EL NOTICIERO FURGONETIL VIAJERO...

Iniciado por Iosaneta, Agosto 16, 2014, 10:22:50 am

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araco

Cita de: barrancat en Septiembre 06, 2022, 18:02:07 pmPero no por ello el RD 39/2010 prohibía la acampada y la pernocta, que era lo que tu decías.



Pernoctar (https://dle.rae.es/pernoctar)
Del lat. pernoctāre.
1. intr. Pasar la noche en determinado lugar, especialmente fuera del propio domicilio.

Y no, pernoctar no significa dormir sino lo que yo te decía antes... significa pasar la noche en un lugar.



No te líes, que lo único que he hecho es responderte que un agente no puede "escoger" si te aplica o no la legislación vigente porque, sencillamente, está obligado a aplicarla. Y que, por otro lado, no te puede aplicar lo que le venga en gana sino que se tiene que ceñir exclusivamente a lo que determina la legislación vigente, ni más ni menos.



Compa, la verdad es que esto que dices mejor te lo aplicas a ti mismo. Ni el RD 39/2010 dice lo que tu apuntabas, ni tienes claro el concepto de pernoctar, ni parece que tengas claro qué significa acampar, ni siquiera qué atribuciones y obligaciones tienen los agentes de policía en relación a una hipotética multa. Y no es que te lleve la contraria, es que no das pie con bola y pareces regodearte en ello. Hablamos cuando tengas algún tipo de argumentación jurídica que se sostenga en algo... y pasar una referencia vaga a un Real Decreto que nada tiene que ver, y sin especificar qué artículo/s invocas, no lo es.

Léete bien la legislación vigente y la INSTRUCCIÓN 08/V-74, que quizá aprendas algo. Y en cuanto a lo que yo vaya a hacer o no en un parque natural ten por seguro que me lo habré estudiado detenidamente antes de hacerlo y estaré muy seguro de qué realidad jurídica existe en ése lugar. ;)

El RD 39/2010 deslegaliza la acampada, pasa a no estar contemplada en la legislación, dejandolo en manos de cada autonomía, si esa autonomía no legisla al respecto, la acampada y pernocta no es legal.

El dia que recurras una multa y el juez te admita lo de la RAE nos vienes a contar, de momento, conozco a un par que han recurrido multas por PERNOCTAR en reserva natural con la famosa 08/V-74 y el juez se a limpiado el culo con ella. 300€ por PERNOCTAR en furgoneta en Urbasa. Será que los jueces también andan despistados.

Un agente puede escoger si te multa o no, otra cosa es que tenga la obligación, pero tambien sabemos por donde van los tiros con este argumento, decir que un agente puede perdonarte una multa es no conocer sus funciones... tela.

Me hablas de argumentación juridica y ni siquiera conoces la jerarquía de leyes.



En naranja la ley de bosques autonómica que regula si puedes o no dormir en una reserva natural. Por debajo el reglamento de la DGT que nombras. Por ultimo, los ayuntamientos (y sus famosas señales).

Deseoso estoy de que nos traigas ese recurso ganado.

Ale, agur ya

Kenar

Cita de: araco en Septiembre 06, 2022, 19:30:19 pm... Ale, agur ya



Venga, porfa, terminamos ya con la discusión?  Mejor si lo dejamos aquí antes de que vaya a más, o a peor, no?


Total, no os vais a poner de acuerdo... los dos sois foreros con un nivel de participación interesante en el foro y coincidiréis conmigo en que este tema "en abierto" no parece llevar a buen puerto, no?


Si queréis seguir con ello igual es mejor que utilicéis los privados y cuando lleguéis a una solución o a un punto común, si os apetece, nos lo contáis  ;)


Venga, un saludo a ambos ;)

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barrancat

Septiembre 06, 2022, 23:11:28 pm #1577 Ultima modificación: Septiembre 06, 2022, 23:42:26 pm por barrancat
Cita de: Kenar en Septiembre 06, 2022, 20:21:35 pmVenga, porfa, terminamos ya con la discusión?  Mejor si lo dejamos aquí antes de que vaya a más, o a peor, no?


Total, no os vais a poner de acuerdo... los dos sois foreros con un nivel de participación interesante en el foro y coincidiréis conmigo en que este tema "en abierto" no parece llevar a buen puerto, no?


