Enchufes fijos 220 desde inversor

Iniciado por Ponfi, Septiembre 09, 2019, 17:37:30 pm

Tema anterior - Siguiente tema

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

abasel

Cita de: tra´fi:k en Septiembre 12, 2019, 08:50:44 am¿Y si la alargadera la sujetamos al mueble con un tirafondos? ¿pasa a ser fijo entonces?
Porque mis enchufes puedo quitarlos solo con tirar de ellos...  :)
¿Dónde acaba lo removible y empieza lo fijo? Se me ocurre tambien que todos los inversores, considerando que la mayoria los llevamos sujetos fisicamente a la furgoneta, deberian ser una instalacion susceptible de ser homologada.  .panico
  Un poco subrealista, no?  :P

  Yo tenia entendido (y lo que dice roKopep entiendo que lo confirma) que solo es necesaria la homologacion/legalizacion en temas electricos si el origen de los 220v es una toma exterior.

bueno a mi es lo que me dijo quien me hizo el proyecto, si ponia bases de enchufes con una instalacion fija tenia que poner diferencial y magnetotermico  y hacer boletin, si solo pones el inversor y enchufas directo al inversor no


I2C

Cita de: abasel en Septiembre 12, 2019, 13:49:35 pmbueno a mi es lo que me dijo quien me hizo el proyecto, si ponia bases de enchufes con una instalacion fija tenia que poner diferencial y magnetotermico  y hacer boletin, si solo pones el inversor y enchufas directo al inversor no



Eso mismo me ha dicho hoy a mi con quien voy a homologar. Al final opto por quitar el enchufe de la pared, y ya lo vuelvo a poner cuando homologue. Paso de pagar boletín y agrandar la instalación sin sentido.

furgoroy

Cita de: I2C en Septiembre 11, 2019, 15:14:23 pmyo he puesto inversor y no he puesto ni el cable de toma de tierra, ni diferencial ni nada. En breve os digo ya que me toca homologar. De todas formas nada de lo que voy a conectar utiliza toma de tierra, pero ya veremos que me dicen al homologar. Aunque no tiene mucho sentido mientras no te conectes al exterior, ya que quien sería toma de tierra? Negativo de las baterias y chapa¡?¡?¡... de eso ya se encarga el propio inversor, porque el mio por lo menos solo tiene conexión a negativo y positivo, vamos que se encargará el de todo el tema protecciones y consumos excesivos, calentamientos etc...

Yo estoy en tu mismo caso ya que lo que supuse es que el inversor ya tiene sus protecciones.
Cuando te toca homologar? Yo ya me veo quitando todo el panelado y cambiando los cables por unos con toma de tierra jajajaj

abasel

se ha hablado bastante de la toma de tierra por algún hilo, yo puse el inversor con la carcasa conectada al chasis y la supuesta toma de tierra en el lado mas opuesto de la furgo, posiblemente no tenga ninguna ventaja, pero lo leí así en un hilo y me pareció lógico en cierto modo

yo homologaría la instalación o puede que te hagan quitarlo en la itv, el voletin no te costara mas de 100 € y solo tienes que intercalar el diferencial y el magnetotermico aunque eso te lo dira el que te haga el voletin                 

I2C

Cita de: abasel en Septiembre 13, 2019, 00:33:36 amyo homologaría la instalación o puede que te hagan quitarlo en la itv, el voletin no te costara mas de 100 € y solo tienes que intercalar el diferencial y el magnetotermico aunque eso te lo dira el que te haga el voletin                 

pues aunque parezca mentira no se donde los iba a meter ya, porque esta ya todo bastante apretado, es que encima también le metí para activar el inversor desde un interruptor remoto porque el mío no lo traía el remoto.
 Nada paso, quito el enchufe para homologar y después lo pongo, de todas formas casi no se ve para futuras itvs. Y nada yo ya he cerrado presupuesto, no me gasto un duro más (aunque 100€ sea insignificante para lo que llevo), la semana que viene voy a pesarla y ya pues lo que tarden en prepararme el papeleo.

roKopep

Septiembre 13, 2019, 01:17:38 am #20 Ultima modificación: Septiembre 13, 2019, 01:24:19 am por roKopep
Cita de: eneko en Septiembre 12, 2019, 09:02:26 am.......efectivamente es igual que poner una lámpara o enchufar cualquier cacharro... pero explícaselo a los técnicos que intervienen...


