¿Qué impuestos a pagar al comprar un camper de segunda mano a un particular?

Iniciado por Avila_svh, Noviembre 08, 2021, 09:47:08 am

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quimrs

Cita de: Avila_svh en Noviembre 08, 2021, 13:27:53 pmGracias Ignasi,
pués vaya palo el 5% del importe de la compra!!!
Empiezo a entender porque en muchos contratos de compraventa de vehículos aparece en el apartado precio la indicación " convenido " en lugar de una cifra.

Parece ser que en documento aparte se firma un recibo en el que si se pone el importe.
Randger R540 (antes Californias T4 y T5)

nico_t4

Cita de: quimrs en Febrero 21, 2022, 21:19:14 pmEmpiezo a entender porque en muchos contratos de compraventa de vehículos aparece en el apartado precio la indicación " convenido " en lugar de una cifra.

Parece ser que en documento aparte se firma un recibo en el que si se pone el importe.
claro date cuenta que si compras una t4 que su valor venal es 3600, pero has pagado por ella 10.000, que es el precio "mínimo" por el que se mueven en el mercado...en gaicia en vez de pagar el 8% sobre los 3600 lo pagas sobre los 10.000. Entonces nos "obligan" a hacer la trampa y poner precio de compra 3600 y asi en vez de pagar 800 de itp pagas 288 y con esos 512 que te ahorras pagas seguro y le haces alguna cosilla.
Si fueran más honrados y cobraran el 8% del valor venal independientemente del precio de compra, no se haria esa trampa.
Aunque lo lógico sería no pagar nada...que para eso el que la compró pagó el impuesto de matriculación y demás, pero ahi no voy a entrar...

Ignasi BRK

Cita de: crisjaca en Febrero 20, 2022, 15:26:30 pmPerdona!!! Somo te cuento mi caso ,vw T5 California, del 2006, la compre hace año y poco, precio que pagué, sobre los 20000€, el impuesto de transmisiones, obligatorio para poder cambiar de nombre, 880€ más luego tasa de tráfico...el vehículo si que está en tablas, pero como el valor real no es ni parecido, te piden el contrato de compraventa y pagas el 4% de precio de compra, independiente de los años del vehículo, recurrí y no hay opción. A no ser que hagas trampa, haciendo  ...ilegalidades.

Cada comunidad autonoma funciona diferente. en cataluña es como yo te he dicho, se paga impuesto a trafico, cambio de nombre, pero estas exento de pagar el impuesto de transmisiones si tiene mas de 10 años. Yo vendi mi California de 2011 en Octubre y el comprador no pago el impuesto de transmisiones.

Supuestos en que no hay obligación de presentar autoliquidación

No hay obligación de presentar la autoliquidación del impuesto en los supuestos siguientes:

a) Ciclomotores (cilindrada no superior a 50 cc o, en el caso de vehículos eléctricos, con una potencia máxima de 4 kw).
b) Vehículos de diez años de antigüedad o más.

nico_t4


sendrow

Cita de: nico_t4 en Febrero 20, 2022, 20:40:30 pmEn Galicia el impuesto de transmisiones patrimoniales(itp) es el 8% del valor del vehículo, que lo pagas presentando el Modelo620. Os pongo de ejemplo mi caso. Una vw T4 del 92 tiene un valor venal de 1400 euros por lo que se pagaría 112 euros.Para furgos tan antiguas se basan también en si mide de alto más o menos de 2metros.
Sorpresa, si es Vivienda,(vehiculo mixto adaptable-vivienda), osea mi caso, el valor venal sube a 3600 por lo que de ITP pagas 288€ Luego en tráfico, para hacernos una idea pagas "independientemente" del coche sobre 50€ de tasa. En este caso concreto fueron 55€.
Lo cuento por si a alguién le ayuda.
Saludos!

Perdona, ¿pero no hay una depreciación debida a los años? En tu ejemplo, debería ser una depreciación del 10%, ¿no?

Entonces la duda: ¿ese 10% se aplica también al valor venal, o solo al valor de las tablas?

nico_t4

Cita de: sendrow en Febrero 25, 2022, 12:59:52 pmPerdona, ¿pero no hay una depreciación debida a los años? En tu ejemplo, debería ser una depreciación del 10%, ¿no?

Entonces la duda: ¿ese 10% se aplica también al valor venal, o solo al valor de las tablas?

Llega un punto que no baja más, y por lo que me dijo la persona qe me atendió, sobre todo en vehículos tan antiguos, no figuran ni en las tablas, por lo que el cálculo lo hacen de otra manera. si fuera un furgon mixto, normal y corriente, entre otras cosas usan la altura del mismo para hacer el cálculo, si mide menos de dos metros es un precio y si mide mas otro. No se si esto responde tu consulta

sendrow

Cita de: nico_t4 en Febrero 25, 2022, 15:06:07 pmLlega un punto que no baja más, y por lo que me dijo la persona qe me atendió, sobre todo en vehículos tan antiguos, no figuran ni en las tablas, por lo que el cálculo lo hacen de otra manera. si fuera un furgon mixto, normal y corriente, entre otras cosas usan la altura del mismo para hacer el cálculo, si mide menos de dos metros es un precio y si mide mas otro. No se si esto responde tu consulta

Sí, algo me sirve, te agradezco. Yo había buscado el mío (una T4 Multivan de 1992) en las tablas y no aparece, y había visto por ahí que dicen que si no aparece en las tablas entonces vale el importe del contrato de compraventa.