Si queréis seguir con ello igual es mejor que utilicéis los privados y cuando lleguéis a una solución o a un punto común, si os apetece, nos lo contáis  ;)


Venga, un saludo a ambos ;)

Sí, mejor dejar este debate tan improductivo porque está bastante claro lo que dice la legislación, y a estas alturas dudo que haya demasiada gente que no haya escogido una versión u otra. A veces cuesta discernir si algunos son solamente unos tertulianos en potencia frustrados porque no les dejan salir en la tele o si, en cambio, estos trabajan en algún camping o en algún otro lugar con intereses contra la peña que nos gusta dormir libremente con nuestra furgo. :roll:

Un saludo Kenar. .bien


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

barrancat

Septiembre 06, 2022, 23:33:54 pm #1578 Ultima modificación: Septiembre 06, 2022, 23:36:43 pm por barrancat
Por si alguien está interesado en conocer las regulaciones autonómicas de la acampada, que nada tiene que ver con estacionar correctamente y dormir dentro de nuestras furgos, allá va un resumen. La acampada lleva regulada en la mayor parte del Estado Español desde mucho antes de 2010.

Legislación que regula la acampada y que es anterior al RD 39/2010, que son un 70% del total:

  • Catalunya: Decreto 55/1982
  • Murcia: Decreto 19/1985
  • Illes Balears: Decreto 113/1986
  • Islas Canarias: Orden de 31 de agosto de 1993
  • Madrid: Decreto 3/1993
  • Nafarroa: Decreto 226/1993
  • País Valencià: Decreto 233/1994
  • Extremadura: Decreto 170/1999
  • Asturies: Ley 7/2001
  • Cantabria: Decreto 95/2002
  • Aragón: Decreto 61/2006
  • Castilla La Mancha: Decreto 63/2006


Legislación que regula la acampada y que es posterior al RD 39/2010, que son un 30% del total:

  • La Rioja: Decreto 14/2011
  • Castilla y León: Orden FYM/510/2013
  • Euskadi: Ley 13/2016
  • Andalucía: Decreto 26/2018
  • Galiza: Decreto 159/2019


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

hollister

No he mirado el resto de leyes (lo haré cuando tenga tiempo) pero la de Euskadi dice:

"No se considerará acampada libre la pernoctación dentro de una autocaravana estacionada correctamente en un área urbana, sin desbordar los límites de estacionamiento ni desplegar ningún dispositivo externo, y sin hacer uso inapropiado del espacio y de los bienes públicos."


También he encontrado este decreto 75/2020 de Catalunya que dice:

"Se considera que no está acampada aquella autocaravana parada o estacionada en zonas habilitadas de las vías públicas urbanas o interurbanas, de conformidad con la normativa de tráfico y circulación de vehículos, que no supere o amplíe su perímetro mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella, se sustente sobre sus propias ruedas sin utilizar cuñas, y no vierta sustancias ni residuos a la vía."


Ahí lo dejo.

barrancat

Cita de: hollister en Septiembre 07, 2022, 22:20:16 pmNo he mirado el resto de leyes (lo haré cuando tenga tiempo) pero la de Euskadi dice:

"No se considerará acampada libre la pernoctación dentro de una autocaravana estacionada correctamente en un área urbana, sin desbordar los límites de estacionamiento ni desplegar ningún dispositivo externo, y sin hacer uso inapropiado del espacio y de los bienes públicos."


También he encontrado este decreto 75/2020 de Catalunya que dice:

"Se considera que no está acampada aquella autocaravana parada o estacionada en zonas habilitadas de las vías públicas urbanas o interurbanas, de conformidad con la normativa de tráfico y circulación de vehículos, que no supere o amplíe su perímetro mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella, se sustente sobre sus propias ruedas sin utilizar cuñas, y no vierta sustancias ni residuos a la vía."


Ahí lo dejo.

