Acampado o estacionado. DGT. Por fin...

Iniciado por Josu V, Julio 11, 2023, 21:01:36 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.

hollister

Cita de: karpediem1977 en Julio 13, 2023, 14:16:47 pmQue  de paso digo todos tenemos derecho a formar parte de esa "masificacion",

No existe tal masificación: en España hay 83.000 autocaravanas, frente a las 610.000 de Alemania y las 530.000 de Francia.
Quizás si la "masificación" fuese real, las administraciones locales no podrían permitirse el lujo de pisotearnos como lo hacen ahora.

koskolva (a.k.a. mandril)

Cita de: hollister en Julio 13, 2023, 14:19:39 pmCurioso, ¿se trata del mismo señor que, en este vídeo del pleno donde se aprobó la ordenanza, dijo que eramos bienvenidos de día (para hacer gasto) pero que nos fuésemos a dormir a otra parte?

Correcto, en el pleno que citas dijo eso.

Lo que he comentado yo lo dijo en una reunión con los vecinos de Jaca afectados por la Ordenanza.

Por eso digo que no me fío un pelo de lo que prometen, y está claro, como ya he dicho miles de veces, que la única salida a estos temas es judicial.
-- pow & punk rock make me happy --

Mandrileta 2.0
Mandrileta 1.0

tellamendi

Julio 13, 2023, 18:07:06 pm #47 Ultima modificación: Julio 13, 2023, 18:11:28 pm por tellamendi
Cita de: karpediem1977 en Julio 13, 2023, 14:16:47 pmPues disculpa si fue yo quien no entendió bien. Al hacer referencia a la masificacion de autocaravanas te he confundido con uno de esos que rondan por estos lares que  siempre están con que si las flamantes autocaravanas, la masificacion de autocaravanas y otras jilipolleces, como si la masificacion sólo fuera fruto de ese tipo de vehículos y no de los vehículos vivienda en general. Que  de paso digo todos tenemos derecho a formar parte de esa "masificacion", no sólo los que  llevan en esto desde que Franco era corneta, (que de esos alguno hay también).
Te pido de nuevo disculpas 🙏

Un saludo

Por supuesto que perdonado.
Cada uno es libre de buscar su sitio.... pero también hay que tener un poco de imaginación para buscar algo original y en mejor época para evitar las aglomeraciones.
Por mi parte, las detesto. Por ejemplo nunca entenderé aquellos que se apelmazan en playas del Mediterráneo.
Yo he conseguido pasear por playas solitarias, magníficos pueblos medievales etc.
El paisaje, ya sea natural, rural o urbano, hay que respetarlo.
He estado en áreas tranquilas...otras no tanto. Pero no permanezco en ellas durante el día. Estaciono y me voy. Para mí, no tiene ningún atractivo un parquin..ni el asfalto. O estar sentado rodeado de emanaciones tóxicas de otros vehículos.
Así que nunca formaré parte de un campamento. Sólo mi vehículo estacionado, y vacío, en un parquin. Y a la noche...silencio y dormir para aprovechar el día siguiente.

tellamendi

En las revistas y recomendaciones de los camping car franceses siempre recomiendan evitar aglomeraciones.

barbatxano

La masificación no tiene que ver con la cantidad en sí, sino con la  evolución de dicha cantidad. La RAE me lo confirma diciendo que masificar es hacer multitudinario algo que no lo era ...  ;)

En un pispás he encontrado esta gráfica, en que se ve que el boom ha comenzado hace apenas 10 años ...  :D



Y aunque vayan descendiendo las matriculaciones, lo interesante sería el número total, la integral de la gráfica, a la que habría que restar las que se van desguazando, que todavía no serán muchas pues no son en general muy viejas, como se comprueba en la gráfica ...  8)

En Francia y en Alemania el fenómeno del furgoneteo y de las autocas nos lleva varias décadas de ventaja, con lo que se nota tanto en su número, en el número de áreas y en definitiva en su aceptación social ...  :)

Y como he comentado alguna vez, y como dice tellamendi aún es posible encontrar sitios solitarios, pero es cierto que cada vez cuesta más ...  ;D  ;D

jacboqueron

Cita de: hollister en Julio 12, 2023, 11:48:30 amPor ser contrario a las normas del foro no pongo enlace, pero si buscas por "DGT_Instruccion_08-V-74_Alcance_7131-2" edit para encontrar el documento hay que buscar "Carta del Ministerio del Interior confirmando la entrada en vigor de la Instrucción, así como su obligado cumplimiento por parte de las Administraciones" (comillas incluidas) (e incluso decir esto podría ser contrario a las normas del foro) encontrarás un interesante documento que dice que las interpretaciones de la DGT deben ser tenidas en cuenta por las entidades locales.
Que no lo hagan es denunciable, de hecho yo lo hago cada vez que veo señales que contradicen la 08/V-74 o el Reglamento General de Circulación.

Hola hollister,
Dices que denuncias señales locales que contradicen la 08/V-74 y me gustaría saber dónde y cómo para yo hacer lo mismo porque , por ejemplo, en la plaza de Grazalema hay una señal que pone prohibido estacionar autocaravanas o algo así ( ya no lo recuerdo bien) y me gustaría que la quitasen.
Gracias de antemano.
Un camino de mil km se empieza con un paso.

canary

Esto dice la nueva instrucción:

CitarLas autocaravanas ostentarán en su tarjeta ITV una clasificación por criterios de construcción, que se corresponderá con carácter general con una de estas dos cifras: "32- Auto-caravana MMA ≤ 3.500" o "33- Auto-caravana MMA > 3.500 kg". En determinados casos también podrán llevar asociadas las cifras: "24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg" o "31- Vehículo mixto adaptable".

