Es la VW California Beach una autocaravana?

Iniciado por estresao, Mayo 17, 2014, 04:40:40 am

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solosyncro

CitarEl policia dice que estabas durmiendo en tu furgoneta, posiblemente con los oscurecedores puestos y sin una visión del Interior desde fuera, tu dices que no..... ¿a quien cree el juez??, lo siento pero lo tienes perdido con independencia del tipo de clasificación que tengas en tu ficha técnica


Todo eso seria legal, porque es dormir en el vehiculo, no es acampar. Hay algunos links arriba donde explican que hace falta para acampar.
It´s the open road, men!

agustmaiz

Darle todas las vueltas que quieras y verlo desde el punto de vista que te interesa.
Si hay una señal de prohibido autocaravana eso quiere decir que allí no las quieren ni ese vehículo ni similares. Y si te quieres saltar esa prohibición lo más probable es que acabes con una denuncia.

A mí me han echado de un parking estando perfectamente aparcado sin molestar el vehículo sin nada abierto y estando la autocaravana sobre sus cuatro ruedas sin calzos ni nada. Sin oscurecedores. Simplemente alli no se podia estar.

Saludos

Agustin

Tapaltakeando sin acentos

Mi paginilla de bricos:

http://picasaweb.google.com/108474959811368681058?feat=email%3Cbr%20/%3E

solosyncro

Es que todo el mundo aqui solo cuenta la mitad de las cosas. Si hay un señal autocaravanas prohibidas claro que no puedes APARCAR una autocaravana. Y si lo haces te multan por aparcar allí, no por acampar.
It´s the open road, men!

solosyncro

Acabo de leer la ordenaza, y alli inluso dicen que prohiber el aparcamiento de autocaravanas por parte de los municipios es ilegal. Pero incluso siendo asi no aparcaria en zonas asi, porque la via legal me parece complicado si nos basamos en conflictos o contradicciones entre tráfico y municipios.
It´s the open road, men!

REMBRANDT

Partamos de la base que la señal donde aparece una autocaravana dentro de la señal de prohibido aparcar NO EXISTE. Y por lo tanto no es una señal legal y no se puede multar en base a ella.
Según la ley, NO LAS ORDENANZAS MUNICIPALES, que son de rango menor y no tienen efecto ante ellas, no se puede discriminar un vehículo a la hora de aparcar por su utilización del interior , siempre y cuando la actividad del interior no trascienda al exterior (toldo, ventanas,sillas....).
Por este motivo toda multa basada en "te multo por que es una autocaravana y aquí no puedes aparcar" es recurrible y GANABLE. Ya que la discriminación a la hora de aparcar debe de ser por peso.
A veces también hay desconocimineto de los propios agentes de este hecho, ya que se podría aparcar una autocaravana ren el centro de cualquier ciudad sin poder ser multada, siempre y cuando esté bien estacionada y no moleste a la circulación.

Otra cosa son las sanciones por la ley de costas, que aquí no hay distinción entre tipos de vehículos. A cierta distancia del mar no puede acampar NADIE.

En referencia a la California, yo tengo la Comfortline y está matriculada como turismo-vivienda.

solosyncro

@Costas: acampar o aparcar? Y que es esa distancia?
It´s the open road, men!

Elfossie

La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15

beep-beep

Al final vayas en capuchina, en ww Beach, o en seat panda, te van a multar por lo que les salga de los ******.  Como hagais caso de la interpretación mas simplista del pictograma, 3/4 de lo mismo.

Yo empleo la logica, donde veo prohibido y un dibujo de caravana, me largo a aparcar, dormir o cenar a otro sitio.
Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

REMBRANDT

Cita de: solosyncro en Mayo 22, 2014, 17:50:32 pm
@Costas: acampar o aparcar? Y que es esa distancia?


Pues no tengo la ley a mano, pero si la lees verás que pone que a XXX metros del mar no se puede acampar ni aparcar a ciertas horas (normalmente  de noche)...Acampar tanto en tienda como en camper/AC y aparcar pues cualquier vehículo.

