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Zona Técnica => Papeleos => Multas => Mensaje iniciado por: Manolín en Noviembre 08, 2007, 10:16:18 am

Título: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Noviembre 08, 2007, 10:16:18 am
En primer lugar, considerar que la siguiente información es relativa a todas las furgonetas que estén consideradas como vehículos vivienda o autocaravanas. Al resto habría que someterlas a otras consideraciones dependiendo de su clasificación.

UNA AUTOCARAVANA ESTÁ SOMETIDA A LA MISMA REGLAMENTACIÓN SOBRE ESTACIONAMIENTO QUE LOS DEMÁS VEHÍCULOS DEL MISMO TIPO (MMA).

Una autocaravana es un vehículo tipo M1 (al igual que un turismo) destinado al transporte de hasta ocho personas incluido el conductor (Normativa europea 116/2001/CE y Anexo II del Reglamento General de Vehículos, epígrafe 32). Está además homologado para servir de albergue cuando está estacionado.

UN VEHÍCULO ESTACIONADO EN LA VIA PÚBLICA ESTÁ SOMETIDO ÚNICAMENTE A LAS LEYES DE TRÁFICO.

El Reglamento General de Circulación establece las condiciones de parada y estacionamiento de los vehículos en las vías públicas en los artículos 90 al 94 (Capítulo VIII). Ninguno de ellos limita el estacionamiento de las autocaravanas.

PERNOCTAR ES UNA ACTIVIDAD LEGAL Y PRIVADA EN EL INTERIOR DE UNA AUTOCARAVANA QUE NO MODIFICA LA CONDICIÓN DE ESTACIONAMIENTO CUANDO OCUPA EL ESPACIO DE VÍA PÚBLICA CORRESPONDIENTE A SU PERÍMETRO.

Se puede deducir que acampar, contrariamente a estacionar, significa la ocupación del espacio público con elementos de acampada y campismo - sillas, mesas etc - o el despliege de accesorios del vehículo que desborden el perímetro del mismo, por ejemplo del toldo.

EL PERNOCTAR O HABITAR UNA AUTOCARAVANA NO SE PUEDE CONSIDERAR COMO ACAMPAR SI SOLO OCUPA LA VÍA PÚBLICA CORREPONDIENTE AL PERÍMETRO DEL PROPIO VEHÍCULO.

Utilizar una autocaravana como albergue, mientras está estacionada, es una actividad legal que no modifica la condición de estacionamiento siempre que ocupe el espacio de la vía pública correspondiente a su perímetro en un lugar y en el tiempo autorizados.

LAS ORDENANZAS MUNICIPALES SOLO PUEDEN SER DICTADAS PARA EVITAR EL ENTORPECIMIENTO DE TRÁFICO.

El artículo 93 del Reglamento General de Circulación dice:

1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor (artículo 38.4 del texto articulado).
2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.

Un párrafo en este sentido en la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz, Ref. AB/DP/ct, 05/708, de fecha 03-02-2006:

?...EL RGC establece la normativa sobre estacionamiento y no limita los tipos de vehículos sino que se refiere a ellos como ?...apto para circular por las vías públicas...?, por lo tanto, consideramos que cualquier vehículo vivienda puede ser estacionado legalmente en los lugares autorizados de las vías públicas, urbanas e interurbanas...?

Como norma, un ayuntamiento tiene derecho a limitar el tiempo o prohibir estacionamiento, a toda clase de vehículos con la misma MMA justificadamente para evitar el entorpecimiento de tráfico o el reparto equitativo de las plazas de estacionamiento en las vías públicas locales.

Los vehículos que circulan o estacionan en las vias públicas incluidas en las zonas urbanizadas dentro de los lindes del dominio maritimo terrestre y los espacios naturales protegidos, en lo referente a la circulación, parada y estacionamiento, estan sometidos, EN PRIMER LUGAR, a las leyes sobre tráfico.

Por todo ello una autocaravana estacionada en un lugar permitido para ello no esta infringiendo ninguna ley y si ejerciendo y disfrutando de un derecho amparado por la ley.

Pero despues depende del lugar... bueno que en fin si quieren te multan, si es por "ACAMPADA LIBRE" o bien por el articulo Artículo 25 del reglamento de circulación y seguridad vial del lugar , que prohibe estacionar en las vías públicas a las autocaravanas. Pero ese mismo artículo dice «excepto en lugares y periodos autorizados» extremo que el Ayuntamiento incumple porque a la vez que prohíbe tiene la obligación de fijar los lugares donde se pueden estacionar estos vehículos

Fuente: http://www.todoexpertos.com/categorias/humanidades/derecho/respuestas/1492132/consulta-de-leyes

Edito:  

Excelente documento sobre este tema:
Power Point "Aparcar es legal" (http://docs.dailycosas.net/PernoctarEsLegal.ppt)
escrito por Arsenio en http://arseniogutierrez.blogspot.com/2009/01/pernoctar-en-el-interior-de-una.html

Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: calitraum en Noviembre 08, 2007, 10:18:26 am
 .confuso2 gracias manolin por la info... .ereselmejor
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: vignemale en Noviembre 08, 2007, 10:34:48 am
Muy buena informacion Manolín!!!!!!

pero vuelta a lo de siempre, que al final, cada ayuntamiento coje su librillo y hace lo que quiere....y si te pones hablando con la autoridad sobre leyes y tal.....
No seria mejor imprimir este documento, (el de ley, el autentico) y llevar en la furgoneta, por lo menos para que te quiten la multa, te iras del sitio pero por lo menos sin multa....digo yo...

Un saludo, y gracias otra vez por estos articulos!!! .palmas .ereselmejor .palmas
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: powernena en Noviembre 09, 2007, 10:04:34 am
o se iran corriendo al ver que sabes mas del tema que ellos y comentarles amablemente que  tienes por escrito lo que dicta al respecto el reglamento general de circulacion y te dispones a mostrarselo.....  no digo que sea matematico pero  en mi caso asi fue, decir tambien que estaba haciendo uso del interior y no tenia nada desplegado, y simplemente razonando un poco con ellos y de buenas maneras, al menos por mi parte, no quisieron saber mas que lo que ya sabian,simplemente tenian alguna orden de "limpiar un poquito la zona" y si no sabes bien tus derechos, igual t asustan y te vas....  Ademas creo que mi escrito lo descargue del foro y tambien a traves de Manolin  sea asi o no?   Muchas gracias por la informacion   Saludos!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: vw_nauta en Noviembre 22, 2007, 16:17:34 pm
Entiendo entonces que un toldo es ilegal, y desplegar el techo elevable también, no?  :-\
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: heiwi en Noviembre 22, 2007, 16:25:35 pm
lo del techo elevable todavia no lo tengo claro,`porke tu sigues ocupando el mismo espacio...ni idea... a ver si nos sacan de dudas... MANOLIN!!!! ;)
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Kimu en Noviembre 22, 2007, 16:38:30 pm
Cita de: vw_nauta en Noviembre 22, 2007, 16:17:34 pm
Entiendo entonces que un toldo es ilegal, y desplegar el techo elevable también, no?  :-\


Parece que el techo elevable no ocupa perímetro alguno por lo que deduzco que es legal su despliegue.

Gracias por la info! lo copio y lo guardo...  .ereselmejor
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: saltamontes en Noviembre 22, 2007, 16:58:12 pm
Gracias, copiado y guardado
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Noviembre 22, 2007, 17:26:48 pm
Cita de: Kimu en Noviembre 22, 2007, 16:38:30 pm
Parece que el techo elevable no ocupa perímetro alguno por lo que deduzco que es legal su despliegue.

Gracias por la info! lo copio y lo guardo...  .ereselmejor


Sobre eso hay mucho que hablar ;D Busca en el foro que hay un post de muchas hojas tratando ese tema y la conclusión a que se llegó es que depende del color de las gafas del que lo mire ;)
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: vw_nauta en Noviembre 24, 2007, 14:25:50 pm
Yo también buscaré, porque me interesa, mucho.

La historia es que yo por perímetro entiendía:
lateral derecho
lateral izquirdo
morro
culo

no parte baja ni techo, pero buscando definiciones técnicas creo que para definir perímetro tienen en cuenta toooooodos los bordes del vehículo.

Saludos!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: joan en Noviembre 26, 2007, 20:57:15 pm
Manolín no se podría conseguir el texto de la ley donde figura lo anteriormente citado.

Por llebar la ley y mostrarla???
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Enero 08, 2008, 15:54:37 pm
Informe jurídico sobre el derecho a aparcar de las autocaravanas

Por Paco Costas - 03/01/2008

Queridos amigos autocaravanistas: Ante la arbitrariedad y la intervención caciquil de muchos ayuntamientos españoles sobre el derecho a aparcar nuestras autocaravanas dentro de la más absoluta legalidad, he solicitado de la asesoría juridica de CEA(Comisariado Europeo del Automóvil ) el informe que os incluyo tal cual lo acabo de recibir.

El letrado de esta entidad, Fernando J. Gonzalez Iturbe, es una auténtica autoridad en materia de reclamaciones a la Aministración y considero un documento muy valioso lo que aquí me manifiesta al respecto.

