siilla auto bebe, como os organizais?¿?

Iniciado por arkytam, Abril 11, 2012, 15:46:45 pm

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REMBRANDT

Bueno, pues he estado buscando la normativa la respecto de las sillitas y no lo veo claro.

He encontrado esto del RACC
imagenes.w3.racc.es/uploads/.../2681_folleto%20racc%20jane%20cast-2.pdf 
Esto en una página de bebés
www.bblandia.es/doc/guia_seguridad.pdf
Y esto de la DGT
www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/...dgt/.../TEMA_028.pdf   de la pág. 20-22

Me sigue , después de leerlo todo, sin quedar claro si a un niño de 16 kg de peso lo puedo llevar en el asiento de delante mirando en el sentido de la marcha....seguiré buscando algo más claro, pero para  ir haciendo ideas aquí lo dejo.. .malabares .malabares .loco2 .loco2 .loco2

REMBRANDT

Aquí algo más que he encontrado, en relación al tipo de homologación de la silla:

Legislación de la Unión Europea sobre cinturones de seguridad

La Directiva Europea 2003/20/EC, aprobada en 2003 y con entrada en vigor en el año 2006, impone el uso de cinturones de seguridad y sistemas de retención por parte de todos los conductores y ocupantes y, en particular y en el caso de los niños:

Prohíbe que los niños menores de tres años viajen en cualquier vehículo sin un asiento o sillita infantil adecuada para su edad y peso. Si el automóvil no dispone de dicho sistema, no podrían viajar en él niños menores de tres años.
Los niños de más de tres años de edad y cuya estatura sea inferior a 150 cm deberán estar sujetos por un dispositivo de retención para niños si el vehículo dispone de éste.
Los niños de más de tres años de edad y cuya estatura sea inferior a 150 cm sólo podrán viajar en los asientos delanteros de los vehículos si utilizan asientos infantiles adecuados.
Cada país, dentro de la Unión Europea, podrá permitir que, en su territorio, los niños cuya estatura sea inferior a 150 cm pero al menos igual a 135 cm utilicen el cinturón de seguridad para adultos.
Cada país, dentro de la Unión Europea, podrá permitir que, en su territorio, los niños no utilicen dispositivos de retención infantil cuando viajen en taxi. Sin embargo, cuando dichos niños viajen en taxis sin dispositivo de retención, no podrán ocupar el asiento del pasajero delantero.
Los niños no podrán utilizar dispositivos de retención orientados hacia atrás en el asiento del pasajero delantero si dicho asiento está protegido con un cojín neumático o airbag de seguridad frontal, a menos que dicho cojín haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho cojín se desactive adecuadamente de forma automática.
Todos los dispositivos de retención para niños que se utilicen deberán cumplir las normas del Reglamento 44/03 de la CEE-ONU o de la Directiva 77/541/CEE, o cualquier otra adaptación posterior de los mismos. En los autobuses, todos los ocupantes de 3 o más años de edad deberán utilizar también, cuando estén sentados, los dispositivos de seguridad instalados en los vehículos.
Como todas las directivas europeas, esta directiva europea es de obligatorio cumplimiento en los veintisiete países de la Unión Europea.

REMBRANDT

Es lo k tiene estar despierto a esta hora....

http://www.infanciasegura.es/sviaria.php?id=7 Después de leer esto me queda un poco más claro que sí que podría llevar a mi hija en el asiento de delante con su Cybex Pallas, que no sería lo más recomendable, pero sí legal.
También he estado leyendo un foro de AC donde se hablaba de lo mismo y muchos comentan que llevan a sus hijos delante y sin ningún problema con las FCSE. Había un forero que comentaba que su hjo disfrutaba más de los viajes....quizá pruebe a ver qué tal.

latrivu

Yo tengo entendido q delante sólo puede ir el grupo O y en contra de la marcha y con airbag desconectado sino tururu.

Parado las ponemos las dos y(una reparo grupo 1-2-3 y el grupo 0 ) en el asiento del piloto. es un rollo pero no hay otra jijiji

arkytam


REMBRANDT

Pues después de leer y hacer tb una conculta al programa de radio LUZDECRUCE la conclusión a la que llego es la siguiente: ES TOTALMENTE LEGAL LLEVAR A TU HIJ@ EN EL ASIENTO DELANTERO EN EL SENTIDO DE LA MARCHA SI VA EN UNA SILLA HOMOLOGADA . Lo que tendrás que hacer es conectar el airbag. Otra cosa es que no sea lo más recomendable porque el asiento delantero es más peligroso a la hora de un golpe frontal y el niñ@ está más protegido atrás...

Yo ayer probé llevar a mi hija delante con una CYBEX PALLAS y la mar de contenta, además fuimos hablando el trayecto y le gusta la vista, mira los colores de locoches...estoy MUY CONTENTO. .palmas .palmas

arkytam

esta bien saberlo, me imprimire la ley por si.....

supongo que la silla de la foto que esta en la primera pagina tambien vale no?¿?¿

yo prnicipalmente lo quiero para las vacaciones de agosto.- para no andar mueve para atras, para alante....

frangaia

Yo también creo que se puede ir delante con la silla y el airbag quitado... Lo único que pone la ley es que tiene que llevar dispositivo homologado...

arkytam


godzy49

Cita de: frangaia en Mayo 22, 2012, 15:30:26 pm
Yo también creo que se puede ir delante con la silla y el airbag quitado... Lo único que pone la ley es que tiene que llevar dispositivo homologado...

Correcto pero en el manual de la silla encontraras si tu silla ha sido homologada para ese asiento....


Cita de: arkytam en Mayo 22, 2012, 16:41:13 pm
airbag activado o desactivado?¿


Os tenéis que leer el manual de la silla Y/O de la furgo para encontrar la respuesta a esta pregunta

REMBRANDT

Si va en sentido de la marcha debe estar conectado...como un adulto. Si va al contrario debe ir desconectado.