Accidente con bolardo en calle y pesadilla posterior....

Iniciado por pepedafonte, Enero 09, 2024, 18:41:42 pm

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+gvr

No sé si conoces a Toribio. Con los referentes normativo te podría ayudar seguro e igual le interesa especialmente ese caso de baliza reflectante con trampa mortal incorporada!!

https://www.youtube.com/watch?v=BLJqAgjrro8
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Palleter



Estas cosas,  hasta que no salen en algún programa de televisión....
El rango es la medida de dispersión más sencilla. Es la diferencia entre el valor máximo y mínimo de un conjunto.

Leguineche

Sobre todo ni se os ocurra coger la cabeza del concejal de urbanismo y golpearla contra el bolardo, que luego no os van a creer cuando digáis: "parecía que era de plástico".
¡¡Viva la Primavera!!
Que consigue hasta que el Sol se eche una cabezadita a media jornada
(¿O habrá sido para compensar el cambio de hora?)

RobertoUgao

habla con alguna radio libre de Galizia y q te saquen en radio.
RÁDIO PIRATONA
Apartado de correios 8278 36200 VIGO (PONTEVEDRA) Fax: 986-431476
E-mail: piratona@sindominio.net
http://www.sindominio.net/piratona

pepedafonte

Cita de: +gvr en Enero 14, 2024, 21:52:13 pmClaro, pero eso es en áreas de uso peatonal!! También esta https://www.boe.es/eli/es/o/2021/07/23/tma851/con

Pero con todo, eso no esta en un itinerario ni un área peatonal (no está en la acera), está en la vía publica y es de aplicación la legislación sobre vías publicas (incluidas las ordenanzas municipales al respecto) y la circulación de vehículos https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722

Eso no deja de ser un obstáculo en la vía que no cumple la UNE-EN 12899-3:2010, UNE 135363:1998
http://normativa.itafec.com/ensayos/ES.12.01.004.LT.pdf

En fin, un despropósito monumental que puede causar lesión grave y muerte a peatones, ciclistas, motoristas...


Muchísimas gracias, compañero, por esta interesante info!, por supuesto me la voy a estudiar letra a letra a ver si encuentro algo que me ayude en la reclamación. Es muuuuy interesante!!! 

pepedafonte

Cita de: +gvr en Enero 14, 2024, 21:55:58 pmNo sé si conoces a Toribio. Con los referentes normativo te podría ayudar seguro e igual le interesa especialmente ese caso de baliza reflectante con trampa mortal incorporada!!

https://www.youtube.com/watch?v=BLJqAgjrro8

Alguna vez lo había visto en youtube. Yo también tengo moto hace muchos años y sus denuncias/reflexiones son interesantes. Pues creo que si, me pondré en contacto con él a ver qué opina. Gracias de nuevo!!!

pepedafonte

Cita de: RobertoUgao en Enero 15, 2024, 16:21:42 pmhabla con alguna radio libre de Galizia y q te saquen en radio.
RÁDIO PIRATONA
Apartado de correios 8278 36200 VIGO (PONTEVEDRA) Fax: 986-431476
E-mail: piratona@sindominio.net
http://www.sindominio.net/piratona

Si, los conozco!, a veces los sintonizo por mi zona. Buena opción para darles caña al concello... gracias!

+gvr

Además la baliza está instalada dentro de la plaza de aparcamiento!!

Si duda reclamaría al ayuntamiento porque es el competente de tráfico y por ser autor de la "animalada". La cuestión es además de relatar los hechos debes de argumentar lo mejor posible para que después, en función de la respuesta que te den, si es desefavorable, cuando acudas a instancias judiciales se pueda contrastar la respuesta de la administración local en función de la argumentación que esgrimas...

Es una reclamación patrimonial lo que tienes que hacer https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4711-responsabilidad-personal-y-directa-de-los-alcaldes-y-concejales-/

Tienes copia del atestado?
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Leguineche

Creo que habría que reclamar además, al propietario del vado y al presidente de la comunidad del edificio.
De otra forma, si el ayuntamiento no fuese el culpable, perdería muchísimo tiempo y la paciencia.
¡¡Viva la Primavera!!
Que consigue hasta que el Sol se eche una cabezadita a media jornada
(¿O habrá sido para compensar el cambio de hora?)

pepedafonte

Cita de: +gvr en Enero 17, 2024, 17:39:00 pmAdemás la baliza está instalada dentro de la plaza de aparcamiento!!

Si duda reclamaría al ayuntamiento porque es el competente de tráfico y por ser autor de la "animalada". La cuestión es además de relatar los hechos debes de argumentar lo mejor posible para que después, en función de la respuesta que te den, si es desefavorable, cuando acudas a instancias judiciales se pueda contrastar la respuesta de la administración local en función de la argumentación que esgrimas...

