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Zona Técnica => Papeleos => Mensaje iniciado por: Flago T1 en Septiembre 21, 2007, 19:14:09 pm

Título: Bonificación o exención IVTM
Publicado por: Flago T1 en Septiembre 21, 2007, 19:14:09 pm
Hola, estoy preparando el papeleo y ayer en Tráfico me dieron el impreso del Ayuntamiento de Málaga de Bonificación para el IVTM por Vehículos Históricos o por Antigüedad.
(En Málaga kapital eximen del pago del IVTM a los vehículos matriculados komo históricos y a los de más de 25 años   .palmas )

Mi duda es la siguiente:
entre la dokumentación rekerida piden la fotokopia de la tarjeta de ITV pero no indikan ke tenga ke estar "al día"

¿Alguien sabe si puedo solizitar esta exención sin tener la ITV pasada??  (estoy todavía kon la restaurazión)

Grazias y saludos
Título: Re: Bonificación o exención IVTM
Publicado por: TRUMAM en Septiembre 21, 2007, 19:30:45 pm
Pues depende de lo que diga la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Málaga. Lo normal es que para que te concedan la bonificación tengas la ITV pasada pero puede que no hayan puesto este requisito. Intentaré localizar la ordenanza y te digo algo.
Título: Re: Bonificación o exención IVTM
Publicado por: TRUMAM en Septiembre 21, 2007, 19:39:09 pm
 
Te copio lo que dice la Ordenanza de Málaga.

Los vehículos catalogados como históricos de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1.247/1.995, de 14 de julio, y aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación, gozarán de una bonificación del 100 por 100 en la tarifa que, en cada caso, les sea de aplicación . Para el disfrute de esta bonificación y por lo que a los vehículos catalogados como históricos respecta, los titulares de los mismos habrán de instar su concesión adjuntando copia del Permiso de Circulación a que se refiere el artículo 8º, apartado 2º, del citado Real Decreto 1.247/1.995 y copia de la Tarjeta de Inspección Técnica. Para el caso de vehículos con antigüedad mayor a 25 años será necesario aportar igualmente, junto con la solicitud de bonificación, el Permiso de Circulación y la Tarjeta de Inspección Técnica. La bonificación, una vez declarada por la Administración municipal, tendrá efectividad en el periodo impositivo siguiente a aquel en que se hubiese formulado la correspondiente solicitud.


Te piden copia de la Tarjeta. Imagino que será para comprobar que esté con ITV en vigor. De todas formas la solicitud la puedes formular durante todo este año para que te apliquen la bonificación el proximo. Venga a terminar esa restauración.
Título: Re: Bonificación o exención IVTM
Publicado por: Flago T1 en Septiembre 21, 2007, 19:49:19 pm
Grazias Truman, eres un hatxa en las búskedas!!!   .palmas
Entonzes kreo ke si hago este año la transmisión de la furgo, intento pedir esta bonifikazión por si kuela sin haber pasado la ITV... de todas maneras, no tengo nada ke perder!!  y me puedo ahorrar unos leuros...

De nuevo, grazias por la info!