Multa por circular en carril reversible

Iniciado por wobi, Enero 26, 2009, 16:19:05 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

wobi

Enero 26, 2009, 16:19:05 pm Ultima modificación: Noviembre 05, 2009, 01:34:27 am por Manolín
Buenas tardes compañeros.Tengo una consulta que me preocupa sobre una multa.Me han cascado una circulando por una autovia,(A-5) por el carril reversible que ponen los domingos para entrar a Madrid.La cuestion es saber si nuestros vehiculos pueden circular por ellos.He mirado un poco por el foro pero no he visto nada al respecto.Os agradeceria la ayuda o si teneis idea de ello.Muchas gracias de antemano

Manolín

En los carriles habilitados en sentido contrario de la marcha se tendrá que circular a una velocidad entre 60 y 80 kms hora, con las luces encendidas y tan solo lo podrán utilizar motocicletas y turismos.

¿Como tienes clasificada tu furgo? Porque si la tienes como turismo no problem, se puede recurrir.

wobi

Hola Manolin.La tengo como vehiculo mixto y no tenia ni idea de esto.Creo que lo tengo jodido,ibamos en el atasco,vemos el carril reversible y para dentro.Me parece un poco absurdo,pero?.Gracias Manolin,creo que nos conocimos ayer con los calendarios.Un saludo y a buscarme la vida para recurrir.

wobi

Bueno gente.escribo solo para que a otros no les jodan como a mi.Perdon,pero estoy mosqueado.He estado mirando un poco y esto me parece cada vez más asqueroso.Segun el art.41.1 del reglamento de la circulacion dice lo que antes manolin escribía.Lo que no me parece normal es que ahora hay muchos monovolumenes y 4x4 que matriculan como vehiculos mixtos y los picoletos no pueden distinguir quien es turismo y quien no.Es igual,solo quería avisaros.NO CIRCULEIS POR CARRILES REVERSIBLES HABILITADOS PARA ENTRAR A LAS GRANDES CIUDADES.Ya os iré contando como va la cosa.Saludos y perdon por el ladrillo

salko


Hay que financiar las obras.... yo pague en Mexico como 20 euros por una luz que No tenia fundida... a ver si puedes recurrir.

wobi

Buenos dias.Reabro este hilo para comentaros el disgusto que me han dado estos cab....s de la dgt.He recogido la multa de correos hoy(por circular por un carril reversible,os acordais?),pues la gracia son 450 euros y un mes de carnet,impresionante!!!!!!.Había un post por ahí que hablabais de ir como locos,asesinos y tal....ya veis,tambien te joden siendo formal.Bueno,solo quería recordarlo para que no palmen otros foreros.PROHIBIDO CIRCULAR POR CARRILES HABILITADOS PARA LA CIRCULACION EN SENTIDO CONTRARIO AL HABITUAL.Esto,en teoría afecta sólo a vehiculos mixtos.A recurrir.Ya os contaré.Saludos a este gran foro

pepu

Pues sip, por desgracia es asi, solo para turismos y motos, ya que son carriles pensados para dar fluidez a la carretera.
Por cierto, no te encontrastes una señal como esta en el carril..??

*imagen borrada por el servidor remoto

normalmente la ponen para que ese carril no lo utilicen los vehículos destinados al transporte de mercancias.



saludos
grandes riquezas, gran exclavitud...

wobi

Hola pepu.Lo siento,pero estoy en el curro y aqui tengo restringido internet,puedo escribir pero no veo las fotos que poneis en los post,sólo alguna.Yo creo que no vi ninguna señal,no recuerdo,es la primera vez que cogía ese carril,aun así tampoco tenía opción de seguir por la autopista porque el propio picoleto era el que daba paso a ese carril,ya ves.saludos

pepu

Bueno, pues ahora cuidadito de no coger el coche en ese mes... aunque yo creo que se puede recurrir al menos el mes sin carnet... no asi la multa. Yo que tu iria con la aseguradora ... en fin. Suerte muchacho
grandes riquezas, gran exclavitud...

wobi

Eso haremos,pero voy a recurrir las 2 cosas por si acaso,voy a llamar a la aseguradora.Gracias pepu,a ver cuando me voy para el sur a cambiar de aires

pepu

yo no se como aguantas en madrid, no me gustan las grandes ciudades, mucho stresss 

El sur es el sur, con su solecito, sus cervecitas, sus playas... juas q maravilla
grandes riquezas, gran exclavitud...