Exacto, el problema es precisamente este: q estamos en un pais de interventores...

Hay alguien aqui que haya leido una sola vez la palabra "boletin" en todo el Manual de Reformas? Ningun CR obliga explicita o implícitamente a ello, sólo se menciona aportar "certificados de cumplimiento con la reglamentación de instalación de baja tensión (RD 842/2002)". Y esto, a partir del mes q viene con la entrada en vigor de la 5a revision, quedará reflejado no sólo para el caso de los N1 (como lo era hasta ahora), sino tambien y de forma clara para los M1.

Repito, SOLO "certificados de cumplimiento con la reglamentación....", los q hagan falta segun cada caso, pero nada mas que eso. Y un boletín de instalación de 230V no es un certificado de cumplimento, sino un documento oficial que permite demostrar que la instalación eléctrica es apta para recibir energia, es decir, q se encuentra en el estado apropiado y cumple con las medidas de seguridad requeridas para tener acceso a la energía.... desde el EXTERIOR, o sea desde una distribuidora.

Y por norma general, la propria distribuidora debe no solo verificar la instalación, sino enviar el boletin a la comunidad autónoma correspondiente, quien lo revisará y sellará antes de entregarlo... Y sabemos perfectamente que ninguna furgo con matricula española ha sido ispeccionada en este sentido, etc etc... A ver, q hacen? Cada vez q uno se enchufa en un camping realizan las comprobaciones y trámites correspondientes? Es q es un cachondeo...

En cambio, el certificado de cumplimiento es algo que el ingeniero/empresa de homologacion que nos lleva el proyecto debe incluir en el mismo para justificar que el tipo de instalación realizada cumple con las correspondientes normativas vigentes en tema de baja tensión. Punto. Pero claro, a la hora de la verdad sabemos q lo q pasa es que el ingeniero... de turno, de la estacion ITV... de turno, no te va  a admitir ni mucho menos firmar ningun proyecto a menos que no vea el famoso boletín... Y porque? Pues por una cuestión de RESPONSABILIDAD, esa gran desconocida que ninguna "autoridad" q se respecte en este país está dispuesta a asumir, más allá de lo q mande o no mande la LEY...

Y entonces los boletines se convierten en la praxis también para las furgos, en algo indispensable, "algo q exige la ley, ...dicen" aunque haya un solo cable "fijo" que salga del inversor y no te digo ya con una toma empotrada.. En cambio, los certificados de cumplimiento, pensados además para agilizar los prorpios proyectos de reformas, se condenan directamente al olvido y todo se hace más farragoso, con más tasas, más burocracia y más firmas..

De hecho no es nada casual que el tipico boletin para furgos (cosa q en realidad en muchas cc.aa. ni siquiera existe en su version ad hoc para vehiculos) no necesita el visto y conforme de Industria: con q este firmado y sellado por un instalador autorizado de tu provincia ya es suficiente. Total para la administracion la responsabilidad es toda del instslador, no?

Y así mil cosas mas, como cuando pasa aquello tan típico de que pidan boletín de 230V hasta para una batería auxiliar, en fin...

Saludos y perdón por el tocho ;)
"Lo esencial es invisible a los ojos"

gonzagaliz

Hola,
Lo que yo entendía hasta ahora, y según me dijeron en la itv, es que siempre que la corriente de la furgoneta se mantenga a 12V no hay que homologar. En cuanto se transforme a 220v si, con su protección y demás requisitos.
Yo siempre sacaba el inversor para pasar la ITV.

kalvitero

Septiembre 13, 2019, 19:18:19 pm #22 Ultima modificación: Septiembre 13, 2019, 22:21:57 pm por kalvitero
Cita de: roKopep en Septiembre 13, 2019, 01:17:38 amExacto, el problema es precisamente este: q estamos en un pais de interventores...

