Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Tema pernocta/acampada => Mensaje iniciado por: look en Junio 04, 2011, 16:05:12 pm

Título: Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 04, 2011, 16:05:12 pm
Lo pregunto por que, como ya casi todo esta prohibido , y yo de mas joven fui de Boy scout, acampábamos donde queriamos. La única opción, es ir a un camping?. .malabares
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: man_hauser en Junio 04, 2011, 16:09:56 pm
bueno, yo creo que la opción es que no te vean... pero sí que está prohibido, según tengo entendido. Yo aún así acampo, en playas o lugares más o menos remotos. También hay un truco: puedes pernoctar donde quieras, sin acampar, lo que es pasar la noche. Como quien dice a un lado del camino, para descansar... montas una tienda y recoges por la mañana. Eso entiendo que es legal.
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 04, 2011, 16:20:01 pm
Entonces, puedo dormir una noche en la playa. O vendrán a echarme?.
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: cukiyo25 en Junio 04, 2011, 16:27:59 pm
en la playa  .nono  ahí te crujen casi seguro  .lengua2
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: Linur en Junio 04, 2011, 16:39:43 pm
Bueno! os cuento lo que yo se con la esperanza de no equivocarme mucho...jeje por ahora esto esta asi:

*imagen borrada por el servidor remoto


Pero donde pone Prohibido, deberiamos de poner con matices...por ejemplo para el caso de Aragon - Pirineos esto existen estas posibilidades de acampada legal:


Decreto 79/1990 de 8 de mayo:

Capítulo VI.- Otras modalidades de acampada.

Artículo 46º.- Acampadas itinerantes.

Se considera acampada itinerante aquella que, respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, se efectúe fuera de los campamentos de turismo o de las áreas de acampada, por grupos integrados por un máximo de 3 tiendas y 9 personas, con una permanencia en el mismo lugar no superior a dos noches. La distancia mínima entre grupos será de 1 km.

No podrá realizarse una acampada itinerante a menos de 5 kms. de un camping o área de acampada, ni a menos de 1 km. de núcleos urbanos, lugares de uso público o zonas habitualmente concurridas, y a menos de cien metros de las márgenes de un río o de una carretera, si bien en esta última limitación se admite la excepción de personas minusválidas.

Queda absolutamente prohibido el encendido de fuegos fuera de los lugares previstos para ello. Será exigible la pertinente autorización del titular del suelo en que se asiente. Su falta implicará el levantamiento inmediato de la acampada.

Los acampados serán responsables del deterioro y residuos abandonados que produzcan, hechos que serán sancionados según la legislación vigente aplicable.

Los residuos derivados de la actividad de acampada serán trasladados por los acampados hasta su vertido en recipientes o vertederos dispuestos expresamente para este fin.

Estas normas higiénicas son extensibles a todas las modalidades de acampada.

Artículo 47º.- Acampadas de alta montaña.

La acampada de alta montaña podrá realizarse en zonas de cota superior a 1.500 metros y que disten un mínimo de 2 horas de marcha desde cualquier punto accesible por medio de vehículos a motor, por un periodo no superior a 3 pernoctas en cada punto de acampada.

La realización de acampadas de alta montaña se comunicará previamente al puesto de la Guardia Civil más próximo, al objeto del oportuno control y socorro, en su caso.

Artículo 48º.- Acampadas por actividades profesionales.

El campamento que se derive de la realización de actividades profesionales que requieran el uso de alojamientos móviles o la permanencia en lugares alejados de núcleos urbanos, podrá realizarse previa autorización de la propiedad y respetando el uso del suelo, en la ubicación y el tiempo necesario para la conclusión de las actividades.

En lo referente a responsabilidades y residuos se estará a lo dispuesto para las acampadas itinerantes.

Artículo 49º.- Acampadas especiales.

1.- El Departamento de Industria, Comercio y Turismo podrá autorizar acampadas especiales para grupos superiores a los límites fijados en el artículo 46, cuando sean con finalidades culturales, recreativas o privadas, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a) Presentar la solicitud, justificando el carácter de la acampada, con quince días de antelación, indicando exactamente las fechas de inicio y final de la acampada, número de participantes y de albergues móviles.
b) Acompañar la autorización de los propietarios del terreno afectado y el informe favorable del Ayuntamiento correspondiente.
c) Plan previsto para solventar los aspectos sanitarios: agua potable, eliminación de residuos y excretas, etcétera.
2.- Estas acampadas no podrán ubicarse a menos de 5 km. de un camping o área de acampada, salvo que por razones de interés público o turístico el Departamento de Industria, Comercio y Turismo considere oportuno autorizarlas.
3.- La entidad solicitante, solidariamente con los eventuales infractores, será a todos los efectos la responsable del deterioro y daños que pudieran producirse en el lugar de la acampada o por motivo de la propia acampada.
Artículo 50º.- Las acampadas en Montes Catalogados, además de cumplir las exigencias correspondientes a la figura de acampada de que se trate, serán informadas preceptivamente por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes.




Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: maestrillofurgo en Junio 04, 2011, 18:41:47 pm
Todo claro con la anterior publicación. No deja lugar a dudas. En la playa en verano, te echan. En invierno, nadie sabe que existe la playa. Es cuando mejor se está.
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: jesusin en Junio 04, 2011, 23:33:20 pm
No hombre si en la puerta del sol no esta prohibido, entonces tu puedes acampar donde quieras poniendo como ejemplo la puerta del sol

.malabares .malabares .meparto .meparto
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: Javier-berlinguero en Junio 05, 2011, 10:14:09 am
Creo que la acampada(libre) está prohibida en toda España y más en costa, lo que no esta prohibido es pernoctar,es decir coger tu saco y dormir en cualquier lado eso si sin montar ningún tinglado.

Saludos
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: caldero en Junio 05, 2011, 10:23:32 am
Cita de: Javier-berlinguero en Junio 05, 2011, 10:14:09 am
Creo que la acampada(libre) está prohibida en toda España y más en costa, lo que no esta prohibido es pernoctar,es decir coger tu saco y dormir en cualquier lado eso si sin montar ningún tinglado.

Saludos


Esto no es cierto del todo. Antes de tener furgo,muchas veces dormía "vivaqueando" es decir, solo con el saco y donde te ven, te echan. (Zarautz, Sevilla, Vigo etc).
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: cukiyo25 en Junio 05, 2011, 20:28:11 pm
tengo entendido ke dormir en la via publica tambien esta prohibido  .confuso2

tened en cuenta ke lo publicado mas arriva solo vale para la comunidad de aragon  ;)
cada comunidad tiene sus propias normas al respecto.
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: Linur en Junio 05, 2011, 23:10:13 pm
Cita de: cukiyo25 en Junio 05, 2011, 20:28:11 pm
tengo entendido ke dormir en la via publica tambien esta prohibido  .confuso2

tened en cuenta ke lo publicado mas arriva solo vale para la comunidad de aragon  ;)
cada comunidad tiene sus propias normas al respecto.


Asi es!! jeje esto es para la comunidad de Aragon!! jjeje

De todos modos tener en cuenta que dormir en la furgo, no es acampar!!!
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 06, 2011, 21:37:56 pm
 .ereselmejor Pedazo información.
Bueno entiendo, que puedo hacer noche , 100mtr. del margen de la playa?
Gracias.
No podrá realizarse una acampada itinerante a menos de 5 kms. de un camping o área de acampada, ni a menos de 1 km. de núcleos urbanos, lugares de uso público o zonas habitualmente concurridas, y a menos de cien metros de las márgenes de un río o de una carretera, si bien en esta última limitación se admite la excepción de personas minusválidas.




Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 06, 2011, 21:39:36 pm
Cita de: jesusin en Junio 04, 2011, 23:33:20 pm
No hombre si en la puerta del sol no esta prohibido, entonces tu puedes acampar donde quieras poniendo como ejemplo la puerta del sol

.malabares .malabares .meparto .meparto

Diana .palmas
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 06, 2011, 22:06:19 pm
Bueno pensaba que es una norma genérica. Ahora cada comunidad tiene su propio decreto al respecto. Que lió.
Yo lo que pretendía en principio es hacer noche dentro de la furgo. Y amanecer en la playa.
Tiene Co... que se construya apartamentos a menos de 50 mtr. de la playa.( Ley de costas doonde estaas???). Y despues pongan tantas travas a los demás.
Puedes comprar un apartamento en primera linea de playa. O en un estupendo acantilado. Por tropecientos millones. Pero no puedes dormir cerca de la playa, con tu furgo. Flipo. .malabares
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: cukiyo25 en Junio 06, 2011, 22:17:43 pm
welcome to spain  ;D
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 06, 2011, 22:32:43 pm
  .mepartoJo compi no me lo recuerdes. Land of free men (Si tienes pasta) .malabares
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: Linur en Junio 06, 2011, 22:40:34 pm
Cita de: look en Junio 06, 2011, 22:06:19 pm
Bueno pensaba que es una norma genérica. Ahora cada comunidad tiene su propio decreto al respecto. Que lió.
Yo lo que pretendía en principio es hacer noche dentro de la furgo. Y amanecer en la playa.
Tiene Co... que se construya apartamentos a menos de 50 mtr. de la playa.( Ley de costas doonde estaas???). Y despues pongan tantas travas a los demás.
Puedes comprar un apartamento en primera linea de playa. O en un estupendo acantilado. Por tropecientos millones. Pero no puedes dormir cerca de la playa, con tu furgo. Flipo. .malabares


Buenoooo!! jejej como ha dicho cukiyo, bienvenido a España!! jaja cada comunidad una norma diferente!!! Lo que has leido antes vale solo para Aragon...

