Como muchos de vosotros, llevo portabicis en la furgo, en concreto el Fiamma Carry Bike.
Anteayer pasé la ITV y el chico que me hacía la revisión me avisó de lo siguiente: el portabicis en los vehículos matriculados como mixto o como turismo es ILEGAL. Solo está permitido su uso en los vehículos vivienda y, de no estar así matriculado el vehículo, hay que hacer la homologación pertinente del accesorio.
Me intentó tranquilizar diciendo que es algo que la gran mayoría de los policías desconocen este punto.
¿Alguien sabe algo sobre este tema?
Un saludo.
Ufff, creo que se refiere a la circular que les mandaron hace unos meses a las ITVs en la que había una lista de cosas que no iban a mirar en vehículos vivienda y autocaravanas:
http://www.furgovw.org/index.php?topic=211646.msg1992159#msg1992159
La mayoría de veces creo que los de la ITV hablan desde el desconocimiento, creo que tienen un follón mental que no se aclaran.
Por esa regla de tres yo no puedo llevar un portabicis? Yo creo que mientras no incumplas la visibilidad de luces y matrículas y no te pases en las medidas...
Cualquier día de estos nos hacen homologar hasta la moqueta del techo .lengua2 .lengua2
desde la ignorancia.... y los que se venden para coche??? mi furgoneta es igual de turismo que el coche...
Bueno, la verdad es que ciñendose al código en todas nuestras furgos lo máximo que puede sobresalir la carga es un 10%, considerando que andan por los 4´5 m disponemos de unos 45 cm, y me parece que todos los portabicis con las bicis se pasan de eso. En cuanto a la itv es lo de siempre, si al ingeniero se le pone que es una reforma de importancia. . poco hay que hacer
Decir que el chico simplemente me informó, ni me hizo desmontarlo ni lo puso en la inspección ni nada.
Pues no tenia ni idea, gracias por la informacion.
Cita de: JonyMao en Septiembre 15, 2011, 18:47:12 pm
Decir que el chico simplemente me informó, ni me hizo desmontarlo ni lo puso en la inspección ni nada.
efectivamente es como el chico te lo ha explicado,según la nueva normativa los unicos que están exentos de homologar toldos,antenas de tv,claraboyas,portabicis..... son los vehiculos catalogados como vivienda el resto de vehiculos en caso de llevar algun objeto de estos tienen que pasar por caja y homologar.
tambien es verdad que en la mayoria de las itv están aún un poco perdidos con la nueva normativa y aún en algunas te dejan pasar con claraboyas etc pero te advierten que a la proxima no pasas, pero es lo que hay .confuso1