Manolín

Febrero 16, 2009, 10:10:49 am #11 Ultima modificación: Febrero 16, 2009, 10:13:53 am por Manolín
Creo que debes de esperar a recibir la resolución de Tráfico sobre la retirada del carnet, a partir de ahí debes de notificar las fechas en que deseas que te sea retirado el carnet y se puede haces en 2 plazos de 15 días dentro del año siguiente a la resolución de la sanción.

En cuanto a la sanción económica tendrás un periodo de un mes para hacerla efectiva con una reducción del 30% del importe.

En cuanto al Guardía Civil que indicas, este te permite cambiar de carril pero no te obliga a ello, tu puedes seguir por donde ibas sin problema. El carril adicional no es obligatorio.

Manolín

Pongo el artículo para el conocimiento general

ARTÍCULO 41. Carriles de utilización en sentido contrario al habitual.

1. Cuando las calzadas dispongan de más de un carril de circulación en cada sentido de marcha, la autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar, por razones de fluidez de la circulación, carriles para utilización en sentido contrario al habitual, debidamente señalizados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 144.

La utilización de los carriles habilitados para la circulación en sentido contrario al habitual queda limitada a las motocicletas y turismos, estando prohibida, por lo tanto, al resto de los vehículos, incluidos los turismos con remolque. Los usuarios de este tipo de carriles circularán siempre, al menos, con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y una mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado, y no podrán desplazarse lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, ni siquiera para adelantar.

Los conductores de los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguos al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual, tampoco podrán desplazarse lateralmente invadiendo los habilitados para ser utilizados en sentido contrario al habitual; llevarán encendida la luz de corto alcance o cruce, al menos, tanto de día como de noche; y, además, si disponen de un solo carril en su sentido de circulación lo harán a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado y si disponen de más de un carril en su sentido de circulación lo harán a las velocidades que se establecen en los artículos 48.1.1.a) y b), 49 y 50. Dichos usuarios y conductores pondrán especial cuidado en evitar alterar los elementos de balizamiento permanentes o móviles.

La autoridad titular de la carretera también podrá habilitar carriles para utilización en sentido contrario al habitual, de acuerdo con el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica responsable del tráfico, cuando la realización de trabajos en la calzada lo haga necesario, pudiendo, en este caso, circular por dichos carriles todos los tipos de vehículos que estén autorizados a circular por la vía en obra salvo prohibición expresa, en las mismas condiciones establecidas en los párrafos anteriores.

2. Los supuestos de circulación en sentido contrario al estipulado o con vulneración de los límites de velocidad tendrán la consideración de infracciones muy graves en el primer caso y de infracciones graves o muy graves según corresponda por el exceso de velocidad, conforme se prevé en los artículos 65.5 f), 65.4 c) y 65.5 e), respectivamente, todos ellos del texto articulado.
[/color]

wobi

Buenos días manolin.En primer lugar,gracias por la información sobre la retirada del carnet,que ya podrian darla ellos en la notificación de la multa.Luego comentar que para el "descuento" tengo 15 días y sobre que el agente no te obliga,es cierto,pero en muchos de esos carriles no tienes otra opción que continuar por el,en este caso sinceramente no recuerdo si podía continuar o no.Está claro que el desconocimiento de las normas no exime de la culpa,por eso mi intención con estos mensajes era informar al foro porque creo que un 80% o más no conocíamos esto.Creo,no sé.Muchas gracias por todo

Manolín

Si yo tampoco lo sabía ;D tan solo que me he molestado en buscar la información y si he puesto esto ultimo ha sido porque por privado se me ha preguntado y he considerado más util para todos que dicha información sea recordada para que no caigamos en más multas, nada mas.