciones sustanciales del relieve natural del terreno.
b) Las extracciones de áridos.
c) Las construcciones de todo tipo, tengan carácter definitivo o provisional.
d) Cualquier otro uso o actividad que suponga un obstáculo para la corriente en régimen de avenidas o que pueda ser causa de degradación o deterioro del estado de la masa de agua, del ecosistema acuático, y en general, del dominio público hidráulico.

Por otro lado creo que se han columpiado, ya que la zona de servidumbre es de tan solo 5 m a cada lado del cauce. El sitio donde te han denunciado está bajo el embalse de Campo (está regulado) con lo que las crecidas máximas anuales están bastante restringidas y no llegan a mucha distancia de lo que es la orilla actual del río.  Así que si estabas en la chopera donde se suelen dejar los coches y no pegada al río, lo más probable es que ni siquiera estuvieras dentro de la zona de servidumbre (aunque sí que dentro de la de policía).

Esto también lo puedes indicar en tus alegaciones, que me parece que están muty bien

Yo pondría a lo que tienes escrito otro punto más a solicitar de los agentes, más o menos así:

3.- Con el fin de establecer la posición del vehículo en relación a las zonas de delimitación de usos asociadas al dominio público hidráulico:

a)   Que se describa la manera en que se han determinado las lindes del dominio público hidráulico, indicando si existen mojones que lo delimiten en  la zona de la denuncia.
b)   Que se indique cómo dedujo la fuerza actuante que el vehículo se encontraba en el interior de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 18, 2011, 10:04:15 am
Cita de: fdokykcu en Octubre 18, 2011, 09:54:48 am
Hola, te recomiendo que incluyas en tus alegaciones que el dominio público  hidráulico no está amojonado en la zona de la denuncia, y que por tanto no puedes conocer sus límites y en consecuencia hasta dónde llegaba la zona de servidumbre en la que supuestamente no se puede "acampar".

El DPH viene dado por "el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias" (que tú no tienes porqué saber hasta donde llega). Los límites concretos de la zona de servidumbre (5 m) y de policía (100 m)  que el DPH lleva asociados a cada lado depende por tanto de hasta donde llegue . Decidir hasta dónde llega el DPH es un problema muy gordo y difícil de resolver en España (y que requiere mucho dinero) y sólo en ciertas zonas se ha acometido.

Primero hay que deslindarlo (para saber hasta donde llegan sus límites) y luego amojonarlo (colocar mojones u otras señales para que una persona como tú llegue allí y sepa dónde puede o no entrar o hacer determinado uso). Si no está deslindado, es una temeridad denunciarte por estar dentro de una zona que no saben hasta donde llega. Si está deslindado, pero no amojonado, estás sujeta a indefensión.

Eso, además de que yo no tengo claro que esté prohibido, como alguien ha dicho antes en el hilo. El uso del DPH y su zona de servidumbre fue modificado por RD 9/2008, y lo único que pone de la zona de policía es:

«1. En la zona de policía de 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce quedan sometidos a lo dispuesto en este Reglamento las siguientes actividades y usos del suelo:
a) Las alteraciones sustanciales del relieve natural del terreno.
b) Las extracciones de áridos.
c) Las construcciones de todo tipo, tengan carácter definitivo o provisional.
d) Cualquier otro uso o actividad que suponga un obstáculo para la corriente en régimen de avenidas o que pueda ser causa de degradación o deterioro del estado de la masa de agua, del ecosistema acuático, y en general, del dominio público hidráulico.

Por otro lado creo que se han columpiado, ya que la zona de servidumbre es de tan solo 5 m a cada lado del cauce. El sitio donde te han denunciado está bajo el embalse de Campo (está regulado) con lo que las crecidas máximas anuales están bastante restringidas y no llegan a mucha distancia de lo que es la orilla actual del río.  Así que si estabas en la chopera donde se suelen dejar los coches y no pegada al río, lo más probable es que ni siquiera estuvieras dentro de la zona de servidumbre (aunque sí que dentro de la de policía).

Esto también lo puedes indicar en tus alegaciones, que me parece que están muty bien

Yo pondría a lo que tienes escrito otro punto más a solicitar de los agentes, más o menos así:

3.- Con el fin de establecer la posición del vehículo en relación a las zonas de delimitación de usos asociadas al dominio público hidráulico:

a)   Que se describa la manera en que se han determinado las lindes del dominio público hidráulico, indicando si existen mojones que lo delimiten en  la zona de la denuncia.
b)   Que se indique cómo dedujo la fuerza actuante que el vehículo se encontraba en el interior de la zona de servidumbre del dominio público hidráulico


Muchas muchas muchas gracias, ahora mismo lo incluyo jeje,

Dejaré publicada mi alegación por si a alguien le sirve de algo.

