Homologar asientos viejos

Iniciado por guillem13, Noviembre 24, 2017, 20:57:51 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

pabgarde

Cita de: COC-Homologation en Diciembre 17, 2017, 20:50:22 pm
Hola,

No es correcto. Nosotros si tenemos las documentaciones de los asientos que legalizamos.

Prueba de ello que la estructura VSR no esta homologada para todos los N1 y solo para unos determinados modelos de PSA, al igual que pasa con las bases Nuevo Mapa,por poner solo un par de ejemplos. 

Muchos fabricantes no la hacen publica, ni circulan por la red las ultimas versiones actualizadas como es el caso de lad bases Scopema.

Saludos,
Hola y gracias por responder. De verdad que me gustaría entender todo este jaleo.

Entonces, ¿cómo es posible que un asiento con todo homologado, como por ejemplo el FASP, no lleve accesorios de montaje ni ninguna documentación y cada uno se busca la mejor manera de anclarlo al chasis? Si algo está homologado, está homologado con unos accesorios de.montaje concretos y en una posición concreta...

Me parece extraño que esa documentación no sea pública. Nada gana el fabricante ocultando esa información...

Un saludo

proingetec

Diciembre 18, 2017, 16:54:20 pm #16 Ultima modificación: Diciembre 18, 2017, 20:39:04 pm por CIMA
Vamos a desmontar unos mitos o falsedades. No se trata de ser más capaces o dejar de serlo, porque las capacidades de todas las empresas es la misma, las que manda el RD 866/2010 y el Manual de Reformas, todas las empresas tenemos por ahí, esas son las capacidades y lo que se tiene que cumplir.

---EDITADO POR MODERACIÓN--- . Para legalizar un aumento de plazas (obviamente con la instalación de asientos) se exige:



Y el número (2) significa:



Y los AR los tiene que certificar su cumplimiento el fabricante del vehículo o un Servicio Técnico de Reformas y se tiene que basar en:



Y por lo tanto eso significa lo siguiente:

* se tienen que cumplir o tener la garantía que se cumplen tres "AR" (normas) básicas que son resistencia del asiento y de sus anclajes, resistencia de los cinturones de seguridad y sistemas de fijación y resistencia de los anclajes de los cinturones de seguridad.

* esos tres AR deben garantizarse su cumplimiento en la actualización que estuviese vigente a fecha de 1ª matriculación del vehículo.

* y los Servicios Técnicos de Reformas que son quienes lo tienen que garantizar y autorizar dicha instalación lo tienen que hacer basándose en la contraseña de homologación del vehículo (sólo para casos que el fabricante haya previamente legalizado como originales y opcionales para ese mismo chasis y no otro), basándose en informes propios (salvo que se realicen ensayos destructivos según estas tres directivas a ver quién es el guapo que puede decir alegremente que aquello vaya a aguantar) o basarse en informes propios de Servicios Técnicos de Homologación acreditados a nivel europeo, que hayan hecho esos ensayos previamente acorde a dichas normas.

¿Qué es lo que pasa con la mayoría de butacas, estructuras y demás?

Pues lo primero y fundamental que el AR de resistencia de los asientos y de los anclajes no existe, porque no lo han ensayado bajo esa directiva. Con lo cual, ya empieza a fallar la cosa porque nos encontramos con "normativa incompleta".

En segundo lugar, que en la mayoría de casos (y conforme más nuevos son los vehículos sobre los que se pretende instalar) pues resulta que no están actualizados los ensayos según va cambiando la normativa.

Y en tercer lugar esos ensayos incompletos y desactualizados no son llevados a cabo por Servicios Técnicos de Homologación acreditados a nivel europeo que se amparen en una contraseña de homologación, y por lo tanto, no deberían ser aceptados.

Ya pusimos en su día un par de ejemplos muy clarificantes con un par de butacas de las que más se suelen mencionar:


Las estructuras UNEX directamente están incompletas, no están ensayadas con las 3 directivas, así que directamente descartadas.

FASP, nosotros en su día nos pusimos en contacto directamente con FASP para preguntarle por si tenían las normativas de ensayo al completo y un extracto de su respuesta fue:

Buongiorno,

al momento in effetti il ns divano serie 506 ha la SOLA certificazione per la resistenza dell'ancoraggio cinture di sicurezza.

