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General => General. Consultas. Peticiones. Varios => Clubs y Grupos de usuarios => Mensaje iniciado por: MAYAGUAN en Junio 06, 2008, 23:47:04 pm

Título: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 06, 2008, 23:47:04 pm
Pues vale, vamos a abrir un nuevo hilo para crear una asociacion de campers de canarias para hacerla legal y poder defender nuestros derechos.
A ver que os parece.
Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 06, 2008, 23:58:23 pm
Estaré atento a éste hilo y colaboraré en todo cuanto pueda.  .malabares


La dificultad de separación por el mar nos impide, hacer mas kedadas, donde conocernos y planificar todas éstas cosas, pero bueno siempre ha sido así para los canarios, es decir la tremenda belleza de sus islas, tienen ese pequeño inconveniente, son islas y sabemos vencer las dificultades, así que  mejor medio para estar comunicados que "este" y posiblemente esto sirva para tener contactos personales mas frecuentes entre nosotros.

Saludos a todos.  .palmas .confuso2

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 07, 2008, 00:25:47 am
aquí tenemos los Estatutos de la Federación Española, que nos pueden servir de base para redactar unos, lógicamente adaptándolo completamente como dijimos a nuestros fines, objetivos, demarcación geográfica, etc.

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FEDERACION ESPAÑOLA DE CLUBES CAMPISTAS
Apartado de Correos 221 - 28850 Torrejón de Ardoz-(Madrid)
ESTATUTOS GENERALES DE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE CLUBES CAMPISTAS
1.- DENOMINACIÓN.
1.1.- La Federación Española de Clubes Campistas (en forma abreviada F.E.C.C. o FECC) es una Agrupación
de  Asociaciones y Clubes de campistas, de carácter civil, abierta, de tipo deportivo, cultural y turístico,
totalmente apolítica y se obliga a no inmiscuirse en asuntos religiosos, filosóficos o raciales, con
responsabilidad jurídica propia y sometida a las Leyes españolas, con duración ilimitada y sin fines lucrativos.
1.2.-La Federación Española de Clubes Campistas (FECC), que es continuadora de la Federación Española de
Camping y Caravaning por cambio de nombre acordado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en
13 de Abril de 2000, quedó legalmente constituida con fecha 29 de Julio de 1.965 como sucesora de la
Asociación Española de Camping y Caravaning y del Comité Español de Camping de la Federación Española
de Montañismo, según resolución del Ministerio de Gobernación de 11 de julio de 1.957.
1.3.- Es miembro constituyente de la Federación Internacional de Camping y Caravaning (FICC) autorizada
en Consejo de Ministros de 10 de marzo de 1.967. Puede asimismo afiliarse a Organismos nacionales o
internacionales de tipo campista, cultural, ecológico o turístico que pudiera interesar a sus fines.
2.- FINES Y OBJETIVOS.
2.1.- El objetivo de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) es el de unir, a escala nacional, a las
Asociaciones, Sociedades y Clubes campistas que la componen, excluyendo a las Organizaciones de carácter
comercial y a todas aquellas otras que tengan un carácter político o contengan en sus estatutos
manifestaciones racistas, xenófobas o anticonstitucionales, coordinando las diversas acciones que se
derivan de todo lo referente al camping y al caravaning a escala nacional, asumiendo la representación de
los campistas ante los Organismos nacionales e internacionales, resolviendo litigios interclubes o
interfederativos de su competencia, respetando siempre las atribuciones de los Clubes como Asociaciones de
derecho que son. Desarrolla entre sus miembros los lazos de amistad, la protección del medio ambiente y el
amor a la naturaleza que son la base de esta afición.
2.2.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) velará por el cumplimiento de las Disposiciones
Legales reguladoras del campismo en general, colaborando con las Autoridades correspondientes.
2.3.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) facilita la difusión y la práctica de la acampada en
todos los lugares de España. Encamina sus esfuerzos a la creación y formación de Agrupaciones y
Asociaciones de campistas, así como la promoción de sus actividades.
2.4.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) facilita a los aficionados y practicantes, por
mediación de los Clubes y Asociaciones que la forman, el Carnet Internacional de Camping y Caravaning,
cuya vigencia se renueva anualmente, o cualquier otra documentación equivalente que pueda ser exigible
por mandato legal para la práctica de la actividad campista.
2.5.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) edita, adapta y difunde todas las noticias y
reglamentos que se refiera a su objetivo como actividad de tiempo libre en sus aspectos turísticos,
culturales, deportivos y del disfrute de la calidad de vida.
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2.6.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) organiza directamente o por sus Asociaciones
miembros, cualquier manifestación que sirva a sus objetivos, en especial su Acampada Nacional que se
celebrara anualmente.
2.7.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) deberá fomentar la creación y organización,
directamente o por mediación de un miembro asociado, de terrenos de camping, en los cuales se obliga a
acoger a todos los asociados portadores del Carnet Internacional de Camping.
2.8.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) procurará suministrar documentación e
información sobre terrenos y zonas para la práctica del campismo, así como sus Leyes y Reglamentos y
asimismo informará de cuantas Organizaciones sociales tengan interés general, utilizando todos los medios
de comunicación a su alcance, así como la red de Internet o cualquier otra que pueda ser de utilidad.
2.9.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) podrá editar su propia guía de terrenos de
camping mediante concurso publico, una vez que se estudien las propuestas más beneficiosas para la FECC,
se adjudicará dicho concurso.
3.- DOMICILIO.
3.1.- El domicilio social de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) es Avenida del Doctor García
Tapia, nº 66, local 1.- 28030 Madrid.
3.2.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) estará domiciliada en la residencia de su
Presidente y podrá cambiar este domicilio por decisión simple de su Junta Directiva, a ratificar por la
Asamblea General.
3.3.- Cualquier cambio de domicilio será comunicado a las Autoridades correspondientes.
4.- DISTINTIVO.
4.1.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) tiene un distintivo propio, aprobado tras el
concurso que se convocó en su día, que consiste en una tienda de campaña con una caravana sobre una
rama de laurel cruzada, todo el conjunto sobre fondo azul claro, y debajo, enmarcadas, las siglas F.E.C.C.
4.2.- La bandera de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) será de color azul, que es el color
de esta Federación como símbolo de la vida al aire libre, con el distintivo descrito en su centro, se izará
exclusivamente en los actos en que esté presente o representada.
4.3.- Tanto el distintivo como la bandera, deberán inscribirse, junto con el nombre, en el registro oficial
correspondiente
4.4.- Las normas para el uso del distintivo y de la bandera se especificarán en el Reglamento de Régimen
Interior.
5.- JURISDICCIÓN, AUTORIDAD Y ORGANIZACIÓN.
5.1.- El ámbito jurisdiccional y autoridad de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) se extiende
a todo el territorio del Estado Español.
6.- MIEMBROS ASOCIADOS.
6.1.- La FECC está integrada por Socios miembros constituyentes, Federaciones autonómicas y Socios
miembros adheridos y socios protectores , según se determinará en el Reglamento de Régimen Interior.
7.- SOCIOS DE HONOR.
7.1.- A propuesta de la Junta Directiva, la Asamblea General puede otorgar el título de Presidente o Socio de
honor a las personas o Entidades qué, por su actuación relevante dentro de la FECC, o que por los servicios
prestados a la misma sean merecedores de tal distinción.
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8.- AFILIACIÓN.
8.1.- Las formalidades relativas al ingreso en el seno de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC),
están indicadas en el Reglamento de Régimen Interior.
9.- COTIZACION.
9.1.- La Junta Directiva propondrá a la Asamblea General Ordinaria las cuotas a satisfacer en el ejercicio
siguiente.
9.2.- Las Asociaciones miembros, deberán estar totalmente a corriente de pago de sus cuotas, antes del día
de la celebración de la Asamblea General. El incumplimiento de esta obligación, llevara consigo la perdida de
derecho a participar en la Asamblea General.
9.3.- El pago de la cuota se realizará antes del 15 de enero de cada año
10.-BAJAS Y SUSPENSIONES.
10.1.- Cualquier miembro asociado podrá pedir voluntariamente la baja en la Federación Española de Clubes
Campistas (FECC) para el año siguiente; pero deberá hacerlo por escrito y antes del día 31 del mes de
Octubre anterior. En el caso de que dicha petición sea hecha con posterioridad a dicha fecha, la Asociación o
Federación solicitante deberá de satisfacer la totalidad de las cuotas del año siguiente, salvo que se acredite
su disolución. Dichas cuotas no serán para este caso de cuantía inferior a las satisfechas en el último año
cotizado.
10.2.- Si sin motivo válido el retraso en el pago de las cuotas excede en treinta días a la celebración de la
Asamblea General, la Junta Directiva, previa comunicación escrita a la Asociación deudora, podrá disponer la
suspensión temporal de todos los derechos de la repetida Asociación, hasta que la misma no haga efectivo
el pago total de sus cuotas. En el caso de que la deuda persista en la celebración de una nueva asamblea
General, la expulsión, temporal o definitiva de la Asociación deudora, será decidida por la Asamblea General,
a propuesta de la Junta Directiva de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC).
10.3.- Si la acción de un miembro asociado es contraria a los Estatutos o al Régimen Interior de la FECC, ó si
lleva consigo perjuicios a la actividad o a los intereses de la Federación Española de Clubes Campistas
(FECC), la expulsión puede ser propuesta por la Junta Directiva en la Asamblea General.
10.4.- La baja, la suspensión o la expulsión llevan consigo la anulación de todos los derechos inherentes a la
calidad de miembro de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC).
11.- ASAMBLEA GENERAL.
11.1.- La Asamblea General es el órgano supremo de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) y
su representación colegiada. En ella pueden ejercitar sus derechos de forma democrática los socios
miembros constituyentes. Posee la totalidad de poderes que permiten el llevar a cabo y realizar los objetivos
y fines de la FECC.
11.2.- La Asamblea General se reúne ordinariamente, por lo menos una vez al año, a ser posible
coincidiendo con la Acampada Nacional, convocada por el Presidente o en su defecto, por la Junta Directiva.
Extraordinariamente puede ser convocada por el Presidente, la Junta Directiva o a petición de la cuarta parte
de los Miembros constituyentes federados que estén al corriente de pago.
11.3.- El plazo de convocatoria es de 20 días como mínimo.
11.4.- El Orden del día de la Asamblea General Ordinaria se fijara por el comité ejecutivo y deberá incluir
obligatoriamente:
1) Lectura y aprobación , si procede, del acta de la Asamblea anterior.
2) Memoria anual de la Junta Directiva.
3) Presentación y aprobación, si procede, del estado de cuentas.
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4) Presentación y aprobación, si procede, del presupuesto anual.
5) Presentación de candidaturas para la organización de la Acampada Nacional y Juvenil en
años próximos.
6) Cualquier propuesta aprobada por la Junta Directiva.
7) Cualquier petición de inclusión presentada a la Junta Directiva por los miembros
asociados constituyentes un mes antes de la Asamblea general.
8) Ruegos y preguntas.
11.5.- Cada Miembro asociado de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) dispondrá de un
número de votos proporcional a su número de asociados, según determina el Reglamento de Régimen
Interior.
11.6.- Cada Miembro asociado podrá asistir con un número de delegados igual a su número de votos, con
un máximo de seis.
11.7.- Cada Miembro asociado presente solo podrá ostentar una delegación de voto de otro miembro
constituyente, concedida por escrito, a excepción de las Federaciones Autonómicas que podrán ostentar
hasta el total de las delegaciones de los Clubes de su Comunidad Autónoma, si así lo deciden estos, sin que
esto motive la anulación de su voto señalado en el articulo 16.2.
11.8.- Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, podrán celebrarse en primera
convocatoria con la presencia de la mitad más uno de los votos de todos los asociados a la Federación
Española de clubes Campistas (FECC). En segunda convocatoria podrá celebrarse con el 25% de dichos
votos. Si el número de votos presentes no alcanzase ese porcentaje, se celebrara en tercera convocatoria
una hora después de la primera cualquiera que sea el número de votos presentes.
11.9.- Salvo en los casos previstos, en los que se determina una mayoría distinta, los acuerdos de la
Asamblea General se tomaran por mayoría simple, es decir, que el número de votos a favor sea mayor que
el número de votos en contra, cualquiera que sea el número de abstenciones o votos nulos. En caso de
empate decidirá el voto del Presidente.
12.- JUNTA DIRECTIVA.
12.1.- La Federación Española de Clubes Campistas (FECC) estará regida por una Junta Directiva.
12.2.- Esta se compondrá de seis personas que deberán figurar en el censo de seis Asociaciones o Clubes
miembros constituyentes, que serán elegidos por votación en la Asamblea General de entre las candidaturas
presentadas. La junta Directiva estará constituida por: Presidente, Vicepresidente 1º, Vicepresidente 2º (
Representante de las Federaciones Autonómicas), Secretario, Tesorero y tres vocales. La Presidencia de la
Federación Española de Clubes Campistas (FECC) es incompatible con la Presidencia de una Asociación,
Club o Federación Autonómica.
La elección de todos los Miembros a excepción del Vicepresidente 2º, se efectuara en la Asamblea
General previa presentación de candidaturas. Las candidaturas deberán indicar si la persona se presenta al
cargo de Presidente o Vocal, deberán pertenecer a distintos Clubes o Asociaciones todos ellos, excepto los
cargos de Tesorero y Secretario, que por operatividad, deberán ser de la misma localidad que el Presidente,
serán nombrados por éste y ratificados por la Asamblea.
El Representante de las Federaciones Autonómicas (Vicepresidente 2º) será elegido entre las
mismas, en Convocatoria diferente celebrada con anterioridad a la Asamblea General, debiendo ser ratificada
por ésta.
12.3.- El mandato de la Junta Directiva elegida por la Asamblea General tendrá una duración de tres años, y
sus miembros podrán ser reelegidos para los mismo cargos solamente una vez. El mandato de la Junta
Directiva comienza después de la clausura de la Asamblea en que hayan sido elegidos.
La Junta Directiva saliente deberá facilitar todo el material inventariable, así como todos los
documentos pertenecientes a la Federación Española de Clubes Campistas (FECC), no debiendo superar este
traspaso el plazo de 30 días desde la celebración de la Asamblea.
12.4.- Cualquier Miembro de la Junta Directiva saliente puede ser invitado a asistir a las reuniones de Junta
Directiva durante un año, solo con voz consultiva.
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12.5.- Los Miembros de la Junta Directiva de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) deberán
defender los intereses generales de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) y no los intereses
de su Asociación, Club o Federación Autonómica.
12.6.- Las elecciones para Junta Directiva serán convocadas por el Presidente con un plazo de 60 días de
antelación a la celebración de las mismas. El proceso electoral seguirá el siguiente calendario.
Del 1 al 30: Formación de candidaturas.
Del 31 al 35: Remisión de candidaturas al Presidente de la Federación Española de Clubes
Campistas (FECC)
Día 36: Apertura y proclamación de candidaturas.
Del 37 al 40: Comunicación de candidaturas a todos los Miembros constituyentes de la Federación
Española de Clubes Campistas (FECC).
Del 41 al 50: Presentación de impugnaciones.
Del 51 al 52: Resolución de impugnaciones
Día 60 : Elección de Junta Directiva.
En el momento de convocarse elecciones, todos los miembros de la Junta Directiva que sean
candidatos en el proceso electoral abierto deberán presentar su dimisión, pasando a ostentar su cargo en
funciones.
12.7.- Todos los Miembros de la Junta Directiva deberán ser mayores de edad, gozar de la totalidad de sus
derechos civiles y estar afiliado a una Asociación o Club miembro constituyente.
12.8.- El vocal electo con mayor número de votos ostentará el cargo de Vicepresidente 1º. El Vicepresidente
2º será elegido por las Federaciones Autonómicas existentes en cada momento y deberá ser ratificado por la
Asamblea General.
12.9.- La Junta Directiva se reunirá como mínimo dos veces al año, convocada por el Presidente, también se
reunirá si lo solicitan cuatro de sus componentes.
12.10.- La Junta Directiva tomará sus decisiones por mayoría simple, siendo el voto del Presidente decisorio
en caso de empate.
12.11.- Se remitirá información de estas reuniones a todos los asociados constituyentes, siempre que se
traten temas de interés general.
13.- COMITÉ EJECUTIVO.
13.1.- El comité Ejecutivo está compuesto por el Presidente, los dos Vicepresidentes, el Secretario y el
Tesorero.
13.2.- En caso de ausencia, por enfermedad, dimisión o incapacidad del Presidente, el Vicepresidente 1º lo
reemplaza de todas sus funciones.
13.3.- Si la ausencia es definitiva, el nuevo Presidente nombrará Vicepresidente 1º al Vocal que hubiera
obtenido mayor número de votos en las elecciones en que fue elegida la Junta Directiva en cuestión. Para
ocupar el puesto de Vocal vacante producido por en nombramiento del nuevo Vicepresidente 1º, se llamara
al candidato no elegido en su día y que hubiera alcanzado más votos. Si no existiera dicha posibilidad, la
Junta Directiva buscará la solución para completar la Junta directiva. Todos estos acuerdos deberán ser
refrendados por la Asamblea General.
13.4.- Cuando la dimisión o baja sea la del Vicepresidente 2º, las Federaciones Autonómicas designaran otro
Vicepresidente. Si la dimisión o baja es del Vicepresidente 1º se obrara de igual manera que lo reflejado en
el Art. 13.3. Todos estos acuerdos deberán ser ratificados por la Asamblea General.
14.- CENSORES DE CUENTAS.
14.1.- La Asamblea General elige dos censores de cuentas y un suplente, afiliados a tres asociaciones
distintas.
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14.2.- En ningún caso, dichos censores de cuentas y el suplente podrán pertenecer a ninguna de las
Asociaciones que en su día presentaron candidaturas de los componentes en activo de la Junta Directiva.
14.3.- Los censores de cuentas verifican cada año la contabilidad del ejercicio cerrado y dan a conocer a la
Asamblea General siguiente sus puntos de vista e informe de los ingresos y pagos de la Federación Española
de Clubes Campistas (FECC).
14.4.- Los censores de cuentas son elegidos por dos años, no pudiendo ser reelegidos más de una vez.
15.- COMISIONES.
15.1.- La Federación Española de Clubes campistas (FECC) instituirá cuantas Comisiones permanentes o
temporales se considere necesario.
16.- FEDERACIONES AUTONOMICAS.
16.1.- Derivado de la Constitución Española, la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) aconseja a
sus asociados miembros constituyentes la formación de Federaciones adaptadas al mapa autonómico de
España, para lo cual prestará todo su apoyo. Estas Federaciones serán sumamente necesarias y legalmente
imprescindibles en cuantas cuestiones se deriven de las relaciones de las Asociaciones con los entes
autonómicos.
16.2.- En los Estatutos que se redacten para cada Federación Autonómica no podrá existir entre su
articulado contradicciones con los Estatutos y Reglamento de Régimen Interior de la Federación Española de
Clubes Campistas (FECC), ya que deben tener los mismos objetivos y fines.
16.3.- Las Federaciones Autonómicas tendrán en todos los casos la consideración de miembros
constituyentes, serán convocadas a la Asamblea General Ordinaria Y Extraordinaria y tendrán voz y un voto
cada una de ellas. En el supuesto de delegación de voto de los clubes afiliados a dicha Federación de su
misma Comunidad Autónoma, deberán presentar en correspondiente escrito de los clubes representados
donde se exprese su voluntad de delegar el voto en la Presidencia de la misma o de su Representante.
16.4.- Los Clubes existentes en una Comunidad Autónoma podrán constituirse en Federación Autonómica
siendo para ello preciso un número igual a lo que establezca la vigente Ley de usos y normas
complementarias. No podrá existir más de una Federación en cada Comunidad Autónoma.
17.- RECURSOS Y OBLIGACIONES.
17.1.- El año social económico y financiero de la FECC coincidirá con el año civil.
17.2.- Los recursos financieros de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) se basan en las
cotizaciones de sus Asociaciones miembros, en el Carnet Internacional de Camping, en las subvenciones, en
los donativos de índole diversa, así como en los derechos federativos previstos para los casos de Acampadas
Nacionales, cuyos importes se establecerán en el Reglamento de Régimen Interior.
17.3.- Las obligaciones económicas de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) están
garantizadas únicamente por sus bienes propios y exime de toda responsabilidad a sus dirigentes y sus
asociados.
17.4.- Las acciones de compra, venta, cambio de bienes inmobiliarios, hipotecas y préstamos, serán todas
derivadas de acuerdos de la Asamblea General.
17.5.- Los cobros y pagos serán ordenados por el Tesorero con el visto bueno del Presidente. Se dará
información de los mismos a los miembros del Comité Ejecutivo.
17.6.- Las acciones judiciales, sean del tipo que sean, serán decididas por la Junta Directiva. Serán seguidas
por el mismo Presidente o, por delegación en un miembro de la Junta Directiva designado por el Presidente.
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18.- DISPOSICIONES FINALES.
18.1.- Las disposiciones de los presentes Estatutos serán completadas por un Reglamento de Régimen
Interior de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC). Todos los caso no previstos por los
Estatutos o el Régimen Interior serán resueltos por la Asamblea General.
18.2.- Los Estatutos y Reglamento de Régimen Interior podrán ser modificados a propuesta de la Junta
Directiva, ó de cuatro Asociaciones miembros constituyentes de la Federación Española de Clubes Campistas
(FECC), tan solo en Asamblea General Extraordinaria, convocada con éste único punto del orden del día.
18.3.- Si la modificación de los Estatutos resulta de una propuesta de cuatro miembros constituyentes, la
convocatoria debe ser cursada en el plazo máximo de tres meses después de la propuesta.
18.4.- En todos los caso, la nueva redacción propuesta para los artículos a modificar deberá ser adjuntada a
la convocatoria para la Asamblea General Extraordinaria.
18.5.- Para que los Estatutos sea modificados hará falta que la propuesta obtenga los dos tercios de los
votos presentes en dicha Asamblea.
18.6.- La disolución de la Federación Española de Clubes Campistas (FECC) no podrá ser decidida más que
por una Asamblea General Extraordinaria, convocada por la Junta Directiva, especialmente para este fin, por
carta certificada, con dos meses de antelación.
18.7.- El acuerdo de disolución deberá obtener los dos tercios de los votos presentes en dicha Asamblea.
18.8.- De acordarse ésta disolución, la misma Asamblea decidirá el reparto del activo neto entre una o varias
Asociaciones con fines benéficos. En ningún caso podrá acordarse el reparto entre los miembros asociados.
DILIGENCIA para hacer constar que los presentes Estatutos han quedado redactados
incluyendo las modificaciones acordadas en la Asamblea General Extraordinaria,
celebrada en la ciudad de Benicasim, provincia de Castellón, el día trece de abril de
dos mil uno.
El Secretario
Vº Bº El Presidente
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 07, 2008, 00:34:14 am
Y estos los de una asociación cultural sin animo de lucro.