Paco Costas

--------- Forwarded message ----------
From: Fernando González Iturbe
Date: 03-ene-2008 17:12
Subject: RE: Comunicado de Prensa PacoCostas.com
To: "PacoCostas.com"

Buenas tardes Paco:

En relación con la consulta que me hiciste ayer, relativo al estacionamiento de las autocaravanas, paso a realizarte las siguientes consideraciones:

En primer lugar, hay que tener en cuenta que ni la Ley de Seguridad Vial ni el Reglamento de Circulación contienen precepto alguno que prohiba de manera expresa el estacionamiento de este tipo de vehículos en las vías urbanas. Ambas normas, recogen una serie de criterios y supuestos en los que se considera que tanto las paradas como los estacionamientos no se pueden realizar; sin perjuicio de un criterio genérico de limitación que se refiere a que los vehículos estacionados o parados nunca pueden constituir un peligro para el resto de usuarios u obstaculiar gravemente el tráfico de vehículos, peatones o animales.

A partir de estar reglas generales, en segundo lugar, es necesario no olvidar la capacidad normativa que se reconoce a los Ayuntamientos para regular el régimen de paradas y estacionamientos en las correspondientes vías públicas de las que son titulares; si bien, "en ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento". Por tanto, si bien es posible que un Ayuntamiento pueda prohibir el estacionamiento de este tipo de vehículos, habría que entrar a dilucidar si dicha norma local contradice lo recogido en las dos normas antes mencionadas (Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación). En caso de que así fuera, la prohibición sería nula (pero hay que ver caso por caso).

Lo normal es que los Ayuntamientos prohiban el estacionamiento de este tipo de vehículos en función de su peso y medidas. Pero para que dicha normativa sea legal, debería aplicarse no sólo a las autocaravanas por serlo, sino a todo tipo de vehículo que cumplan con esas características de peso y medidas. Si bien, tengo que insistir en que esa regulación legal no puede nunca ir en contra de los principios del Reglamento General de Circulación.

Fernando J. González Iturbe

http://www.pacocostas.com/motor/blog/opinion/con-la-ley-en-la-mano/
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: minero en Febrero 25, 2008, 20:21:23 pm
 :roll: verás...  a los alcaldes, como presidentes-jefes-dueños y señores de sus municipios, durante su tiempo de mandato, les dicen  "podrán",  pero no les dicen "tendrán", lo que significa a mi modesto entender, que "podrán", es algo "opcional", y "tendrán", es "obligación", por lo que según les interesen, ponen o anteponen a su gusto, como autoridad municipal que son.

No les déis vueltas, lo mejor... ser amables con los agentes de la autoridad, y con suerte..., hacen caso omiso de lo que les ordena la autoridad.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Tuto en Marzo 09, 2008, 10:54:30 am
NO es tan dificil regular el tema de las autocaravanas...

solo hay que ver como tocan el tema las estaciones de ski, en muchas de ellas existe aparcamiento destinado expresamente para autocaravanas con enganche de luz y agua. Por las mañanas pasa un empleado (un puesto de trabajo perfecto para una persona en paro del municipio) cobrando de 3 a 5 euros simbólicos por el uso de las instalaciones...

Solo falta un ayuntamiento en el cual a un alcalde o concejal se le encienda la bombilla y cree algo similar...

Con lo sencillo que se ve desde afuera....
...Que molestamos acaparando los parkin de las playas.. pues crea areas para autocaravanas, que por prohibirnos no vamos a dejar de existir...

(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/Tuto/Quedada_Toró,_llanes1.jpg)

Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: seixón en Marzo 25, 2008, 22:51:42 pm
A ver si lo he entendido bien... ¿El tema de que se puedan meter con uno cuando duerme en su vehículo depende de la dichosa clasificación? Porque yo he dormido muchas veces en mi Clio, y nadie me ha dicho nada. Es más, no creo que te lo puedan decir. Sin embargo, ¿si llevamos clasificación de vivienda o autocaravana, sí que pueden decírnoslo?. Si es así, me parece injusto, y la única explicación que encuentro es o bien cuestiones de supuesta higiene (por los vertidos que se pudieran realizar) o bien porque los hoteleros de la zona hayan presionado al ayuntamiento de turno, como en tantas otras cosas suele ocurrir.
Así que, si seguimos tirando del hilo... Si tengo una 3100 (mixto adaptable), por mucho que le ponga unas cortinas y tire una colchoneta dentro, supongo que nunca me podrán decir nada, ¿no? (siempre hablando en teoría, claro). Gracias por la aclaración  ;) ;) ;)
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: mendilore en Marzo 25, 2008, 23:57:31 pm
Cita de: seixón en Marzo 25, 2008, 22:51:42 pm
A ver si lo he entendido bien... ¿El tema de que se puedan meter con uno cuando duerme en su vehículo depende de la dichosa clasificación? Porque yo he dormido muchas veces en mi Clio, y nadie me ha dicho nada. Es más, no creo que te lo puedan decir. Sin embargo, ¿si llevamos clasificación de vivienda o autocaravana, sí que pueden decírnoslo?. Si es así, me parece injusto, y la única explicación que encuentro es o bien cuestiones de supuesta higiene (por los vertidos que se pudieran realizar) o bien porque los hoteleros de la zona hayan presionado al ayuntamiento de turno, como en tantas otras cosas suele ocurrir.
Así que, si seguimos tirando del hilo... Si tengo una 3100 (mixto adaptable), por mucho que le ponga unas cortinas y tire una colchoneta dentro, supongo que nunca me podrán decir nada, ¿no? (siempre hablando en teoría, claro). Gracias por la aclaración   ;)


:)

Yo que tu no me esperaria que por si es de una clasificación u otra no te multasen, se multa la actividad de acuerdo a unas definiciones establecidas. Hay que saber cuales son y que importancia tienen y donde se aplican. La cosa no es tan sencillita  :roll:
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: p en Abril 07, 2008, 18:49:55 pm
Bien, los que hicieron campaña en contra de las movilizaciones tienen aquí su respuesta.
Estimado Sr/a: me dirijo a usted al objeto de dar contestación a las pre-guntas formuladas ante el Servicio de Atención al Ciudadano, con rela-ción al nuevo Decreto 280/ 2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamento de Turismo.
Analizadas las cuestiones expuestas por usted, que con carácter general abarcan normas competencialmente distintas como son Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. y el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Re-glamento de Campamentos de Turismo, paso a detallarle lo siguiente:

Los artículos 90 a 94 del Reglamento General de Circulación  regulan las norma aplicables a las maniobras de parada y estacionamiento relativas a los lugares en que deben de efectuarse, modo y forma de ejecución, co-locación del vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos, que deberán de ser observadas por todos los vehículos con carácter general.

Teniendo en cuenta este planteamiento inicial, como tal vehículo esta sometido a las leyes de tráfico en todo lo relacionado a la circulación y a las maniobras de parada y estacionamiento en las vías publicas.
A este respecto conviene aclarar el termino estacionamiento regulado en el Anexo de la Ley de Trafico, Circulación de vehículos a motor y Segu-ridad Vial aprobado por real Decreto 339/1990 de 2 de marzo que lo de-fine como Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención ( inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesi-dades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario) o parada ( por un tiempo inferior a 2 minutos y sin que el conductor pueda abandonarlo.
Por otro lado el Anexo II de definiciones y categorías de vehículos del Reglamento General de Vehículos aprobado por real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre define la autocaravana como vehículo construido con propósito especial incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo al me-nos el equipo siguiente; asientos, mesas, camas o literas que puedan ser convertidas en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo esta-rá fijado al compartimiento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.
No obstante en cuanto a la consideración de tal vehículo especial de ca-tegoría M dispone como hemos dicho de una serie de elementos que le permiten la utilización del mismo para comer, descansar, pernoctar...etc. por lo que en su consideración como alojamiento debe de estar sometido a la legislación turística.
Finalmente el artículo tres apartado uno del Decreto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Tu-rismo define la Acampada Libre como la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles, con intención de per-manecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados.
Concluyendo, y sin perjuicio de las competencias de los Ayuntamientos, la autocaravana como cualquier otro vehículo tiene por objeto el despla-zamiento por carretera y "a priori" puede estar estacionada en un par-king. Cuestión distinta es que en ese estacionamiento se le habilite para su uso como alojamiento vivienda, y menos en espacios de terreno deli-mitados que han sido autorizados exclusivamente para la actividad de estacionamiento de vehículos y no para alojamiento vivienda. Desde el mismo momento en que se estaciona o aparca el vehículo y se pernocta en el mismo, se ha de aplicar la normativa turística, siendo esta el De-creto 280/2007, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Campamentos de Turismo.

LA JEFA DE SERVICIO DE ORDENACIÓN EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURISTICAS
Carmen Ocio Fernández      


Hala que os preste.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Ferdinand en Abril 07, 2008, 19:09:48 pm
Estoy convencido  de que esto se debe a una actitud caciquil de los mandamases, que se creen lo reyezuelos del lugar y las presiones del los hosteleros y demas mafia de los propietarios de campings.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Suslargales en Abril 24, 2008, 11:25:02 am
A mi han intentado echar de un parking normal cuando tenia el Astra por estar durmiendo dentro en Los Caños...les dije que manejaba una borrachera de campeonato y me dejaron seguir durmiendo...
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: surferit en Mayo 09, 2008, 12:37:52 pm
Hola yo recurri una multa con ese mismo texto y al final la tuve que pagar cuando salio la resolucion, son unos cabrones, hoy en dia está prohibido dormir, es algo tan grave que yo creo que deberian imponer la pena de muerte para los que dormimos en una autocaravana o furgo sin hacer ningún mal a nadie ni molestar.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: jvcameron en Mayo 24, 2008, 01:34:33 am
La respuesta a todos los problemas, parece que al fin esta en la instruccion 08/V-74 del MINISTERIO DEL INTERIOR, de fecha28 de Enero del 2008, dirigida por orden del Director General a " todas las Unidades del Organismo"
Empieza diciendo: El constante incremento que ha experimentado en los ultimos años el movimiento de autocaravanismo en España y la falta de una regulacion especifica......motivaron la aprovacion en el Pleno del Senado de una mocion instando al Govierno  a tomar medidas necesarias parael desarrollo de esta practica, y regular el uso de las autocaravanas.

