Reclamar daños ocultos o puede convertirse en mayor gasto

Iniciado por ION LUZEA, Enero 02, 2019, 09:23:22 am

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ION LUZEA

Muchas gracias por los ánimos... pero mientras dure el proceso seguiré hecho una mierda. Después espero seguir adelante. Tengo años y he pasado de todo. Pero esta situación me ha hecho sentir como un viejo senil que no sabe lo que hace y se deja manipular. La enfermedad que he tenido me ha dejado con debilidad mental. Y los nervios alterados.
Respecto al contrato yo firmo con un garabato...Como los médicos. Generalmente suele salir diferente, en este caso es idéntico al del DNI, tenía una foto de mi DNI en su móvil. Pero yo soy honrado y no puedo confirmar que no fuese mío
Repito, la trasferencia del vehículo se realiza en gestoría y el vendedor lo sella con el sello de la empresa. A mi no se me da copia de esa trasferencia, también firmada por mi. En teoría, el vendedor realiza un contrato de venta entre particulares, sin constar la empresa por ninguna parte.
Yo creo que es como si compras unos zapatos y en vez de hacer una factura la empresa el empleado rellena un papel a su nombre validando esa venta.

jlgarz

Enero 04, 2019, 11:03:24 am #46 Ultima modificación: Enero 04, 2019, 11:37:39 am por jlgarz
Cita de: frapeal en Enero 03, 2019, 17:21:38 pm
ION LUZEA, comienza por esto:
El comprador consumidor tiene, frente al vendedor las siguientes garantías:
•   Que se les asegure la naturaleza, características, condiciones y la actividad o finalidad de los bienes que adquieran o de los servicios que contraten.
•   El permiso de poder reclamar con eficacia en supuestos de error, defecto o deterioro del producto o servicio.
•   La posibilidad de una devolución equitativa del precio de mercado del bien o servicio, en caso de incumplimiento total o cumplimiento defectuoso por parte del empresario.
•   El acceso a teléfonos de reclamación con un coste por llamada no superior a la tarifa básica.
•   En el momento de reclamar sean objeto de una atención personal directa.
•   El conocimiento, para la formalización de quejas o reclamaciones, de:
o Una dirección postal.
o Un número de teléfono y fax.
o Una dirección de correo electrónico.
•   La respuesta a una reclamación no se demore más de un mes.
El vendedor tiene la obligación de entregar los productos conformes con el contrato que suscriba con el consumidor o usuario. Y en el caso de falta de conformidad (que tendrá que producirse en el momento de la entrega), responder ante éste.
La normativa vigente en materia de protección de consumidores y usuarios recoge una presunción de conformidad de los productos con el contrato, salvo prueba en contrario.
Pero esta presunción se da si se cumplen todos los siguientes requisitos:
•   El producto se ajuste a la descripción realizada por el vendedor y posea las cualidades teniendo en cuenta la muestra o modelo presentado por el vendedor.
•   El producto sea apto para los usos a que ordinariamente se destinen productos del mismo tipo.
•   El producto sea apto para el uso especial requerido por el consumidor y que conozca el vendedor en el momento de la celebración del contrato, siempre y cuando éste (el vendedor) haya admitido que el producto es apto para dicho uso.
•   El producto presente la calidad y las prestaciones habituales en productos del mismo tipo y que el consumidor o usuario pueda fundadamente esperar, teniendo en cuenta la naturaleza y las declaraciones públicas contenidas en la publicidad o el etiquetado.
La responsabilidad del vendedor frente al consumidor o usuario, otorga a éstos los siguientes derechos (alternativos): a la reparación o a la sustitución o a la rebaja del precio o a la resolución del contrato.
Y así, cuando el producto no sea conforme, el consumidor o usuario (comprador), podrá optar entre su reparación o su sustitución, salvo que una de estas opciones resulte "objetivamente imposible o desproporcionada".
Esta desproporción de la que habla la norma se produce cuando los costes no sean razonables, no sea relevante la falta de conformidad o bien cuando la otra forma alternativa de saneamiento se pueda realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor o usuario.
Una vez hecha la elección y comunicada al vendedor, "ambas partes habrán de atenerse a ella". Pero la realización de cualquiera de estas formas de saneamiento, debe cumplir las siguientes reglas:
•   Es gratuita para el consumidor o usuario en cuanto a gastos de envío, mano de obra y materiales.
•   Debe cumplirse en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor o usuario.
•   Concluida la reparación, si el producto sigue siendo no conforme, se podrá exigir la sustitución (salvo que esta opción resulte desproporcionada) o la rebaja del precio o la resolución del contrato.
•   Si la sustitución no logra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor o usuario podrá optar, exigiéndolo, por la reparación (salvo que resulte desproporcionada), la rebaja del precio o la resolución del contrato.
•   No se podrá exigir la sustitución si el producto es no fungible o bien de segunda mano.
Por otra parte, las medidas de la rebaja del precio o resolución del contrato, proceden cuando no se pueda exigir la reparación o la sustitución. Si bien la resolución del contrato no procede cuando la falta de conformidad es de escasa importancia.
En productos de segunda mano, las partes (vendedor y comprador) pueden pactar un plazo de garantía, pero nunca podrá ser inferior al año (a contar desde la fecha de entrega).