Tomando como base esta misma se podría ir redactando por todos, modificando la que cumpla con todos los objetivos y fines que nos proponemos.:


MODELO DE ASOCIACION

Nombre ?. Asociación cultural y recreativa para la promoción ..................Estatutos

CAPÍTULO I. Denominación, fines, domicilio y ámbito territorial de acción.

Artículo 1.
Se constituye en ?, provincia de ?, la entidad denominada "?, Asociación Cultural y recreativa" al
amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución Española, lo establecido en  la   
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. y demás disposiciones legales. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los siguientes estatutos.

Artículo 2.
La Asociación no tiene ánimo de lucro y sus fines serán los siguientes:


   1. .
   2.
   3. Fomento de nuevas formas de ocio.
   4. Fomento de la comunicación, intercambio de ideas y cooperación entre ?

Para el cumplimiento de los fines establecidos, la Asociación organizará las siguientes actividades:

   1. Encuentros

   2. Actividades 
   3. Desarrollo de una red de comunicación  a través de Internet.

Artículo 3.
El domicilio

Artículo 4.
El ámbito de actuación será
CAPÍTULO II. Órganos directivos y forma de administración.

Artículo 5.
El órgano supremo será la Asamblea de Socios o Asamblea General que podrá ser ordinaria o extraordinaria. Estas estarán integradas por todos los socios que se hallen en pleno uso de sus derechos sociales.

Artículo 6.
La Asamblea General Ordinaria se reunirá al menos una vez al año en el modo y lugar que se determine en su convocatoria.

Artículo 7.
Serán competencias de la Asamblea General Ordinaria las siguientes:

   1. Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
   2. Examinar y aprobar el estado de cuentas.
   3. Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
   4. Fijar las cuotas de entrada, ordinarias o extraordinarias.

Artículo 8.
La Asamblea General Extraordinaria se reunirá tantas veces como sea necesario, previo acuerdo de la Junta Directiva o por petición de un número de socios que ascienda a más del 50%.

Artículo 9.
Serán competencias de la Asamblea General Extraordinaria:

   1. Modificar los presentes Estatutos.
   2. Disolver la Asociación.
   3. Nombrar una nueva Junta Directiva.
   4. Disponer y enajenar los bienes.
   5. Constituir una Federación o decidir su integración en ella si ya existiese.

Artículo 10.
Las convocatorias de las Asambleas Generales serán comunicadas por escrito, expresando el lugar, fecha y hora de la reunión, así como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado habrán de mediar al menos quince días, y si se acordara y procediese la segunda convocatoria se hará en un plazo no inferior a veinticuatro horas.

Artículo 11.
Sin perjuicio de las facultades de la Asamblea General, la Asociación estará regida por una Junta Directiva que estará compuesta por:

    * Presidente.
    * Secretario.
    * Tesorero.
    * Vocales.

Todos los cargos deberán recaer en socios de la Asociación, serán gratuitos y tendrán una duración de ? años.

Artículo 12.
La Junta Directiva se reunirá al menos una vez cada tres meses cuando lo determine su presidente o lo solicite cualquiera de sus miembros. La convocatoria será comunicada por escrito y con un plazo de antelación de siete días.

Artículo 13.
Las funciones de la Junta Directiva será las siguientes:

   1. Dirigir las actividades sociales.
   2. Llevar la gestión administrativa y económica de la Asociación.
   3. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
   4. Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y estado de cuentas.

Artículo 14.
Al presidente le corresponde:

   1. La representación legal de la Asociación.
   2. Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Junta Directiva y la Asamblea General.
   3. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos tomados por la Junta Directiva y la Asamblea General.
   4. Ordenar los gastos y pagos de la Asociación.

Artículo 15.
El Secretario sustituirá al Presidente en caso de ausencia, enfermedad o muerte y tendrá las funciones que en él delegue el Presidente.