Es una reclamación patrimonial lo que tienes que hacer https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4711-responsabilidad-personal-y-directa-de-los-alcaldes-y-concejales-/

Tienes copia del atestado?


Si, la reclamación patrimonial ya está echa, fue lo primero que hice, sin demorar ni un minuto. Y si, tengo el atestado de la policía municipal, los llamé al momento para que tomasen nota y sacaron fotos. A posteriori, días después se lo pedí y me mandaron copia.

quimrs

@pepedafonte creo que lo que debes iniciar es una reclamación por funcionamiento normal o anormal de la administración.

Como cuando uno se cae en la acera por una baldosa que sobresale por estar despegada.

Se reclama al ayuntamient, que suele tener un seguro para estos casos, y si no te la aceptan debes ir luego a la vía judicial. 
Randger R540 (antes Californias T4 y T5)

pepedafonte

Si, es eso. Es una reclamación por pérdida patrimonial al ayuntamiento en cuestión. Ahora tengo que esperar a que resuelvan. Pueden ser de 6 meses a 1 año. Si no dicen nada, poner un contencioso por falta de respuesta de la administración.

pepedafonte

Cita de: +gvr en Enero 14, 2024, 21:52:13 pmClaro, pero eso es en áreas de uso peatonal!! También esta https://www.boe.es/eli/es/o/2021/07/23/tma851/con

Pero con todo, eso no esta en un itinerario ni un área peatonal (no está en la acera), está en la vía publica y es de aplicación la legislación sobre vías publicas (incluidas las ordenanzas municipales al respecto) y la circulación de vehículos https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722

Eso no deja de ser un obstáculo en la vía que no cumple la UNE-EN 12899-3:2010, UNE 135363:1998
http://normativa.itafec.com/ensayos/ES.12.01.004.LT.pdf

En fin, un despropósito monumental que puede causar lesión grave y muerte a peatones, ciclistas, motoristas...

Compañero, no veo en esa norma del BOE nada que haga referencia a bolardos y sus medidas. Si se regula toda la señalítica, pero no veo nada de bolardos....

+gvr

Enero 19, 2024, 16:56:36 pm #28 Ultima modificación: Enero 19, 2024, 18:36:13 pm por +gvr
No es un bolardo, es una baliza empleada como bolardo pero como tal está mal empleado porque está en la vía y cumplienmdo una función distinta a la que está pensada, y más concretamente dentro de una plaza de PMR.

Son las cuestiones:

-Ahí no puede haber un bolardo, ni baliza.

-El baliza ilegal es por el perfil de H incorporado dentro.

-El uso que se da y que no es para encauzar el tráfico y que de hecho está dentro de una plaza de PMR.

Mira las dimensiones de la plaza de PMR a ver si cumple, porque si no cumple cumpliría menos porque la baliza resta espacio. Artículo 35.3 de la Orden TMA/851/2021 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-13488

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722:
-Artículo 7. b) Competencias de los municipios: La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas
...mira las ordenazas municipales que dice al respecto. Seguro que inclumple lo de las condiciones técnicas de plazas de PMR.

-Artículo 39.4 Normas generales.
...mira las ordenazas municipales. Estoy seguro de que lo que está prohibido es el estacionamiento en las plazas de PMR, no la parada. Tu puedes parar ahí!!

Aun cuando el uso es impropio, la baliza desde octubre de 2022 tiene que disponer de su orrespondiente MARCADO CE bajo la norma UNE-EN 12899-3:2007.
La baliza tiene que cumplir la orden Orden FOM/2523/2014, de 12 de diciembre, por la que se actualizan determinados artículos del pliego de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes, relativos a materiales básicos, a firmes y pavimentos, y a señalización, balizamiento y sistemas de contención de vehículos. https://www.boe.es/eli/es/o/2014/12/12/fom2523

Su uso es impropio. Los usos son los que se fijan en la Norma 8.1-IC Señalización vertical     https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/norma81ic.pdf páginas 23 y 29. El ámbito de aplicación indica: "La presente norma será de aplicación a vías urbanas del Estado, travesías. El resto de vías urbanas se regirán por su normativa específica siendo, no obstante, recomendable su aplicación."

Es una travesía donde pasó eso? por que dependiendo de eso tendría que ir por esta norma o por la normativa municipal...
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

pepedafonte

No, no es travesía, es vía pública con todas las letras.
Juer, compañero!, veo que estás puesto!. Millones de gracias por tu aportación!, me va a servir y mucho para llevar este tema adelante!. Te debo mucho más que unas cañas!!!  ;D  .ereselmejor  .ereselmejor  .ereselmejor  .ereselmejor  .ereselmejor  .ereselmejor