También había leído que había una depreciación debida a los años del vehículo. Pero imagino que se refiera al importe que aparece en las tablas.

¡Qué faena!

nico_t4

Cita de: sendrow en Febrero 25, 2022, 15:59:52 pmSí, algo me sirve, te agradezco. Yo había buscado el mío (una T4 Multivan de 1992) en las tablas y no aparece, y había visto por ahí que dicen que si no aparece en las tablas entonces vale el importe del contrato de compraventa.

También había leído que había una depreciación debida a los años del vehículo. Pero imagino que se refiera al importe que aparece en las tablas.

¡Qué faena!

jajajaja pues entonces si que te vale mi caso. porque acabo de comprar una vw multivan del 92 hace una semana. es el 8% de 3600(lo puse en mi primer comentario) o si el valor que pongas en el contrato es superior te cogen el mas alto. y en trafico 55

aske

Buenas,

Acabamos de vender nuestra multivan con techo en Gipuzkoa. Estabamos convencidos de que el comprador tan solo tendria que pagar el 4% de la depreciacion que ha tenido el vehiculo durante estos años (Segun las tablas de hacienda pagarian sobre 156€).

Pues en la gestoria nos han dicho que el impuesto en nuestro caso era del 4% del precio indicado en el contrato de compraventa y que si el pago se hacia por transferencia habia que hacerlo bien, ya que de lo contrario hacienda nos podia crugir en los proximos 4 años.

¿Sabeis si esto es asi?

Gracias!  ;)
Atzera goaz aurrera ez bagoaz!

karpediem1977

Cita de: aske en Marzo 07, 2022, 23:22:29 pmBuenas,

Acabamos de vender nuestra multivan con techo en Gipuzkoa. Estabamos convencidos de que el comprador tan solo tendria que pagar el 4% de la depreciacion que ha tenido el vehiculo durante estos años (Segun las tablas de hacienda pagarian sobre 156€).

Pues en la gestoria nos han dicho que el impuesto en nuestro caso era del 4% del precio indicado en el contrato de compraventa y que si el pago se hacia por transferencia habia que hacerlo bien, ya que de lo contrario hacienda nos podia crugir en los proximos 4 años.

¿Sabeis si esto es asi?

Gracias!  ;)
Así es, es tanto % de precio en contrato o de valor en las tablas mínimo.


Tienes derecho a expresar libremente todo aquello que te esté permitido decir.
https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=386391.0

nico_t4

Cita de: aske en Marzo 07, 2022, 23:22:29 pmBuenas,

Acabamos de vender nuestra multivan con techo en Gipuzkoa. Estabamos convencidos de que el comprador tan solo tendria que pagar el 4% de la depreciacion que ha tenido el vehiculo durante estos años (Segun las tablas de hacienda pagarian sobre 156€).

Pues en la gestoria nos han dicho que el impuesto en nuestro caso era del 4% del precio indicado en el contrato de compraventa y que si el pago se hacia por transferencia habia que hacerlo bien, ya que de lo contrario hacienda nos podia crugir en los proximos 4 años.

¿Sabeis si esto es asi?

Gracias!  ;)

Si, tienes que pagar el tanto % que esté establecido en tu CCAA. Ese porcentaje es sobre el valor de la furgo y se aplica siempre sobre el importe más alto entre el valor venal y el del contrato. si tu pagas el impuesto sobre 1000 euros por ejemplo y el valor venal es 1200 te van a reclamar la diferencia y una pequeña sanción. En teoría en el contrato que se presenta debería figurar un importe igual o menor que el valor venal para no pagar de más.

Phoenixtoledo

Cita de: karpediem1977 en Marzo 07, 2022, 23:42:45 pmAsí es, es tanto % de precio en contrato o de valor en las tablas mínimo.

Lo que sea más alto de los dos
Camperización de nuestra abejita Bee: https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=378660.0

aske

Cita de: nico_t4 en Marzo 08, 2022, 10:33:27 amSi, tienes que pagar el tanto % que esté establecido en tu CCAA. Ese porcentaje es sobre el valor de la furgo y se aplica siempre sobre el importe más alto entre el valor venal y el del contrato. si tu pagas el impuesto sobre 1000 euros por ejemplo y el valor venal es 1200 te van a reclamar la diferencia y una pequeña sanción. En teoría en el contrato que se presenta debería figurar un importe igual o menor que el valor venal para no pagar de más.

Si lo malo que si en el contrato no consta el valor real, a ver como justificas una tranferencia de X € ante hacienda. A nosotros en la gestoria nos avisaron de hacienda andaba detras de estos asuntos y tienen 4 años para pillarte.
Atzera goaz aurrera ez bagoaz!

nico_t4

Cita de: aske en Marzo 09, 2022, 18:49:17 pmSi lo malo que si en el contrato no consta el valor real, a ver como justificas una tranferencia de X € ante hacienda. A nosotros en la gestoria nos avisaron de hacienda andaba detras de estos asuntos y tienen 4 años para pillarte.
en mano o una parte ingresada y otra parte en mano.