Esta instruccion en su apartado 3º,  "Parada y estacionamiento" dice que se regirá por la normativa general, y en el 3.1.-"vias urbanas", que deberá estar a lo dispuesto en las ordenanzas municipales aplicando el art90.2 y 93  del reglamento de circulacion, en lo que dice    podran adoptarse medidas para evitar el en torpecimiento del trafico, limitacion de horarios etc, o pase del tiempo autorizado etc,, y en el parrafo 2º dice: En nibngun caso podran las ordenanzas municipales oponerse, alterar o desvirtuar o comfundir los preceptos de esta reglamento... mas adelante respecto a las malas practicas de los ayuntamientos dice: ... Por ello , a juiicio0 de esta Direccion General de Trafico es indiscutible que la exclusion de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada por razones objetivas como pueden ser las dimensiones esteriores de un vehiculo o su masa maxima autorizada, pero no por su criterio de construccion o utilizacion etc, (vertido de basura ruidos etc) que para ello tienen las autoridades locales herramientas legales eficaces contra los infractores. etc etc etc.... y..
sigue Las autocaravanas, pueden , por  tanto efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condicciones y limitaciones que cualquier otro vehiculo, (aplicando los art. 91 y92 de RGC)  para + inf. buscar "instruccion 08/V-74," asunto autocaravanas
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: seixón en Mayo 24, 2008, 15:00:07 pm
Para mí está muy claro y pienso llevarme todo esto impreso en la guantera por si me aparece algún agente de la autoridad llamándome la atención, pero evidentemente pasan dos cosas:
- La primera, es que cuando pernoctas en tu furgo ellos interpretan que tu vehículo no es más que un medio, que cumple efectivamente la normativa del aparcamiento pero no la normativa turística, que es la que regula las pernoctas. Esto es un conflicto legal que sólo se dirimirá en los tribunales cuando alguien afectado llegue al punto de recurrir y plantear la contradicción que supone. Cuando existe una incompatibilidad entre distintas normativas es por esta vía como se suele despejar la duda. No somos los particulares los que tenemos el derecho de ponerlo en evidencia ante el agente de la autoridad de turno para que deje de aplicarte la normativa que entiendes que no te corresponde.
- La segunda es que ya sabemos todos que por mucho que tú tengas la razón, cuando un agente se empeña en multarte, lo hace, y ahí lo único que queda es recurrir hasta que se acaben bajando del burro. Y eso siempre es un engorro. Así que supongo que por el simple hecho de mejorar estadísticas, de hacer caso a sus superiores, de no dar el brazo a torcer cuando tú les enseñas el papelito en cuestión... (ya podría ser la misma constitución lo que les enseñes, que llegado ese punto les da igual...), te acabarán multando, y luego te toca mover ficha a tí.
En fin, supongo que un pequeño efecto disuasorio debe tener el poder mostrarles que estamos informados y que hay una normativa que nos ampara, pero en definitiva, a corto plazo ellos tienen la sartén por el mango, y la faena de hacerte levantar el telar en mitad de la noche no te la quita nadie  >:( .joder .discusion2
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Febrero 24, 2009, 12:59:23 pm
Excelente documento sobre este tema:

Power Point "Aparcar es legal" (http://docs.dailycosas.net/PernoctarEsLegal.ppt)

escrito por Arsenio en http://arseniogutierrez.blogspot.com/2009/01/pernoctar-en-el-interior-de-una.html

Gracias Arsenio.

Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: chachek en Febrero 24, 2009, 13:35:19 pm
vaya lio...  .loco2

lo malo que estamos igual... que si quieren nos amaragan la noche y nos echan ya sea por las buenas o con una papeleta...

He leido que llevais una especie de leyes en la guantera para enseñanrselo a los verdes ¿ alguien tiene ese documento?? porfavor que me lo pase...
antes de hacerme con una furgo viajaba dormia y casi vivia en un vw golf II y nunca me dijeron nada y ahora con la furgo duermo con un ojo abierto como si hiciera algo malo.... eso no deberia ser asi!!!!!

¿que documento me imprimo??

rafagas a todos (hasta que nos las prohiban tambien)
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: jvcameron en Febrero 24, 2009, 21:24:12 pm
A ver quien juridicamente opina sobre:, si el problema no es aparcar, si no el "acampar", es cierto que uno no acampa en su propia vivienda, por tanto , si solicitamos del municipio que nos inscriba como empadronados temporalmente en nuestra autocaravana (cosa que ya he leido en algun foro), estaremos durmiendo en nuestra propia vivienda o domicilio, y  por tanto "ni acampados ni pernoctando"
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: jvcameron en Febrero 24, 2009, 21:58:10 pm
en continuacion de lo anterior, la reglamentacion de Cantabria es:

(*4) Ordenación y Clasificación de Campamentos de Turismo en Cantabria.
Artículo 4.
1.- Queda prohibida la acampada fuera de los campamentos de turismo.
2.- Se entenderá por acampada, a los solos efectos de la legislación turística, la instalación de tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas o cualquier otro medio similar a los anteriores realizada con finalidad turística (distinta de la residencial) fuera de los núcleos de población y por un período superior a veinticuatro horas.
3.- No obstante lo anterior, quedará prohibida, independientemente de su duración, la instalación con finalidad turística en el exterior de los núcleos urbanos y fuera de los campamentos de turismo de:
- Caravanas, autocaravanas y similares.
- Tiendas de campaña y similares si concurren en la acampada una o más de las siguientes características:
a) Que esté compuesta por más de tres tiendas.
b) Que se produzca a menos de 500 metros de un núcleo urbano.
c) Que se produzca a una distancia inferior a un kilómetro de un campamento de turismo.
d) Que se produzca a menos de 100 metros de los márgenes de ríos o carreteras.


punto 2º DICE, SE ENTENDERA COMO ACAMPADA...LA"INSTALACION"....DE...AUTOCARAVANAS ETC., ¡¡ NO DICE EL APARCAMIENTO¡¡¡.  es decir que si ni siquiera se ponen calzos de nivelacion, no se instala, se aparca., de todas formas permite un maximo de 24 horas, es decir, menos tampoco es acampada, y dentro de los nucleos de poblacion tampoco.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Yudealf en Febrero 24, 2009, 22:08:43 pm
En resumen, si tocan la puerta seguid durmiendo  :P
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Desaforo en Febrero 24, 2009, 22:15:25 pm
Ah si??? no me digais que nos persiguen o nos echan... yo pensaba que me invitaban "amablemente" a moverme porque habia un sitio mejor a 200km, siempre pensando en nuestro disfrute...

Salut
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: deluis en Febrero 25, 2009, 08:43:46 am
hola estoy flipando eso sera con afan recaudatorio pero me surge una duda son los locales o la guardia civil como cuando acampas en la playa,si no tienes toldo no pasa nada? y por otro lado a mi me da grima aparcar muy lejos de la ciudad en un lugar aislado o poco transitado yo no veo en esta actitud el socialismo por ningun sitio. un saludo
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: ...Harley... en Marzo 01, 2009, 18:42:02 pm
Hola a todos. Mi pregunta és mas simples: Si casi todos tenemos furgos camper, por k dar importançia al tema "autocaravanas" ? Yo tengo una furgo transformada por mi y tengo algunas dudas con el tema de multas asi como un pequeño grupo de furgoneteros que suelen sair de escapadas de fin de semana. Que lei tenemos en nuestro favor o en contra en respecto a aparcar y pernoctar ? Tenendo en cuenta que son furgos "normales" en k nos pueden multar ? Muchas graçias y asta la proxima kedada !!!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Yudealf en Marzo 12, 2009, 09:22:28 am
Os quería comentar algo que me ha contado mi pareja... no se si sabre explicarlo muy bien, si quereis más detalles pues me lo deciis e intento que ella lo explique.
Haber por lo que entendí: los ayuntamientos pueden prohibirnos lo que quieran, aunque vaya en contra del codigo de circulación.
El problema esta en que el código de circulación no es una ley en si, algo que esta muy mal hecho. Y los ayuntamientos aunque la ley, decreto o lo que sea (esto no lo tengo mu claro) diga que no te pueden prohibir ciertas cosas, en realidad si llegas a los tribunales, incluso al supremo, por jurisprusdencia los jueces tienen asumido que los ayuntamientos si que pueden hacerlo, aunque cualquier otra ley o decreto (que no lo tengo claro vamos) diga que no pueden.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Marzo 12, 2009, 12:30:31 pm
Pues no estoy de acuerdo ;D

Los ayuntamientos no pueden pasarse por alto una ley de rango superior y el reglamento de circulación lo es.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que ni la Ley de Seguridad Vial ni el Reglamento de Circulación contienen precepto alguno que prohiba de manera expresa el estacionamiento de este tipo de vehículos en las vías urbanas. Ambas normas, recogen una serie de criterios y supuestos en los que se considera que tanto las paradas como los estacionamientos no se pueden realizar; sin perjuicio de un criterio genérico de limitación que se refiere a que los vehículos estacionados o parados nunca pueden constituir un peligro para el resto de usuarios u obstaculiar gravemente el tráfico de vehículos, peatones o animales.