Artículo 16.
Al Secretario le corresponde el funcionamiento administrativo de la Asociación, es decir:

   1. Custodiar los libros y documentos, excepto los de Contabilidad, así como el archivo.
   2. Redactar y anotar en los libros correspondientes las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
   3. Expedir certificaciones con el visto bueno del Presidente.
   4. Redactar la Memoria Anual de la Asociación.
   5. Llevar al día el fichero con los nombres y datos de los socios afiliados, así como las altas y bajas de los mismos.
   6. Ejecutar los acuerdos estatutarios adoptados, bajo la supervisión del Presidente.

Artículo 17.
El Tesorero tendrá bajo su responsabilidad el funcionamiento económico de la Asociación y le corresponde:

   1. Recaudar fondos de la entidad, custodiarlos e invertirlos como lo determine la Junta Directiva.
   2. Efectuar los pagos, con el visto bueno del Presidente.
   3. Dirigir la Contabilidad.
   4. Llevar el libro de Estados de Cuentas, con las indicaciones de ingresos, gastos y saldo.
   5. Confeccionar el Estado de Cuentas anual.

Artículo 18.
Los vocales de la Junta Directiva tendrán misiones específicas encomendadas por acuerdo de ésta. Su número máximo será de tres y puede no haber ninguno en ocasiones si así lo determina la Junta Directiva.
CAPÍTULO III. Procedimiento de admisión y pérdida de la cualidad de socio. Derechos y deberes de los mismos.

Artículo 19.
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con capacidad para obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la misma.

Artículo 20.
Se perderá la condición de socio por alguna de las causas siguientes:

   1. Por deseo del asociado mediante escrito dirigido a la Junta Directiva o a la Asociación.
   2. Por falta de pago de las cuotas de 3 mensualidades consecutivas.

Artículo 21.
Los socios ostentarán los derechos siguientes:

   1. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
   2. Elegir y ser elegidos para cargos directivos.
   3. Recibir información sobre la marcha de la Asociación.

Artículo 22.
Los socios tendrán las obligaciones siguientes:

   1. Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
   2. Abonar las cuotas que se fijen.
   3. Asistir a las asambleas y demás actos que se organicen.
   4. Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

CAPÍTULO IV. Patrimonio fundacional, recursos económicos y límite del presupuesto anual.

Artículo 23.
La Asociación carece de patrimonio fundacional en el momento de su constitución.

Artículo 24.
Los recursos económicos estarán constituidos por:

   1. Las cuotas de entrada, ordinarias o extraordinarias de los socios.
   2. Las subvenciones legales o herencias que se pudieran recibir de forma legal por parte de los asociados o terceras personas.
   3. Cualquier recurso lícito.

CAPÍTULO V. Disolución y aplicación del capital social en su caso.

Artículo 25.
La Asociación podrá disolverse por las siguientes causas:

   1. Por voluntad de los socios, mediante acuerdo adoptado en Asamblea General extraordinaria convocada al efecto y con mayoría de los dos tercios de los asociados.
   2. Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.
   3. Por sentencia judicial.

Artículo 26.
En caso de disolución, se nombrará una Comisión Liquidadora, la cual efectuará la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus deudas, cobrando sus créditos y fijando el haber líquido resultante si lo hubiere.

Artículo 27.
El haber resultante, una vez efectuada la liquidación, se donará a la/s entidad/es benéfica/s o asociación/es no lucrativa/s que se haya/n determinado en la Asamblea General extraordinaria en la que se acordó la disolución.
DISPOSICIÓN ADICIONAL

Con carácter subsidiario de los estatutos y de los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno, en todo cuanto no está previsto en los presente estatutos se aplicará  la   

Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. de Asociaciones y demás disposiciones complementarias.

*
Ahora habrá que llenar de contenido este articulado para conformar unos Estatutos entre todos que se pudieran aprobar una vez andando todo el proceso en una Primera Kedada General.
   


[ Podríamos meter entre nuestros objetivos  además la Defensa del Medio Ambiente, de nuestros montes, costas y playas.[/color].malabares. La sensibilización  de lo ayuntamientos a esta forma de hacer turismo y una forma de entender la vida que va acorde y en defensa de nuestra naturaleza y nuestro medio ambiente.
Y por lo tanto de apoyar, propiciar y fomentar en vez de obtaculizar. Los ayuntamientos y las comunidades autónomas y los gobernantes de la administración central cada vez mas coactivos a través de Costas.
   



Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: delagheto en Junio 07, 2008, 01:34:28 am
Bueno bueno¡¡¡, como va de rápido.

Rebelde; Esto es algo más q un borrador, es el hembrión de la futura ACC ;D
Tambien pienso q necesitamos una persona q impulse y coordine este proyecto, y si me lo permites .inocente, tu eres mi candidato. independientemente de q todos debamos aportar lo q podamos...

Creo q otro punto o capítulo podría ser crear un distintivo o logo de la asociación.

Y Crear en este post una lista con los interesados en pertenecer a dicha asociación para conocer en número de personas con las q contamos.

Saludos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 07, 2008, 01:41:30 am
Bueno la persona que lo impulse debemos ser todos cada uno en las posibilidades de su tiempo y de su situación geográfica en las islas, Maguyan se ha ofrecido para impulsarla y coordinarla y ha abierto este hilo y yo como desde el principio vengo diciendo colaboraré en todo lo que vea puedo y vayáis planteando.

Por otro lado tenemos que pensar si queremos darle ese carácter institucional, legal de asociación inscrita en el Registro de Asociaciones o queremos desde otro punto de vista mas informal crear un club canario con no más formalidades de nuestros contactos, kedadas, solidaridad, ayuda, etc.......... como creo lo tienen montado en Andalucía "El Club Selecto de El Palmar", al cual me enorgullezco de pertenecer, magnifico grupo que tiene la ventaja de que allí son muchos y con coger carretera y manta lo tienen todo hecho y les permite la unión de muchos y las kedadas permanentes.

Por lo que tu has planteado .palmas, yo inmediatamente se habló del tema me he puesto a colaborar ahora queda esperar ver que van diciendo la gente de lo que realmente keremos. Y como tu has dicho a ver si algún artista que seguro que hay muchos nos lanza un borrador de logo y de banderola, que la gente aporte ideas, colores, nombre: ACC "Nombre".

Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 07, 2008, 13:42:46 pm
 .palmas gracias.
Todo el que quiera puede mandarme un privado, solo con su nick, y comienzo la lista de los interesados en que esto se lleve acabo.
LISTA POSIBLES CANDIDATOS A PERTENECER A:   

                            "ASOCIACIÓN CAMPER CANARIA"

Nº 1  GOFIO
Nº 2  Surman
Nº 3  supertarzan
Nº 4  GOMEROT4
Nº 5  cukiyo25
Nº 6  Delagheto
Nº 7  maped
Nº 8  MONZONCAN
Nº 9  MAYAGUAN
Nº10  neidas
Nº11  Achaman23
Nº12  xowis
Nº12+1 KOYI
Nº14  octamontse
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: gengis kangoo en Junio 07, 2008, 15:29:30 pm
Entiendo que la ACC (Asociacion Camper Canaria) incluye tambien furgos "peladas" solo asientos y campers verdad??? ;D
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 07, 2008, 16:27:09 pm
 Claro que sí gengis kangoo, yo creo que acogeremos a todo aquel que comparta nuestra forma de querer disfrutar de la naturaleza de una forma racional y moderada en todos los aspectos.
El que algunas furgos no dispongan de una equipación completa, supongo que se buscaran la vida para que las aguas grises, excrementos o basuras en general terminen en el lugar que les pertenece.
Algo tiene que quedar bien claro, no solo para quedar bien en la foto tendremos un carnet de A.C.C, La intención de todo esto es principalmente practicar con el ejemplo y de esa forma podremos exigir a las entidades pertinentes.
Esto podría estar guapo.
Si esto cuaja la III Concentración de Canarias, la haríamos a nivel asociación  ;) celebraríamos el día de la concentración para limpiar un litoral de una playa, concentración en aparcamientos de un centro comercial en domingo, para enseñar a puertas abiertas nuestras furgos, haríamos compras conjuntas de productos de uso diario en la furgo, sacaríamos descuentos en compañías de seguros, en neumáticos, baterías, etc simplemente enseñando nuestro carnet de socio. ETC........
Incluso se podría hablar con las navieras y al ser vehículos que se mueven mucho entre islas, igual nos tienen en cuenta  .lengua2   ;D

  Un saludon

   
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOMEROT4 en Junio 07, 2008, 18:55:31 pm
 .palmas .palmas .palmas me parece un idea cojonuda esta de hacer una ACC, pues de esta forma legal podremos "gritar más fuerte ordenadamente" para hecernos oir donde queramos....muy bien, me apunto a esta ACC
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: supertarzan en Junio 07, 2008, 21:21:16 pm
hombre yo siempre he oido que la union hace la fuerza, y viendo como se esta poniendo el tema cuanto mas seamos mucho mejor asi que cuenten conmigo
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: maped en Junio 08, 2008, 00:34:45 am
.palmas IMPRESIONANTE .palmas  Ahora ando liadillo rejuveneciendo mi vieja  .vwt3 pero vamos, el menda se apunta como dios manda (si es posible claro) mis manos estan dispuestas para lo que haga falta ... Estas iniciativas son las que hacen falta para hacernos oir y no que nos tengan como bichos raros, seguro que esto  .riegaflor con fuerza
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MONZONCAN en Junio 08, 2008, 13:20:51 pm
Hola buenos dias a todos,Gofio ayer te mandé un privado no se si lo recivistes,el tema es que,me gustaria que contarán conmigo,para la asociación camper canaria.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 08, 2008, 13:29:31 pm
MONZONCAN hola me lo avía saltado  :-\ pero ya esta con el Nº8  ;)
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 08, 2008, 19:55:54 pm
La idea es fantastica, unidos es  mas bonito, para acernos oir y seguro k se consiguen mas cosas.

Adelante con la A.C.C y con sus delegaciones en todas las islas donde alla camper con sus furgones, jajajajajajaj,   ya pensando a lo grande.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 08, 2008, 21:51:53 pm
Joder chicos, he estado éste fin de semana aparcado en la orilla de la playa y veo que ya hay gente que está de acuerdo en crear éste grupo, asi que Gofio apuntame a mi también y ponme el número 99 ya que seguro que llegamos mínimo hasta los 100. Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 08, 2008, 22:32:04 pm
k bien esto va viento en popa

bueno veo k el nombre ya esta escogido, ACC.
me imagino k despues de hacer una lista de todos los interesados habria k registrar el club, junto con los estatutos, ¿por cierto han llegado a algun acuerdo con estos? lo k he leido no esta nada mal

me gusta lo de la tarjeta del club y descuentos jeejjeej, y en cuanto a las navieras si es verdad k se podria intentar negociar un precio por club asi como cuando hayan kddas si se promocionan estas junto con el nombre de la naviera, (publicidad barata) igual nos ofrezcan precios mas economicos, todo es andar en ello, yo podria hablar aki con alguien de transmediterranea, y armas, igual tengo algun contacto por ahi k me pueda echar un cabo

alguien tiene idea de como seguir guiandonos?
sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 08, 2008, 22:37:52 pm
Cita de: neidas en Junio 08, 2008, 22:32:04 pm
k bien esto va viento en popa

bueno veo k el nombre ya esta escogido, ACC.

Neidas, lo del nombre lo puse de forma orientativa por decir algo, yo digo que todo tendremos que concersuarlo entre los que nos apuntemos en la lista que ha iniciado Gofio.
De ésta forma creo que será lo ideal para que si alguien que no se haya apuntado no diga luego que no está de acuerdo. Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 08, 2008, 22:40:47 pm
 Pues neidas, la verdad es que todavía no tenemos ni voluntarios que la puedan llevar acabo.
Pero de momento ya somos DOCE  .palmas , la mayoría no esta informada todavía. Cuando seamos un grupo numeroso seguro que alguno se anima a coger la dirección de esta idea, podíamos sacar mucho provecho.
 
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: KOYI en Junio 08, 2008, 23:23:04 pm
K sean 13! Mapunto del tirón!

La unión hace la fuerza, al atakeerrr!!! .loco2
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 08, 2008, 23:59:46 pm
Para quien no haya leído esto, algunos se que si, os pongo este enlace es muy importante como se gestó.


http://www.selectoclubdelpalmar.com/foros/showthread.php?t=4


Por otro lado el modelo de estatutos es eso un modelo: Hay que llenarlo de contenido, con las singularidades concretas de la asociación: sus domicilio legal, su representación, sus fines, en fin llenar el articulado del modelo que he puesto con los objetivos que nos propongamos, todo ello conllevará una serie de pasos que ya hemos comenzado a dar: saber los asociados, redactar los estatutos, inscribirlos, celebrar la primera kedada interinsular que será la asamblea general, la primera, donde se aprueben los estatutos y se elija la directiva que los mismos prevean, en fin estamos empezando.

Estamos todavía en embrión, pero como han dicho por aquí en democracia la unión hace la fuerza y con constancia no dudo del éxito, todo depende de lo que nos propongamos.

Pero está claro que nuestra aflicción, forma de ver la vida, la forma de entenderla no puede cada vez más ser coartada, impedir la libertad de aparcar en la cercanía de una playa por intereses que en la mayoría de los casos son mercantilistas, especuladores y en otros casos demasiado proteccionista, paternalistas por parte de los gobernantes.

Suerte y salud a todos.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 09, 2008, 00:49:12 am
He modificado algo el mensaje del Modelo de Estatutos, ahí preciso algunas cosas mas, así como voy adaptándolos a la normativa vigente.

