Hola amigos furgoneteros,resulta que estoy barajando la posibilité, de colocarle a mi furgo(ducato)un asiento ya homologado que se convierta en cama,pero,mi pregunta es si solo se puede homologar el asiento o tendria que homologarla como vehiculo vivienda,y en ese caso aprox. de que precio hablariamos???
grasssia de antemano..
el tema es el siguiente, ese asiento ¿esta homologado para tu fíat ducato? Si es así ponlo sin mas, si no es así, tienes que legalizarlo ...
Saludinessss ...
A
Seguro que lo sabes, pero por si acaso ...extracto del reglamento de homologación de asientos ...
4. HOMOLOGACION
4.1. LA HOMOLOGACION PARA UN TIPO DE VEHICULO SE CONCEDE CUANDO EL TIPO DE VEHICULO PRESENTADO A LA HOMOLOGACION EN APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO CUMPLE LAS PRESCRIPCIONES DE LOS PARRAFOS 5 A 7 SIGUIENTES.
4.2. CADA HOMOLOGACION IMPLICARA LA ASIGNACION DE UN NUMERO DE HOMOLOGACION. UNA MISMA PARTE CONTRATANTE NO PODRA ATRIBUIR ESTE NUMERO NI AL MISMO TIPO DE VEHICULO EQUIPADO CON OTROS TIPOS DE ASIENTOS O CUYOS ASIENTOS ESTEN ANCLADOS DE FORMA DIFERENTE EN EL VEHICULO, NI A OTRO TIPO DE VEHICULO.
4.3. LA HOMOLOGACION O DENEGACION DE HOMOLOGACION DE UN TIPO DE VEHICULO EN APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO SE COMUNICARA A LAS PARTES DEL ACUERDO QUE APLIQUEN EL PRESENTE REGLAMENTO POR MEDIO DE UNA FICHA CONFORME AL MODELO DEL ANEXO 1 DE ESTE REGLAMENTO Y DE DIBUJOS DE LOS ASIENTOS Y DE SU ANCLAJE (PROPORCIONADOS POR EL SOLICITANTE DE LA HOMOLOGACION) EN FORMATO MAXIMO A4 (210 X 297 MM.) O DOBLADOS A ESTE FORMATO Y A ESCALA ADECUADA.
4.4. EN TODO VEHICULO CONFORME CON UN TIPO DE VEHICULO HOMOLOGADO POR APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO, SE FIJARA DE MANERA VISIBLE, EN LUGAR FACILMENTE ACCESIBLE E INDICADO EN LA FICHA DE HOMOLOGACION, UNA MARCA DE HOMOLOGACION INTERNACIONAL COMPUESTA:
4.4.1. DE UN CIRCULO EN CUYO INTERIOR ESTA SITUADA LA LETRA "E", SEGUIDA DEL NUMERO DISTINTIVO DEL PAIS QUE HAYA EXPEDIDO LA HOMOLOGACION (1).
4.4.2. DEL NUMERO DEL PRESENTE REGLAMENTO SITUADO A LA DERECHA DEL CIRCULO PREVISTO EN EL PARRAFO 4.4.1.
4.5. SI EL VEHICULO ES CONFORME CON UN TIPO DE VEHICULO HOMOLOGACION EN APLICACION DE OTRO(S) REGLAMENTO(S) ANEJO(S) AL ACUERDO EN EL MISMO PAIS QUE HAYA CONCEDIDO LA HOMOLOGACION EN APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO, EL SIMBOLO PREVISTO EN EL PARRAFO 4.4.1 NO DEBERA REPETIRSE; EN ESTE CASO LOS NUMEROS Y SIMBOLOS ADICIONALES DE TODOS LOS REGLAMENTOS PARA LOS QUE SE HAYA CONCECIDO LA HOMOLOGACION EN EL PAIS QUE LA HAYA OTORGADO EN APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO, DEBERAN SER ALINEADOS EN COLUMNAS VERTICALES SITUADAS A LA DERECHA DEL SIMBOLO PREVISTO EN EL PARRAFO 4.4.1.
4.6. LA MANERA DE HOMOLOGACION DEBERA SER CLARAMENTE LEGIBLE E INDELEBLE.
4.7. LA MARCA DE HOMOLOGACION SE SITUARA EN LAS PROXIMIDADES DE LA PLACA FIJADA POR EL CONSTRUCTOR, QUE DA LAS CARACTERISTICAS DEL VEHICULO, O EN DICHA PLACA.
U sea, que sin "información" no hay forma, je je je ...
Pixon, mi consejo, busca un asiento que monte en origen tu modelo de frago e instalado en su posición original ...