A partir de estar reglas generales, en segundo lugar, es necesario no olvidar la capacidad normativa que se reconoce a los Ayuntamientos para regular el régimen de paradas y estacionamientos en las correspondientes vías públicas de las que son titulares; si bien, "en ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento". Por tanto, si bien es posible que un Ayuntamiento pueda prohibir el estacionamiento de este tipo de vehículos, habría que entrar a dilucidar si dicha norma local contradice lo recogido en las dos normas antes mencionadas (Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación). En caso de que así fuera, la prohibición sería nula (pero hay que ver caso por caso).

Lo normal es que los Ayuntamientos prohiban el estacionamiento de este tipo de vehículos en función de su peso y medidas. Pero para que dicha normativa sea legal, debería aplicarse no sólo a las autocaravanas por serlo, sino a todo tipo de vehículo que cumplan con esas características de peso y medidas. Si bien, tengo que insistir en que esa regulación legal no puede nunca ir en contra de los principios del Reglamento General de Circulación.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Yudealf en Marzo 12, 2009, 14:03:51 pm
Me parece que no me he explicado bien... ya te digo que a mi me parece igual de absurdo, pero es la pura realidad.
Se trata de que no es lo que dice la ley, si no que manda la jurisprusdencia. Y los jueces dan por hecho que los ayuntamientos tienen ese poder aunque la ley diga que no, en este caso un decreto (creo).
Si no porque los de la dgt no dicen las cosas claras, y siempre andan con los rodeos de no deberán,  intentaran... porque saben que a los ayuntamientos incluso llegando al mismo supremo les van a dar la razon de que pueden hacer eso, AUNQUE LA LEY DIGA QUE NO PUEDEN!!!!! Increible pero cierto!!!!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: -Alvaro- en Marzo 15, 2009, 11:30:24 am
¿y aparcar y pernoctar una caravelle considerada turismo en un sitio donde hay una señal PROHIBIDO CARAVANAS es legal? y en Alicante es legal? graciass un saludo
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: intaunte en Marzo 22, 2009, 10:49:20 am
me da la impresión de que cuanto más leo más me lío con esto de dónde se puede aparcar, acampar, dónde no...
Gracias al mapa de otro hilo lo tengo un poco más claro, pero me surge una duda de base: importa el tipo de vehículo o depende del amonestador? porque he leído por ahí que todo se refiere a autocaravanas y vehículo adaptados viviendas, 3148 o 3248, pero no sé si con un 3100 ocurre lo mismo, es decir, se multa la actividad en sí pero no en función del tipo de vehículo o todo depende de lo que considere quien multe.
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: .-RAYCO-. en Marzo 22, 2009, 10:58:09 am
vaya lío! Creo que como han dicho varias veces, todo depende del cristal con el que se mire... aunque me temo que el afán recaudatorio tiene mucho que ver!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: -Alvaro- en Marzo 23, 2009, 22:24:04 pm
La verdad que yo tmb estoy exo un lio ??? y ademas me cuesta entender el idioma tecnico de leyes y demas. Alguna conclusion? Solamente se puede pernoctar en los sitios donde dice el mapa que hay en el foro no? en los demas multa seguro y recurrir y que te hagan caso dificil dificil. Basicamente es asi no?. Graciass un saludo!
Título: Re: Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gu78 en Mayo 05, 2009, 05:28:15 am
Bueno, este finde estuve estrenando mi T4, así que fui a Zahara de los Atunes hasta que me echó el viento.

La cosa es que estuve con unos amigos de copas y acabé siego perdío, así que vi un carril a la playa y justo donde acaba el carril (enlace a Google Maps (http://maps.google.es/maps?hl=es&ie=UTF8&ll=36.118992,-5.833515&spn=0.002414,0.004833&t=h&z=18)) y empieza la playa puse el huevo y a sobarla. Existe una señal que prohíbe hasta de protestar, pero con el ciego pos no hice por leerla.

*imagen borrada por el servidor remoto

*imagen borrada por el servidor remoto

A la mañana siguiente parece ser que una pareja de verdes, que pasó a las 3:25am, me dejó un autografo sujeto al parabrisas por estacionar un vehiculo a motor en la playa. Se ve que llamaron y no me enteré, el viento que hacía seguramente ayudó.
Con la luz de la mañana inspeccioné el lugar y hay una zona de estacionamiento pero han puesto unos arcos a 2m de altura y algo justos de ancho = autocaravanas a la puta calle, no os queremos aquí, dejaos la pasta en los campings.

Hablando con el que me vendió la furgo, parece ser que este puente también anduvo por Tarifa, y me cuenta que en la zona donde estaba multaron a más de 150 vehículos.

Cita de: Yudealf en Febrero 24, 2009, 22:08:43 pm
En resumen, si tocan la puerta seguid durmiendo  :P

Si, en el fondo me alegro de estar superdormido y que me hayan multado por estacionar y no por acampar. Y que por causa del viento no tuviera elevado el techo.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: OKER en Agosto 21, 2009, 09:31:22 am
HOLA A TODOS
OS VOY A CONTAR MI EXPERIENCIA LA PASADA SEMANA EN UN APARCAMIENTO DE UNA PLAYA DE ISLA CRISTINA EN HUELVA,LLEVABA 2 NOCHES ALLI SIN NINGUN PROBLEMA PQ DE ECHO UNA GENTE DE UN CHIRINGUITO CERCANO ME DIJERON QUE TRANQUILAMENTE ALLI PODRIA PASAR LA NOCHE CON MI VIVARO,WENO TRAS 2 NOCHES DE PUTA MADRE Y TENIENDO ALGUN VECINO CON CAMPER POR LA ZONA,LA MAÑANA DESPUES DE LA 3ª NOCHE SE ME PRESENTAN LOS MUNICIPALES DE ALLI,ME DICEN QUE VIENEN CON ORDEN DE SANCIONARME,ME QUEDE BLANCO,ALLI LA UNICA SEÑALIZACION QUE EXISTIA PROHIBIA EL REALIZAR FUEGOS Y BARBACOAS PERO NO EL ESTACIONAMIENTO DE NINGUN TIPO DE VEHICULO,WENO ME VINO EL AGENTE DE LA POLICIA LOCAL Y ME PREGUNTAN DESDE CUANDO LLEVABA ALLI,A LO CUAL LE RESPONDI QUE HABIA LLEGAO 2 HORAS ANTES PARA PASAR EL DIA YA QUE UN HOMBRE QUE POR ALLI PASABA ME DIJO:KILLOOO EN LA PLAYA DE AL LADO ESTAN ECHANDO A LAS AUTOCARAVANAS Y SEGURO QUE AHORA VIENEN HACIA AQUI,SI TE DICEN ALGO DILES QUE ACABAS DE LLEGAR
APTO SEGUIDO NO ME DIO NI TIEMPO,ME PILLARON ALLI DE SOPETON,VINIERON DIRECTOS Y ME DIJO EL MUNICIPAL ESO,CUANDO LE DIJE QUE HABIA LLEGAO SOBRE LAS 8 DE LA MAÑANA ME DICE EL MUNICIPAL QUE LE HABIAN DICHO QUE LLEVABA TODA ESA NOCHE,VAMOS QUE ME PILLO,LE DIJE QUE CIERTO ERA PERO QUE ESTABA DE PASO Y QUE RECOGIA Y ME IBA,WENO EL TEMA ES QUE ME ENSEÑA UNA HOJITA EN LA QUE FIGURABA MI MATRICULA Y LA DE MIS 2 VECINOS CAMPEROS Y LOS 3 CON ORDEN DE SANCION PERO QUE SI NOS MARCHABAMOS NOS LIBRABAMOS,ME DIJO QUE SI NO SABIA QUE EN ESE MUNICIPIO EXISTE UNA ORDENANZA QUE PROHIBE LA ACAMPADA LIBRE,WENO VISTO QUE NO ME SANCIONABA NO QUISE DISCUTIRSELO Y OPTE POR IRME PQ SINO DE ALLI SALGO RECETAO SEGURO,AHORA BIEN YO DIGO QUIEN ME PROHIBE A MI DORMIR EN MI VEHICULO EN UN PARKING DONDE NO MOLESTO,DONDE NO SACO UN BARTULO FUERA NI PONGO EL TOLDO Y DONDE YO PODRIA APARCAR CUALQUIER VEHICULO Y DEJARLO ALLI PARA LO QUE SEA PQ SIMPLEMENTE ESTOY ESTACIONADO ALLI,ESTO FUNCIONA ASI??,ME TENGO YO QUE SABER LAS ORDENANZAS DE TODOS LOS PUEBLOS DE ESPAÑA O KE,O ES QUE LOS PARKINGS DE NOCHE SOLO SE PUEDEN USAR COMO PIKADEROS Y SITIOS DE TRAPICHEO COMO ME A TOKADO VER EN CIERTOS SITIOS,ES COJONUDO!!! QUE LA MISMA NOCHE ESTANDO DESPIERTO ALLI Y FUERA DE MI FURGO APARECE LA GUARDIA CIVIL QUE PARA MI IMPONE MAS Y NO ME DICEN NI MU Y LUEGO MIENTRAS DUERMO ME VIENEN A LO ZORRO Y NOS COGEN LAS MATRICULAS LAS OTRAS AUTORIDADES,OTRA COSA CON ELLO ES QUE SI TE COGEN ENCIMA LA MATRICULA QUEDAS YA FICHAO EN EL PUEBLO Y NO SE TE OCURRA VOLVER A HACERLA NUNCA MAS ALLI.LO MEJOR DE TODO ES QUE LUEGO ME ENTERO POR UNA PERSONA DE LA LOCALIDAD CON LA QUE ENTABLE CONVERSACION Y LE CONTE LA EXPERIENCIA QUE LA PERSONA QUE SE ENCARGA DE LLAMAR ALLI A LOS LOCALES PARA QUE ECHEN A ESTE TIPO DE VEHICULOS DE LAS PLAYAS Y ALREDEDORES ES EL PROPIETARIO DE UN CAMPING DE POR ALLI AL CUAL LE JODE QUE LA GENTE NO VAYA A SU CAMPING A DEJARSE LA PASTA Y AL CUAL AUN LE FALTA ENTERARSE QUE LA GENTE CON VEHICULOS VIVIENDA NO DEPENDEMOS DE CAMPINGS PARA PODER HACER USO Y DISFRUTE DE NUESTROS VIAJES Y QUE NOS BASTA CON SER PERSONAS,CON RESPETAR LOS LUGARES EN LOS QUE PERNOCTAMOS Y QUE NO TENEMOS QUE APRENDERNOS LAS ORDENANZAS MUNICIPALES PARA SABER O NO DONDE PODEMOS O NO PONER NUESTROS VEHICULOS,CON TODA ESTA CHAPA ME GUSTARIA Y AGRADECERIA QUE ALGUIEN ME DIERA SU OPINION O ME DIRIA SI ME EQUIVOCO EN ALGO O DEBO TENER EN CUENTA QUIZAS COSAS QUE NO DUDO QUE IGUAL DESCONOZCA.SIN MAS UN SALUDO A TODOS LOS COMPONENTES DEL FORO Y GRACIAS
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: guadarrama en Agosto 21, 2009, 16:59:23 pm
Oker a ser posible no escribas en mayúsculas que ya me has dejado rayado a estas horas y para el resto de la mañana.
saludos.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gigi en Agosto 21, 2009, 18:47:18 pm
no te puden multar por estar estacionado en una zona habilitada para ello