Precisiamo comunque che questo "step" dovrebbe essere evaso dal costruttore / allestitore del veicolo in cui il ns divano viene montato, altrimenti noi dovremmo eseguire una prova per ogni tipo di veicolo, cioè una per il Ducato, una per lo Sprinter eccetera !

Grazie e saluti.



Traducción:

En realidad el asiento serie 506 tiene la certificación SOLO para la resistencia de los cinturones de seguridad de anclaje.

Tenga en cuenta sin embargo que este "paso" debe ser resuelta por el fabricante / constructor del vehículo en el que se monta el asiento, de lo contrario debemos realizar una prueba para cada tipo de vehículo, es decir uno para el Ducado, uno para el Sprinter, etc.

Saludos.

Vamos con la documentación que existe:

* 505: tiene dos test de ensayos hechos por CSI S.p.a. que no está acreditado como servicio técnico de homologación reconocido de la CEE, y que en 2011 se acude a FAKT que sí es un servicio de homologación y éstos le dan un comunicado diciendo que los test que se hicieron pueden ser aplicados para las actualizaciones correspondientes en 2005. Pero los test no han sido realizados por un servicio técnico de homologación, sino que un servicio técnico de homologación ante una consulta del fabricante dice que pueden ser aplicadas a la siguiente actualización. Pero no es ningún certificado de conformidad de FAKT que diga que esos asientos cumplen con la directiva, sino que el contenido de unos ensayos puede ser aplicado a una actualización de la directiva, ante una consulta, que no unos ensayos ni emisión. Por lo tanto, ahí está el error, que un servicio técnico de reformas, acepta como válidos unos ensayos que ni siquiera es un informe, que no están hechos por un servicio técnico de homologación de la CEE (no está acreditado como tal) y que son totalmente genéricos. Por lo tanto, NO CUMPLEN con lo que exige el Manual de Reformas como para que sean aceptados, y por lo tanto, no se deben poder legalizar.

* 506: esta documentación, que sí está ensayada por un servicio técnico de homologación de la CEE, tenemos un "report" de resultados de casi 100 páginas, en el que primero no están todas las directivas, y la que está, la 76/115/CEE actualizada hasta el ECE-R14, hasta el 26-07-2012, para vehículos M1 y que pone cláramente dos cosas:



En la que dice que no se concede aprobación CE porque no se trata del fabricante del vehículo o de su representante legal



Y en este caso, pone que el test de los anclajes de cinturones de seguridad ha sido llevado a cabo en una estructura de prueba rígida. Dice expresamente que las fijaciones al vehículo se deben ensayar por separado.

Por lo tanto, no cumple con lo que indica el Manual de Reformas que debe cumplir para que un servicio técnico de reformas pueda justificar que cumple todos los AR que le son de aplicación.

He aquí la prueba de que no se pueden legalizar, no cumplen lo que tienen que cumplir, ni en fondo ni en forma, por mucho que algunos se empeñen en el "TODO VALE PORQUE NOSOTROS PODEMOS SIN PROBLEMAS, NOSOTROS SOMOS MÁS CAPACES QUE OTROS Y NOSOTROS HACEMOS LO QUE OTROS NO PUEDEN". Como decimos, nosotros hemos visto pasar ya algún caso que otro igual, y ahora tenemos otro que ya iba tocando. Hay muchísima información disponible para todo el mundo, no os fiéis de nadie, ni de los que dicen el "TODO VALE PORQUE NOSOTROS PODEMOS SIN PROBLEMAS, NOSOTROS SOMOS MÁS CAPACES QUE OTROS Y NOSOTROS HACEMOS LO QUE OTROS NO PUEDEN", ni de nosotros ni de nadie, preguntad a todas las empresas que conozcáis, es más, preguntad directamente a todos los servicios técnicos de reformas acreditados por el ministerio, os podemos pasar un listado gustosos. Preguntad a ellos, y os dirán si se pueden o no si cumplen o no las directivas. Son ellos los que autorizan la instalación de asientos y el aumento de plazas. Preguntad hasta la saciedad, y una vez preguntado a todo el mundo, sacad vuestras propias conclusiones.