Como veréis lo importe es el Capitulo 1, los demás son comunes a todas las asociaciones el Capitulo 1 es el que define lo principal:

Os pego aquí lo importante para que vayáis concretando de lo que estamos hablando:


CAPÍTULO I. Denominación, fines, domicilio y ámbito territorial de acción.

Artículo 1.
Se constituye en .................., provincia de ................., la entidad denominada , Asociación Cultural y Recreativa: Asociación Camper Canaria " ..............." al amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución Española, lo establecido en  la   
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Ley 4/2003 de 28 de Febrero de Asociaciones de Canarias y demás disposiciones legales. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los siguientes estatutos.

Artículo 2.
La Asociación no tiene ánimo de lucro y sus fines serán los siguientes:

[Aqui enumeramos todos nuestros fines vayan aportando fines que perseguimos:
ejemplos que se pueden ir apuntando

   1. El turismo en permanente contacto con el medio ambiente y con la naturaleza
   defenderemos desde la Asociación la protección del mismo, mediante el uso responsable de nuestros vehículos, cumpliendo
   los principios de su respeto y defensa, con el objetivo añadido de concienciar a todo el colectivo autocaravanista..
   3. Fomento de nuevas formas de ocio.
   4. Fomento de la comunicación, intercambio de ideas y cooperación entre sus asociados.


[etc....... aquí seguiríamos enumerando los fines consensuados entre todos.

Para el cumplimiento de los fines establecidos, la Asociación organizará las siguientes actividades:

   1. Encuentros
   2. Actividades
   3. Desarrollo de una red de comunicación  a través de Internet.


aquí lo mismo enumeraremos las actividades que haríamos


Artículo 3.
El domicilio  .........................................

Artículo 4.
El ámbito de actuación será ( Me imagino que el ámbito territorial de las Islas Canarias)

Con este resumen intento modestamente aportar algo de concreción al tema y a la espera que se vaya difundiendo y aportando ideas por todos.

un cordial saludo.




un cordial saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 09, 2008, 11:51:34 am
La normativa que regula el derecho de asociación en canarias es esta:

Decreto 12/2007, de 05 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias.

os pongo el enlace, voy a ir desmusandola para ir precisando y voy a ir recopilando todo en un solo documento para ir avanzando.

http://www.gobiernodecanarias.org/libroazul/pdf/38068.pdf

Y esta la Ley que lo regula: Ley 4/2003 de 28 de Febrero de Asociaciones de Canarias (BOC 47 de 10.03.2003

saludos.


Os pongo el articulado mas importante sobre el que tendremos que dar todos los pasos y constituir en su dia la asociación, es un poco de tocho pero os lo pongo para facilitar la información de todos y vayamos viendo, concretando con la aportación de todos la redacción del Borrador de Estatutos.

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación
y el fomento de las asociaciones que son de competencia
de la Comunidad Autónoma de Canarias, según
el artículo 30.7 del Estatuto de Autonomía (1).
2. Se rigen también por esta Ley las asociaciones
cuyo objeto social no sea lucrativo y que al
propio tiempo no se encuentren sometidas a un régimen
legal específico.
3. No están incluidas en el ámbito de aplicación
de esta Ley:
a) Las entidades que se rijan por las disposiciones
relativas al contrato de sociedad, tales como
sociedades civiles, mercantiles, cooperativas y mutualidades
así como las uniones temporales de empresas
y las agrupaciones de interés económico,
así como, en general, todas aquellas cuyo fin consista
en la obtención de beneficios económicos para
su distribución entre los socios.
b) Los partidos políticos, sindicatos, asociaciones
empresariales, así como las uniones, coaliciones
o federaciones de éstos.
c) Las asociaciones religiosas, deportivas o las
uniones o federaciones de éstas.
d) Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas.
e) Las asociaciones de consumidores y usuarios
y las uniones, coaliciones o federaciones de éstas.
f) Los colegios u organizaciones profesionales,
o las uniones o federaciones de éstas.
g) Las comunidades de bienes y propietarios.
h) Cualquier otra regulada por legislación específica.
Artículo 2. Naturaleza.
1. Tiene la consideración de asociación la
unión estable, voluntaria, libre y solidaria, de tres
o más personas físicas o jurídicas para lograr, sin
ánimo de lucro, una finalidad común de interés
general, mutuo o sectorial, comprometiéndose para
ello a compartir sus conocimientos, actividades
o recursos económicos.
2. Se considera que una asociación carece de
ánimo de lucro, aunque desarrolle una actividad
económica, si el fruto de tal actividad se destina
exclusivamente al cumplimiento de las finalidades
comunes de interés general, mutuo o sectorial
establecidas en sus estatutos.
Artículo 3. Principios.
1. Todas las personas tienen derecho a asociarse
libremente para fines lícitos.
2. Las asociaciones se regirán en su estructura
interna y funcionamiento por los criterios de democracia,
pluralismo y respeto a la dignidad de las
personas.
3. Nadie puede ser obligado a constituir una
asociación, a pertenecer o a permanecer en ella o
declarar que forma parte de la misma. Además su
compromiso asociativo no puede dar lugar a trato
de favor o discriminación negativa por parte de
los poderes públicos o particulares.
4. Las asociaciones objeto de esta Ley que persigan
fines o utilicen medios tipificados como delito
son ilegales.
5. Se prohíben las asociaciones secretas y de
carácter paramilitar.
Artículo 4. Régimen jurídico.
1. Se rigen por la presente Ley y por sus disposiciones
de desarrollo la constitución de las asociaciones,
su inscripción registral, sus obligaciones
documentales y el régimen de sus relaciones
con las administraciones públicas de la Comunidad
A u t ó n o m a .
2. La organización interna y el funcionamiento
de las asociaciones se regirá, en el marco de las
determinaciones de esta Ley, por sus estatutos y
por los acuerdos válidamente adoptados por los
órganos de la asociación de conformidad con el
ordenamiento jurídico.
Artículo 5. Constitución de la asociación.
1. Pueden constituir asociaciones y ser miembros
de las mismas:
a) Los mayores de edad y los menores emancipados,
con capacidad de obrar suficiente.
b) Las personas jurídicas públicas y privadas
cuando lo contemplen los estatutos de la asociación.
c) Los menores de edad no comprendidos en el
apartado a) podrán promover por sí mismos asociaciones
infantiles, juveniles y de alumnos/as.
2. Los menores de edad no emancipados tendrán
los derechos que se reconocen en esta Ley a
los socios mayores de edad, salvo en los casos en
que por aplicación de la legislación civil se exija representación
legal.
3. El acuerdo asociativo ha de constar en acta
fundacional que deberá contener como mínimo:
a) La fecha y el lugar en que se ha adoptado el
acuerdo.
b) La identidad de los promotores, con expresión
de sus nombres y apellidos y mención de su
mayoría o no mayoría de edad, si fueren personas
3
LEY
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
físicas, o de su razón o denominación social, si
fueren personas jurídicas, y en ambos casos, de
sus respectivas nacionalidades y domicilios.
c) En el caso de personas jurídicas, al acta fundacional
se la deberá acompañar de una certificación
del acuerdo válidamente adoptado por su órgano
de representación competente, en el que aparezca
la voluntad de constituir o formar parte de la
asociación y la designación de la persona física
que la representará.
d) La declaración de voluntad de los socios
promotores de constituir la asociación y su denominación.
e) Los estatutos de la asociación.
f) La designación de quienes desempeñen inicialmente
el órgano de representación previsto estatutariamente.
Artículo 6. Estatutos.
1. Los estatutos constituyen el sistema de reglas
por el que se rige la organización interna y el funcionamiento
de la asociación, no pudiendo ser contrarios
al ordenamiento jurídico.
2. En los estatutos de la asociación se hará
constar:
a) La denominación.
b) El domicilio social.
c) El plazo de duración, si no se constituye por
tiempo indefinido.
d) El objeto o finalidad.
e) El ámbito territorial en el que desarrollará
sus actividades.
f) Los requisitos o presupuestos que han de
cumplir las personas naturales o jurídicas y el procedimiento
a seguir para adquirir la condición de
socios así como las causas y el procedimiento para
la pérdida de tal condición.
g) En su caso, las distintas clases de socios y las
particularidades de cada una de ellas.
h) Los derechos y las obligaciones de los socios.
i) El régimen disciplinario.
j) La participación de voluntarios, indicando
los mecanismos que garanticen sus derechos y deberes
en los términos de su legislación específica.
k) La estructura y competencias del órgano de
representación, las condiciones de nombramiento
y destitución de sus miembros y la duración de los
cargos.
l) La forma y requisitos para la convocatoria de
la asamblea general y del órgano de representación
y las reglas sobre deliberación y toma de decisiones.
m) El procedimiento de modificación de los
estatutos.
n) El régimen económico de administración,
contabilidad y documentación, así como la fecha de
cierre del ejercicio asociativo.
ñ) Patrimonio inicial y los recursos económicos
de los que se podrá hacer uso.
o) Las causas de disolución y la aplicación de
los bienes de la asociación en su liquidación.
p) Los criterios que garanticen el funcionamiento
democrático de la asociación.
3. Los estatutos de la asociación podrán ser
modificados cuando resulte conveniente a los intereses
de la misma por acuerdo de la asamblea
general en los supuestos y con el procedimiento
que se establezca en los mismos.
Artículo 7. Denominación.
1. La denominación de las asociaciones no podrá
incluir término o expresión que induzca a error
o confusión sobre su propia identidad o sobre la
clase o naturaleza de la misma, o no comprendida
en el ámbito de aplicación de la presente Ley o expresamente
excluida o no sujeta, no pudiendo en
especial, adoptar palabras, conceptos o símbolos,
acrónimos y similares propios de personas jurídicas
diferentes, sean o no de naturaleza asociativa.
2. No serán admisibles las denominaciones
que incluyan expresiones contrarias a las leyes o
que puedan suponer vulneración de los derechos
fundamentales de las personas o que incluyan la
denominación de alguna demarcación territorial
determinada con valor o alcance legales o usuales,
cuando imposibilite su utilización por otras
asociaciones que pudieran constituirse en la misma
demarcación.
3. Tampoco podrá coincidir o asemejarse de
manera que pueda crear confusión, con ninguna
otra denominación previamente inscrita en el
Registro de Asociaciones de Canarias, ni con cualquier
otra persona jurídica, pública o privada, ni
con entidades preexistentes, sean o no de nacionalidad
española, ni con personas físicas, salvo
con el consentimiento expreso del interesado o de
sus sucesores, ni con una marca registrada notoria,
salvo que se solicite por el titular de la misma o
con su consentimiento.
Artículo 8. Domicilio social.
1. Las asociaciones que se constituyan con
arreglo a la presente Ley, tendrán su domicilio en
Canarias, en el lugar que establezcan sus Estatutos
que constará como tal en el Registro de Asociaciones
de Canarias, pudiendo ser o bien el de la sede
de su órgano de representación o bien aquel donde
desarrolle principalmente sus actividades.
2. Deben tener domicilio en Canarias, las asociaciones
que desarrollen actividades principalmente
dentro de su territorio, y ello sin perjuicio de
L4/
las delegaciones, oficinas o sucursales que puedan
establecer en otros lugares.
Artículo 9. Duración.
Salvo disposición en contrario de los estatutos,
las asociaciones se presumen constituidas por
tiempo indefinido.
Artículo 10. Unión de asociaciones.
1. Para la consecución de sus fines, las asociaciones
pueden unirse en federaciones y éstas
en confederaciones.
2. La constitución de federaciones y confederaciones
se realizará en la forma prevista para las asociaciones
y con los principios que rigen éstas, salvo
en lo que se refiere al número mínimo para constituirse
que será de dos asociaciones o federaciones.
3. La unión de asociaciones y federaciones en
federaciones o confederaciones, así como su separación,
requerirá el acuerdo de las respectivas
asambleas generales.
4. Para la gestión, defensa o coordinación de
asuntos de interés común, las asociaciones, federaciones
y confederaciones podrán crear organizaciones
específicas por acuerdo de sus respectivas
asambleas generales.
5. Las federaciones de asociaciones sujetas a la
presente Ley y sus confederaciones, y las organizaciones
contempladas en el apartado anterior deberán
inscribirse en el Registro de Asociaciones
de Canarias a los efectos que la Ley otorga a las entidades
registradas.
6. El régimen de las asociaciones se aplica a las
uniones de asociaciones contempladas en este artículo
sin perjuicio de las excepciones expresamente
establecidas en esta Ley.
Artículo 11. Responsabilidad frente a terceros.
1. Por las asociaciones o uniones de asociaciones
no inscritas responden éstas frente a terceros
y con carácter subsidiario responden personal
y solidariamente los que actúen en su nombre.
2. Una vez inscrita, la asociación responde de
la gestión realizada por los promotores, si la aprueba
la asamblea general en los tres meses siguientes
a la inscripción. En cualquier caso, los asociados no
responden personalmente de las deudas de la
Asociación.
CAPÍTULO II
Asociados
Artículo 12. Registro de asociados.
Cada asociación deberá llevar un registro de
asociados debidamente actualizado.
Artículo 13. Derechos de los asociados.
Los asociados tienen derecho a:
a) Asistir, participar y votar en las asambleas
generales.
b) Formar parte de los órganos de la Asociación,
de acuerdo con la presente Ley y con los estatutos
de la asociación.
c) Ser informados del desarrollo de las actividades
de la asociación, de su situación patrimonial
y de la identidad de los asociados.
d) Participar en los actos de la asociación en los
términos previstos en los estatutos.
e) Conocer los estatutos y los reglamentos y
normas de funcionamiento aprobados por los órganos
de la asociación.
f) Consultar los libros de la asociación en la
forma establecida por los estatutos.
g) Transmitir la condición de asociado, por
causa de muerte o a título gratuito, cuando así lo
permitan los estatutos.
h) Separarse libremente de la asociación.
i) Ser oído con carácter previo a la adopción de
medidas disciplinarias contra él y a ser informado
de los hechos que den lugar a tales medidas,
debiendo ser motivado, en su caso, el acuerdo que
imponga la sanción.
j) Impugnar los acuerdos de los órganos de la
asociación, que estime contrarios a la Ley o a los
Estatutos.
Artículo 14. El derecho de voto.
1. Todo asociado dispone de un voto en la
asamblea general.
2. Los estatutos pueden establecer sistemas de
voto ponderado con criterios objetivos y sin que
puedan suponer la acumulación en un asociado de
más del 25 por 100 de los votos de la asamblea
general.
3. La representación de los asociados y el voto
por correo o por medios electrónicos, informáticos
y telemáticos se ejercerán de acuerdo con los
estatutos.
4. Los asociados deberán abstenerse de votar
los asuntos en que se hallen en conflicto de intereses
con la asociación.
5. Los estatutos de las federaciones y confederaciones
podrán adaptar el sistema de voto ponderado
a su especial configuración.
Artículo 15. Deberes de los asociados.
Son deberes de los asociados:
a) Participar en la consecución de los fines de
la asociación.
b) Contribuir al sostenimiento de los gastos de
5
LEY DE ASOCIACIONES DE CANARIAS L4/2003
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
la asociación conforme se determine en los estatutos.
c) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente
adoptados por los órganos de la asociación.
d) Los demás previstos en las disposiciones
estatutarias.
Artículo 16. Infracciones.
1. Sólo constituyen infracciones disciplinarias
las determinadas en los estatutos, fundadas en el incumplimiento
de los deberes de los asociados.
2. Es de aplicación al régimen disciplinario de
las asociaciones el principio constitucional de
irretroactividad de las disposiciones sancionadoras
no favorables o restrictivas de derechos individuales.
3. Los estatutos contemplarán los plazos de
prescripción de las infracciones sin que excedan
de tres años.
Artículo 17. Sanciones.
1. Las sanciones disciplinarias estarán determinadas
en los estatutos.
2. En la imposición de sanciones se deberá
guardar la debida proporcionalidad con la gravedad
de la infracción.
3. Las decisiones sancionadoras serán motivadas.
4. Los estatutos contemplarán los plazos de
prescripción de las sanciones sin que excedan de
tres años.
Artículo 18. Procedimiento disciplinario.
No se podrán imponer sanciones sin la tramitación
del procedimiento disciplinario previsto en
los estatutos, instruido por órgano diferente al competente
para resolverlo y que garantice los derechos
de los imputados a ser informados de la acusación
y a formular alegaciones frente a la misma.
CAPÍTULO III
Organización
Artículo 19. Órganos.
1. La organización de la asociación contendrá,
al menos, los siguientes órganos:
a) La asamblea general de asociados, que es
el máximo órgano de gobierno de la asociación.
b) El órgano de representación, que gestiona y
representa los intereses de la asociación.
2. En los estatutos, y de acuerdo con éstos, los
reglamentos internos, se podrán establecer otros
órganos complementarios o auxiliares de los anteriores.
Sección 1ª
Asamblea general
Artículo 20. Competencias.
1. Sin perjuicio de las que figuren en los estatutos,
la asamblea general tiene las siguientes competencias:
a) Modificar los estatutos.
b) Elegir y separar a los miembros del órgano
de representación.
c) Controlar la actividad del órgano de representación
y aprobar su gestión.
d) Aprobar el presupuesto anual y la liquidación
anual de cuentas.
e) Acordar la disolución de la asociación.
f) Acordar la unión en federaciones o confederaciones
así como la separación de las mismas.
g) Aprobar el reglamento de régimen interno.
h) Ratificar las altas acordadas por el órgano de
representación y acordar con carácter definitivo
las bajas de los asociados.
i) Solicitar la declaración de utilidad pública o
interés público.
j) Cualquier otra cuestión que no esté directamente
atribuida a ningún otro órgano de la asociación.
2. La asamblea general deberá reunirse al menos
una vez al año.
Artículo 21. Convocatoria.
1. La convocatoria de la asamblea general se
efectuará por iniciativa del órgano de representación
o a solicitud de los asociados de acuerdo con
los estatutos, sin perjuicio de la especialidad de
los supuestos de disolución.
2. En el supuesto de que la convocatoria se
efectúe a iniciativa de los asociados, la reunión
deberá celebrarse en el plazo de treinta días naturales
desde la presentación de la solicitud.
3. Las convocatorias, con precisión de la fecha,
hora, lugar y orden del día de la reunión, deberán
efectuarse con antelación suficiente en forma
que se garantice su conocimiento por los asociados
conforme a los estatutos. Desde el momento
en que se comunique la convocatoria a los asociados
deberá ponerse a disposición de los mismos
copia de la documentación necesaria en la forma
que prevengan los estatutos o, en su defecto, en el
domicilio social.
4. La Asamblea General quedará constituida
válidamente cuando en su primera convocatoria
estén, presentes o representados, al menos un tercio
de sus asociados. En segunda convocatoria
quedará válidamente constituida, sea cual fuere el
L4/2003
6
número de los asociados, presentes o representados,
que concurran.
5. El orden del día se fijará por el órgano de representación
o por los asociados que hayan solicitado
su convocatoria.
6. La presidencia y la secretaría de la asamblea
general, serán determinadas al inicio de la
reunión, según lo que determinen los Estatutos.
Artículo 22. Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos serán adoptados por mayoría
de votos.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior,
los estatutos podrán exigir mayorías cualificadas
para determinadas cuestiones.
3. De las reuniones y acuerdos de la asamblea
general se extenderá acta en la que deben constar
los asistentes, los asuntos tratados, tanto los incluidos
en el orden del día como los que no lo estuvieran,
las circunstancias de lugar y tiempo, las
principales deliberaciones y los acuerdos adoptados.
4. Cualquier miembro tendrá derecho a solicitar
la incorporación de su intervención o propuesta
en el acta en la forma prevista en los estatutos.
Artículo 23. Impugnación de acuerdos.
1. Los acuerdos de la asamblea general son
impugnables en la forma prevista en las leyes.
2. A solicitud de los interesados, las impugnaciones
que tengan por objeto actos inscribibles en
el Registro de Asociaciones serán anotadas en éste,
así como su resolución definitiva y la adopción
de medidas cautelares acordadas por órgano judicial
o autoridad competente cuando afecten a la
eficacia de los acuerdos adoptados.
3. Las controversias derivadas de los acuerdos
adoptados pueden someterse a arbitraje en los
términos de la legislación vigente, si no hay disposición
en contra en los estatutos.
Sección 2ª
Órgano de representación
Artículo 24. Competencias y estructura.
1. El órgano de representación gestiona los intereses
de la asociación y la representa.
2. Los estatutos pueden determinar aquellos
supuestos en que el órgano de representación requiera
autorización expresa de la asamblea general.
3. Los estatutos establecerán la estructura del
órgano de representación así como la representatividad
y facultades que pueda ostentar cada integrante
del mismo.
4. Las reuniones del órgano de representación
cuando sea colegiado se celebrarán a iniciativa de
quien estatutariamente ostente la facultad de convocatoria
o de la mayoría de sus miembros.
5. Si así lo admiten los estatutos, las personas
jurídicas podrán formar parte del órgano de representación
por medio de representante especialmente
facultado al efecto por el órgano que resulte
competente según sus estatutos sociales.
Artículo 25. Delegaciones.
1. Si los estatutos no lo prohibieran el órgano
de representación podrá delegar sus facultades en
los siguientes términos:
a) Si es un órgano unipersonal, en cualquier
asociado.
b) Si es un órgano colegiado, en cualquiera de
sus miembros o en cualquiera de los asociados, en
este último caso cuando se trate de cometidos específicos
por razón de la materia o del tiempo.
2. Las delegaciones deberán ser autorizadas
por la asamblea general en los supuestos en que
el órgano de representación precise de tal autorización
para actuar.
3. Las delegaciones y su revocación deberán
inscribirse en el Registro de Asociaciones a efectos
de general conocimiento.
4. Los asociados que no formen parte del órgano
de representación estarán sujetos en el ejercicio
de facultades delegadas de éste al régimen
de derechos y responsabilidades previsto para sus
miembros.
Artículo 26. Nombramiento y separación de
sus miembros.
1. Los estatutos fijarán los requisitos de los
asociados para poder ser miembros del órgano
de representación, así como la duración del mandato,
que no podrá ser superior a cuatro años, la
posibilidad de reelección y el procedimiento a
s e g u i r .
2. Los miembros del órgano de representación
comenzarán a ejercer sus funciones una vez aceptado
el mandato para el que hayan sido designados
por la asamblea general.
3. La separación de funciones de los miembros
del órgano de representación podrá ser acordada
por la asamblea general de acuerdo con los estatutos.
4. Los nombramientos y ceses deben inscribirse
en el Registro de Asociaciones para general
conocimiento.