Hay alguien aqui que haya leido una sola vez la palabra "boletin" en todo el Manual de Reformas? Ningun CR obliga explicita o implícitamente a ello, sólo se menciona aportar "certificados de cumplimiento con la reglamentación de instalación de baja tensión (RD 842/2002)". Y esto, a partir del mes q viene con la entrada en vigor de la 5a revision, quedará reflejado no sólo para el caso de los N1 (como lo era hasta ahora), sino tambien y de forma clara para los M1.

Repito, SOLO "certificados de cumplimiento con la reglamentación....", los q hagan falta segun cada caso, pero nada mas que eso. Y un boletín de instalación de 230V no es un certificado de cumplimento, sino un documento oficial que permite demostrar que la instalación eléctrica es apta para recibir energia, es decir, q se encuentra en el estado apropiado y cumple con las medidas de seguridad requeridas para tener acceso a la energía.... desde el EXTERIOR, o sea desde una distribuidora.

Y por norma general, la propria distribuidora debe no solo verificar la instalación, sino enviar el boletin a la comunidad autónoma correspondiente, quien lo revisará y sellará antes de entregarlo... Y sabemos perfectamente que ninguna furgo con matricula española ha sido ispeccionada en este sentido, etc etc... A ver, q hacen? Cada vez q uno se enchufa en un camping realizan las comprobaciones y trámites correspondientes? Es q es un cachondeo...

En cambio, el certificado de cumplimiento es algo que el ingeniero/empresa de homologacion que nos lleva el proyecto debe incluir en el mismo para justificar que el tipo de instalación realizada cumple con las correspondientes normativas vigentes en tema de baja tensión. Punto. Pero claro, a la hora de la verdad sabemos q lo q pasa es que el ingeniero... de turno, de la estacion ITV... de turno, no te va  a admitir ni mucho menos firmar ningun proyecto a menos que no vea el famoso boletín... Y porque? Pues por una cuestión de RESPONSABILIDAD, esa gran desconocida que ninguna "autoridad" q se respecte en este país está dispuesta a asumir, más allá de lo q mande o no mande la LEY...

Y entonces los boletines se convierten en la praxis también para las furgos, en algo indispensable, "algo q exige la ley, ...dicen" aunque haya un solo cable "fijo" que salga del inversor y no te digo ya con una toma empotrada.. En cambio, los certificados de cumplimiento, pensados además para agilizar los prorpios proyectos de reformas, se condenan directamente al olvido y todo se hace más farragoso, con más tasas, más burocracia y más firmas..

De hecho no es nada casual que el tipico boletin para furgos (cosa q en realidad en muchas cc.aa. ni siquiera existe en su version ad hoc para vehiculos) no necesita el visto y conforme de Industria: con q este firmado y sellado por un instalador autorizado de tu provincia ya es suficiente. Total para la administracion la responsabilidad es toda del instslador, no?

Y así mil cosas mas, como cuando pasa aquello tan típico de que pidan boletín de 230V hasta para una batería auxiliar, en fin...

Saludos y perdón por el tocho ;)

NO, NO es un "pais de interventores" es un país Europeo donde TODAS las instalaciones eléctricas están sujetas a una normativa y en el caso de 220v es el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, este te indica que normas debe cumplir la instalación dependiendo del "local" o tipo de instalación que realicemos, que en nuestro caso "España" es la UNE-HD 60364-7-721 derivada de la Europea HD 60364-7-721 que sale de la Internacional IEC 60364-7-721, que tú como "Profesional del sector" debería tener y leer. Vaya, que no es algo que se ha inventado un tocabolasporquesi.
Por cierto, para las instalaciones de 12v la normativa es la EN 1648-2

En esa norma te dice que tipo de cable usar, que enchufes, que terminales que protecciones emplear y cómo realizar la instalación.

Y ya hablando del "boletín", y lo malos que son ingenieros, ITV's, administraciones... Si, para darte paso a la documentación deberían pedirte los "certificados de cumplimiento con la reglamentación" pero de cada tornillo, cada cable, cada enchufe, cada aparato,.. etc que emplees en la instalación y además un certificado (el "boletín") garantizando que la instalación se ha realizado conforme a la norma, pues los materiales han sido manipulados para realizar la instalación, los cables se han cortados, los terminales se han crimpado...