Saludos¡¡¡
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: GODIMIL en Octubre 18, 2011, 10:40:36 am
Coñe! por ser el primero que redactas no esta mal, deseo que sea el ultimo, suerte, ya contaras.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 18, 2011, 10:53:25 am
Ya he añadido las sugerencias al recurso inicial, lo he modificado también en mi mensaje para que quede constancia de como lo entrego definitivamente
Saludos y de nuevo mil gracias¡¡¡¡

Piluka
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: fdokykcu en Octubre 18, 2011, 13:56:36 pm
Buscando en relación a esto (otro colega me había comentado que le han denunciado también en Campo) he encontrado una cosa curiosa. Resulta que lo llaman "Operación Tortuga":

http://www.heraldo.es/.../el_seprona_interpuso_denuncias_diarias_entre_julio_septiembre_por_acampadas_ilegales_160806_302.html

En el artículo, el mando del SEPRONA hace referencia a que en Aragón el tema de la acampada está regulado por un decreto de 2006. Lo he encontrado:

Decreto 61/2006, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de acampadas (http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ar-d61-2006.html#a14).

El Reglamento prohíbe un montón de cosas, entre ellas incluye un apartado relativo al dominio público hidráulico. Lo más cachondo es que en su mayor parte no tiene base legal alguna. Así, se "inventa" lo de no poder acampar a menos de menos de 100 m del río, etc. etc.  porque es la Ley de Aguas (y su reglamento) la que dice claramente lo que se puede hacer o no hacer en el dominio público y define claramente cómo se calculan sus límites. La "definición simplificada" de los 100 m "a cada lado de las orillas" que se marcan en el reglamento de acampadas no tiene ninguna base legal.

Claro, cuando llega el momento de poner en el Reglamento cómo te van a denunciar están jodidos, porque la tipificación de las infracciones ha de hacerse por una Ley, no en un Reglamento. Total, que si lo leéis, veréis que acampar a menos de 100 m de las orillas está "prohibido" pero no es una infracción tipificada: no te pueden multar. Por eso ponen un apartado de medidas de policía (=vigilancia). Con el Reglamento de 2006 en la mano, lo más que pueden hacer es levantar la acampada: echarte (y no se hasta que punto no se les podría denunciar por abuso de autoridad por ir en contra de lo dispuesto en la Ley de Aguas). Pero no denunciarte y sancionarte, porque la infracción no está tipificada.

Yo me imagino que en este caso han pretendido mezclar churras con merinas: usar la prohibición de acampar del Reglamento y aplicarle una sanción de la ley de aguas. Pero claro, eso no se pueeeedeee... .loco2
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 18, 2011, 14:14:28 pm
Cita de: fdokykcu en Octubre 18, 2011, 13:56:36 pm
Buscando en relación a esto (otro colega me había comentado que le han denunciado también en Campo) he encontrado una cosa curiosa. Resulta que lo llaman "Operación Tortuga":

http://www.heraldo.es/.../el_seprona_interpuso_denuncias_diarias_entre_julio_septiembre_por_acampadas_ilegales_160806_302.html

En el artículo, el mando del SEPRONA hace referencia a que en Aragón el tema de la acampada está regulado por un decreto de 2006. Lo he encontrado:

Decreto 61/2006, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de acampadas (http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ar-d61-2006.html#a14).

El Reglamento prohíbe un montón de cosas, entre ellas incluye un apartado relativo al dominio público hidráulico. Lo más cachondo es que en su mayor parte no tiene base legal alguna. Así, se "inventa" lo de no poder acampar a menos de menos de 100 m del río, etc. etc.  porque es la Ley de Aguas (y su reglamento) la que dice claramente lo que se puede hacer o no hacer en el dominio público y define claramente cómo se calculan sus límites. La "definición simplificada" de los 100 m "a cada lado de las orillas" que se marcan en el reglamento de acampadas no tiene ninguna base legal.

Claro, cuando llega el momento de poner en el Reglamento cómo te van a denunciar están jodidos, porque la tipificación de las infracciones ha de hacerse por una Ley, no en un Reglamento. Total, que si lo leéis, veréis que acampar a menos de 100 m de las orillas está "prohibido" pero no es una infracción tipificada: no te pueden multar. Por eso ponen un apartado de medidas de policía (=vigilancia). Con el Reglamento de 2006 en la mano, lo más que pueden hacer es levantar la acampada: echarte (y no se hasta que punto no se les podría denunciar por abuso de autoridad por ir en contra de lo dispuesto en la Ley de Aguas). Pero no denunciarte y sancionarte, porque la infracción no está tipificada.