LEY DE ASOCIACIONES DE CANARIAS L4/2003


Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 09, 2008, 12:20:19 pm
rebeldeeeee tienes tiempo, jooo como te lo estas currando, gracias casi solo hay k tragar pk todo esta masticadito

bueno propongo a partir de lo k ha puesto rebelde ir haciendo un listado con los posibles nombres, ubicacion (hay dos provincias .meparto espero k no hayan pikes .meparto)a mi me da igual una u otra.tambien hacer listado de fines y actividades del club, para ir asi tomando nota de lo que queremos


abro una lista ok
ir aportando ideas
sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 09, 2008, 12:25:37 pm
mandarme un privado con nuevas ideas y las ire añadiendo a las listas


NOMBRE DEL CLUB

   1.ACC (Asociacion Camper Canaria) ``EL GOFIO´´
   2.ACC `` MI NIÑO´´
   3.ACC `` ISLAS AFORTUNADAS´´
   4.ACC `` 7 ISLAS´´
   5.ACC `` SAN BORONDON LA 8º ISLA´´
   6.ACC `` LOS GUANCHES ´´
   7.ACC `` LOS CHINIJOS´´

OBJETIVOS FUNDAMENTALES

   1.

FINES QUE PERSEGUIMOS

   1. El turismo en permanente contacto con la naturaleza
   2. La defensa del medio ambiente como hábitat imprescindible para el ocio y el tiempo libre.
   3. Fomento de nuevas formas de ocio.
   4. Fomento de la comunicación, intercambio de ideas y cooperación entre sus asociados.


ACTIVIDADES A REALIZAR
 
   1. Encuentros
   2. Actividades
   3. Desarrollo de una red de comunicación  a través de Internet.
   4. Asistencia a distintas exposiciones o salones relacionados con el mundo camper

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 09, 2008, 14:25:00 pm
Bueno os he soltado dos o tres enormes tochos, pero ya vamos aclarando la cosa para empezar a trabajar, lo importante es tenemos la normativa que lo regula:

Ley de Asociaciones de Canarias y Reglamento de Asociaciones de Canarias,


Ley de Asociaciones de Canarias, Ley 4/2003 de 28 de Febrero y Decreto 12/2007 de 5 de Febrero por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones.


Con esto ya se puede comenzar a trabajar en la elaboración de un borrador de Estatutos. Cuando tengamos un borrador consensuado podemos editarlo para hacer las correcciones que creais oportunas e ir avanzando.

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 09, 2008, 14:42:10 pm
Os pongo este enlace por las magnificas ideas que tiene como futuros objetivos de nuestra asociación y su compromiso con el medio ambiente:

Enmarcados en la "Carta de Compromisos" del Autocaravanista, la Asociación Andaluza de Autocaravanistas ASANDAC organizó en enero del 2008 unas Jornadas de Formación Medioambiental, en Ronda, a la que asistieron más de mil trescientos andaluces y andaluzas usuarios de este tipo de turismo.

Igualmente, y enmarcados dentro de los compromisos cívico-viales, la Asociación organizó en Almería, durante el mes de abril, las Jornadas de Formación Vial que incluían un curso de conducción eco-eficiente impartido por expertos monitores.

La "Carta de Compromisos de Torrox" incluye 30 apartados en los que el turista con Autocaravana incide en su entorno medioambiental, cívico-vial y social, y está representado por un trébol de tres hojas, cada una de las cuales representa uno de los grupos de compromiso.

La Asociación ya está preparando las actividades que realizarán enmarcadas en los compromisos cívico-sociales, la hoja azul de su "Carta de Compromisos" .

más info: http://www.asandac.org/index.php?option=com_content&task=section&id=18&Itemid=130


Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 09, 2008, 15:28:55 pm
estan muy bien esos compromisos, podriamos ir tomando nota de algunos y debatirlos

sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 09, 2008, 15:48:14 pm
 Ami me perdonáis pero tengo que coger aire .loco2. es que lo he leído casi todo.
Bueno, se me amontona el pensar, pero yo casi diría que poco mas necesitamos.
El nombre lo veo muy bien, es algo significativo para todos los canarios "EL GOFIO" ¿porque supongo que sera por ese motivo? y no por ser el primero en proponer esta idea  .meparto es broma.
Un motivo por lo que yo creo que se debe de llevar a cabo, lo diré con una frase "Canaria es de todos" todos queremos disfrutarla, todos queremos cuidarla y sobretodo, intención de crear algo que una este archipiélago. "CUATRO+TRES=UNA"

Rebelde si crees que hay que conseguir algo por Tenerife soy todo oídos. GRACIAS....