oker lo que tendrias que haberles dicho es que si que la furgo llevaba toda la noche alli pero que tu de la borrachera te quedaste dormido en el baño de un bar  .meparto ... es muy injusto lo que te hicieron y no muy diferente a lo que pasa en cualquier otro lugar de españa, muchas veces por como bien dices por culpa del amiguismo del dueño del camping X y alguien de la policia local/ayuntamiento
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: anbotoko sorgina en Agosto 21, 2009, 19:10:07 pm
Desgraciadamente ocurre ya en varios lugares.

A nosotros en marzo, creo que fue, en Llanes nos vino por la mañana la guardia civil en plan amistoso.

Que ellos sin mas recogian datos y se los pasaban a la consejeria de turismo. Hubo gente que les sacaron el articulo donde se especifica que no nos pueden sancionar si estamos correctamente estacionados sin salir de las rallas y sin trastos y todo eso. Pero pasaban de eso, decian: Pero si no os sancionamos, solo os tomamos los datos.

A decir verdad, me lo crei cuando decia que no era plato de su gusto andar de esta manera, pero que solo hacian lo que les ordenaban. No se si seria verdad o no.

La cosa es que nada mas llegar la semana pasada me llego un certificado de como la consejeria de turismo Asturiana me habia abierto un expediente por dicha falta, de 60 a 600 euros y que tenia 10 dias para alegar lo que sea.

Lo tienen montado de puta madre. Ya que te coge los datos un agente de la guardia civil que no te da en el momento del hecho ningun documento sancionador donde aparezca su numero de identificacion ni nada para que si lo estimas ir en su contra. Y en cambio es una institucion oficial la que te sanciona, algo ficticio contra lo que no vas a poder hacer nada, que es como darse contra una pared. Te pueden poner todas las travas que quiera hasta que ves que se te termina el plazo y pagas tus 60 o 100 euros por miedo a que el dia de mañana puedan ser 600 por haberte metido en papeleos y reclamaciones.

Imagina que habra muchos como yo, que estos casos no sabe como defenderse, me refiero legalmente. En principio ya les he mandado un escrito, a ver si da resultado.

Perdonar por la chapa, soltar esto aqui es el unico consuelo que me queda.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gigi en Agosto 21, 2009, 19:42:09 pm
Cita de: anbotoko sorgina en Agosto 21, 2009, 19:10:07 pm

Hubo gente que les sacaron el articulo donde se especifica que no nos pueden sancionar si estamos correctamente estacionados sin salir de las rallas y sin trastos y todo eso. Pero pasaban de eso, decian: Pero si no os sancionamos, solo os tomamos los datos.



tengo entendido que la toma de datos se puede hacer por diversos motivos pero no se si sera legal el sancionarte mas tarde por otro organismo público
os dijeron porque os cogian los datos ???
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: kanu en Agosto 21, 2009, 19:50:36 pm
Cita de: anbotoko sorgina en Agosto 21, 2009, 19:10:07 pm
Desgraciadamente ocurre ya en varios lugares.

A nosotros en marzo, creo que fue, en Llanes nos vino por la mañana la guardia civil en plan amistoso.

Que ellos sin mas recogian datos y se los pasaban a la consejeria de turismo. Hubo gente que les sacaron el articulo donde se especifica que no nos pueden sancionar si estamos correctamente estacionados sin salir de las rallas y sin trastos y todo eso. Pero pasaban de eso, decian: Pero si no os sancionamos, solo os tomamos los datos.

A decir verdad, me lo crei cuando decia que no era plato de su gusto andar de esta manera, pero que solo hacian lo que les ordenaban. No se si seria verdad o no.

La cosa es que nada mas llegar la semana pasada me llego un certificado de como la consejeria de turismo Asturiana me habia abierto un expediente por dicha falta, de 60 a 600 euros y que tenia 10 dias para alegar lo que sea.

Lo tienen montado de puta madre. Ya que te coge los datos un agente de la guardia civil que no te da en el momento del hecho ningun documento sancionador donde aparezca su numero de identificacion ni nada para que si lo estimas ir en su contra. Y en cambio es una institucion oficial la que te sanciona, algo ficticio contra lo que no vas a poder hacer nada, que es como darse contra una pared. Te pueden poner todas las travas que quiera hasta que ves que se te termina el plazo y pagas tus 60 o 100 euros por miedo a que el dia de mañana puedan ser 600 por haberte metido en papeleos y reclamaciones.

Imagina que habra muchos como yo, que estos casos no sabe como defenderse, me refiero legalmente. En principio ya les he mandado un escrito, a ver si da resultado.

Perdonar por la chapa, soltar esto aqui es el unico consuelo que me queda.


Te llega la quiniela a casa y en ella proponen una sanción en virtud del articulo que sea. También tiene que darte un plazo de x días naturales o laborales...para alegar...
Alega sin miedo porque la sanción que dicen que puede ir de 60 a 600 euros, en ese caso, dependera de la reincidencia (si lo has hecho más veces y del grado de la infracción). si proponen esa sanción es la que te van a aplicar...y recurriendo ganas tiempo...
La forma y modo de las alegaciones creo que sigue la ley de procedimiento administrativo, o sea que será similar a cualquier alegación que se presente...
Lo peor que te puede pasar es que tengas que pagar lo que proponía la sanción, y lo mejor es que el procedimiento caduque y no tengas que pagar nada...Como puede caducar...Pues si todos los multados inundan la oficina con alegaciones y no dan abasto para contestarlas todas en el plazo estipulado...
Respecto a las sanciones de trafico, por pronto pago hacen descuento, pero ello no impide que tu puedas alegar, porque si así fuese crearia una situación de indefensión en el sancionado.
Cita de: gigi en Agosto 21, 2009, 19:42:09 pm
tengo entendido que la toma de datos se puede hacer por diversos motivos pero no se si sera legal el sancionarte mas tarde por otro organismo público
os dijeron porque os cogian los datos ???

Puede ser legal porque ellos recogen las matrículas. Cuando te instalas en un hotel, casa de turismo rural, o similar tienes que dar los datos y ellos tienen la obligación de enviarle esos datos a la autoridad competente con el fin de llevar algun tipo de control (no se cual). Esto viene a ser lo mismo, o a ampararse en lo mismo...La GC o el cuerpo que sea toma las matriculas para realizar ese control y otro organismo decide que "se te han tomado los datos en el lugar x, en el cual a ojos de este organismo esta prohibido hacer lo que estuvieses haciendo, en virtud de lo cual te vamos a meter una quiniela, segun el articulo x de la ley J, cuya cuantia ...Bla bla bla...
Otra cosa es que te apliquen ley de turismo en donde tienen que aplicar ley de trafico, pero ese hecho no desvirtua la actuacion de los agentes que te hallan tomado la matricula.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: anbotoko sorgina en Agosto 21, 2009, 20:00:20 pm
Cita de: kanu en Agosto 21, 2009, 19:50:36 pm
Te llega la quiniela a casa y en ella proponen una sanción en virtud del articulo que sea. También tiene que darte un plazo de x días naturales o laborales...para alegar...
Alega sin miedo porque la sanción que dicen que puede ir de 60 a 600 euros, en ese caso, dependera de la reincidencia (si lo has hecho más veces y del grado de la infracción). si proponen esa sanción es la que te van a aplicar...y recurriendo ganas tiempo...
La forma y modo de las alegaciones creo que sigue la ley de procedimiento administrativo, o sea que será similar a cualquier alegación que se presente...
Lo peor que te puede pasar es que tengas que pagar lo que proponía la sanción, y lo mejor es que el procedimiento caduque y no tengas que pagar nada...Como puede caducar...Pues si todos los multados inundan la oficina con alegaciones y no dan abasto para contestarlas todas en el plazo estipulado...
Respecto a las sanciones de trafico, por pronto pago hacen descuento, pero ello no impide que tu puedas alegar, porque si así fuese crearia una situación de indefensión en el sancionado.Puede ser legal porque ellos recogen las matrículas. Cuando te instalas en un hotel, casa de turismo rural, o similar tienes que dar los datos y ellos tienen la obligación de enviarle esos datos a la autoridad competente con el fin de llevar algun tipo de control (no se cual). Esto viene a ser lo mismo, o a ampararse en lo mismo...La GC o el cuerpo que sea toma las matriculas para realizar ese control y otro organismo decide que "se te han tomado los datos en el lugar x, en el cual a ojos de este organismo esta prohibido hacer lo que estuvieses haciendo, en virtud de lo cual te vamos a meter una quiniela, segun el articulo x de la ley J, cuya cuantia ...Bla bla bla...
Otra cosa es que te apliquen ley de turismo en donde tienen que aplicar ley de trafico, pero ese hecho no desvirtua la actuacion de los agentes que te hallan tomado la matricula.