Yo me imagino que en este caso han pretendido mezclar churras con merinas: usar la prohibición de acampar del Reglamento y aplicarle una sanción de la ley de aguas. Pero claro, eso no se pueeeedeee... .loco2


Jo¡¡¡ mil gracias¡¡¡ les voy a enviar el recurso y se supone que luego me llegará la contestación y si han decidido multarme o no, por lo que me dijeron en la CHE y según eso el importe. Entonces puedo volver a contestar, pero vamos que tanto la GC como la CHE me dijeron que la multa me cae si o si, lo que no entiendo en este pais es que si no hay ley de algo como puede ser que se inventen lo que sea para poder multarte.. yo alucino.
De nuevo muchas muchas gracias. Os contaré como va la cosa...
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 18, 2011, 18:17:38 pm

Según el decreto al que me has remitido me hace mucha gracia que diga esto:

Acampada: es la actividad de alojamiento al aire libre, fuera de los cámpings y casas rurales aisladas, mediante la utilización de tiendas de campaña, caravanas, albergues móviles u otros medios para guarecerse, con o sin la realización de actividades complementarias.

Unidad de acampada: es la formada por una tienda de campaña, caravana, albergue móvil u otro medio para guarecerse.

Mientras que la DGT en su texto de la autocaravana dice esto otro:

1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas, limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor.

2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento"

Además de estacionar, una autocaravana, como cualquier otro vehículo, tiene también la posibi- lidad de acampar, si bien entonces sus ocupantes pasan a estar sometidos a las distintas nor- mativas autonómicas sobre acampada y campamentos de turismo, y deberán realizar este tipo de actividades en los lugares especialmente indicados para ello, bien las zonas de acampada establecidas normalmente por los departamentos de medio ambiente de las Comunidades autó- nomas en las áreas naturales o de esparcimiento, o bien en establecimientos privados como los campings o campamentos de turismo.
Se suele considerar que una autocaravana está aparcada y no acampada cuando:
1 Sólo está en contacto con el suelo a través de las ruedas (no están bajadas las patas estabi- lizadoras ni cualquier otro artilugio). En determinados casos, como cuando el aparcamiento está situado en pendiente o con una inclinación lateral pronunciada, los calzos en las ruedas pueden estar justificados para mejorar la seguridad del vehículo.
2 No ocupa más espacio que el de la autocaravana cerrada, es decir, no hay ventanas abiertas (ventanas batientes o proyectables, que pueden invadir un espacio mayor que el perímetro del vehículo), sillas, mesas, toldos extendidos, etc.
3 No se produce ninguna emisión de ningún tipo de fluido, contaminante o no, salvo las propias de la combustión del motor a través del tubo de escape, o se lleven a cabo conductas incívi- cas y/o insalubres como el vaciado de aguas en la vía pública. No emite ruidos molestos como, por ejemplo, la puesta en marcha de un generador de electricidad en horario propio de descanso o durante el día en períodos excesivamente largos.
Debe aclararse que las competencias autonómicas entran en acción cuando la autocaravana está acampada, ya que cuando está estacionada correctamente son las leyes de tráfico o las normativas municipales las que son aplicables.

¿quien tiene razón??? aqui cada uno hace la descripción como le sale de las narices según su propio interés



Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: fdokykcu en Octubre 19, 2011, 12:03:04 pm
Eso pasa muchas veces cuando hay legislación concurrente. La DGA tiene potestad para legislar sobre medio ambiente en Aragón (y sobre acampadas, por tanto) y el Ministerio de Interior en lo que se refiere a circulación (y por tanto sobre el estacionamiento de vehículos). A veces ambas cosas coinciden (¿qué pasa al estacionar en el medio natural?) y la legislación no tiene porqué coincidir. Además tienes a la Confederación, a los ayuntamientos, etc. etc.

Yo no soy abogado ni nada parecido, pero sí te puedo decir que hay unas cosas que siempre se pueden aplicar, como por ejemplo el principio de jerarquía normativa: lo que diga una ley (por ejemplo, la de aguas en nuestro caso) está por encima de lo que diga un decreto (el reglamento de acampadas) y éste a su vez de lo que diga el escrito de la DGT (que ni siquiera es una norma). Así que si mirares sin más el reglamento y el escrito de la DGT te diría que, sólo con eso (y sólo en Aragón) pesa más lo que diga el decreto.

Ahora bien el escrito de la DGT -aunque no es una norma- es una interpretación que hace la DGT de la normativa de circulación (que sí tiene rango de Ley): si la interpretación es contradictoria al final son los tribunales los que resuelven y completan con su jurisprudencia los solapes en la legislación.