Y efectivamente es una cuestión de responsabilidades y de ser responsable de nuestro trabajo.

Ahora saldrá alguien diciendo algo de la tontada de los certificados de los tornillos, cables..., Pues sí si se piden, el fabricante debe facilitar dichos certificados, pero eso vale dinero, y claro como no se exigen no se piden, eso que nos ahorramos. Pero te puedo asegurar que en sectores donde SI se exigen, hasta la arandela más pequeña viene con su certificado

kalvitero

Cita de: I2C en Septiembre 13, 2019, 00:59:21 ampues aunque parezca mentira no se donde los iba a meter ya, porque esta ya todo bastante apretado, es que encima también le metí para activar el inversor desde un interruptor remoto porque el mío no lo traía el remoto.
 Nada paso, quito el enchufe para homologar y después lo pongo, de todas formas casi no se ve para futuras itvs. Y nada yo ya he cerrado presupuesto, no me gasto un duro más (aunque 100€ sea insignificante para lo que llevo), la semana que viene voy a pesarla y ya pues lo que tarden en prepararme el papeleo.

Hay mecanismos que tienen integrado el diferencial y magneto en un sólo aparato y en forma compacta, pero eso si ya te digo que valen una pasta

roKopep

Septiembre 14, 2019, 18:11:38 pm #24 Ultima modificación: Septiembre 14, 2019, 20:11:37 pm por roKopep
Cita de: kalvitero en Septiembre 13, 2019, 19:18:19 pmNO, NO es un "pais de interventores" es un país Europeo donde TODAS las instalaciones eléctricas están sujetas a una normativa y en el caso de 220v es el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, este te indica que normas debe cumplir la instalación dependiendo del "local" o tipo de instalación que realicemos, que en nuestro caso "España" es la UNE-HD 60364-7-721 derivada de la Europea HD 60364-7-721 que sale de la Internacional IEC 60364-7-721, que tú como "Profesional del sector" debería tener y leer. Vaya, que no es algo que se ha inventado un tocabolasporquesi.
Por cierto, para las instalaciones de 12v la normativa es la EN 1648-2

En esa norma te dice que tipo de cable usar, que enchufes, que terminales que protecciones emplear y cómo realizar la instalación.

Y ya hablando del "boletín", y lo malos que son ingenieros, ITV's, administraciones... Si, para darte paso a la documentación deberían pedirte los "certificados de cumplimiento con la reglamentación" pero de cada tornillo, cada cable, cada enchufe, cada aparato,.. etc que emplees en la instalación y además un certificado (el "boletín") garantizando que la instalación se ha realizado conforme a la norma, pues los materiales han sido manipulados para realizar la instalación, los cables se han cortados, los terminales se han crimpado...

Y efectivamente es una cuestión de responsabilidades y de ser responsable de nuestro trabajo.

Ahora saldrá alguien diciendo algo de la tontada de los certificados de los tornillos, cables..., Pues sí si se piden, el fabricante debe facilitar dichos certificados, pero eso vale dinero, y claro como no se exigen no se piden, eso que nos ahorramos. Pero te puedo asegurar que en sectores donde SI se exigen, hasta la arandela más pequeña viene con su certificado


Descuida kalvitero, la UNE-HD 60364 y todos sus anexos la tengo conmigo desde hace ya unos cuantos añitos y bien guardada con llave, porque he pagado un pico para poder acceder a ella en su momento. De hecho, si me permites el apunte, me parece una vergüenza que, en España y solo en España, los talleres (que pagamos religiosamente nuestros impuestos fiscalizados a través de maniobras europeas, con nuestras licencias adaptadas al EEE y nuestro número de registro industrial expedido a nivel europeo) no podamos tener acceso libre a este tipo de normativas sin dejarnos medio sueldo... Pero claro, aun asi luego nos toca asumir que España es un país europeo, y aun por encima nos desvivimos por afirmarlo, bha... .lengua2   