me he leido el hilo hasta este post.
te voy a contestar en base a una experiencia parecida pero al reves que me paso(abri un hilo en su dia que estara por aqui)
yo vendi una furgo, cabe diferenciar que yo no soy profesional,la furgo era mi vehiculo desde que lo compre hasta que la vendi, ahi hay una gran diferencia con tu caso.
el caso es que antes de comprarmela,se la llevaron  a su mecanico de confianza,tras sacrle un par de defectillos tontos para que le rebajara algo, el mecanico le dio el ok ,la compraron y ese mismo finde se fueron a un viaje de 300 ida mas 300 vuelta, la furgo les fue de maravilla,vinieron encantados.
a los tres meses, me reclamaban una factura de no me acuerdo cuanto,amenazandome que me iban a denunciar por garantia de vicios ocultos ,resulta que se les fue la culata,tras hablar con el me confeso que algun dia atras se le rompio un manguito.
tampoco tenia facturas de mecanico por que se lo habian hecho en B para que le saliera mas barato ,en fin ,al final todo se quedo en amenazas.

tras explicarte mi caso y tras despues de mi experiencia en el y estar rallado varios meses preocupado por la situacion, te dire,que la garantia es solo de vicios ocultos en el caso de los particulares, que se vaya una culata por romperse un manguito no lo es, que te lo hayan vendido con el aceite mezclado si lo es, pero puedes demostrar que te la vendio asi?no es que dude de tu palabra, digo si lo puedes demostrar.
si demuestras que te lo vendio un compra venta si dispones de un año de garantia.
por otro lado,dices que hay un contrato firmado renunciando a garantia, si lo has firmado tu ,no pierdas el tiempo, si no lo has firmado tu,ves a un perito caligrafico y con el informe demanda al canto, y con eso ya tienes mucho ganado.
segun cuentas,esta claro que el compra venta ha obrado de mala fe, pero la cuestion es demostrarlo ante un juez.

suerte en el tema

ION LUZEA

El informe del mecánico es de 10 días después de la compra. En kilómetros según la ITV realizada por ellos en Miranda dde Ebro (cuando su taller es en Vitoria) y los kilómetros que aparecen en esta factura es de 200 km de diferencia. Este vehículo a estado en propiedad de la empresa 2 meses.

Reconozco que fui un Cándido...

jlgarz

como pagaste? hiciste transferencia por casualidad?
yo creo que en tu caso, con demostrar que lo has comprado en un compraventa tendrias mucho ganado.
el cambio de nombre de trafico?

ION LUZEA

La trasferencia realizada en gestoría aparece el que transfiere el vehículo la empresa con su sello y cif, sin nombre de persona ( esto dice la gestoría por tl al abogado ya que hasta ahora se niega a entregar copia de la trasferencia. Reconoce que trabaja con esta empresa en estas circunstancias). El lío es que después hay un contrato que no consta la empresa, como si fuese un particular el que vende.
Se que todo han sido una sucesión de malas decisiones.  Vender la t4 a mi vecina, ante su insistencia, después de mucho mirar y decirme a quedarme con la furgo aparecer este coche y comprarlo, por ignorancia, sin la debida precaución. Decir arreglar el vehículo al tiempo que aparecían más fallos como un soporte del motor roto y el eje de la trasmisión delantera( el palier iz) al tiempo que aparecían grades déficit de mantenimiento.,..sin valvulina, trasmisiones totalmente secas, discos de frenos excesivamente desgastados. Además de lo primeramente detectado, pérdida de combustible por la bomba, pérdida de aceite por el retorno del turbo, pérdida de hidráulico por el manguito del embrague, mezcla de refrigerante y aceite.... Vamos.... que el suelo del taller de esa empresa tenía que estar hecho un asco. Y todo esto, casualidad, son averías que permitían conducir el coche y que parecía bien.
Ahora, ante las malas decisiones, me falla la voluntad de tomar más...dejaré al nuevo abogado que decida lo más correcto. Temo seguir gastando más para nada.