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 09, 2008, 16:48:12 pm
Cita de: GOFIO en Junio 09, 2008, 15:48:14 pm
Ami me perdonáis pero tengo que coger aire .loco2. es que lo he leído casi todo.
Bueno, se me amontona el pensar, pero yo casi diría que poco mas necesitamos.
El nombre lo veo muy bien, es algo significativo para todos los canarios "EL GOFIO" ¿porque supongo que sera por ese motivo? y no por ser el primero en proponer esta idea  .meparto es broma.
Un motivo por lo que yo creo que se debe de llevar a cabo, lo diré con una frase "Canaria es de todos" todos queremos disfrutarla, todos queremos cuidarla y sobretodo, intención de crear algo que una este archipiélago. "CUATRO+TRES=UNA"

Rebelde si crees que hay que conseguir algo por Tenerife soy todo oídos. GRACIAS....



El trabajo, el embrión de la futura Asociación ya está en marcha. El documento de trabajo, la normativa y el borrador sin comenzar de Estatutos ya tenemos, (encuadernado).



Con esto tenemos los mimbres para empezar:

Los asociados.
El llenar de contenido el borrador de estatutos.
su aportación, discusión y consenso, nos llevará a la elaboración de unos Estatutos de todos que estoy seguro nos van a entusiasmar.

Así que aquí estamos ya preparados.

El nombre era orientativo, lo que quería decir que ademas de Asociación Camper Canaria deberíamos darle un nombre propio que nos identifique y nos singularice: GOFIO era un ejemplo, habrá que ver de los propuestos, de todos los propuestos aquel que el Registro de inscripción nos admita , porque no esté registrado, en fin estamos iniciando el camino y nos queda mucho que rodar, pero como nuestras furgonas llegaremos a la kedada, despacio pero llegaremos.




*imagen borrada por el servidor remoto
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 09, 2008, 23:04:07 pm
 REBELDEEEEEEEE a que esperas para decir ¡ AQUÍ ESTOY YOOOO! tío creo que eres el candidato que estamos buscando. Es mas, estoy dispuesto a que te apoyes en mi para cualquier cosa que no te agrade echándome la culpa  ;D
Venga empecemos a trabajar sobre firme  ;)

Un saludo mi niño.                  Tampoco estaría mal ACC  "MI NIÑO"  .meparto
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 09, 2008, 23:12:13 pm
Bueno ofresco mi ayuda, todo lo k aga falta desde Las Palmas aki me teneis, de momento trabajo al lado del edificio de usos multiples. Y creo  k es donde se llev todo el tema de asociaciones.


Adelante A.C.C  "Islas afortunadas"
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 09, 2008, 23:17:18 pm
  .joder surman ¡PORQUE NO TE CALLAS COÑO! lo de GOFIO esta .meparto del diez

Te apreciamos campeón y casi os queremos :-*  ;D
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 09, 2008, 23:23:04 pm
Pues nada x el nombre no vamos a pelear, jajajajajajajaja  .nono

A  mi me da igual solo creo k es un bonito proyecto k ai k llevar a buen puerto, y cualkier ayuda es poca.

Adelante A.C.C ".........."
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cukiyo25 en Junio 09, 2008, 23:29:01 pm
asociacion camper canaria ños  .meparto ahora en serio,pero solo un poco,A.C.C. 7 Islas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 10, 2008, 17:15:43 pm
REBELDE chico, tu si k sabes de esto, ya tienes hasta la ley encuadernada, si necesitas ayuda dimelo vale

bueno ya he tomado nota de los posibles nombres, sera cuestion de realizar luego una votacion con las posibles opciones

sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 11, 2008, 12:02:29 pm
He visto en el foro que hay otros grupos geograficos que estan trabajando en montar una asociacion os pongo lo que he leido hasta ahora de la AFC.CAT,

A ver Pollo & Co, esto es lo que hay que hacer:

Requisitos para la constitución de una plataforma de afectados 
     
Las asociaciones son las agrupaciones de personas que voluntariamente se relacionan para realizar una actividad colectiva estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, al menos formalmente, del Estado, los partidos políticos y las empresas y están regidas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo de 2002, reguladora del Derecho de Asociación, sus estatutos y reglamentos internos.

    * Una asociación se puede constituir por tres o más personas (personas físicas o jurídicas. Por ejemplo en el caso de una federación sus socios son las asociaciones federadas).
    * Las asociaciones son entidades sin ánimo de lucro. Pueden realizar actividades económicas, siempre que sus beneficios se destinen exclusivamente al cumplimiento de sus fines.
    * Adquieren personalidad jurídica propia en el momento de inscribirse en un registro público (pero su inscripción no es obligatoria).
    * Su funcionamiento debe ser democrático.

Los Estatutos han de contener necesariamente:

    * Denominación (debe ser diferente de otras asociaciones).
    * Domicilio. Fines y actividades. Ámbito territorial de actuación principal.
    * El órgano supremo de la asociación es la Asamblea General.
    * Los acuerdos se adoptan por mayoría.
    * La asamblea debe reunirse al menos una vez al año para la aprobación de cuentas, presupuestos y programa de actividades.
    * Existe un órgano ejecutivo de la asociación (Junta Directiva o con otras denominaciones). En este órgano figurarán, al menos, Presidente, Secretario y Tesorero.
    * Asociados: formas de admisión y baja. Derechos y obligaciones.
    * La modificación de Estatutos y la disolución de la Asociación deben hacerse por Asamblea General extraordinaria. Procedimiento.

Acta fundacional de la Asociación

Debe contener los siguientes apartados:
Encabezamiento

    * Lugar, fecha y hora de reunión.
    * Nombre y apellidos de los promotores de las personas físicas promotoras y denominación o razón social, si son personas jurídicas, y, en ambos casos, indicar su nacionalidad y domicilio.
    * Posibilidad de introducir alusiones sobre: las reuniones previas de preparación de los acuerdos de constitución, los motivos de la reunión.

Desarrollo

Se detallan los temas a tratar, las deliberaciones de los asistentes y los acuerdos consensuados por unanimidad que se basan en:

    * La voluntad de los promotores de constituir una asociación y la denominación de ésta
    * Aprobación de los estatutos
    * Elección de la Junta Provisional facultando a sus miembros como representantes de laasociación ante la Administración.

Final

Se menciona el levantamiento de la sesión haciendo constar la hora de terminación y la firma de todos los asistentes.

El Acta fundacional deberá estar firmada por los socios promotores (las personas físicas y los representantes de las personas jurídicas).

En el caso de que existan socios que sean personas jurídicas, será preciso acompañar al acta con las certificaciones de los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos competentes, en el que aparezca la voluntad de constituir la asociación y formar parte de ella y la designación de la persona física que la representará. Con las personas físicas es necesario acompañar documentación que acredite su identidad (DNI).
Inscripción de la constitución

Documentos a presentar en el registro:

Instancia: Solicitud de inscripción (original y 1 copia).

Acta fundacional.

Estatutos: Deberán regular todos los extremos del artículo 7º de la Ley Orgánica del Derecho
de Asociación.

Composición de la Junta Directiva provisional de la entidad (nombre, apellidos, domicilio, DNI y cargo que ocupen sus miembros).

Fotocopia del DNI del Presidente y el Secretario Pago de tasas correspondientes
Derechos de los ciudadanos en su relación con la Administración

(Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, artículo 35.)

    * Ser informados, orientados y tratados respetuosamente.
    * Conocer la identidad de los responsables de los trámites.
    * Acceder a los registros y archivos administrativos.
    * Obtener copia sellada de los documentos originales que presente, y a su devolución, siempre que no deban figurar en el expediente.
    * Conocer el estado de tramitación de los expedientes en que se tenga condición de interesado y obtener copias de sus documentos.
    * No presentar documentos que no se exijan en las normas o ya estén en poder de la Administración.
    * Obtener una respuesta expresa por parte de la Administración.






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Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 11, 2008, 12:14:15 pm
Con respecto al nombre ACC "7 Islas". Está muy bien.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Junio 11, 2008, 20:07:27 pm
HEYYY CHICOS CUENTEN CONMIGO COMO ASOCIADO, UNOMAS, TOY DE ACUERDO CON LO DE  ACC "GOFIO", ME PARECE   MUY CANARIO.
SALUDOS.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 11, 2008, 23:48:43 pm
k les parece si abrimos un nuevo post con encuesta sobre le nombre? alguna idea mas sobre el nombre para incluirla?

rebelde, podriamos seguir esos mismos pasos, modificando algo
sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 12, 2008, 09:39:17 am
Cita de: surman en Junio 09, 2008, 23:12:13 pm
Bueno ofresco mi ayuda, todo lo k aga falta desde Las Palmas aki me teneis, de momento trabajo al lado del edificio de usos multiples. Y creo  k es donde se llev todo el tema de asociaciones.


Adelante A.C.C  "Islas afortunadas"


Efectivamente todo lo relacionado con las Asociaciones en Canarias se tramita en:

Negociado de Asociaciones
Telefonos 928306670
Isidoro Gomez
928306753
Ana Bautista
calle Profesor Agustin Millares Carló nr. 23
Edificio de Usos Multiples segunda planta
Las Palmas
correo electronico
abaubet@gobiernodecanarias.org


Deciros solo que ya tengo toda la documentación que habrá que presentar en su dia y todos los pasos a seguir.

Un abrazo a todos.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 12, 2008, 09:54:00 am
Informacion para la inscripción de Asociaciones:

Instancia dirigida al Director General de Administracion Territorial y Gobernacion del Gobierno de Canarias, solicitando la inscripción de la Asociacion en el Registro. Se firmara por algún miembro del organo de representacion inicial.

Acta fundacional. (Reflejar acuerdos adoptados en los siguientes sentidos: Lugar, fecha y hora.
Aprobar la constución de la asociacion expresando su denominacion. ASOCIACION CAMPER CANARIA "   ?    ".
Designar los integrantes de los organos provisionales de gobierno.

La fecha de esta reunion fundacional y del acta deberá hallarse dentro del plazo de "20 dias habiles, anteriores al del dia de la presentación en el Registro de Asociaciones.

Se presentaran dos ejemplares ambos con firmas originales de todos los asociados promotores o fundadores de la entidad.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 12, 2008, 15:39:50 pm
Este chico, vamos rrebelde lo tienes todo echo. creo k nos keda acer una kdd para  reunirnos y ablar del tema. Ai k ir cerrando cosas. para concretar.

Ademas lo dicho yo trabajo al lado de usos multiples aki en las palmas, lo k se necesite solo pedirlo
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 12, 2008, 20:23:06 pm
 Me gustaría colaborar mas pero es que me muevo en terrenos desconocidos. :-\ :-\
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 12, 2008, 21:11:56 pm
                                            

Yo en todos estos temas "burrocraticos" estoy que me  .meahogo .
Rebelde estás hecho un crack  .ereselmejor .ereselmejor
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 12, 2008, 21:15:28 pm
Otro nombre que tambien podría ir bien es, por ejemplo Asociación Camper Canaria 7 Islas. .vwt1 .vw_t1-2
Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: maped en Junio 12, 2008, 23:29:10 pm
Que barbaridad para legalizarse un grupo de amigos unidos por la misma afición.  ???
A mi tambien gusta el A.C.C. 7 Islas.  .vwt3

Saludos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: delagheto en Junio 12, 2008, 23:37:15 pm
Hola
Yo voy a proponer SANBORONDÓN
Me parece q tiene q ser una palabra canaria y esta suena muy bien.
Como la mitica 8 isla q aparece y desaparece, en un sitio u otro. Como nuestras furgos ;D

Saludos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 13, 2008, 00:08:15 am
Cita de: delagheto en Junio 12, 2008, 23:37:15 pm

Me parece q tiene q ser una palabra canaria



Tambien podría ser Asociacion Camper Canaria "Guanche". Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 13, 2008, 12:45:18 pm
Todos los nombres que se proponen a mi me gustan: "GOFIO", "SAN BORONDON la 8ª ISLA", "SIETE ISLAS",  "GUANCHE", bueno eso una vez tomemos la decision de formar la Asociacion será un problema menor. Todo lo que vamos a necesitar para formar la Asociación ya lo tenemos recopilado, un numero de personas dispuestas a formarla: ya tenemos en el Foro unas personas dispuestas.

Lo planteado de organizar una kedada y además de conocernos, pasarlo bien y hablar del tema y traernos decisiones tomadas por todos y luego transmitirlas en el Foro a los demás, creo que es la mejor idea.

Así que estamos a la espera de lo que decidais, por mi parte estoy dispuesto a ir a la Kedada sea donde sea, sobre todo porque quiero tener contacto y conoceros que me pareceis una gente genial.

Me parece que hay gente significativa de Gran Canaria: Koyi, Gitanito, etc..... que no se han pronunciado y por lo tanto una Kedada sería lo ideal para que valoremos todo e incluso la necesidad de seguir para adelante.

Lo dicho aqui estamos.