Por otro lado, decirte que esa misma normativa conjuntamente a otras la repaso cada vez que hago una instalación a 230V, revisada durante y al final de su realización por un electricista autorizado que emite su correspondiente CIE, tal y como nos mandan a hacer. La finalidad de mi mensaje anterior no era desacreditar ni mucho menos menospreciar el trabajo de nadie, que quede claro. No estoy afirmando ni mucho menos insinuando que un CIE, o boletín de toda la vida, es una absurdez burocrática y que no sirve para nada. Lo que intentaba decir es que la supuesta obligatoriedad que se le otorga en determinados casos -como el que tratamos en este hilo- es una de las tantas evidencias de la existencia de cierto intervencionismo por parte de algunas de las principales ITV españolas, entidades en su enorme mayoría privadas y con cada vez más poder decisional a la hora de legalizar determinadas reformas. Intervencionismo que, al fin y al cabo y en mi personalísima opinión, no deja ser el reflejo de una interpretación subjetiva de la normativa vigente para justificar una preocupante falta de preparación y responsabilidad.
 
Vamos a ver, la unica normativa actualmente vigente según la cual se exige aportar un boletín a la hora de una instalación eléctrica de cierta intensidad es el REBT (Art. 18). Como sabemos dicho reglamento incluye a las "caravanas" reflejando claramente en su ITC-BT-41 que "las prescripciones particulares para este tipo de establecimientos o instalaciones son las establecidas en la norma UNE 20.460-7-708", la cual tambien sabemos que está más que derogada estando actualmente en vigor la  ya mencionada UNE-HD 60364-7-721.

Ahora bien, sin entrar en el meollo de lo que realmente implica e significa el tan ambiguo término "caravana", "caravana de motor", "autocaravana" o "vehiculo de ocio" (que daría para otros 24 hilos..), yo soy el primero en no poner en discusión la normativa (que hace agua por todos lados..) y aprobar la necesidad de un CIE en todo tipo de vehiculos camper que tengan toma exterior de 230V, sin darle importancia a la clasificación real que tengan esos vehículos ni tener q determinar si es obligatorio o no. En todo caso lo veo como una medida de seguridad apropiada y, repito, NECESARIA.

Los talleres (me permito hablar al plural) tenemos un "sistema de calidad", o como queramos llamarle, y un seguro de RC que no nos permite hacer "de todo". Nos importa mantener y que nos "impongan" seguir a rajatabla dicho sistema... Cuando emito un certificado de taller, el ingeniero que me lleva los proyectos me exige pasar lista con todo tipo de detalle de todo lo realizado, especificando no sólo el tipo de tornillo o arandela utilizada para fijar un mueble, por ejemplo, sino sus medidas, la calidad del acero, el tipo de rosca etc, etc.. Cuando colocas una placa o hasta una claraboya, te mandan especificar el ancho y largo de cada cordón de sika que has echado, y por lo menos aqui en Galicia cuando pones una placa o un deposito en los bajos debes acompañarlo de un croquis detallado al puto milímetro, nada de mano alzada... y eso lleva su tiempo, te lo aseguro! Yo no me quejo de ello, porque aunque a veces te exigen rozar una meticulosidad innecesaria, en todo caso me parecen medidas totalmente razonables y responsables. Es mas, te aseguro que si fuera por mi sería aún más estricto con algunas cosillas.

Las leyes están ahí y, como bien dices, hay que leerlas. No soy un "enemigo" de las normas, nunca lo he sido, ...al contrario, creo en ellas y las respeto siempre y cuando se apliquen de forma correcta, transparente y sobre todo objetiva, sin intervencionismos deliberados e injustificados por el medio. Si echas un ojo a los mensajes que he escrito en este foro verás fácilmente que en el 60-70% de ellos me parezco a un burócrata amargado mencionando leyes, normativas, reglamentos, decretos y documentos oficiales para que, quien quiera o tenga la curiosidad de hacerlo, pueda documentarse sobre lo que intento aportar frente a una duda o un problema relacionado con este mundillo. Siempre lo he hecho de forma totalmente desinteresada, para compartir conocimiento y, hasta ahora ni siquiera aparecía como "profesional"...

