Recibo del seguro en la itv,es legal?

Iniciado por joserra, Junio 07, 2012, 23:25:23 pm

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ELSERGIO

Junio 19, 2012, 12:52:12 pm #15 Ultima modificación: Junio 19, 2012, 13:04:54 pm por ELSERGIO
el recibo del seguro SIGUE SIENDO OBLIGATORIO LLEVARLO, pero nuestra amiga la television nos hizo creer que no ya que la benemerita va con su base de datos y esas cosas, pero si no lo llevas, y la guardia civil no tiene base de datos, te daran por el culillo, a la par que para gestionar cualquier parte, un monton de compañias nos piden en los talleres el recibo FISICO al corriente de pago.

por la regla de tres de que ellos lo miran en la base de datos... tampoco deberia ser obligatorio llevar el recibo del impuesto de circulacion, ni la ficha tecnica, ni el permiso de circulacion... y si me apuras, ni si quiera el carnet de conducir, por que ellos lo miran en la base de datos y listo ¿¿no??

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me pase de listo, estoy buscando en el boe, ahora os lo pongo.  :-X

pues segun el boe... no, no me he pasado de listo

Artículo 14.  Acreditación del seguro obligatorio.

1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la
documentación acreditativa de la vigencia del seguro
obligatorio.
2. La vigencia del seguro obligatorio se constatará
por los agentes de la autoridad mediante la consulta al
Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.
En su defecto, quedará acreditada la vigencia del
seguro mediante el justificante de pago de la prima del
periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al
menos, la identificación de la entidad aseguradora, la
matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo,
el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del
seguro obligatorio.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor, se considerará documentación acreditativa de la
vigencia del seguro la copia cotejada del justificante de
pago de la prima, en la forma que determine la Dirección
General de Tráfico.
3. El incumplimiento de la obligación de presentar la
documentación justificativa del seguro será sancionado
con 60 euros de multa y dará lugar a la formulación de la
correspondiente denuncia ante la autoridad competente
en los términos previstos en el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la
circulación de vehículos a motor.
Tratándose de vehículos dedicados al alquiler sin conductor, sus titulares quedarán exentos de responsabilidad
administrativa siempre que en el plazo de los cinco días
siguientes a la notificación que se les haya efectuado justifiquen que tenían contratado el seguro obligatorio.


http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/13/pdfs/A37487-37494.pdf

yeyo boxvan

Creo q depende de con quien des ,a mi me paro los municipales del barrio sin ITV por unos días caducada ,era un viernes y me dijo q si antes del domingo no la pasaba me multaria con 200 eurazos,,la pase el sábado y fui al cuartelillo lo presente y ningún problema,no tramitó la denuncia
La ITV igual,a veces lo piden y otras no

lucan

Se que hace tiempo que ya no hablais en este post pero es un tema que me gustaría aclarar, el justificante del seguro en vigor no es obligatorio, pero ssi recomendable, no te pueden denunciar por no llevatr el justificante, en caso de que no lo tengas y no les funcione en ese momento las comunicaciones o cualquier otro motivo, pueden tramitar denuncia por no tener seguro en vigor y te dan 5 dias pa que lo presentes en la jefatura de trafico, y retirada con grua o inmovilizacion, la grua te la comes con patatas, y la denuncia si presentas el segurro se archiva y ya está, entonces no te pueden deninciar por no llevarlo, pero:merece la pena arriesgarse?? No cuesta nada llevar un papelito en el coche, ni me parece mal tener que llevarlo, simplemente si un dia no lo llevas no te pueden denunciar por no tenerlo porque cualquier documentacion de la que ya se dispone en la administracion no pueden obligarte a llevarla, es lo mismo que el permiso, no es obligatorio llevarlo, pero merece la tema tener que ir otro dia a enseñarlo a la jefatura?? A mi me parece bien que si paran a una persona y se duda de si tiene seguro en vigor o no le inmovilicen el vehiculo, y que le pidan el seguro en la itv me parece bien tambien, que es un tema bastante grave. Y por cierto,tampoco es delito como se comenta por ahi, pero la sanción es de 1500 euros, parra que fuera delito tendría que estar contemplado en el codigo penal

Xarles

Comentar que en ITV y Mossos d'esquadra aceptan seguro del vehiculo en formato digital, es decir, si llevamos un movil de esos chulos, pues tener una copia en pdf para enseñar y a correr.
Ni falta leve en ITV ni malas caras por parte de los agentes al enseñarles lo que ellos quieren.

Saludos!
Utilizad el jodido corrector!!!