Gracias Kanu.

Si que nos informaron a cuento de que nos podian sancionar, pero como te he dicho sin darnos nada por escrito, por tanto como si no lo hubieran hecho.

Descuida que por quejarse no va ser. El tema es que ellos tienen 5 meses desde la toma de datos para hacer lo que estimen oportuno y a ti te dan 10 miseros dias desde que recoges el correo certificado, que como en nuestro caso estabamos de vacaciones ( mira que son zorros para enviarla en estas fechas) y la recogieron mis suegros sin llegarla a abrir. Por fortuna llego tan solo 2 dias antes de llegar nosotros.

A ver si tengo un rato y transcrivo el documento que me han enviado de la apertura del expediente famoso.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: erjavi en Septiembre 21, 2009, 06:02:44 am
Resumiendo:

Guardia Civil: multa en zonas de litoral, parques naturales, zonas protegidas,etc.. por tener un vehiculo aparcado (cualquier tipo de vehiculo) o por acampar. Segun el que te toque considera que dormir dentro es acampar y despues a reclamar... ya he intentado explicarle a mas de uno que solo estoy dentro y que no tengo nada fuera, por lo tanto no estoy acampando..bla..bla...bla,,, para nada... dormir=acampar segun ellos, ahora tu reclama la historia a ver que pasa...

Policia local: multa por acampar donde le salga de los huevos al alcalde de turno o por aparcar donde supuestamente ningun tipo de vehiculo puede. Lo que me ha pasado a mi, vinieron cuando estaba aparcado en un parquin con todo recogido, me dijeron que fuera del pueblo que allli no se podia aparcar furgonetas-vivienda, entro la discusion de que solo estoy aparcado, que tengo derecho..bla...bla...bla... y me acaban poniendo una multa por aparcar en zona de litoral (lo cual era mentira que yo estaba en un parquin), eso en el Palmar que pertenece a Vejer de la Frontera.

Conclusion:
en el caso de la guardia civil si estas en sitios protegidos o costa (dentro de playa y fuera de aparcamiento) estas jodido depende el que te toque.
Policia Local, tienen orden de echar a todo el mundo y mienten poniendo las multas si hace falta, pasandose la ley por los coj... ya que la conocen perfectamente y saben que no pueden...

Asi que estamos jodidos y o nos empezamos a movilizar y liarla o id pensando en vender la camper...
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gu78 en Septiembre 21, 2009, 21:32:47 pm
¿Y tirar del seguro? Actualmente la mayoria incluye por defecto la defensa de multas. Obviamente ponerse uno a recurrir es ante todo un tiempo que dedicarle en investigar, mandar papeles, etc.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: erjavi en Septiembre 22, 2009, 00:47:59 am
Por supuesto que se tira de seguro, pero tu dices que no y el policia se ratifica y como no tengas testigos, fotos, levantamiento notarial, etc... te la comes...
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: arsenio en Noviembre 12, 2009, 17:14:50 pm
Los agentes de la autoridad (GC), no sancionan, denuncian. En llanes actúa un auténtico H... de P... que además de jodernos nos quiere tomar el pelo, en plan cachondo diciendo que la ley está mal hecha que no nos pueden sancionar y que lo hace por presión del dueño del camping que da la chapa en la comandancia y que si no actúan les cae un chorreo. Esta pieza pertenece a la comandancia de Panes y dice que solo nos toma nota para informar...

Efetivamente para informar que estamos acampados ante la Dirección General de Turismo que en cumplimiento del art. 14.3 del Reglamento de Campamentos de Turismo inicia un expediente sancionador que culmina con una sanción de 60 euros.

Esta actuación está mediada por la presión que hace uno del propietario del camping local. Esta forma de proceder es poco profesional y denota además de una falta de respeto indigna de alguien que lleva uniforme y está investida de autoridad.

Lo malo es que es legal, puede tomar nota de nuestros datos y después de identificarnos enviar la denuncia al departamente correspodiente en este caso la Consejería de Turismo.

Al margen de que hay acciones empredidas conta el propio Reglamento y después de que la Consejería haya hecho caso omiso de los argumentos de los usuarios solo quedan unas pocas opciones para que evitar la persecución de los autocaravanistas en algunos puntos de Asturias (prácticamente solo en llanes o Rivadesella).

Recurrir todos los expedientes hasta aburrir. Hacerlo lo mejor posible, cada recurso desestimado es una lección aprendida para hacer el próximo mejor. La presión social en la Consejería y la difución de la situación por todos los medios. El boicot más absoluto a los camping de Llanes. Y la impugnación por vía judicial del Reglamento hasta el supremo.

Es posible que al final consigamos poco, pero no nos pueden quitar las ganas de luchar y de intentarlo una y otra vez.

En ACP estamos intento confeccionar un protocolo de actuación en que hay muy poca participación. http://www.acpasion.net/foro/showthread.php?t=50488

Quizá en este foro haya mas gente interesado en participar y aportar opiniones e información.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Noviembre 12, 2009, 17:42:57 pm
Hola Arsenio.
Te animo a que abras un hilo sobre este tema para intentar ayudar en lo que esté en nuestra mano.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Peque en Noviembre 12, 2009, 17:56:32 pm


Os cuento mi experiencia.

En verano anduvimos 3 semanas por tierras andaluzas y el único problema lo encontramos en Tarifa. Estando aparcados en un chiringuito de la playa (dónde había unos 70-80 vehículos, entre furgos y AC,S) nos echó la guardia civil diciendo que en esa zona no se podía acampar y que habia que largarse. Ni perímetros, ni nada.. y eso que no teniamos el "despliegue" echao, nada de toldo, ni mesas fuera..

Al día siguiente, más de lo mismo. Y dentro del propio pueblo, en un descampado cerca de la playa, nos echaron los municipales por el mismo motivo. (Eso sí, todo después de las 9.00am, para dejarnos dormir supongo... juas)

Deducción: tal y como nos aconsejaron amablemente, querían que nos fuésemos a los campings de la zona. En fin... yo ante estas cosas me siento impotente porque tu les puedes decir misa de reglamentos y blabla, pero te dicen que te vayas y te tienes que ir.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: PAYCHA en Febrero 18, 2010, 23:07:42 pm
La verdad es que cada vez nos lo ponen mas dificil, encontramos múltiples inconvenientes a la hora de aparcar y pernoctar. Yo que llevo muchos años con AC y Furgo y antes no tenia tantos problemas.

A los que conoceis esta zona que va de Cadiz a Tarifa pasando por El Palmar,Los Caños,Zahara,Valdevaquero etc. Unas playas solitarias y tranquilas un paraiso para practicantes de surf,
kitesurf y que nos tenemos que perder.

En Enero me ha llegado la multa que he tenido que pagar a la Junta de Andalucia por:
Esracionar el vehiculo entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho,encontrandose pernontando en el mismo.
Ibamos tres furgos y a las 8 de la mañana nos llamo la (GC). pa desayunar.
Lo que mas te cabrea es que estabamos en el aparcamiento de la playa en Bolonia y al llegar la noche nos fuimos arriba al Pueblo y nos quedamos en un  parking en el centro del pueblo con otros coches todo normal. Pero dice la (GC).que el pueblo esta dentro del Parque Natural,esta prohibida la pernocta,de cualquier tipo y ademas sin posibilidad de recurso si es que esta bien formulada.

Asi que este año se acabo pernoctar por toda la Costa.  Un Saludo, Nos volveremos domingeros
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: intaunte en Febrero 21, 2010, 10:36:34 am
Cita de: PAYCHA en Febrero 18, 2010, 23:07:42 pm

En Enero me ha llegado la multa que he tenido que pagar a la Junta de Andalucia por:
Esracionar el vehiculo entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho,encontrandose pernontando en el mismo.
Ibamos tres furgos y a las 8 de la mañana nos llamo la (GC). pa desayunar.
Lo que mas te cabrea es que estabamos en el aparcamiento de la playa en Bolonia y al llegar la noche nos fuimos arriba al Pueblo y nos quedamos en un  parking en el centro del pueblo con otros coches todo normal. Pero dice la (GC).que el pueblo esta dentro del Parque Natural,esta prohibida la pernocta,de cualquier tipo y ademas sin posibilidad de recurso si es que esta bien formulada.