Un abrazo. Salud.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 13, 2008, 13:27:13 pm
Rebelde k currada te has metido, jooo lo tienes ya todo, k bien,

bueno en cuanto a una kdd, ufff yo los meses de julio y agosto prohibidos, esto de currar pa el turismo es lo k tiene, bueno me imagino k estaran pensando en gran canaria o tenerife, alguien me comento k en septiembre kerian hacer la kdd de gran canaria,¿ podriamos aprovecharla? o igual lo suyo seria kedar antes
bueno ya diran
sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 13, 2008, 15:29:46 pm
Ps si Gran Canaria en Septiembre estaría bien.  En Tenerife también me pilla mas cerca y la conozco menos, tengo ganas de ir algún sitio de Tenerife. Yo me voy al menos eso tengo pensado en Octubre a la península así que lo que digáis.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Junio 13, 2008, 18:13:57 pm
OK, LO DE LA KDD EN SEPTIEMBRE, MAS BIEN PARA FINALES, ASÍ PODRA ACUDIR MAS PEÑA, YA QUE JULIO, AGOSTO Y PARTE DE SEPTIEMBRE PILLAMOS A MUCHA PEÑA D VACACIONES. Y LO IMPORTANTE PARA ESTE CASO ES QUE ACUDAMOS LOS MAS POSIBLES. ;D ;D
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 13, 2008, 20:04:11 pm
Se tenia pensado organizar la II kdd Gran Canaria en septiembre, k mejor oportunidad para ir cerrando cositas.

Lo unico es pensarlo y poner unas fechas.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cukiyo25 en Junio 13, 2008, 21:10:19 pm
eso eso,podemos abrir hilos para ir debatiendo nombres y demas cosas y luego en la kdd concretar asuntos.rebelde peazo de currada ke te estas metiendo tio,te lo agradeceremos con creces.cualkier cosa ke se necesite,solo tienes ke pedirlo.saludos.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 13, 2008, 21:26:48 pm
Cita de: neidas en Junio 13, 2008, 13:27:13 pm
Rebelde k currada te has metido, jooo lo tienes ya todo, k bien,

bueno en cuanto a una kdd, ufff yo los meses de julio y agosto prohibidos, esto de currar pa el turismo es lo k tiene, bueno me imagino k estaran pensando en gran canaria o tenerife, alguien me comento k en septiembre kerian hacer la kdd de gran canaria,¿ podriamos aprovecharla? o igual lo suyo seria kedar antes
bueno ya diran
sldos


En realidad he hecho poco, no ha sido nada, al saber que había un deseo de organizar algo, busqué al principio un poco menos orientado, después con mas datos, todo lo relacionado a la Inscripción de una asociación para poder colaborar, echaros una mano , es lo único que he hecho, recopilar todo lo relacionado a documentación y contactos oficiales para la inscripción.

Ahora queda seguir adelante, Kedar en Septiembre o cuando sea, hablar de todo y tomar la decisión.

Como os decía en el mes de octubre me gustaría embarcar hacia Portimao, si armas sigue manteniendo la linea y recorrer Portugal, Galicia, Asturias, El Bierzo, La Ruta de la Plata y de nuevo Portimao-Santa Cruz de Tenerife-La Palma.

Tanto antes como después del mes de Octubre sigo por aquí colaborando como vosotros en todo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 13, 2008, 21:29:58 pm
Cita de: cukiyo25 en Junio 13, 2008, 21:10:19 pm
eso eso,podemos abrir hilos para ir debatiendo nombres y demas cosas y luego en la kdd concretar asuntos.rebelde peazo de currada ke te estas metiendo tio,te lo agradeceremos con creces.cualkier cosa ke se necesite,solo tienes ke pedirlo.saludos.


Te repito no ha sido tanto, el deseo de colaborar, he  llegado al Foro no hace mucho, viendo el tiempo que lleváis formando grupo, no podía hacer menos, viendo se pedía colaboración sobre todo en los tramites a llevar adelante.

Lo mismo te digo aquí me tienes para lo que necesites.
saludos.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octavio-hdez en Junio 13, 2008, 23:29:10 pm
q tal señores la verdad q la idea es buenisima por q teniendo un club te escuchan mas y como dice gofio podemos hacer en alguna plaza de cualquier municipio reuniones de puertas abiertas y a continuacion una ruta por la isla visitando pueblos donde esten esperando nuestra llegada,creo q es buena la idea o sea q gofio cuenta conmigo ok
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octavio-hdez en Junio 13, 2008, 23:42:08 pm
bueno en cuanto al nombre de la asociacion me quedaria simplemente" Asociacion camper canaria"a si a secas.me gusta como suena.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 14, 2008, 20:43:14 pm
Cita de: octavio-hdez en Junio 13, 2008, 23:42:08 pm
bueno en cuanto al nombre de la asociacion me quedaria simplemente" Asociacion camper canaria"a si a secas.me gusta como suena.


Creo k este nombre, ACC es bastantes explicito y significativo para la futura asociacion.

Y lo dicho  lo k aga  falta desde gran canaria, aki me teneis. Y me conformo con ser el presidente, jAJAJAJAJAJAJAJAJAJ
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: ergal en Junio 14, 2008, 21:45:11 pm
buenas desde el norte de gran canaria
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: tortuga en Junio 14, 2008, 22:03:43 pm
hola a todos yo tambien me apunto a la acc no me quedo fuera por nada del mundo  .palmas .palmas .palmas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Junio 14, 2008, 23:53:43 pm
buenas noches

he pensado en otro nombre ``los atlantes´´ a ver k les parece, lo añadire a la lista
a finales de septiembre creo k seria mejor, asi hay mas gente, la verdad a mi me vendria mejor para la segunda quincena de septiembre, en la primera como dicen por ahi la gente anda de vacas y como curro pal turismo pues liados k andaremos por esas fechas

jooo mi hermano acaba de llegar a gran canaria con su fula,  .meparto estaba en fuerte y le dio un arrebato y se pillo el barco .palmas el si k sabe. A ver si me pilla el lunes unas cosillas en caravaning canarias jejejej hay k aprovecharlo

sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: hiace en Junio 15, 2008, 01:02:43 am
q tal amigos soy nuevo por estos lares y estaba esperando oir algo como esto. Una asosiacion canaria de campers,q bien suena. Espero q esta idea llegue a buen puerto  y para ello ofrezco mi apoyo en lo q haga falta. Me encanta todo este mundo y de verdad nos hace falta algo como esto en las islas y poder disfrutar en conjunto de la maravillosa tierra canaria de la que todos somos hermanos. No me enrollo mas,tan solo decir q cualquier nombre escogido sera bueno.Aunque si tengo que dar mi opinion creo q el de;ACC GOFIIO esta mu bien.
saludos y abrazos .sombrero
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Junio 15, 2008, 09:03:30 am


   Me ausento varios días de este foro y miren lo que me encuentro.... .baba

   POR SUPUESTO, CUENTEN CONMIGO¡¡¡¡¡ Tio Gofio apunteme a esa lista, a mi a la folloneta...

    ACC está muuu bien el añadido "....." lo podíamos dividir por islas, así podríamos decir: yo soy de la ACC pero pertenezco a "Guanches" (Tenerife), " Majos" (Fuerteventura y Lanzarote), "Benahoritas" (La Palma), "Canariones" las palmas  .meparto .meparto

SALUDOS¡¡¡¡

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Junio 15, 2008, 16:56:15 pm
Que buena pinta va tomando esto.  .ereselmejor    .palmas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOFIO en Junio 16, 2008, 00:33:46 am
LISTA POSIBLES CANDIDATOS A PERTENECER A:   

                            "ASOCIACIÓN CAMPER CANARIA"

Nº 1  GOFIO                                      Nº21  argento
Nº 2  Surman                                     Nº22  El_gitanito
Nº 3  supertarzan
Nº 4  GOMEROT4
Nº 5  cukiyo25
Nº 6  Delagheto
Nº 7  maped
Nº 8  MONZONCAN
Nº 9  MAYAGUAN
Nº10  neidas
Nº11  Achaman23
Nº12  xowis
Nº12+1 KOYI
Nº14  octamontse
Nº15  ergal
Nº16  Tortuga
Nº17  hiace
Nº18  cleto
Nº19  Giusebt
Nº20  octavio-hdez

Hola gente, paso la lista mas cerquita.
Con respecto a la KDDC o CDDT, que sepáis que me apuntare a cual quiera de ellas. Tenemos que tener en cuenta que la I-CDDT sin conocernos fuimos 13 furgos. En la II-KDDT
el numero de furgos fueron 32  :o, con esto lo que quiero comentar que donde la hagamos hay que hacerlo en un lugar adecuado para tal evento.

YAAAAA somos 20 y la mayoría no lo sabeeeeeennnnnnn.

  Cleto el vino lo pongo yo  .meparto

    Un saludooonnn... para todos. .palmas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Junio 16, 2008, 12:12:27 pm


    jejejeje   ya se quien se quedó el que sobró en la 2º KDD  ;D ;D  espero hayas dado buena cuenta...

   La 3ª KDD de la ACC, vamos a tener que alquilar un municipio entero...   ya la primera fue en GC, la segunda en TF y la tercera ???  ufff  va a ser preciosa...
 

   El 18???  yo pago por ser el 69...  cuanto cuesta, casi todo tiene precio...

SALUDOS¡¡¡¡

Pd: donde está Giusebt???  ese no da señal de vida...


Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 16, 2008, 12:58:07 pm
Cita de: cleto en Junio 16, 2008, 12:12:27 pm

   
SALUDOS¡¡¡¡

Pd: donde está Giusebt???  ese no da señal de vida...





"Perdidos" hay montones, espero que ninguno echado a perder. .loco2 .loco2
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Giusebt en Junio 16, 2008, 14:07:25 pm
 Heeeee   ,si me apuntais con el 19 ,seré muu feliz ;D   
aun así ,lo siento,son tantos post ,me ausento unos diiiitas y la que armais .
  Gracias Cleto ,por darme el toque y yo doy otro que di en otro hilo, Maderas Santana,repuesto para los bistros 4 por 4,75 ,yo me pillé una docena ;D

  Saludos

  P.D. Esta tarde en casa,me leo lo que proponen que no me ha dado tiempo
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Junio 16, 2008, 14:51:46 pm


   EHHH  que son los bistros???



Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Giusebt en Junio 16, 2008, 15:27:25 pm
  La cocinita plana ,la que va en maletín,como los portátiles  .meparto

   Saludos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Junio 22, 2008, 08:18:18 am
Buenas k tal estan todos.

Una propuesta pa la kdd, habia pensando hablar con alguien  del ayuntamiento de San Bartoleme de Tirajana para ver si los dia de la kdd nos kedabamos derca de un colegio o algun aula de la naturaleza y debatir y ablar los puntos y los estatutos de la futura a.c.c.

adelante ermanos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: GOMEROT4 en Junio 22, 2008, 09:30:41 am
me he perdido algo seguro.......ke KDD???? donde,cuando????   .loco2 .loco2
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: argento en Junio 22, 2008, 12:04:22 pm
Hola....ya se extrañaban que anduviera por acá no?  ;D
Venga anótenme en esa lista....que si hay que poner el hombro se pone.....
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: code en Junio 24, 2008, 14:31:26 pm
¿Cómo va esto de la ACC? soy asturiano, pero desde Octubre del año pasado estoy por Tenerife (con la jabata, naturalmente). Vamos, que si me lo permitís, soy Chicharrero de adopción ;)
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octavio-hdez en Junio 24, 2008, 14:45:47 pm
pues parece q la cosa se anima!a ver si todo sale bien.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: MAYAGUAN en Junio 24, 2008, 20:43:04 pm
Cita de: code en Junio 24, 2008, 14:31:26 pm
¿Cómo va esto de la ACC? soy asturiano, pero desde Octubre del año pasado estoy por Tenerife (con la jabata, naturalmente). Vamos, que si me lo permitís, soy Chicharrero de adopción ;)


Code, aquí no tendrás ningún problema. Un saludo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: El_gitanito en Junio 28, 2008, 18:12:25 pm
holita compis yo quiero colabora joerr
saludos El-gitanito
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Julio 09, 2008, 19:36:03 pm
hola a todos

k parada esta la cosa ??? , k andan de vacaciones??? suerte k tienen algunos   .baba

al final han puesto una fecha para la kdd
para mi vendria mejor la segunda quincena de septiembre
un saludo
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octavio-hdez en Julio 10, 2008, 00:09:42 am
pues la verdad es que si,la cosa esta media parada, hay gente de vacaciones y q las disfruten q ya las cojere yo!!
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Julio 10, 2008, 00:28:13 am


  Parada¡¡¡¡  pues una KDD y se anima...


SALUDOS¡¡¡¡

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Julio 10, 2008, 21:31:38 pm
la verdad k sí k está la cosa parada . Quién dijo kdd? Cleto ya me gustaría darme un saltito a alguna otra isla pero como mucho este verano iremos a fuerte algún finde. También espero poder ir a gran canaria en septiembre.saludos 
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: maped en Julio 10, 2008, 22:40:56 pm
he oido KDD...  :o
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Julio 12, 2008, 23:57:30 pm
he oido kedada ?
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Julio 13, 2008, 02:31:56 am
madre mia solo escuchar la palabra kdd y aparece todo el mundo  .meparto .meparto

bueno si es en fuerte o lanzarote me apunto
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Julio 13, 2008, 23:58:41 pm


   Bueno señores, podemos hacer KDD´s  en cada isla he ir hablando lo de la asociación, y luego lo que se hable lo ponemos en el foro... a ver que va saliendo...