La diferencia entre acampar y aparcar es fácil y  complicada a la vez. Un vehículo camper, ya sea AC o furgo, está aparcada siempre y cuando ninguno de sus elementos sobrepase su base (toldos, claraboyas, ventanas...), porque entonces estará acampada.
El problema es que en muchos sitios somos sancionados por acampar por el mero hecho de hacer vida dentro del vehículo sin que ninguno de estos elementos se usen. Y en ese caso estariamos aparcados, y si somos sancionados lo deberían de ser el resto de vehículos que tenemos al lado, ya sean motos, coches o lo que sea por que no se puede aparcar.
Lo que pasa es que ya se ha comentado muchas veces, los ayuntamientos se sacan ordenanzas para multar, pasandose por el forro la ley estatal, y entonces eres tú el que debe perder el tiempo en recurrir para que te la quiten, que te la acaban quitando, pero ya has perdido tu tiempo.

virkoff

Pero digo yo que aunque te multen por estar aparcado donde hay una señal  de prohibido autocaravanas si estas con una furgo no matriculada como ...-vivienda,incluso en ese caso tampoco incumples la ordenanza municipal aunque la misma sea ilegal y el recurso sera mas fácil,y de eso se encargan  los servicios de recursos dé multas del seguro

agustmaiz

Aqui nos gusta interpretar la ley como nos interesa.

Si hay una señal que pone prohibido autocaravanas hay que ver qué es una autocaravana.

Según la RAE una autocaravana es vehículo con motor propio acondicionado para hacer vida dentro de él.
Una California Beach cumple este cometido con independencia de lo que ponga en la ficha técnica???

Saludos

Agustin

Tapaltakeando sin acentos

Mi paginilla de bricos:

http://picasaweb.google.com/108474959811368681058?feat=email%3Cbr%20/%3E

estresao

Creo que según la ley Española, para ser catalogada como autocaravana tiene que tener cocina por ejemplo, y la Beach no tiene.

De cualquier manera, al final veo que como te quieran complicar la vida lo harán.

No se si ya existe algo así, pero, si nos agrupamos no podríamos tener un servicio legal que nos ayude en estos casos?. No se si existen iniciativas de este tipo con los miembros de este foro, pero lo mismo es una opción interesante y asequible entre todos.
[VW CALIFORNIA T5 BEACH EDITION 2.0 140CV BM 4Motion 2015] La Blasa http://www.furgovw.org/index.php?topic=300630.msg3672342#msg3672342

[Adria Matrix Supreme 650SC] https://www.furgovw.org/index.php?topic=355922.0

arrano beltza

me parece que después de leer las explicaciones de Rembrandt, las cuales están perfectamente expuestas y son tal cual las cuenta, el tema por mas vueltas que le deis no da mas de si

REMBRANDT

Muchas gracias.... ;)
A veces es que se exponen demasiadas causísticas y la ley no lo explica todo y da pie al agente a interpretaciones. Sé que es complicado de entender, pero la policía no puede saberse todas las leyes....para eso están los jueces.

rococa

Cita de: agustmaiz en Mayo 21, 2014, 12:59:33 pm
Darle todas las vueltas que quieras y verlo desde el punto de vista que te interesa.
Si hay una señal de prohibido autocaravana eso quiere decir que allí no las quieren ni ese vehículo ni similares. Y si te quieres saltar esa prohibición lo más probable es que acabes con una denuncia.

A mí me han echado de un parking estando perfectamente aparcado sin molestar el vehículo sin nada abierto y estando la autocaravana sobre sus cuatro ruedas sin calzos ni nada. Sin oscurecedores. Simplemente alli no se podia estar.

Saludos

Agustin

Tapaltakeando sin acentos


¿Pero a ti te han multado en España o fuera?... Porque la Ley es de obligado cumplimiento, eso una ...otra, dictada por el ministerio de Interior usease VALIDA en "todo" el territorio Nacional pues es competencia del Gobierno Central y no de las comunidades y la ultima y "refinitiva" la lleva acabo la DGT,en caso que te venga un o una guardia pretoriana de cualquier Alcalde (Policia Local) puedes protestar perfectamente.Pegas,que te van a zumbar de allí si o si,acto seguido buscas el primer cuartelillo de GC y les pones en aviso ¡¡¡QUE ABRAN UN PARTE DE INCIDENCIA¡¡¡ y luego traaaaaaaannnnnnnquiiilamente en tu ciudad en tu casita vas a los juzgado,buscas el decanato y pones una denuncia formal,pon todos los datos posible para identificar al guardia,Nº Placa ,si te denuncia el, mira que en el resguardo este, que se las saben todas tambien,hora ,zona, aviso en la GC etc.... y ya esta. Que sepáis que si le intentáis enseñar la  Instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico, y el hace caso omiso incurre en delito hay suspensión de empleo y sueldo hasta la vista del Juicio.....
Ganas de salir con ella....