¿se puede saber de cuánto es la multa?
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gussi en Febrero 22, 2010, 19:31:12 pm
Me acabo de leer el post y he llagado a la conclusión de que ó vendemos ó nos vamos de este p...to pais.
¿Realmente no se puede hacer nada? .confuso2
¿No hay nada que nos ampare ante esta banda de ladrones prepotentes? :-X
Voy a tomarme algo porque me ha subido un calentón y el corazón se me dispara, .hacha
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: rufaca en Febrero 27, 2010, 12:15:12 pm
y si estoy estacionado, y vienen, ya sea GC, o Policia Local,y me quieren hechar, no valdria, coger la botella de whiski, y pegarse un lingotazo del 15 y decirles que no estas en condiciones de conducir y que es responsabilidad suya de que me pase algo??o simplemente decirles que has tomado 2-3 copas y que no puedes conducir. :roll: oooooo, que te ha dado un mareo de narices y no te aguantan las piernas...que puede pasar :roll: :P ;)
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: PAYCHA en Febrero 27, 2010, 18:53:13 pm
La multa fue de 61 Euros,por ser la primera pero dicen que te fichan y si te denuncian otra vez son
mas caras.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: ta en Febrero 27, 2010, 19:22:14 pm
Hola , como ya puse en otro post , yo apoquiné 100 euritos por dormir en la playa de  Cuevas del Mar en Llanes , y a los otros tres de al lado tambien.
Y mi furgo tiene 8 plazas , no es autocarava , da igual que les digas que te has pasado la noche pescando.
Una verguenza.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Jákar en Febrero 27, 2010, 20:28:54 pm
Como algunos ya han señalado en otros hilos de este tema, cuando vengan, ya sean municipales o GC a denunciar, tomar datos o lo que sea y no estemos de acuerdo con su actuación debemos educadamente pedirles que se identifiquen y hacerles saber que lo de "yo no quiero, pero me obligan" no vale, son responsables de sus actuaciones. También ante falsas denuncias dentro de un municipio podemos pedir que la GC se persone y levante acta de lo que ocurre y denunciar a los municipales por falsedad o prevaricación,

Y otra cosa, yo creo que cada vez que pasemos por una población de estas donde no se nos quiere ir a la oficina de turismo o al ayuntamiento y poner una queja, reclamación o sugerencia al respecto de nuestro interés por un área para ACs y Campers.


Un abrazo, Jákar.
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: lagoausente en Marzo 13, 2010, 18:51:53 pm
  A ver una pregunta, que pasa con las caravanas? o sea los remolques?  Un remolque como una Caravana Americana (Trailer Caravana), puedes estacionar y dormir dentro o no? 
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: OKER en Mayo 12, 2010, 00:52:03 am
conclusion,españa esta sin un puto duro y ya no saben ni como recaudar,lo que hay que hacer es visitar sitios,verl y conocer lo que nos apetezca pero no dejar un puto duro alla donde vayamos ,asi fomentaremos el turismo en esos sitios,el tema es ese que lo que quieren es que el turismo deje el dinero en sitios asi,viven de ello,hosteleria,hospedajes y demas,yo e estao en campings por la zona de tarifa y cadiz y ojito que tarifas tienen,ni que estariamos en la costa azul o en ampuria brava,manda cojones,le pueden dar por ahi a los campings,me quedo 20 veces antes con el nivel de campings que hay de francia para arriba con lo que hay aki,no le llegamos ni a la altura de la uña y en lo que se dice calidad-precio vamosss NO COMENT

a ver si nos hemos comprao campers para pagar como hoteles de 5 estrellas,lo que faltaba,la pena de cuando nos pasan estas movidas es que no podemos ser claros,cagarnos en la p... madre de alguno y demas pq la siguiente noche la pasariamos en una cama de cemento y con vistas a unos barrotes que si no.....
SALUDOS Y ANIMO,ARRIBA EL MUNDO CAMPER!!!!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: spn180 en Mayo 25, 2010, 09:35:39 am
Cita de: arsenio en Noviembre 12, 2009, 17:14:50 pm
Esta actuación está mediada por la presión que hace uno del propietario del camping local. Esta forma de proceder es poco profesional y denota además de una falta de respeto indigna de alguien que lleva uniforme y está investida de autoridad.


Qué hijo puta el del camping... Me apunto la zona por si duermo por allí y me toca.... Vamos que le atravieso la furgo en la puerta del camping y que llame a la grúa si quiere...
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: positive-vibes en Junio 24, 2010, 03:20:51 am
En muchas localidades de cadiz, te pueden multar por dormir en un vehículo, ya no hablamos de autocaravanas o furgonetas, cualquier vehículo aunque sea un coche sin carnet y estes descansando los ojos un rato.. Esta prohibido, por eso no entiendo, la contradicción que tiene la ley. Conozco gente que estaban charlando en un coche sentados de noche, y los han echado, en la costa de cadiz en verano. Ya que según la ley dicen que afecta a cualquier vehículo, da igual que sea coche o autocaravana no puede pasarse la noche ayí, sin embargo si estás fuera durmiendo en el suelo no pasa nada... No tiene sentido, para eso es de tu propiedad y está bien aparcado. Deberías poder hacer lo que te de la gana dentro.

Es verdad lo que decís si tu has bebido, o estás muy cansado, no estás en condiciones de conducir... porque tienes que irte si tu vehiculo está bien aparcado, y tu estás simplemente dentro porque para algo es tuyo... ¿Se supone que si estás sentado dentro (sin dormir) si puedes estar ayí? No tiene sentido alguno, cuando yo era pequeño nos pasabamos toda la familia un mes acampados en la playa, con tiendas y avances, era completamente legal. Y de entonces a pocos años atras no veas como cambia la cosa...

Una pregunta, si estas dentro durmiendo y con todas las cortinas echadas, ellos no pueden saber que estás dentro, ¿si no abres que pasa? Si te quieren dejar la multa puesta, después puedes reclamar y decir que tu no estabas ayí y que tu vehículo estaba simplemente estacionado, no hay pruebas de estar durmiendo si no te ven, no?
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: ta en Junio 24, 2010, 10:35:54 am
Eso he pensado en hacer yo muchas veces , pero da igual ellos apuntan la matrícula y se van , y a la mañanita pasan y terminan la receta .
Tambien pensé en dejar una caña de pescar  al lado de la puerta y como que me ido a pescar y se me ha olvidado una de ellas   .loco2
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gu78 en Junio 24, 2010, 10:55:22 am
Nada, cuando veais a los civiles te pones a zarandear la furgo y a gemir en al menos 2 tonos distintos  .meparto .meparto
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: -Alvaro- en Junio 24, 2010, 14:54:35 pm
No me jodas q no puedes estar en un coche hablando, es enserio??? .loco2 me parece q esto ya se esta volviendo una locura .panico seguro q a -10 grados o algun dia que llueva te vas a TU coche que te a costado una millonada y q es TU coche y de nadie mas y puedes hacer lo q te salga de las pelotas, como si te quieres cagar dentro a ellos que cojones le importa, pues aun asi fijo q te multan, q gente mas ASQUEROSA, esto se esta saliendo de madre....
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: IVANGG709 en Junio 26, 2010, 18:03:10 pm
muy bien todo eso esta muy bien si pero que sabemos de la FAMOSA" ley de costas" que nos aplican como si tubiesemos un chalet .... ¿mos quedamos con la multa o podemos hacer algo?
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: carluisa en Junio 29, 2010, 18:48:04 pm
Os dejo el reglamento en pdf no se si está colgado ya ( he mirado y no lo he visto) por eso lo cuelgo, lo he visto en otro foro y he creido interesante y necesario poder compartirlo, yo ya lo llevo en la furgo.
http://www.ama.org.es/documentos/news/Instruccion-08-V-74-DGT-Autocaravanas.pdf
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: positive-vibes en Junio 30, 2010, 00:39:41 am
Cita de: carluisa en Junio 29, 2010, 18:48:04 pm
Os dejo el reglamento en pdf no se si está colgado ya ( he mirado y no lo he visto) por eso lo cuelgo, lo he visto en otro foro y he creido interesante y necesario poder compartirlo, yo ya lo llevo en la furgo.
http://www.ama.org.es/documentos/news/Instruccion-08-V-74-DGT-Autocaravanas.pdf


Pero esta legislación está hecha para autocaravanas expresamente e incluye en algunos puntos a vehículos vivienda, lo suyo sería conseguir la legislación referente a todas las furgonetas, vehiculos-mixtos, furgón sin especificar, etc... Echaré un vistazo a la página de la DGT haber si encuentro más información, y la adjuntaría aquí.