SALUDOS¡¡¡¡

Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Julio 15, 2008, 19:41:09 pm
tambien se puede hacer la segunda quincena deseptiembre tanto en las palmas como aca en tenerife, y asi asitir el mayor nº de furgos.
Aun hay tiempo pa organizarla.-
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Julio 20, 2008, 12:26:37 pm
Desde la ventana diviso el Monte Bejenado, que decora y protege una de las paredes de la majestuosa Caldera de Taburiente, con el verdor del manto de pinos

Bueno este post se me cayó el sistema cuando empezaba a escribirlo así que habeis adivinado está sólo empezado lo terminaré desde mi casa hoy, no sabía que habia salido este pequeño parrafo.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: delagheto en Julio 20, 2008, 12:48:35 pm
Además de Rebelde, poeta .meparto
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Julio 21, 2008, 20:41:02 pm
ENTONCES QUE!!!, SE HACE UNA KDD PARA TRATAR EL TEMA DE L ACC. O QUE?, JUNTARNOS UN FIDE Y DEBATIR EL TEMA, E INTENTAR SENTAR LAS BASES.  .palmas .palmas
ASI QUE HABRA QMOVERSE.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Agosto 07, 2008, 19:56:02 pm
chicos veo esto un poco muerto, asi, que haber si nos movemosssssss  .loco2 .loco2
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: maped en Agosto 07, 2008, 22:05:24 pm
Este mes lo veo chungo para organizar nada, la gente se pira de vacaciones y no quedamos sino unos pocos. De Septiembre no pasa, lo de organizar la KDD para sentarse y discutir el tema.

Saludos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Agosto 07, 2008, 22:38:29 pm
eso mismo esta todo el mundo de vacaciones

de todas formas si no me equivoco, se estaba barajando la posibilidad de hacerlo en septiembre los dias 19-20-21 o algo asi en Gran canaria en la kdd

slds
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: kokkor en Agosto 11, 2008, 01:13:32 am
Hay que asociarse.
Total, ya estoy "asociado" a A.E.A.T. y a S.S.
Esta actividad es mas revitalizante.
Y si estamos asociados y organizados, tendremos mas "peso" en todos los ámbitos.
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: surman en Agosto 24, 2008, 21:14:54 pm
Buenas, como va el tema? se k para nosotros no es facil por nuestra situacion geografica, sommos muchos pero separados por el mar, pero no dejar morir esta idea x k es mui bonita.

Ademas se podria acer cosas mui bonitas y solidarias para darnos a conocer
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: octamontse en Agosto 25, 2008, 17:27:38 pm
eso, eso, a no dejarlaq morir. .palmas .palmas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Agosto 26, 2008, 15:14:25 pm
se intentara no dejarla morir pero es k ahora mismo parece k anda todo el mundo de vacas
sldos
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Octubre 17, 2008, 22:11:52 pm
Cita de: neidas en Agosto 26, 2008, 15:14:25 pm
se intentara no dejarla morir pero es k ahora mismo parece k anda todo el mundo de vacas
sldos


Estoy de vacaciones por la peninsula hasta noviembre, contad conmigo cuando vuelva, salud.

Oporto:
http://img157.imageshack.us/my.php?image=pa103550mk5.jpg
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Noviembre 07, 2008, 22:27:20 pm
rebelde pues a ver cuando vuelvas pa retomar este tema
sldos y buenas vacas
Título: Re: Asociación Camper Canaria
Publicado por: Mayita en Enero 12, 2009, 14:53:04 pm
Señores, señoritos, señoras y señortias........está que está aquí se apunta a un bombardeo.....de furgos claro ;).
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: sqp en Mayo 08, 2009, 07:13:16 am

¡¡ Yo también me apunnnnnto !!!  .bien
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: .-RAYCO-. en Mayo 08, 2009, 08:37:08 am
Pues venga, a ver que sale de aquí!!!
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: draculin en Mayo 12, 2009, 07:45:47 am
 Si una asociocion de amigos, no solo de socio, que despues te he vito y no me acuerdo,ajaajaaja creo yo jajajajaj  .baba un abrazo
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: Guanarame (Fran) en Mayo 13, 2009, 08:45:26 am
Hola buenas, yo también me quiero apuntar, parece que a decaído el animo, espero que se retome y en la II Quedada Canaria podamos llegar a una conclusión definitiva sobre el tema, o quizás antes.
Un saludo a todos todas.
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Mayo 13, 2009, 09:13:31 am
Estábamos en periodo de reflexión pero aquí estamos de nuevo todos, sería un buen sitio para hablar del tema y llevar el borrador de estatutos a la II Kedada Canaria Septiembre, saludos:

*imagen borrada por el servidor remoto
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: draculin en Mayo 14, 2009, 05:06:14 am
Draculin tambien se apunta, faltaba másssss
saludos
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: maped en Mayo 15, 2009, 07:07:29 am
Estoy de acuerdo Rebelde, creo que va a ser el momento, aunque con la peña que se va a unir será dificil ponerse de acuerdo, pero le podemos dar un buen empujón.

Saludos
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Mayo 15, 2009, 07:41:14 am
la verdad k si sera el momento pero entre la ruta y las comilonas, me da k va a haber poco tiempo pa ello, pero se puede intentar k nada se pierde, mientras comemos y tal jejejej

otro nombre ``los chuchangos´´ k es como se le llama a los caracoles por eso de llevar la casa a cuesta jejeje

sldos
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: Rebelde en Mayo 16, 2009, 07:08:36 am
Cita de: maped en Mayo 15, 2009, 07:07:29 am
Estoy de acuerdo Rebelde, creo que va a ser el momento, aunque con la peña que se va a unir será dificil ponerse de acuerdo, pero le podemos dar un buen empujón.

Saludos


Al menos podiamos plantearnos llevar fotocopias de un borrador para que la gente luego en su casa lo lea tranquilo, aporte,  de sugerencias, modificaciones etc... a través del foro.

O ver, cambiar impresiones si queremos un Club Camper al modelo de muchos creados en la península desde el foro furgovw, que es aglutinador de nuestras inquietudes, coordinador de actividades, promotor de ideas, kedadas, reuniones, ó una asociación con un carácter más institucional y de defensa de nuestros derechos e impulsora de nuestras actividades con un amparo legal.  Creo que esa seria la primera decisión a tomar para avanzar en lo que se decida: Club o Asociación y no va a haber mejor momento con mas foreros presentes que esa II Kedada Canaria, que por cierto, enhorabuena a los promotores, impulsores y estoy de acuerdo en algo: que debe de ser sonada, gracias: danielito y todos los que estais trabajando desde ahora hásta septiembre. .palmas
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: Guanarame (Fran) en Mayo 22, 2009, 08:18:21 am
Si se decide hacer algo en fotocopias para entregar en la kdd, me lo pueden decir  que yo las saco en la empresa, no tengo problemas en cantidades, trabajo en una empresa de ofimatica.
Un saludo a todos/as.
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: .-RAYCO-. en Mayo 22, 2009, 08:57:57 am
Guanarame, sería interesante que pusieras este ofrecimiento en el propio hilo de la KDD. Aparte de este tema de la asociación, que por supuesto es interesantísimo, igual hay que fotocopiar algo más para la propia KDD, no sé... los mapas de la ruta por ejemplo.

Un saludo compañero  ;)
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: nananino en Mayo 23, 2009, 01:20:03 am
SEÑORES YO ME APUNTO TAMBIEN A TRATAR EL TEMA EN LA II KDD CANARIA OK
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: sqp en Mayo 23, 2009, 06:09:31 am
Igual es muy pronto, pero yo propongo un logo:

*imagen borrada por el servidor remoto

Pero tengo un problema  ??? , me resulta familiar, y no me gustaría cometer plagio, por lo que si alguien ha visto algo parecido, por favor que me lo diga y anulamos la propuesta automáticamente. (no vale el cartel de la II KDD CANARIAS CAMPER, que el borrador lo hice yo  ;) ).

Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Mayo 23, 2009, 06:31:46 am
jejejeje sqp, si k resulta precido no se parece al de la kdd canaria jejejeje,
idea un burgado k tenga en el caparazon las islas grabadas y colores de canarias, o cualquier pintadera canaria, nose algo k tenga k ver con las islas

esa es mi humilde idea
sldos
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: MONZONCAN en Mayo 24, 2009, 06:49:12 am
Aprovechando la II KDD Canaria se podria avanzar o por lo menos,intentarlo y asi daremos un empujoncito mas al tema
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: cleto en Mayo 27, 2009, 20:00:46 pm

  Ese logo está muuu guapo, pero...   no discrimina a los que no poseemos techo elevable...  que creo somos muchos...

   Que representa a los que tienen un techo elebable...

 

SALUDOS¡¡¡

Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: chany en Junio 12, 2009, 02:01:20 am
muy buenas a tod@s,cuentencon migopara lo del club eso nos abriría muchas puertas en todos los sentidos comopor ejmp de descuentos en camping y muchas mas cosas.
espero q coja buen puerto y no se quede en el aire haber si en la qdd coje rumbo.
nos vemos .
Título: Asociación Camper Canaria
Publicado por: draculin en Julio 29, 2009, 10:11:14 am
Señoresss, espero que esto no este dormido... vamos que hay que sacarlo para adelante, tener una asociación en condiciones... que no nos pase como siempre...
Para la kdd de septiembre hay que tener algo claro...por lo menos el nombre de la asociación concretado. Yo lo único que pondría sería Asociación Camper ??? y quitaría lo de Canarias, ya que siempre ponemos lo mismo... además creo recordar que ya se quiso hacer una asociación con ese nombre que no llego a ningún lado.
saludos  .murcielago
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: neidas en Julio 29, 2009, 19:41:10 pm
rebelde es quien tiene todo el material preparado, se podria hablar de ello la tarde del sabado, k luego el domingo estan todos un poco piripis aun jejeje

sldos
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: Vampi en Octubre 05, 2009, 01:19:06 am
Al final que se ha hablado de la asociación... que yo no me he enterado...
Saludos, Esther
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: MICKYFUERTEVENTURA en Octubre 05, 2009, 02:30:27 am
 ;D sigo el hilo
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: narena en Enero 05, 2010, 18:29:30 pm
hola a todoss, he visto que querian hacer un club, y claro solo he podido leer hasta junioo.... al finall existe??? me interesa saber que habria que hacer para formar parte un besoo a todosss
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: .-RAYCO-. en Enero 08, 2010, 11:41:16 am
Pues la idea de hacer algo "oficial" ha quedado en nada.

Pero vamos, que por aquí estamos todos unidos entre las diferentes islas ;)
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: narena en Enero 08, 2010, 17:29:22 pm
Bueno por un lado es una pena xq se les veia muy motivados pero bueno.... por lo menos estan por aqui, somos nuevas en este mundillo y la verdad que no conocemos  nadie asi cmo para ir  x ahii... asi que a ver si coincidimos  por algun lado... estare  atenta a las kdadas q haya. He visto q hacen una en lanzarote pero nose si podre ir . muchas gracias por contestar y ANIMO!!!!! a todos.
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: MICKYFUERTEVENTURA en Enero 08, 2010, 17:35:51 pm
Cita de: narena en Enero 08, 2010, 17:29:22 pm
Bueno por un lado es una pena xq se les veia muy motivados pero bueno.... por lo menos estan por aqui, somos nuevas en este mundillo y la verdad que no conocemos  nadie asi cmo para ir  x ahii... asi que a ver si coincidimos  por algun lado... estare  atenta a las kdadas q haya. He visto q hacen una en lanzarote pero nose si podre ir . muchas gracias por contestar y ANIMO!!!!! a todos.

(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/MICKYFUERTEVENTURA/kdd-furgopercheo.jpg)

la hacemos los de fuerteventura, para invadir tierras conejeras... .meparto
se puede apuntar cualquiera... incluso danielito...jajajajaj
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: danielito en Enero 08, 2010, 19:50:13 pm
Cita de: narena en Enero 08, 2010, 17:29:22 pm
Bueno por un lado es una pena xq se les veia muy motivados pero bueno.... por lo menos estan por aqui, somos nuevas en este mundillo y la verdad que no conocemos  nadie asi cmo para ir  x ahii... asi que a ver si coincidimos  por algun lado... estare  atenta a las kdadas q haya. He visto q hacen una en lanzarote pero nose si podre ir . muchas gracias por contestar y ANIMO!!!!! a todos.


Buenas tardes y bienvenidos/as... tenemos una KDD en GC el proximo fin de semana 15, 16 y 17 en La Presa de Las Niñas... a esa tb estan invitados/as, la de Fuerteventura sera una experiencia chula pq ya te comento Mikcy subiran ( subiremos ) a Lanzarote osea que va a estar chula y en cuanto al tema club camper... por lo menos aqui en GC se estan moviendo hilos de la mano de algun forero, pronto se presentara la propuesta, pero me da que con suerte en este 2010 ya estará oficialmente montando el club camper club gran canarias.

Un saludo y a estar atentos/as a todas las furgos que veas por las carreteras, para ver si llevan pegata del foro... si es asi PITTTTAAAAA
Título: Re:Asociación Camper Canaria
Publicado por: .-RAYCO-. en Enero 09, 2010, 00:47:23 am
Pues ya te lo han dicho narena, quedadas locales y estupendos foreros hay en todas las islas (cada una tiene su rinconcito en el foro jeje) y que no te eche para atrás el no conocer a nadie, que todos hemos empezado igual :)