Homologación sin matrícula definitiva

Iniciado por JoëlleV, Julio 25, 2021, 20:27:26 pm

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Certifix

Agosto 13, 2021, 08:00:45 am #15 Ultima modificación: Agosto 13, 2021, 08:02:46 am por Certifix
Buenos días,

El RD 866/2010 por el que se regulan las reformas de vehículos no permite las reformas previas a la matriculación del vehículo. 866/2010

Para matricular el vehículo directamente como vivienda debe estar homologado como tal, es decir un fabricante de segunda fase con una homologación para ese vehículo como autocaravana o furgón vivienda podría matricularlo, pero no se puede hacer mediante reforma.

La única forma de legalizarlo mediante reforma es matricularlo primero como furgón, ya que es a lo que corresponde su homologación, y luego realizar la reforma a furgón vivienda.

En caso de tratar de matricular el vehículo ya reformado directamente como furgón vivienda te encontrarás con el problema de que no se corresponde con la homologación. El vehículo estará homologado como furgón de carga y presentarás un vehículo con equipamiento vivienda no recogido en la homologación de tipo.

Un saludo.

JoëlleV

Cita de: Certifix en Agosto 13, 2021, 08:00:45 amBuenos días,

El RD 866/2010 por el que se regulan las reformas de vehículos no permite las reformas previas a la matriculación del vehículo. 866/2010

Para matricular el vehículo directamente como vivienda debe estar homologado como tal, es decir un fabricante de segunda fase con una homologación para ese vehículo como autocaravana o furgón vivienda podría matricularlo, pero no se puede hacer mediante reforma.

La única forma de legalizarlo mediante reforma es matricularlo primero como furgón, ya que es a lo que corresponde su homologación, y luego realizar la reforma a furgón vivienda.

En caso de tratar de matricular el vehículo ya reformado directamente como furgón vivienda te encontrarás con el problema de que no se corresponde con la homologación. El vehículo estará homologado como furgón de carga y presentarás un vehículo con equipamiento vivienda no recogido en la homologación de tipo.

Un saludo.

Por fin alguien me dice un porqué razonable y respaldado por un artículo legal. Gracias. Lo imprimiré y se lo colgaré de la oreja a los funcionarios incompetentes de la DGT y a los homologadores que no saben decir más que tonterías.

Saludos!