A este propósito, me gustaría recordar lo que pone en el Articulo 2, punto 6 del REBT:

"No se aplicarán las prescripciones generales, sino únicamente prescripciones específicas, que serán objeto de las correspondientes ITCs,  a las instalaciones o equipos que utilizan «muy baja tensión» (hasta 50 V en corriente alterna y hasta 75 V en corriente continua), por ejemplo las redes informáticas y similares, siempre que su fuente de energía sea autónoma, no se alimenten de redes destinadas a otros suministros, o que tales instalaciones sean absolutamente independientes de las redes de baja tensión con valores por encima de los fijados para tales pequeñas tensiones."
[/i]

Este articulo, sea por negligencia o por mera "comodidad", suele pasar siempre y sistemáticamente por alto, y la verdad es que es de fácil aplicación al caso de los inversores 12V-230V, aparatos mas que reconocibles como equipos que utilizan «muy baja tensión» y que están conectados a una batería auxiliar sin que ésta tenga conexión mediante cargador a la red de 230V, es decir a lo que viene siendo una instalación absolutamente independiente de las redes de baja tensión con valores por encima de los fijados para tales pequeñas tensiones. Y el hecho que desde el inversor salga un cable por el cual circulan 230V -obtenidos de forma independiente de una red fija proporcionada por una suministradora X o Y-, no implica ni la necesidad ni la obligatoriedad de un boletín, sino como mucho de los certificados de cumplimiento del correspondiente RD de Manual!

Lo que he dicho en mi mensaje precedente no iba dirigido a criticar ni mucho menos menospreciar el trabajo de los técnicos, ingenieros, electricistas, etc, faltaría mas. Lo que si no me corto un pelo, tanto en esta ocasión como en muchas otras, es cuando me siento en derecho de poner a parir a aquellas ITV q piden lo que no esta amparado por ninguna normativa. A mi personalmente como taller sí q me jode y me perjudica llevar un vehiculo a una ITV donde el ingeniero de turno (y digo "de turno" porque no siempre es el mismo) me venga exigiendo cosas que no solo no vienen al caso, sino que delatan un desconocimiento claro de la normativa.

Asi como cuando hago mi trabajo intento hacerlo siguiendo o cuanto menos preocupandome por seguir las normativas vigentes, cuando voy a ITV tambien espero encontrarme (estúpido de mí...) con personal cualificado que conozca esas normativas y las apliquen de forma objetiva. Pero lamentablemente muchas veces no es así... A pesar de no ser lo normal, el ejemplo que comentaba de pedir un CIE a la hora de ver una batería secundaria me ha pasado en más de una ocasión y en ITV diferentes. Por no hablar de las de veces que tienes que discutir porque te mandan a desmontar un toldo, un portabicis o una antena.., o cuando literalmente te sacan de quicio con los mismos cuentos de siempre: "para que has puesto la placa en el proyecto si es que va pegada??", "donde estan las fotos del mobiliario interior?", o cuando recoges la FT y al revisarla ves que no han reflejado la mitad de los datos, como la nueva MOM o altura, porque no lo consideran "necesario". Y así mil cosas mas que por supuesto NO AMPARA el manual de reformas.

Resumiendo: muchas veces a las ITV hay q pararle los pies y punto...




"Lo esencial es invisible a los ojos"

kalvitero

Septiembre 17, 2019, 21:26:28 pm #25 Ultima modificación: Septiembre 17, 2019, 21:29:45 pm por kalvitero
Cita de: roKopep en Septiembre 14, 2019, 18:11:38 pmA este propósito, me gustaría recordar lo que pone en el Articulo 2, punto 6 del REBT:

"No se aplicarán las prescripciones generales, sino únicamente prescripciones específicas, que serán objeto de las correspondientes ITCs,  a las instalaciones o equipos que utilizan «muy baja tensión» (hasta 50 V en corriente alterna y hasta 75 V en corriente continua), por ejemplo las redes informáticas y similares, siempre que su fuente de energía sea autónoma, no se alimenten de redes destinadas a otros suministros, o que tales instalaciones sean absolutamente independientes de las redes de baja tensión con valores por encima de los fijados para tales pequeñas tensiones."
[/i]

Este articulo, sea por negligencia o por mera "comodidad", suele pasar siempre y sistemáticamente por alto, y la verdad es que es de fácil aplicación al caso de los inversores 12V-230V, aparatos mas que reconocibles como equipos que utilizan «muy baja tensión» y que están conectados a una batería auxiliar sin que ésta tenga conexión mediante cargador a la red de 230V, es decir a lo que viene siendo una instalación absolutamente independiente de las redes de baja tensión con valores por encima de los fijados para tales pequeñas tensiones. Y el hecho que desde el inversor salga un cable por el cual circulan 230V -obtenidos de forma independiente de una red fija proporcionada por una suministradora X o Y-, no implica ni la necesidad ni la obligatoriedad de un boletín, sino como mucho de los certificados de cumplimiento del correspondiente RD de Manual!

