Hola foreros...el tema es que por fin ya e vendido mi todoterreno y con una pizca de aqui otra de alli tengo 6000euretes reunidos para la furgo..
Busco una t3 techo elevado a poder ser joker y diesel.Que motor me recomendais?¿1.6d o 1.9 d?????La utilidad de la furgo es para diario(estoy a unos 10 kilometros del curro)...I tambien que me echeis una mano si veis alguna por ahi...e visto una en tgn de color verde pistacho preciosa...pero es 1.6 y mirando el foro me quedado que no pasa de 100 como mucho y eso me exa para atras un poco.
el tema del techo elevado no me importa porque no la voi a meter en parquings y aparte me encanta el alto elevado...
Espero que me ayudeis....porque nose si pillarmela directamente 1.9 o 1.6 y mas tarde canviar el motor....me conformo con ir a 120!!!jejjeje saludosssssss .ereselmejor
Para informarte un poco debes de saber que un vehículo con certificación de autocaravana no puede pasar de 100 Km/h. .loco2
Pues no tnia ni idea que las t3tnian esa limitacion..las californias tambien?saludos
cierto, pero con el 1.6 pelado alcanzar los 100 es epico, que no haya la mas minima subida, que no sople viento de cara o te quedaras... subir un puerto de montaña puede representar acabar subiendo en 1-2... piensa que una maquina de estas camper puede superar los 2.000 kg (mi syncro westfalia sin aguas y medio de gasoleo pesa 2.240kg, flipa), si ademas la pillas de techo alto, que tienen la misma aerodinamica que el muro de una carcel, ta va a faltar motor hasta llaneando...
Si quieres diesel, mira minimo la 1.6Td, son casi 20 Cv mas que la anterior ;)
El Reglamento General de Circulación establece los siguientes límites de velocidad para las autocaravanas:
• En autopistas y autovías: 100 km/h.
• En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y carreteras (con arcén pavimentado de al menos 1,50 m de anchura o más de un carril para alguno de los sentidos de la circulación): 90 km/h.
• En el resto de vías fuera del casco urbano:
80 km/h.
Estos límites son aplicables a las autocaravanas que circulan sin remolque (vehículo mixto vivienda; autocaravana sin especificar o vivienda de MMA menor o igual a 3.500 kg), en tanto que las autocaravanas de tipo furgón-vivienda o de MMA mayor de 3.500 kg se rigen por los límites aplicables a los camiones y al resto de los furgones: 90 km/h en
autopistas y autovías, y 80 km/h en las carreteras convencionales.
En vías urbanas se aplica a las autocaravanas, sean del tipo que sean, el límite de velocidad genérico de 50 km/h, en los términos previstos en el Reglamento General de Circulación.
gracias por la info 8a!!!!!por cierto exar un vistazo a esta furgo haver que os parece...tengo intencion de ir a verla...saludosss
http://www.segundamano.es/tarragona/volkswagen-california-club-joker/a22920674/?ca=43_s&st=a&c=4