jlgarz

que se rompa un palier,no se hasta que punto puedes reclamar esto funciona hasta que se rompe, no hay manera de ocultarlo ,lo unico que te salvaria seria demostra que te lo ha vendido una casa de compraventa que ahi si te ha de cubrir garantia ,
las piezas de desgaste como frenos ,embrague y ruedas olvidate ,eso no lo cubre nadie.
si en los papeles de trasnferencia de trafico, aparece el compraventa ,pues ahi lo tienes

ION LUZEA

Estaba rota una parte del palier, en la factura aparece trasmisión, pero el coche funcionaba...hasta que cascase del todo. El coche ha estado en taller sin usarlo así que vino así.
Existe el anuncio (en mil anuncios) que leo que sirve de prueba en el que se publicitaba lo bien que estaba, no refiere ninguna avería y específica que se vende por profesional.
El anuncio solo se puede recuperar por mandato judicial.
Los daños de frenos y mantenimiento de engrase están en factura aparte.

GL

Dame los datos de la compra que tengas por privado o el numero del vendedor, y trato de buscarte en la caché ese anuncio en concreto.
Añado: o incluso el enlace aunque esté expirado pasamelo.
Pésima experiencia oscurecedores BARNACAMPERS: http://www.furgovw.org/index.php?topic=298008.0

Personalizando y camperizando mi Transporter T4 de 1994 - http://furgoatope.wordpress.com/

ION LUZEA

Cita de: GL en Enero 04, 2019, 14:51:25 pm
Dame los datos de la compra que tengas por privado o el numero del vendedor, y trato de buscarte en la caché ese anuncio en concreto.
Añado: o incluso el enlace aunque esté expirado pasamelo.


Te he enviado los datos. Cuando pueda miro el enlace en el portátil. No me he fijado que mensaje da cuando intento abrirlo.
Merci

frapeal

Para los que compréis de importación alemana, tener en cuenta esto (traducido en google):
Ley de Tráfico Vial (StVG)
§ 22b Abuso del odómetro y limitadores de velocidad.
(1) El encarcelamiento de hasta un año o una multa sancionará a quienes primero la medición de un odómetro instalado en un vehículo motorizado se adultera al influir en el resultado de la medición al actuar sobre el instrumento o sobre el proceso de medición; segundo la función prevista de un dispositivo de limitación de velocidad con el cual un vehículo motorizado está equipado, lo cancela o lo afecta adversamente al actuar sobre ese dispositivo, o tercera
Prepare una ofensa criminal bajo el Número 1 o 2 creando, manteniendo o desechando programas de computadora cuyo propósito es cometer tal acto.
(2) En los casos de la subsección (1) no. 3, la sección 149 (2) y (3) del Código Penal se aplicarán mutatis mutandis.
(3) Los objetos a los que se refiere la infracción mencionada en el párrafo 1 pueden ser confiscados. El artículo 74a del Código Penal es aplicable.

Y añado que en España también es un delito penal modificar el cuenta kilómetros, así que, con que tengáis indicios de que ha sido modificado por el vendedor, querella criminal por estafa.

frapeal

De las sentencias se aprende:
UN TRIBUNAL ORDENA DEVOLVER EL IMPORTE DE UN COCHE AL QUE SE LE REBAJARON 100.000 KILÓMETROS
Fecha noticia: 13/12/09
La sentencia da la razón al demandante que detectó la manipulación por las continuas averías
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un concesionario de coches coruñés a devolver a un comprador el dinero que pagó por un Audi A-6 de segunda mano porque el vehículo tenía 100.000 kilómetros más de los que indicaba el cuentakilómetros. La sentencia no condena al vendedor por la manipulación, ya que no se ha probado que la realizara él, pero sí por vender el coche sin comprobar su estado.
Según publica hoy en su página web el diario La Voz de Galicia, en una crónica firmada por Alberto Mahía, el afectado compró el Audi A-6 el 25 de mayo del 2006 en el concesionario López & Orille, del polígono coruñés de A Grela. El cuentakilómetros indicaba que el coche tenía 81.520 kilómetros y pagó por él 23.780 euros.
El vendedor debe comprobar el estado del coche
A raíz de las continuas averías, un perito lo examinó y detectó que el coche debía tener, por su estado, muchos más kilómetros que los que se indicaban. Así el comprador descubrió que el concesionario que le vendió el coche lo había adquirido en el 2005 a otro concesionario cuando el coche tenía 180.212 kilómetros.
La sentencia establece que el segundo vendedor, aunque no manipulara el contador, "conoce o puede conocer con exactitud el producto que vende, por tener medios suficientes para su comprobación". Y por eso ordena que se le devuelvan los 23.780 euros al denunciante.