De dormir alado del mar...creo que esta legislado por la ley de costas de la cual no se mucho, solo creo que las afecciones son 100 metros a nivel general, 20 metros en zonas urbanas y 6 metros en algún caso especial...vaya, entiendo que a modo general no puedes acampar a menos de 100 metros de la costa, salvo en zonas urbanas (donde posiblemente no puedas acampar) pero te recuerdo que segun DGT si nuestro vehiculo esta correctamente estacionado podemos hacer los que nos salga de los ....dentro... Pero a su vez no estoy seguro de que se pueda aparcar con un vehiculo en esa franja si no es un parking o sitio permitido...jejej

De todos modos, insisto, esto son especulaciones mias...os recomiendo que le eches un ojo a la ley de costas....jeje

Un saludo!
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: look en Junio 07, 2011, 19:37:56 pm
Me acuerdo que de mocito, íbamos a la playa a pelar la pava por la noche. Y llegavan los greenmen y nos cortaban el rollo. En dos palabras no nos dejaban ni mirar inocentemente las estrellas. .sombrero Ahora no se como estarán las cosas, pero no recuerdo bien, que cuando se hacia de noche , abría que abandonar los margenes, de la playa. Alegando algo así como por el tema de la droga etc.
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: aldeanboy en Junio 07, 2011, 20:32:46 pm
Cita de: Linur en Junio 05, 2011, 23:10:13 pm
Asi es!! jeje esto es para la comunidad de Aragon!! jjeje

De todos modos tener en cuenta que dormir en la furgo, no es acampar!!!


Segun lo q tengas en la ficha tecnica de tu furgo porq  la ley de costas dice  que según el artº 68.3 "-Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables."
Es q a mi no me keda del todo calro si se refiere a vehiculos y punto...o vehiculos habitales,osea, vehiculos viviendas... :-\
Título: Re:Existe la acampada libre?.
Publicado por: Navarreto en Junio 16, 2011, 11:23:07 am
Esto es lo que dice la Comunidad de Madrid, espero os sirva de ayuda.


La acampada libre está prohibida en toda la Comunidad de Madrid a excepción de la normativa del Decreto 7/93 de Acampadas Juveniles para grupos juveniles organizados. Sin embargo el vivaqueo suele estar permitido en determinadas zonas. El vivac o vivaquear es el hecho de pernoctar al raso sin instalar tiendas de campaña, doble techo o similar. La Legislación vigente es muy restrictiva. En las zonas protegidas de alta montaña de la Comunidad de Madrid, (Parque Natural de Peñalara, Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, futuro Parque Nacional de Guadarrama, con el Plan de Ordenación de recursos Naturales ya aprobado), se permite esta actividad en los siguientes casos:
El PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales) de la Sierra de Guadarrama en el ámbito de la Comunidad de Madrid indica en el punto 4.4.8.6, en la Normativa de uso público y deportivo que "salvo en las Zonas de Reserva y Asentamientos Tradicionales, se autoriza con carácter general la pernocta "al raso", sin instalación de tiendas de campaña, "dobles techos" o similares... Tan sólo en condiciones de tiempo extremadamente adversas, sobrevenidas, podrá hacerse uso circunstancial de tiendas de supervivencia. La práctica en propiedades particulares deberá contar con la autorización del propietario. Los términos y condiciones a que se ajustará la práctica de pernocta "al raso" deberán desarrollarse, en su caso, en los correspondientes PRUG, garantizando la conservación del medio natural y el respeto a la propiedad privada."
En el PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión) del Parque Natural de Peñalara establece en su artículo 38 que "el vivac o pernocta está permitido en el Parque Natural por encima de la cota 2.100; en la Zona Periférica de Protección en terrenos no arbolados por encima de la cota 1.700 y en el ámbito del PRUG por motivos de fuerza mayor o rescate. Estos permisos deben cumplir en cualquier caso las condiciones de:
- Estar asociada a la práctica del montañismo.
- No exceder grupos organizados con más de 10 componentes.
- Se debe garantizar la conservación del medio natural.
- No podrá realizarse en una franja de 50 metros en torno a las charcas y lagunas.
- No se podrá permanecer más de una noche en la misma zona.
- No se permite la acumulación de piedras a modo de parapeto ni la apertura de zanjas de drenaje.
- En los predios privados deberá obtenerse autorización de propietario.
En la legislación del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares no se menciona el vivaqueo. Se prohíbe la acampada en las zonas de Reserva Natural Integral (La Pedriza) y de Reserva Natural Educativa (Cuerda Larga y su extensión oriental). El vacío queda cubierto por las figuras de protección del PORN del Parque Nacional del Guadarrama que engloba la parte septentrional de la Cuenca Alta del Manzanares.
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