Entiendo que la instrucción determina que un furgón vivienda también sea considerado autocaravana, lo que haría que los límites de velocidad cambiasen al ser de 120 y las visitas a la ITV también, ya que no sería cada 6 meses.



Otra cosa importante es este párrafo:

CitarPor ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículo o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción o utilización ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean
usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.

Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento
en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.


Del que entiendo, que tiene potestad el ayuntamiento de restringir el estacionamiento únicamente cuando sea por razones de una MMA muy alta o que impida el paso a otros vehículos en la vía.

karpediem1977

Cita de: canary en Julio 14, 2023, 01:22:02 amEsto dice la nueva instrucción:

Entiendo que la instrucción determina que un furgón vivienda también sea considerado autocaravana, lo que haría que los límites de velocidad cambiasen al ser de 120 y las visitas a la ITV también, ya que no sería cada 6 meses.

Una cosa es la clasificación en tarjeta y otra los derechos que  otorguen a autocaravanas y demás vehículos vivienda.
Esta ley regula la utilización de los espacios para determinados vehículos (aunquese dirija como autocaravana), no modifica las clasificaciones de la ficha,  eso lo determina el tipo de vehículo normalmente.
Así lo entiendo yo.

Creo que  es tu corazón quien escribió eso jeje


Tienes derecho a expresar libremente todo aquello que te esté permitido decir.
https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=386391.0

Quebrantos

Cita de: canary en Julio 14, 2023, 01:22:02 amDel que entiendo, que tiene potestad el ayuntamiento de restringir el estacionamiento únicamente cuando sea por razones de una MMA muy alta o que impida el paso a otros vehículos en la vía.

No lo creo. Lo único tienen que hacer es usar criterios distintos al del tipo de vehículo por construcción. Es decir, puede prohibir el estacinamiento a vehículos de más de 5m de largo, o de más de 2m de altura y se cepilla a las GV y Autocaravanas
(No debería andar dando ideas.... :-D )

+gvr

Cita de: canary en Julio 14, 2023, 01:22:02 amEsto dice la nueva instrucción:

Entiendo que la instrucción determina que un furgón vivienda también sea considerado autocaravana, lo que haría que los límites de velocidad cambiasen al ser de 120 y las visitas a la ITV también, ya que no sería cada 6 meses.



Para nada. Es una Instrucción y está muy por debajo de leyes, reales decretos ley, reales decretos legislativos, reales decretos, órdenes ministeriales, circulares... Hay regulación en un rango normativo superior y de carácter específico y técnico que determina estas cuestiones. De la interpretación de una redacción, que puede ser de mejor o pero calidad de acuerdo a su objetivo específico y estar de acuerdo o no a la normativa de referencia, no se puede extraer esas conclusiones...




Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

dany.harley

Cita de: Quebrantos en Julio 14, 2023, 09:26:34 amNo lo creo. Lo único tienen que hacer es usar criterios distintos al del tipo de vehículo por construcción. Es decir, puede prohibir el estacinamiento a vehículos de más de 5m de largo, o de más de 2m de altura y se cepilla a las GV y Autocaravanas
(No debería andar dando ideas.... :-D )
Así lo hicieron en una zona de aparcamiento que hay en Peñiscola a la que solía ir. Pusieron señales de prohibido autocaravanas y alguien recurrió por ilegal, así que el ayuntamiento retiró esas señales y las cambió por prohibido vehículos de más de 5m de largo y 2 de altura exepto autobuses. De esa manera eliminaron las autocaravanas del lugar legalmente. Lo curioso es que aparcan camioncillos de reparto que sobrepasan esas medidas y no lo han denunciado jamás.  .malabares
vamos que nos vamosssssss

+gvr

Cita de: jacboqueron en Julio 13, 2023, 23:38:42 pmHola hollister,
Dices que denuncias señales locales que contradicen la 08/V-74 y me gustaría saber dónde y cómo para yo hacer lo mismo porque , por ejemplo, en la plaza de Grazalema hay una señal que pone prohibido estacionar autocaravanas o algo así ( ya no lo recuerdo bien) y me gustaría que la quitasen.
Gracias de antemano.

Me permito responderte.

Tienes que denunciar al titular de la vía o al responsable de su ordenación por el artículo 58.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/6/con





Las únicas señales adecuadas a la normativa vigente es el que aparece en el Catálogo Oficial de Señales de la Circulación y Marcas Viales, que es el anexo I del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/11/21/1428/con
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Duh

Con esta nueva ley quedaria prohibido abrir el techo elevable? Ya que modificas el volumen.

koskolva (a.k.a. mandril)

Cita de: Duh en Julio 14, 2023, 13:54:07 pmCon esta nueva ley quedaria prohibido abrir el techo elevable? Ya que modificas el volumen.

En ningún punto de la nueva instrucción se menciona la palabra "volumen".
-- pow & punk rock make me happy --

Mandrileta 2.0
Mandrileta 1.0

Puntatenefe

Cita de: Duh en Julio 14, 2023, 13:54:07 pmCon esta nueva ley quedaria prohibido abrir el techo elevable? Ya que modificas el volumen.

Esto ya se habló Duh. No estás acampando si de tu vehículo no sobresale nada del perímetro que tendría estando estacionado de forma normal.

El perímetro del vehículo se entiende como la proyección en planta sobre el suelo del mismo, por lo que si abres el techo elevable, normalmente este no sobresale del perímetro del vehículo en la vista en planta. Hay una foto en los mensajes anteriores si lo quieres ver y entender lo que determina la vista en planta.

El volumen del vehículo aumenta, pero eso en esta normativa no se tiene en cuenta, al menos para esto que estamos hablando.

Saludos !!
GICZKLHYF (2023). 4315-2689-1677-3679 (2024).