Finalmente, las infracciones y sanciones han de estar tipificadas por ley (no vale hacerlo por decreto, ni por normas inferiores), por eso en este caso no te pueden sancionar por el reglamento de acampadas, como te decía en otro post.

Título: Re: Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: acningenieros en Octubre 22, 2011, 18:54:53 pm
Nosotros tuvimos una denuncia de esta gente por acampar en zona de policia en la zona de Bielsa, no fue facil pero despues de varios recursos enviados a su sede en Zaragoza, la archivaron.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: oscardo en Octubre 29, 2012, 22:33:02 pm
Hola, me acaban de notificar de la che, me imagino que es de este verano en Torla que nos despertó la GC y tomo los datos....como habéis acabado con el recurso, algún consejo....gracias
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: PAYO en Octubre 30, 2012, 01:33:58 am
La alegación que hás presentado se vé super completa   .bien


PD: esperando impaciente el saber en que queda todo  ;)

suerte.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: maxbs en Octubre 31, 2012, 06:13:06 am
Cita de: oscardo en Octubre 29, 2012, 22:33:02 pm
Hola, me acaban de notificar de la che, me imagino que es de este verano en Torla que nos despertó la GC y tomo los datos....como habéis acabado con el recurso, algún consejo....gracias


Ojo no sea que el que puso el recurso tenga este hilo dejado de la mano, mejor curate en salud y mandale un mensaje privado haciendole la pregunta directamente. Estas en una cuenta atras para presentar tu recurso.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: kolomalo en Octubre 31, 2012, 10:22:15 am
Lo unico que me esta quedando claro (y llevo poco tiempo) es que ven una furgoneta y se ponen a frotarse las manos. Da igual lo que hagas o no hagas, parece que van a buscar lo que sea porque siempre rascan algo...

Yo ya voy siempre en modo paranolla, que si podré sacar aki las sillas, que si podré aparcar aki, que si podre "pernoctar", ¡venga ya coño! Parecemos delincuentes siempre esquivando las fuerzas de seguridad. Con deciros que ni he puesto las pegatinas que compre del foro para que no me identiquen tan rapidamente con uno de esos "transgresores de la ley", porque seguro que es verla y correrse de gusto mientras sacan la libretita.

El caso es que a los turismos con forma de coche esto no pasa. Es un coñazo y habría que hacer algo ¿no?

Y nosotros lloramos por un ojo, ya que en Murcia la cosa no esta tan controlada, o por lo menos son mas permisivos. Pero me da pavor salir de aquí...



Suerte con tu recurso.

pd: hostia, no me di cuenta que esto es de hace un año...
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: GEYPERVAN en Octubre 31, 2012, 11:31:34 am
Me ha parecido leer que en la multa no ponía ni la hora ni el lugar, si es así no creo que a un abogado, de los que recurren multas de tráfico, le cueste mucho conseguir que se anule por "defecto de forma".

A mi me han multado un par de veces los de verde y ni he pagado la multa ni me han quitado puntos, supongo que el abogado recurre hasta que el proceso muere.

saludos
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 31, 2012, 15:01:48 pm
Para poner a todo el mundo al día comento que recurrí la multa y de momento ya no he vuelto a saber nada, si me volviera a llegar a estas alturas algo la recurriria por que ha prescrito, ya que ya ha hecho un año desde que la recibimos

Asi que si vuelvo a tener noticias de la querida CHE os comento
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: PAYO en Octubre 31, 2012, 15:37:45 pm
Pués me alegro, parece que surtió efecto el recurso .palmas .palmas .palmas
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: GEYPERVAN en Octubre 31, 2012, 15:40:50 pm
Cita de: kolomalo en Octubre 31, 2012, 10:22:15 am

pd: hostia, no me di cuenta que esto es de hace un año...



ya somos 2, pero gracias a Piluka por aclarar el asunto y dar a conocer a los demás su forma de actuar antes estas situaciones.
Título: Re:Ayuda con multa de la Confederación Hidrográfica del Ebro¡¡¡ :(
Publicado por: piluka en Octubre 31, 2012, 22:09:28 pm
Un placer, para eso estamos, para echarnos una mano entre todos, a mi me ayudaron mucho en el foro y espero poder seguir ayudando.
Ahora no me meto tanto al foro por circunstancias personales, pero si alguien tiene alguna duda de algún tema en que pueda ayudar que me mande un privado porque asi seguro que lo recibo a mi correo habitual y puedo contestar.
Saludos y suerte con tu multa, en estos casos recurrir es la mejor opción o por lo menos hacer alegaciones. Esto me lo dijo un empleado de la CHE, que siempre que se recurra por lo menos la multa será menor (no se si es cierto pero por si las moscas...)

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