La interpretación que das al Artículo 2, punto 6 del REBT, difiere de la que hago yo, y parece ser que la mayoría de los Ingenieros e ITV´s (que con esto no quiero decir que tenga/tengán razón).

Yo entiendo que como dice el Artículo 2, punto 6 y el propio título del REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN que este no se aplica ni a instalaciones de MUY BAJA TENSIÓN ni a instalaciones de MUY BAJA TENSIÓN DE SEGURIDAD. Si lees con detenimiento el artículo verás que sólo habla de instalaciones de muy baja tensión (por debajo de 50V en CA y por debajo de 75V en CC)

No se aplica a la instalación de un Inversor, pues es un aparato que se alimenta de MUY BAJA TENSIÓN, pero en el caso de existir una instalación por la que circule BAJA TENSIÓN (220V en nuestro caso) le será de aplicación el REBT, independientemente de la forma de alimentarse.  Al igual que sucede en las viviendas aisladas (las que se autoabastecen de electricidad con placas solares o generadores eolicos)


Ponfi

Cita de: kalvitero en Septiembre 11, 2019, 22:28:31 pmSi la instalación es fija, es instalación fija, no le deis más vueltas. Si el mueble es fijo, la instalación es fija.
Si el mueble fuese de quita y pon y estuviese conectado al inversor con un cable enchufado al mismo podría pasar como toma móvil

La sección de cable entre la batería y el inversor debes calcularla en función de la potencia del inversor y la distancia de este a la batería.
La sección de cable entre el inversor y los enchufes debe ser de mínimo 2,5mm2. Los enchufes deben ser tomas schuko de 16A con toma de tierra.
La toma de tierra debe estar conectada al chasis del vehículo
Y como dicen más arriba protegido con diferencial y magnetotérmico
ho,
Cita de: kalvitero en Septiembre 11, 2019, 22:28:31 pmSi la instalación es fija, es instalación fija, no le deis más vueltas. Si el mueble es fijo, la instalación es fija.
Si el mueble fuese de quita y pon y estuviese conectado al inversor con un cable enchufado al mismo podría pasar como toma móvil

La sección de cable entre la batería y el inversor debes calcularla en función de la potencia del inversor y la distancia de este a la batería.
La sección de cable entre el inversor y los enchufes debe ser de mínimo 2,5mm2. Los enchufes deben ser tomas schuko de 16A con toma de tierra.
La toma de tierra debe estar conectada al chasis del vehículo
Y como dicen más arriba protegido con diferencial y magnetotérmico
Cita de: kalvitero en Septiembre 11, 2019, 22:28:31 pmSi la instalación es fija, es instalación fija, no le deis más vueltas. Si el mueble es fijo, la instalación es fija.
Si el mueble fuese de quita y pon y estuviese conectado al inversor con un cable enchufado al mismo podría pasar como toma móvil

La sección de cable entre la batería y el inversor debes calcularla en función de la potencia del inversor y la distancia de este a la batería.
La sección de cable entre el inversor y los enchufes debe ser de mínimo 2,5mm2. Los enchufes deben ser tomas schuko de 16A con toma de tierra.
La toma de tierra debe estar conectada al chasis del vehículo
Y como dicen más arriba protegido con diferencial y magnetotérmico

Asi lo he hecho al final, lo he protegido con diferencial y termico. El cable es de 25mm2 del inversor a la bateria, de momento bien, pero si tengo que meterle uno mas gordito lo metere. Y las tomas de tierra van a un tornillo en comun a la chapa, incluida una toma de tierra que tiene el inversor. Gracias