Desde luego nosotros nunca hemos dicho a todo sí sin problemas, da igual el coche que sea más nuevo o más viejo, si es el mismo chasis o no, si los anclajes y fijaciones son los originales dispuestos por el fabricante del vehículo o los anclajes expresamente indicados en la ejecución de los ensayos para cada tipo de vehículo o vehículo en concreto, da igual si cumplen las directivas todas o no, si cumplen sus actualizaciones, si en los propios documentos de los ensayos aparece que no las fijaciones a cada vehículo deben ser ensayadas por separado, da igual todo, y no es así.

--- EDITADO---
Las documentaciones que se exigen a nivel europeo no son privadas, si compráis una butaca que requiere de una documentación para legalizarse os la deben dar, la documentación no se hace sólo para unos pocos "privilegiados o con capacidades avanzadas", se hacen y son a nivel europeo en caso de ser válidas. No pueden ser válidas para unas empresas y para otras no, no hay discusión, o se cumple lo que marca la ley, o no se cumple. ¿Qué sentido tiene ocultar una información? Si yo fuese un fabricante de asientos, y me hubiese preocupado de ensayar mis asientos según toda la normativa, cuanta más gente tuviese todo accesible y cuanta más gente lo supiese mucho mejor, más asientos vendería.

--EDITADO---
Saludos

CIMA

Como ya dije en este otro ( https://www.furgovw.org/index.php?topic=334321.240) este hilo se está desviando del asunto que trata y hay demasiadas respuestas que parecen entrar en cuestiones personales o empresariales, si como plantea Proingetec hay empresas que no cumplan la norma la animo a que lo denuncie en las instancias que procedan (Industria o incluso en los Tribunales) pero, en lo que atañe al foro, en adelante solo permitiremos respuestas de contenido técnico y no veladas (o no tanto) acusaciones de irregularidades o de incapacidad profesional, y lo digo por ambos (COC y Proingetec), aunque más por esta última y por el tono (la parte editada) de sus últimas respuestas.

proingetec

Y ahora volviendo al hilo, si los asientos son de un chasis diferente, un chasis diferente y anterior, y para colmo tú mismo has podido comprobar que no encajan en los anclajes y fijaciones originales de tu vehículo, no se puede justificar ni acreditar el cumplimiento de los AR (directivas) que le son de aplicación. Si instalas una base giratoria, a la base giratoria se le exige el mismo cumplimiento de los AR (directivas) que a un asiento y en las mismas condiciones. Si tú pides unas bases de las que sí cumplen la documentación (para un listado determinado y concreto de vehículos y cada vehículo con su base y referencia completamente diferente) para poder legalizarse, cada base es para cada vehículo y su asiento original. ¿Vas a poner una base para tu asiento de serie de tu vehículo? Entonces no debería de encajar al igual que los anclajes y fijaciones al chasis ni se debería de poder montar correctamente. ¿Vas a poner una base para el asiento del chasis diferente? Entonces tampoco cumpliría la normativa por ser una base para un chasis diferente y que sólo se puede legalizar para ese chasis.

No sé si nos explicamos. Si tienes un asiento de T3, no se podrá legalizar en una T4. Si tú compras una base giratoria para T4, no encajará en el asiento de la T3. Si compras una base para la T3 no se podrá legalizar para la T4 porque está ensayada para la T3. Ponemos este ejemplo con la esperanza que con los números parece que se entiende mejor...

Saludos

ursus_cr

Diciembre 19, 2017, 11:16:00 am #19 Ultima modificación: Diciembre 19, 2017, 13:53:07 pm por ursus_cr
Cita de: CIMA en Diciembre 18, 2017, 20:40:32 pm
Como ya dije en este otro ( https://www.furgovw.org/index.php?topic=334321.240) este hilo se está desviando del asunto que trata y hay demasiadas respuestas que parecen entrar en cuestiones personales o empresariales, si como plantea Proingetec hay empresas que no cumplan la norma la animo a que lo denuncie en las instancias que procedan (Industria o incluso en los Tribunales) pero, en lo que atañe al foro, en adelante solo permitiremos respuestas de contenido técnico y no veladas (o no tanto) acusaciones de irregularidades o de incapacidad profesional, y lo digo por ambos (COC y Proingetec), aunque más por esta última y por el tono (la parte editada) de sus últimas respuestas.


Hola,

estoy de acuerdo con la actuacion del moderador.

Salud

CIMA

Y como yo ya dije también en el otro hilo, a partir de ahora no se permitirán respuestas que no estén basadas en criterios técnicos, que el foro se convierta en el campo de batalla de las diferentes ingenierías.