warrior5.0

Cita de: ION LUZEA en Enero 02, 2019, 11:25:12 am
Pero el otro también tiene abogado...y todos quieren sacar dinero....
Me lo vendió con la historia de que el coche era de su padre y que el como mecánico lo había reparado y cuidado de su mantenimiento.
En el historial de la DGT aparece 7 propietarios y ninguno su padre..
En la DGT aparece como titular una empresa de compraventa.
Y llevo mucho gastado y tiempo perdido en repararlo, todavía falta un bombín de embrague y un problema con la bomba de inyección que mantiene estrangulado el paso del combustible.

Que problemas has tenido y que te han cobrado por resolverlos?
El bobmbin del embrague o suena o no suena y porque mantiene la bobmba estrangulado el paso? de ser asi la furgo ira mal.
que furgo es?

ION LUZEA

Ya he comentado a lo largo del hilo...
Pérdida de aceite por el retorno del turbo
Sujeción motor roto
Trasmisión delantera izq, cambiar ese elemento
Pérdida del hidráulico por el bombín de embrague
Pérdida de combustible por la bomba y el dispositivo del paro estropeado
Aceite y hidráulico se mezclan (sin reparar.presupuesto 1100)
Estas reparaciones han salido 1600 euros.
Añadir el mantenimiento que no tenía como discos de freno desgastado, falta de valvulina en el embrague, la trasmisión seca..unos 800.
Me falló el primer abogado y la cosa va tarde porque el 18 cumple el plazo de demanda.
Estoy con otro equipo
La primera consulta 55 euros y ya depende del camino a seguir.
Seguir gastando, abogado, procurador, y depender de la voluntad de un juez...me asusta.
Pero me irrita que le empresa de venta se vaya de rositas
No se que decir.
Estoy gastando mucho por un coche de 18 años. Me había costado 2500 y ha subido demasiado....y todo lo gastado es perdido..
Si lo vendo no lo recupero

+gvr

Enero 05, 2019, 19:33:25 pm #58 Ultima modificación: Enero 05, 2019, 20:12:56 pm por +gvr
Cita de: ION LUZEA en Enero 03, 2019, 21:12:18 pm
No creo que pueda hacer nada con mi firma.


Un examen caligráfico podría despejar dudas y si no es tuya estaríamos hablando de un delito de usurpación de identidad.

Cita de: ION LUZEA en Enero 03, 2019, 21:12:18 pm
La contradicción entre la firma de la trasferencia por la empresa (actuando el como representante ) y la firma del contrato en la que actúa como particular.


Creo que este es el quit de la cuestión. Maquinar para no dar la garantía que corresponde a la venta. Si el titular la cuenta destinataria de la transferencia es el de la empresa lo tienes ganado. Pero si el titular es un autónomo también porque un autónomo peude ser empresario y empleador. Si el titular de la cuenta es una personaq física distinta al empleado también lo tienes ganado. si es así otra cosa es que el empleado esté dado de alta o no, per si estaba alli vendiendo  .malabares

Los discos de freno, por ejemplo, tienen grabado el espesor mínimo, pueden estar casí para cambiar y y parecer para el arrastre pero cumplir.
¿Los conservas? si te los vendieron por debajo del mínimo son palabras mayores, pero si están por encima del mínimo son unos elementos de desgaste que te tocan cambiar a ti.

Está claro que no la revisaron pero también yo no me fiaría de nadie...
Una vez conocí, por cuestiones comerciales, a un viajante que se compró un coche y salió del compraventa asegurando que alli le cambiaban el cigüeñal a todos los coches que vendían. Él estaba contantísimo  .meparto

Ánimo!! No desistas, pero tampoco te ofusques.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

ION LUZEA

El gran problema es hasta donde llegar. Cuanto más avance en el proceso más iré gastando.
Y. Un abogado no asegura el triunfo
Lo decide un juez