De cualquier forma también nos puede orientar, gracias!!!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Manolín en Junio 30, 2010, 10:06:57 am
Mirar en la sección de descargas de este foro que lo teneis todo todito ;D
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Tartalés en Julio 03, 2010, 09:49:57 am
Hola a tod@s!! os quería preguntar una cosa: con fecha 15 de Junio de 2008 me sanciono la GC según las ley de Costas al estar "acampado" en Cuevas del Mar (Asturias), me llegó una primera denuncia a casa que no recogí en correos al no estar en mi domicilio y posteriormente me llegó otra con fecha octubre de 2008, envié en plazo recurso de alzada alegando no estar acampado al no sobresalir del perímetro de la furgoneta ningún elemento, etc........... Mi sorpresa es que ayer me llega la resolución desestimando lo que alegue en su momento.
Es normal que despues de tanto meses (envié recurso octubre 08, me responden junio 10) me puedan sancionar?
Alegan que según la ley de costas considera acampada: instalación de tiendas de campaña, vehículos, o remolques habitables y "deducen"  que al ser un vehículo tipo furgoneta habitable, pernoctando en su interior y mantenerlo instalado de forma continuada dentro de la zona de dominio publico marítimo terrestre (cosa que no fue así) es estar acampado.
Un saludo
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: seixón en Agosto 26, 2010, 16:04:59 pm
Creo que casi todos sabemos ya que en Asturias no quieren ver las furgos ni en pintura... al menos fuera de los camping, lo que es bastante ruin por su parte. Un amigo me dijo que a él le había entrado la GC pidiéndole los papeles y diciéndole que era sólo por un tema de estadística, que no le iban a multar, y luego le enviaron la multa a casa. Eso es cosa de los hosteleros y propietarios de camping. En fin, sobre eso habría mucho que discutir.
El caso es que aquí se plantea lo que en derecho se llama "conflicto de competencias", porque hay dos normativas provenientes de distintos organismos que se solapan regulando la misma actividad, y cuando la de tráfico dice que se puede aparcar (no desplegar toldos ni nada parecido) en cualquier lugar, la de turismo dice que no se puede pernoctar. Pero es evidente que dentro de tu furgo te puedes echar una cabezada, una partida de cartas o lo que te dé la gana, y nadie puede por eso decirte nada.
En el caso de Tartalés (por cierto, de Cilla o de los Montes...?  :roll:) te diría una cosa: aunque te hayan desestimado el escrito de alegaciones, recúrrelo. Por dos motivos:
- A veces los servicios jurídicos de tráfico no tienen tiempo suficiente de responder a todos los recursos que se les ponen. Por eso, cuantos más pongamos, más colapsaremos el servicio y más posibilidades tenemos de que las multas prescriban al no contestarnos en plazo.
- Es posible que el órgano que dictaminó sobre el escrito de alegaciones no tenga el mismo criterio que el que resolverá el recurso. Además, tienes toda la razón. No tienes más que decirles que no estabas en dominio público marítimo (por lo que no te afecta la ley de costas... adjúntales un plano de situación para ayudar en la argumentación). Por otra parte, también te puedes agarrar al diccionario y decirles que lo que tú has hecho no es INSTALAR nada, sino aparcar. Esa normativa se refiere a las caravanas, los bungalows y los módulos que suelen colocar los campings, que son el objetivo de la ley de costas. Pero que no te cuenten milongas, porque también hay parking para coches en el dominio público marítimo-terrestre y no por eso clausuran el parking pensando en que no se puede permanecer en los vehículos.
Otro detalle: desde el momento que te notifican por escrito la sanción a casa y tú firmas el acuse de recibo (o te lo notifican por boletín en su caso) se paraliza el plazo de prescripción de la multa. Pero las notificaciones posteriores también tienen un plazo, y eso es lo que tienes que mirar. No te sabría decir exactamente cuál, consúltalo bien. Es posible que te hayan notificado la resolución al recurso de alzada dentro de plazo, pero si no es así, tienes que contestarles diciendo que el plazo legal para la notificación ha prescrito y por lo tanto queda sin efecto todo el procedimiento.
Una anécdota más: me comentó otro colega que una noche en Asturias, estando él y su chica en la furgo y sin dar señales de vida, vino la GC y empezó a multar a todos los demás. Ellos se hicieron los orejas, como si no estuvieran, y haciendo ver que sólo estaban aparcados, por lo que NUNCA se les puede multar. Los agentes estuvieron zarandeánoles la furgo un rato. Ellos, acojonados dentro, no quisieron asomar ni una pestaña. Al cabo de un rato volvieron los de verde y empezaron otra vez. 45 minutos después se marcharon, con el consiguiente acojono (y posterior descojono) de mis colegas, que se libraron de la multa. Si tenéis paciencia, no abráis ni déis señales de vida. Si no estáis dentro, sólo estáis aparcados, no pernoctando, y eso no se puede sancionar.
En todo caso, mi consejo: no volver a Asturias. Ya sé que jode, porque es una zona preciosa donde muchos queremos ir de vez en cuando. Pero tendrán que darse cuenta las autoridades que intentar controlar el mercado vía sanciones a las furgos para que vayan a los campings tiene como contrapartida que la gente no va a ir a su tierra, y no que nos reconduzcan a donde ellos quieren. Y a base de estas estupideces, yo tengo algunos sitios boicoteados. ¡¡¡¡Anda que no hay lugares bonitos a los que ir!!!!
Personalmente estoy harto de que les hagan el juego a los hosteleros, que ante la falta de imaginación para sacar sus negocios adelante, se dedican a joder a la gente para intentar arrimar el ascua a su sardina. No es lícito ni ético, y menos aún que las autoridades les sigan la jugada. Hay que apearles del burro de modo que se den cuenta, a través de algo tan simple y efectivo como las estadísticas, que prohibir la presencia de furgos no va a conseguir que haya más gente en hoteles ni campings, sino al revés. ¡¡¡Que se pongan las pilas!!!  .lengua2 .lengua2 .lengua2
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Tartalés en Agosto 30, 2010, 11:58:04 am
Gracias Seixón por la información. Te cuento un poco la situación, me he informado del tema y según me cuentan cuando remití el recurso de alzada tienen un plazo de dos o tres (no recuerdo ahora bien) meses para comunicar que ha sido estimado el recurso, por tanto si en ese plazo no tienes comunicación se entiende que se desestima y mas adelante llegará esa resolución desestimando el recurso con la sanción nuevamente, que es lo que me ha pasado a mí que y aunque haya pasado 20 meses no ha prescrito. Ahora me queda llevarlo por la vía contencioso-administrativa a través de recurso contencioso-administrativo, en la que no me puedo representar por mi mismo si no que tengo que ir con abogado, así que me recomiendan que entre abogado, juicios, etc.................... pase del tema.
Como ves, al final habrá que optar como dices tu, por no ir por esas zonas que somos mal vistos y que se den cuenta que para ellos es una perdida.
Pd.: Jejeje!Ya veo que conoces bien la geografía burgalesa, no me defino por ninguno de los dos (Cilla o Montes); están los dos  muy chulos.
Un saludo. Gracias
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: dangagu en Septiembre 02, 2010, 01:13:52 am
Seixon, creatividad y ganas de sacar el negocio adelante es lo que falta, tienes toda la razón. No podemos englobar a todos los campings en el mismo saco, pero estoy seguro que esos que más se quejan y piden a la autoridad que aplique la ley, son los que rápidamente inundaron los campings de bungalows, limitando las plazas para tiendas, caravanas, autos, etc... Soy asturiano, aunque con la camper poco he estado por Asturias (pronto volveré, jejeje), lo que si os puedo asegurar es que mis padres salen todos los fines de semana con la auto y por ahora no tuvieron ningún problema en Asturias, también puede deberse a que las zonas que frecuentan quizá no estén tan perseguidas por aytos. Respecto al caso de quedarse dentro sin hacer ruido, a mi me pasó exactamente lo mismo en una playa cerkita de Tarragona, lo único que yo era la única persona aparcada en el parking, pero quietito dentro sin moverme, y hasta probaron suerte a abrir la puerta, que os juro casi salgo a dar ostias, lo que me faltaba, pero bueno, me contuve y no multa no problems, apoyar otra vez la cabeza en la almohada y despertar en primera línea de playa.

Debemos de poner cada uno nuestro granito, y presentar reclamaciones, quejas y muy importante funcionar asociados para presionar a gobiernos y ayuntamientos.

P.D.: quien tuviera hoy en día terreno para hacer un camping de autos y campers, os juro que me iba hacer de oro, jajaja
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: omarvn en Septiembre 02, 2010, 09:01:09 am
me apunto  a este tema, que siempre viene bien tenerlo localizado! :)
gracias  por vuestras aportaciones!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: p en Octubre 02, 2010, 11:35:50 am
-Tiene bemoles.

http://www.elcomerciodigital.com/v/20101002/gijon/reclama-creacion-areas-para-20101002.html
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: cefiro en Diciembre 17, 2010, 14:56:38 pm
En Tarifa, en concreto en la playa del Dos Mares, llegaron a poner en el acceso un tope de altura (como una porteria) para que no pudieran acceder la autocaravanas y muchas Campers. Los que conseguían pasar, l la guardia civil los visitaba por la noche. Esto evidentemente ocurre en verano
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: bases82 en Diciembre 19, 2010, 20:17:56 pm
Muchas gracias por la info!! este verano me tomaron nota de la matricula en el Cabo de Gata y estaba un poco asustado por si me llegaba la multa pero parece k se va a quedar asi.., vamos., a mi toavia no me ha llegado nada!! seguire cruzando los dedos:)!!!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: bases82 en Enero 19, 2011, 14:24:05 pm
pos ten cuidao kon lo de las cortinas porque en todo k ven las cortinitas corridas., multa al canto!! a mi me acaba de llegar una del verano pasado en cabo de gata y todo porque sali de la furgo cuando llamaron.,, si llego a callarme dentro no me hubiesen multado porque a lo mejor yo no estoy dentro y estoy dando un paseo porque acabo de llegar!!! ahi esta la grieta burrogratica!!jaja!!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: gu78 en Enero 19, 2011, 16:25:46 pm
para los que roncamos como bestias da igual que eches las cortinas...   .meparto .meparto
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: bases82 en Enero 28, 2011, 18:44:52 pm
jajajaja!! siempre puedes decir k era tu perro un bulldog frances k te lo dejaste en el coche porque no se podia llevar el perro suelto y no tenias cadena jaja!!
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: Jotero en Marzo 13, 2011, 12:45:17 pm
*imagen borrada por el servidor remoto
Título: Re:Consideraciones sobre las multas por acampar en vías públicas
Publicado por: juanyoli en Marzo 14, 2011, 03:41:16 am
los alcaldes hacen lo que les sale del..... y sobre todo los verdes, a mi ya me han despertado dos veces y multado estando aparcado en unos aparcamientos sin molestar a nadie ni dar el cante