Otra posibilidad? pues si, también existe, actualmente con un Informe del fabricante, un cert del taller y un Proyecto ...
Saludinessss ...
A
Cita de: URDULIZ en Noviembre 09, 2010, 08:05:42 am
Me refería a que ¿como sabe un comprador que el asiento que esta mirando en un catalogo o en una pagina de internet, está de homologado?
Pues o lo sabe, solamente el fabricante sabe si homologo o no ese asiento para ese vehículo, hablo del fabricante del vehículo. Por eso es este ultimo quien tiene la responsabilidad legal de emitir el informe del fabricante, que puede decir muchas cosas ...
1- Si dice que esta homologado para ese vehículo, pues se monta sin mas, ni es reforma ni nada ...
2- Si dice que tal asiento es "apto" para su instalación en su vehículo, pues con un Proyecto y un cert de instalación de un taller seria legalizable.
3- Por otro lado, si el fabricante del asiento lo hizo como "kit homologado para ese vehículo", ese certificado de homologación donde conste claramente el vehículo mas un certificado del taller seria suficiente para legalizarlo ...
Saludinessss ...
A
Cita de: URDULIZ en Noviembre 10, 2010, 08:42:23 am
Entonces la pregunta es:
Exactamente que tiene que poner en el papel.? Actualmente, en el Informe del fabricante la certificacion que ese asiento esta homologado para ese vehiculo, se monta sin mas, o que ese vehiculo es apto para ser sometido a la reforma de la instalacion de ese asiento.
Exactamente que tiene que leer el de la itv para darle el visto bueno.? "NINGUNA" en el apto de especificaciones tecnicas adiccionales.
Exactamente que tiene que leer el ingeniero que hace el proyecto.? Respetar los puntos minimos del proyecto, que en esa reforma son 4.
Exactamente que tiene que leer el taller que dice que coloca algo homologado.? Ver el informe favorable del fabricante y respetar las condicciones del proyecto.
URDILUZ, actualmente NO HAY MAS, con eso se autoriza ( Que NO HOMOLOGA ) un asiento. Si te refieres a lo que pedira el nuevo decreto de reforma pues bastantes mas cosas, pero HOY es HOY y el nuevo entra en Enero. Ya dije en algun que otro Post, que legalicen todas las cosillas antes de Enero (dia 15) por que a partir de entonces apenas se va a poder legalizar nada por que costara una pasta demostrar los actos reglamentarios que tiene que cumplir. Si es a esto a lo que te refieres con lo que tiene que poner exactamente pues si,
debera poner la contraseña de homologación o el informe que avala el cumplimiento de cada reglamento que afecte, o sea una pastagansaaaa ....
Saludinessss ...
A
Esto parece un examen, ehssss...
Cada fabricante va a poner sus "condiciones" vamos a llamarlo así. Unos te pedirán de todo, otros apenas nada, bueno si, un puñado de €...
¿Esto es correcto? Pues hay quien dice que si, y hay quien dice que no, no te olvides que las normativas de homologación están para "NUEVAS MATRICULACIONES" o "NUEVOS TIPOS", no para las reformas de vehículos en servicio, y OJO, que solo digo que hay dos posturas, no que este de acuerdo con ninguna de ellas.
Solo en el caso de algunas reformas, hay que cumplir para su legalización la legislación en la fecha de la reforma, en las demás solo la de su fecha de matriculación.
¿Que quiero decir con esto? Pues que a lo mejor un asiento NO HOMOLOGADO por ninguna directiva CEE o R.G. es perfectamente legalizable en un N1 de hace 10 años, y NO LEGALIZABLE en un M1 de hace 3 años, vamos que sin afinar mas la pregunta no voy a poder responderte que tiene que poner en el papelito para que el fabricante de el informe.
El tema es suficientemente complejo como para no andar con suposiciones ni razones absolutas. Cada vehículo es único, y aunque por fuera parezcan iguales hay características que los diferencian. la propia fecha de matriculación puede hacer que el mismo vehículo tenga o no que cumplir alguna directiva o reglamento en la reforma particular.
Si me preguntas por el vehículo X, matriculado en la fecha Y de la forma Z pues podríamos investigar que pondría el papelito, probablemente el asiento debiera estar homologado con la directiva Z u haber obtenido un informe T de un laboratorio ...
En lo que te doy la razón absoluta es en lo que la gente llama "homologado" y la realidad. Un ejemplo de esto es el tema de los escapes, los escapes se homologan para un determinado vehículo, y cumple con el y solo el ... Otras veces te dicen que esta homologado, y lo que hay es un TUV en perfecto alemán, que aquí vale para lo mismo que el papel higiénico.
Saludinessss ...
A