Muy interesante! No tenía ni idea que existía este decreto. Se van haciendo pasos, poco a poco. .bien


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

Asturman

Cita de: barrancat en Septiembre 06, 2022, 23:33:54 pmLegislación que regula la acampada y que es anterior al RD 39/2010, que son un 70% del total:

  • Catalunya: Decreto 55/1982
  • Murcia: Decreto 19/1985
  • Illes Balears: Decreto 113/1986
  • Islas Canarias: Orden de 31 de agosto de 1993
  • Madrid: Decreto 3/1993
  • Nafarroa: Decreto 226/1993
  • País Valencià: Decreto 233/1994
  • Extremadura: Decreto 170/1999
  • Asturies: Ley 7/2001
  • Cantabria: Decreto 95/2002
  • Aragón: Decreto 61/2006
  • Castilla La Mancha: Decreto 63/2006


Legislación que regula la acampada y que es posterior al RD 39/2010, que son un 30% del total:

  • La Rioja: Decreto 14/2011
  • Castilla y León: Orden FYM/510/2013
  • Euskadi: Ley 13/2016
  • Andalucía: Decreto 26/2018
  • Galiza: Decreto 159/2019
Gracias por la recopilación, Barrancat  .bien

Beloncete

Cita de: barrancat en Septiembre 06, 2022, 23:33:54 pmPor si alguien está interesado en conocer las regulaciones autonómicas de la acampada, que nada tiene que ver con estacionar correctamente y dormir dentro de nuestras furgos, allá va un resumen. La acampada lleva regulada en la mayor parte del Estado Español desde mucho antes de 2010.

Legislación que regula la acampada y que es anterior al RD 39/2010, que son un 70% del total:

  • Catalunya: Decreto 55/1982
  • Murcia: Decreto 19/1985
  • Illes Balears: Decreto 113/1986
  • Islas Canarias: Orden de 31 de agosto de 1993
  • Madrid: Decreto 3/1993
  • Nafarroa: Decreto 226/1993
  • País Valencià: Decreto 233/1994
  • Extremadura: Decreto 170/1999
  • Asturies: Ley 7/2001
  • Cantabria: Decreto 95/2002
  • Aragón: Decreto 61/2006
  • Castilla La Mancha: Decreto 63/2006


Legislación que regula la acampada y que es posterior al RD 39/2010, que son un 30% del total:

  • La Rioja: Decreto 14/2011
  • Castilla y León: Orden FYM/510/2013
  • Euskadi: Ley 13/2016
  • Andalucía: Decreto 26/2018
  • Galiza: Decreto 159/2019
Me lo guardo. Muchas gracias

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Disidente

No es exactamente una noticia, pero en un artículo de El Salto sobre las ETT y la contratación y abuso sobre temporeros, he leído esto.
Yo creía que era furgonetero, pero ni existe en la RAE, ni esos ni nosotros 🙄

Avísame de tus intenciones con los intermitentes, no con el freno

hollister

Cita de: barrancat en Septiembre 06, 2022, 23:33:54 pmAragón: Decreto 61/2006

Toda la legislación sobre turismo de Aragón está aquí y el decreto ese es muy heavy: prácticamente no se puede hacer en  ningún sitio y solo previa solicitud.
A diferencia de decretos más modernos no dice que una autocaravana correctamente estacionada no está haciendo acampada libre.

barrancat

Cita de: hollister en Septiembre 15, 2022, 18:09:40 pmA diferencia de decretos más modernos no dice que una autocaravana correctamente estacionada no está haciendo acampada libre.

Lo bueno es que eso no implica, en absoluto, que durmiendo dentro de un vehículo correctamente estacionado se esté acampando. Simplemente, no está tipificado.


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

hollister

Cita de: barrancat en Septiembre 15, 2022, 21:10:36 pmLo bueno es que eso no implica, en absoluto, que durmiendo dentro de un vehículo correctamente estacionado se esté acampando. Simplemente, no está tipificado.

No lo tengo tan claro cuando dice:

A los efectos de este Reglamento, se entiende por:
a) Acampada: es la actividad de alojamiento al aire libre, fuera de los cámpings y casas rurales aisladas, mediante la utilización de tiendas de campaña, caravanas, albergues móviles u otros medios para guarecerse, con o sin la realización de actividades complementarias.
b) Acampada libre: es la acampada que se practica incumpliendo cualesquiera de los requisitos establecidos en este Reglamento.

barrancat

Cita de: hollister en Septiembre 15, 2022, 22:10:08 pmotros medios para guarecerse


Un chambergo también es un "medio para guarecerse"... y también un hotel, y ninguna de las dos cosas se regulan en ése decreto. ;)

Los vehículos, así como su estacionamiento, tienen una regulación propia y naturalmente, aunque un vehículo no descapotado sirva para guarecerse, eso no representa que ése decreto regule ése aspecto. Que la legislación no siempre siga el sentido común no significa que todo valga para interpretarlas.


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-